CONVOCATORIA DE EVALUACIÓN DE LA ACTIVIDAD DOCENTE DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE BASES

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Transcripción:

CONVOCATORIA DE EVALUACIÓN DE LA ACTIVIDAD DOCENTE DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales exige a las universidades, como requisito para conformar las memorias de verificación de títulos oficiales, establecer un sistema de garantía de la calidad que contenga procedimientos de evaluación y mejora de la calidad de la enseñanza y el profesorado. Por su parte, el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios recoge entre los criterios de evaluación, la calidad de la actividad docente. La Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, a tenor de lo dispuesto en el programa DOCENTIA-A-UPO, evaluado positivamente por la Comisión de Verificación de la Agencia Nacional de Calidad (ANECA) y la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria (actual Agencia Andaluza del Conocimiento, Dirección de Evaluación y Acreditación, AAC-DEVA) y aprobado en Consejo de Gobierno de 10 de junio de 2010, acuerda la convocatoria de Evaluación de la Actividad Docente del Profesorado de acuerdo con las siguientes 1. Normativa aplicable BASES La presente convocatoria se regirá por el programa DOCENTIA-A-UPO (C.G. 10/06/10), por el Marco Andaluz de Evaluación de la Actividad Docente del Profesorado Universitario, acordado en la Mesa Sectorial del PDI de 10 de diciembre de 2009, por el Decreto 298/2003 por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades y por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. 2. Solicitantes La presente convocatoria está destinada al profesorado funcionario y contratado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. El profesorado contratado que opte a la misma tendrá que reunir la condición de que su contrato sea en alguna de las categorías ordinarias y extraordinarias que establece el Primer Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (Apartados 1, 2 y 3 del artículo 14). ID. FIRMA firma.upo.es PÁGINA 1/5 ID. FIRMA firma.upo.es Cx3b8UoMHVISrwmMlb9jfDJLYdAU3n8j PÁGINA 1/5

3. Periodo sometido a evaluación DOCENTIA-A-UPO Con carácter general se evaluará la docencia de los cinco cursos académicos inmediatamente anteriores al que el profesor solicita la evaluación de su actividad docente en la Universidad Pablo de Olavide. A efectos de lo indicado en el apartado anterior el último curso evaluable será el 2014-2015. Para profesorado de las categorías Ayudante y Ayudante Doctor que no cuente con experiencia docente de 5 años en la UPO, podrán solicitar la evaluación de un mínimo de 3 años de docencia. El profesorado Asociado a tiempo parcial, con grado de doctor, que no cuente con experiencia docente de 5 años, podrán solicitar la evaluación por un periodo no inferior a 3 años de docencia. 4. Solicitud y registro de la documentación El profesorado que concurra a la presente convocatoria deberá cumplimentar la solicitud de evaluación (Anexo III del programa DOCENTIA-A-UPO), en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación, a través del formulario Web habilitado al efecto: https://upo.gob.es/opencms/opencms/procedimientos_adm/colectivo/pdi. A la solicitud se deberá adjuntar necesariamente un Certificado de Actividad Docente expedido por el Departamento correspondiente, referido al periodo por el que se solicita evaluación, en el que conste la siguiente información: Área de conocimiento y Departamento al que está adscrito el profesor. Curso académico en el que se imparte la docencia (siempre referidos a los cursos por los que solicita evaluación). Titulación (código preferentemente), curso, grupo y créditos impartidos por cada asignatura (nombre y código). El profesorado deberá observar la corrección del Certificado de Actividad Docente, pues esta información constituirá la base para la evaluación. En ningún caso se admitirán solicitudes que no se hayan tramitado a través del formulario Web antes citado. Finalizado el plazo para la presentación telemática de solicitudes, el Área de Calidad, publicará una relación de admitidos y excluidos a evaluación con indicación de las causas de exclusión. Cuando algún interesado resultase excluido, dispondrá de un plazo de 10 días hábiles, tras la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos, para que ID. FIRMA firma.upo.es PÁGINA 2/5 ID. FIRMA firma.upo.es Cx3b8UoMHVISrwmMlb9jfDJLYdAU3n8j PÁGINA 2/5

subsane las causas de su exclusión con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud de evaluación. Una vez resueltas las subsanaciones recibidas, se publicará una relación definitiva de admitidos y excluidos a evaluación. Posteriormente, mediante correo electrónico, se requerirá al profesorado para que, en el plazo de 1 mes, cumplimente la siguiente información a través de la aplicación informática habilitada al efecto: a) Expediente del Profesor (Anexo IV del programa DOCENTIA-A-UPO). b) Autoinforme del Profesor (Anexo VI del programa DOCENTIA-A-UPO). La cumplimentación de dichos documentos deberá realizarse de forma individual. En el caso de que la Comisión advierta Autoinformes similares, podrá sancionar a los implicados con las medidas que se estimen oportunas. Finalizado este plazo, la información contenida en el sistema pasará a formar parte del expediente que empleará la Comisión, al objeto de realizar la evaluación de la actividad docente del profesor. La Comisión no considerará ninguna información adicional aportada por el profesorado con posterioridad a esta fecha. El computo de los plazos que se establecen en esta convocatoria se realizará excluyendo aquellos periodos que la Universidad declare inhábiles a estos efectos. 5. Evaluación de los expedientes La Comisión de Evaluación, con la información aportada por los Responsables Académicos, los datos institucionales proporcionados por las Áreas Administrativas de la Universidad y la información facilitada por el propio profesorado, valorará los expedientes conforme a los criterios establecidos en el programa DOCENTIA-A-UPO. La Comisión de Evaluación se reserva la posibilidad de contrastar la veracidad de los datos aportados por el profesor. La Comisión de Evaluación deberá considerar las circunstancias excepcionales que condicionan la actividad docente del profesorado y su evaluación. Junto a la presente convocatoria se publicarán los documentos explicativos sobre los criterios empleados por la Comisión en la valoración del Expediente y el Autoinforme del profesor. ID. FIRMA firma.upo.es PÁGINA 3/5 ID. FIRMA firma.upo.es Cx3b8UoMHVISrwmMlb9jfDJLYdAU3n8j PÁGINA 3/5

6. Resolución La Comisión de Evaluación emitirá, en el plazo máximo de 9 meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria, un Informe individualizado de Evaluación de la Actividad Docente (Anexo VIII del programa DOCENTIA-A-UPO) que constará de una valoración cualitativa (favorable o desfavorable), y de una valoración cuantitativa desagregada en Dimensiones y Subdimensiones. Adicionalmente, al profesorado que haya obtenido una calificación igual o superior a 90 puntos se le expedirá una Mención de Excelencia Docente (Anexo IX del programa DOCENTIA-A-UPO). Previo consentimiento expreso de los interesados, se elaborará una relación con el profesorado que haya obtenido Mención de Excelencia Docente que se publicará en la página Web destinada a la convocatoria. 7. Revisión de la valoración Ante el informe emitido por la Comisión de Evaluación se podrán realizar alegaciones, para lo cual se deberá cumplimentar una solicitud de revisión y enviarla por registro al Área de Calidad, en el plazo improrrogable de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación. La Comisión de Evaluación analizará las solicitudes de revisión presentadas así como toda la documentación previa y resolverá las reclamaciones en el plazo de dos meses contados desde la recepción de la solicitud de revisión. La resolución de la Comisión estará siempre referida a la evaluación de los méritos aportados en la solicitud original del profesor. En ningún caso se valorarán nuevos méritos aportados en la fase de revisión. Posteriormente la Comisión emitirá un informe con la resolución alcanzada que será remitido al Área de Calidad para su incorporación al Expediente de Evaluación de la Actividad Docente del Profesor, así como al propio interesado. 8. Recurso de alzada Contra la resolución efectuada por la Comisión de Evaluación los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes, desde la notificación. La Comisión de Garantía será el órgano responsable de informar los recursos de alzada interpuestos contra las resoluciones de la Comisión de Evaluación. Con el fin de garantizar la objetividad del proceso, evitar conflictos de intereses y asegurar la ID. FIRMA firma.upo.es PÁGINA 4/5 ID. FIRMA firma.upo.es Cx3b8UoMHVISrwmMlb9jfDJLYdAU3n8j PÁGINA 4/5

independencia de la Comisión de Garantía, en ningún caso podrá producirse coincidencia alguna entre los miembros de esta Comisión y la Comisión de Evaluación. El informe emitido por la Comisión de Garantía será vinculante para el Rector en la resolución que dicte sobre los recursos de alzada interpuestos. Esta resolución, que se notificará al interesado y a la Comisión de Evaluación, pondrá fin a la vía administrativa. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de tres meses. En los casos en que corresponda, se modificará la resolución de evaluación, incorporándose dicha modificación al Expediente de Evaluación de la Actividad Docente del Profesor. 9. Difusión de resultados El Área de Calidad, garantizando la confidencialidad de los resultados individuales, realizará un Informe Global de la Evaluación de la Actividad Docente que contendrá las valoraciones en cada una de las dimensiones y subdimensiones por Departamento, así como una comparativa con la media de la Universidad. Este informe global se remitirá a los respectivos Departamentos así como al Equipo de Gobierno de la Universidad y al órgano delegado del Consejo de Gobierno en materia de Calidad. Asimismo será puesto a disposición de toda la comunidad universitaria a través de la página Web del Área de Calidad, previo envío de un correo electrónico informativo. 10. Información y sugerencias Toda la información referente a la presente convocatoria en particular, y al programa DOCENTIA-A-UPO en general, se encuentra disponible en la página Web del Área de Calidad https: https://www.upo.es/area-calidad/servicios/evaluacion-docente-del- Profesorado/docentia-a-upo/Convocatorias-Docentia/ Cualquier consulta se puede realizar a través del email habilitado docentia@upo.es o, directamente, a través de la extensión 69806. Las sugerencias que estimen oportunas pueden hacerlas llegar a través del enlace https://www.upo.es/buzon-irs/vista/inicio.php?est=3&id=43 EL RECTOR (P.D. Resolución Rectoral 1/6/16) LA DELEGADA DEL RECTOR PARA LA CALIDAD BELÉN FLORIANO PARDAL ID. FIRMA firma.upo.es PÁGINA 5/5 ID. FIRMA firma.upo.es Cx3b8UoMHVISrwmMlb9jfDJLYdAU3n8j PÁGINA 5/5