Reglamento para el uso del Fondo Reservado de la Biblioteca Nacional y Hemeroteca Nacional

Documentos relacionados
REGLAMENTO CAPITULO I

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DE MÉXICO

Reglamento para la Consulta de Tesis y Archivo.

Reglamento Biblioteca Universitaria "María Luisa Cortés Gay" Introducción

CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS CAPÍTULO 2 DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS

Reglamento de Biblioteca

BIBLIOTECA SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA

Universidad de Guadalajara

CONSTANCIA DE NO ADEUDAR LIBROS AL BANCO DE LIBROS

ÍNDICE UNIDAD DE BIBLIOTECA CENTRAL

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO

REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO

REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA HISPANO MEXICANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1 Podrán hacer uso de la biblioteca "Monseñor Vicente F. Zazpe":

Políticas de Acceso y Uso al material Fotográfico disponible en la Fototeca del Tecnológico de Monterrey, Campus Monterrey

REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN

Reglamento de Biblioteca

CUOTAS PARA EL PAGO DE DERECHOS

REGLAMENTO DE BIBLIOTECAS

FACULTAD DE MEDICINA SECRETARÍA DE SERVICIOS ESCOLARES UNIDAD DE PREGRADO

LUNES A VIERNES De 8:00 a.m. a 12:00 m. y De 1:30 p.m. a 8:00 p.m.

Reglamento de Testoteca

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL REGISTRO FEDERAL DE TRÁMITES

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TECAMAC

REGLAMENTO DE SOCIOS DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE BELGRANO

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

PERMISOS DE ESTUDIO CON FINES DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN DIVERSIDAD BIOLÓGICA

REGLAMENTO BIBLIOTECA UNIBE

Reglamento de la Sala de Cómputo 1. SALA DE CÓMPUTO

CUOTAS PARA EL PAGO DE DERECHOS Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre del 2010.

Lunes 13 de diciembre de 2010 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección) CIRCULAR única de Seguros (Continúa en la Quinta Sección)

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA LOS LEONES

REFRENDO AL PADRÓN DE CONTRATISTAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TLAQUEPAQUE JALISCO

Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional Reconquista

Convocatoria Programa de Desarrollo Social Centros Comunitarios Tlalpan 2016 Juntos de la Mano

REGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS

Artículo Tercero.-El horario de servicio de la biblioteca será el siguiente:

Reglamento de la Biblioteca del Instituto Cultural Argentino Britanico

Nombre del Procedimiento: Permiso Para Ejercer el Comercio en Vía Pública OBJETIVO

Traspaso de Concesión por Fallecimiento del Titular de Local de Mercado Municipal

BIBLIOTECA CNC POLITICAS DE ACCESO A RECURSOS DIGITALES Y USO DE EQUIPOS ELECTRÓNICOS

5.4 Lineamientos para el uso de la biblioteca

CATALOGO DE TRÁMITES Y SERVICIOS VIGENTES ECRO. # Nombre del trámite Descripción del trámite Requisitos Pasos a seguir

NORMAS DE USO Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DE LA BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED DE TENERIFE SUS EXTENSIONES Y AULA.

CONVOCATORIA Programa de Becas para la Formación y Desarrollo de Capital Humano del IMP Becas

NORMATIVA DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. ANEXO 1

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR

Reglamento de Sala de Cómputo REGLAMENTO DE SALA DE CÓMPUTO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Convocatoria. Programa de Estímulos Económicos para Estudiantes Indígenas

1) Requisitos para el proceso de titulación:

Reglamento Biblioteca de Ciencias Sociales Enzo Faletto. Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO)

PADRON DE PROVEEDORES DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA MUNICIPAL DE SALTILLO PERSONAS FISICAS

Biblioteca Jesús Reyes Heroles. Normas internas

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. ESCUELA NACIONALPREPARATORIA. PLANTEL 9 PEDRO DE ALBA.

Reglamento Sobre el Uso de las Salas de Informática

NOMBRE DEL TRAMITE O SERVICIO LICENCIA PARA CONDUCIR TIPO A MOTOCICLISTA

REGLAMENTO PARA USO DE BIBLIOTECA CFT SAN AGUSTÍN

BIBLIOTECA MARIANO MORENO

H. AYUNTAMIENTO DE XALAPA, VERACRUZ TRÁMITES Y SERVICIOS

Reglamento General de la Biblioteca Jorge A. Bustamante

MAESTRÍA EN FILOSOFÍA DE LA CIENCIA Ingreso en agosto de 2010 (semestre )

FACULTAD DE MEDICINA SECRETARÍA DE SERVICIOS ESCOLARES UNIDAD DE PREGRADO

CATALOGO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS

Reglamento de la Biblioteca y Hemeroteca Alfonso Palacio Rudas

REGLAMENTO DE MAPOTECA Y BIBLIOTECA

Por medio de la GERENCIA DE SERVICIOS EMPRESARIALES NO FINANCIEROS. y en colaboración con. Invita a: Los interesados en participar en el

La Universidad Nacional Autónoma de México, a través del Programa de Especializaciones en Trabajo Social

UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN

ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN EN EL DEPARTAMENTO DE CONTROL ESCOLAR DEL TECNOLOGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHALCO

OFICIALIA MAYOR DE PADRON Y LICENCIAS

LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO SOCIAL

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA CAPITULO V. DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS. CAPITULO VI. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS. CAPITULO 1 GENERALIDADES

Reglamento Biblioteca UADE

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA.

BIBLIOTECA CAMPUS GONZALO HERNÁNDEZ ENTRENAMIENTO USUARIOS PRIMER AÑO

INSTRUCCIONES PARA EL REGISTRO EN LÍNEA

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES DEFINICION Y FUNCIONES DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIAG

Acuerdos y Políticas de servicio de Aulas Virtuales

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ENTRE RIOS FACULTAD DE CIENCIAS DE LA VIDA Y LA SALUD REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

PERMISO MERCANTIL DE TRANSPORTE DE PERSONAL

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SOCORRO ROMERO S. (Febrero 2011) CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA Y FINES

REGLAMENTO GENERAL DE TITULACIÓN

Renovación Día Mes Año Modificación. 1. Nombre o razón social

INSTRUCTIVO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE CÓMPUTO

REGLAMENTO BIBLIOTECA ROGELIO SINÁN

CAMBIO DE VEHÍCULO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO Y MERCANTIL EN LA MODALIDAD DE TAXI

COLEGIO DE POSTGRADUADOS

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS BIBLIOTECAS MUNICIPALES DE PINTO

REGLAMENTO PARA LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO ACADÉMICO DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA

MAESTRÍA EN INVESTIGACIÓN HISTÓRICO-LITERARIA (MIHL)

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR

EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, A TRAVÉS DE LA C O N V O C A

GESTIÓN DOCUMENTAL A.GD-05 CONSULTA DE DOCUMENTOS. Profesional especializado G-18 Código 2028 (Líder en Gestión Documental)

CONSENTIMIENTO DE CONSULTA DE EXPEDIENTE POR TERCEROS. --- Marque con una X en el recuadro la opción seleccionada

Centro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA

Artículo 2. Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DE LOS

Transcripción:

Reglamento para el uso del Fondo Reservado de la Biblioteca Nacional y Hemeroteca Nacional Horario de Servicio: De lunes a viernes de 9:00 a 20:00 horas. A partir de las 19:00 horas no se atenderán nuevas solicitudes. Acceso: Tendrá acceso al Fondo Reservado toda persona que pertenezca a cualquiera de las categorías siguientes: 1. Ser investigador respaldado por una institución pública o privada. 2. Ser investigador independiente que acredite esta calidad con sus obras publicadas. 3. Ser tesista con documentación probatoria. Credencial de Usuario Todos los interesados deberán llenar una solicitud que se les proporcionará en las salas de consulta respectivas, firmar el presente reglamento y entregar la siguiente documentación: 1. Dos fotografías recientes tamaño infantil. 2. Copia de comprobante de domicilio. 3. Copia de identificación con fotografía actualizada.

Los investigadores radicados en el área metropolitana deberán entregar la carta de presentación, anexa a la solicitud, certificada por la institución en la que prestan sus servicios. Los investigadores extranjeros y de los estados de la República podrán sustituir la carta de presentación por una carta original de su institución, donde expongan el tema de investigación y los motivos de la consulta de los materiales del Fondo Reservado. Los tesistas deberán entregar la carta de presentación certificada por el director de la tesis. La expedición o reposición de la credencial de usuario en caso de robo o pérdida tendrá un costo de un día de salario mínimo vigente en el Distrito Federal. La credencial es de uso personal e intransferible y deberá presentarse la solicitud el préstamo al solicitar el préstamo de los materiales. Del Guarda Objetos El usuario deberá depositar en el guarda objetos, localizado en la entrada principal de las instalaciones: mochilas, bolsas, paraguas, etc. No está permitido introducir: alimentos, bebidas, frascos de tinta u otros elementos que pongan en riesgo la integridad de los materiales. La institución no se hace responsable por objetos personales olvidados en las mesas de trabajo ni de aquellos que no hayan sido depositados en el guarda objetos.

Préstamo de Materiales El usuario podrá solicitar dos volúmenes de obras monográficas, periódicos o revistas a la vez; en el caso de manuscritos y documentos de archivo sólo se prestará uno (carta, expediente o volumen). Es obligatorio usar guantes de algodón para la manipulación de los manuscritos, y cuando se considere pertinente tratándose de impresos. Si por algún motivo el usuario abandona la sala de consulta por un lapso mayor de quince minutos, deberá entregar en el mostrador los materiales que tenga en su poder. Orden y Sanciones 1. No está permitido el acceso a los depósitos. 2. Se prohíbe recargarse y escribir sobre los materiales. 3. Los teléfonos celulares deberán mantenerse apagados. A los usuarios que altere el orden dentro de las salas y no acate las indicaciones del personal de la institución le será suspendido el servicio. El usuario que sea sorprendido maltratando, mutilando o sustrayendo alguna publicación, en papel o cualquier otro formato, indemnizará a la institución de acuerdo con el dictamen de un perito asignado por las Coordinaciones de la Biblioteca y la Hemeroteca; se le prohibirá la entrada en forma definitiva y será consignado a las autoridades correspondientes.

Cuando la conducta de un trabajador hacia el usuario sea incorrecta, éste podrá acudir con el titular correspondiente a presentar su queja, verbal o por escrito, quien la remitirá a la autoridad superior para tomas las medidas pertinentes. Reproducción de Materiales y Filmaciones 1. No se permite el fotocopiado de los materiales. La certificación y reproducción de imágenes por cualquier medio (cámaras fotográficas, digitales, de video, etc.) requieren de un permiso especial, que se obtendrá mediante una solicitud por escrito en la que se indique el uso que se le dará a la reproducción. Dicha solicitud deberá gestionarse en las Coordinaciones de la Biblioteca y la Hemeroteca, a través de los jefes del Fondo Reservado de ambas dependencias. En caso de que las imágenes sean utilizadas en una publicación, el solicitante se compromete a otorgar el crédito correspondiente a la institución. Las Coordinaciones de Biblioteca y Hemeroteca se reservan el derecho de negar la autorización reproducir cuando los materiales estén deteriorados. Asimismo, los solicitantes se sujetarán al día y hora que les sea asignado. Las cámaras fotográficas, de cine o video y computadoras portátiles, deberán registrarse en la entrada principal del edificio. No está permitido el uso de scanner. En ningún caso se otorgarán permisos para la publicación de las reproducciones de los materiales protegidos por la Ley Federal de Derechos de Autor. Solo se

autorizará la reproducción de aquellos considerados del dominio público en la Ley General de Bienes Nacionales (Diario Oficial de la Federación 8 enero de 1982) No está permitida la reproducción y venta de imágenes con fines de publicación que no hayan sido tomadas directamente de los materiales que resguardan la Biblioteca y Hemeroteca. Quienes incumplan esta indicación serán sancionados de acuerdo con lo estipulado por la Ley Federal de Derechos de Autor. La Biblioteca y la Hemeroteca ejercerán el derecho de cobro por la reproducción de sus materiales y por el uso de las instalaciones para filmación de programas de televisión, toma de fotografías, conferencias, entrevistas, etc. Visitas Guiadas Previa solicitud, se atenderán grupos de académicos no mayores de quince personas. Las visitas se programarán de acuerdo con la demanda y estarán sujetas a la fecha y hora que se señale. Lo no contemplado en este Reglamento será resuelto por las Coordinaciones. He leído y me comprometo a observar el presente reglamento como usuario del Fondo Reservado de la Biblioteca y Hemeroteca Nacionales de México.