COR,F09 GERENCIA DE EMPRENDIMIENTO JMF/ CORFO OFICINA DE PARTES 29.03.15 000442 410.99110111...1 "~aimila.1~1 * SANTIAGO APRUEBA TEXTO DE LAS BASES Y SUS ANEXOS DEL PROGRAMA "APOYO A LA OPERACIÓN DE REDES DE INVERSIONISTAS ÁNGELES Y/U ORGANIZACIONES DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO DE EQUITY O CROWDFUNDING". t TOMA VISTO: 1 EXENTA DE RAz,, 1. La Resolución (A) N 379, de 2012, que aprobó el Reglamento del Comité de Emprendimiento, modificada por Resolución (A) N 40, de 2014, ambas de la Vicepresidencia Ejecutiva de Corto. 2. Que, el Reglamento individualizado precedentemente, establece en su numeral 8, letra n), introducida por la mencionada Resolución (A) N 40, de 2014, de Corto, que corresponde al Gerente de Emprendimiento, aprobar el texto definitivo, las modificaciones y los textos refundidos, coordinados y/o sistematizados de las Bases de los Programas, Convocatorias, Concursos y Líneas de Financiamiento de postulación permanente, creados por el Comité o por alguno de los Subcomités. 3. El Acuerdo N 5, adoptado en Sesión N 12, de 6 de enero de 2016, del Subcomité de Ecosistemas de Emprendimiento, del Comité de Emprendimiento de Corto, puesto en ejecución mediante Resolución (E) N 144, de 2016, del Gerente de Emprendimiento de Corto. 4. Las facultades otorgadas al Gerente de Emprendimiento en el Reglamento citado en el Visto primero; y lo dispuesto en la Resolución N 1.600, de 2008, de Contraloría General de la República. RESUELVO: 1 APRUÉBASE el texto de las Bases y sus Anexos, del Programa "APOYO A LA OPERACIÓN DE REDES DE INVERSIONISTAS ÁNGELES Y/U ORGANIZACIONES DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO DE EQUITY O CROWDFUNDING", cuyo tenor es el siguiente: 1
CORFOO 1. ANTECEDENTES. La importancia de las empresas y su crecimiento en las economías de mercado se basa en la diversidad de beneficios que aportan al desarrollo económico y social de los países. Sin embargo, el proceso de creación de nuevos negocios es esencialmente frágil debido a los obstáculos técnicos y financieros con que se enfrentan los nuevos empresarios. En términos generales, en el proceso de creación de empresas concurre una diversidad de factores, agentes económicos y recursos, entre los que se destacan, empresarios y emprendedores, capital financiero y humano, tecnologías, equipos y procesos, infraestructura de apoyo a la gestión, estructura económica, tributaria, legal y ambiental. Dada esta diversidad de componentes, el proceso de formación de empresas está expuesto a numerosos riesgos, los que se traducen en una alta mortalidad de las mismas, sobre todo en sus primeros tres años de existencia. Por tanto, es necesario aumentar el emprendimiento dinámico de alto impacto en Chile, de forma que los nuevos entrantes a la economía generen grandes cambios en la productividad y sustentabilidad de los sectores económicos actuales. Para esto se promueve el financiamiento temprano, desde los inicios de un proyecto hasta su sustentabilidad financiera instalación, desarrollo del negocio, hasta su realización en los mercados- y estimula ambientes pro emprendimiento más sustentables y de calidad. Por lo anterior, las acciones que se tomen para incentivar la creación de nuevas empresas y su sobrevivencia en el tiempo, la formación de emprendedores y redes de financiamiento, son de alto interés para las comunidades donde están insertas. 1.1 Las Redes de Ángeles como herramienta para el apoyo a la inversión en nuevos negocios. Los inversionistas "ángeles" son personas naturales y/o jurídicas, que disponen de recursos y buscan invertir en emprendimientos dinámicos, a cambio de participación en la propiedad de éstos. Se trata de personas con baja aversión al riesgo, que financian empresas en etapas iniciales. La característica más diferenciadora es que entregan "capital inteligente", es decir, no sólo aportan capital financiero en las empresas que participan, sino que también contribuyen con sus conocimientos, traspaso de experiencia y redes de contactos. Algunos de estos ángeles, se agrupan en organizaciones llamadas redes de ángeles (en las cuales varios de ellos invierten en conjunto en un emprendimiento), o también participan en plataformas de inversión colectivas o crowdfunding. Estados Unidos es probablemente el país en que existe la mayor abundancia de este tipo de inversionistas. De acuerdo a los datos que se manejan, los inversionistas "ángeles" movilizan más de veintitrés mil millones de dólares de Estados Unidos de América al año. Este tipo de financista juega un rol crucial en el despegue de nuevas empresas, pues cumplen de manera mayoritaria el rol de cubrir la brecha de capital que existe entre el concepto de negocio y su puesta en marcha. Si bien los capitalistas ángeles pueden invertir en etapas más avanzadas de las empresas, el inversionista "ángel cubre una brecha significativa en el ciclo financiero del emprendimiento que oscila entre los cincuenta mil y un millón de dólares de los Estados Unidos de América" 1. "Las Redes de Inversionistas Ángeles en América Latina y el Caribe": IESE Business School y Fondo Multilateral de Inversiones, Banco Interamericano de Desarrollo (BID), 2013. 2
COR,F09 El objetivo central de una Red de Capitalistas Ángeles y/u organizaciones de financiamiento colectivo de equity o crowdfunding en Chile apoyada por CORFO deberá necesariamente centrarse en las inversiones a proyectos de nuevos negocios de base tecnológica; nuevos negocios de actividades productivas y/o sectores emergentes, derivados de productos o servicios diferenciados con valor agregado, rentables y con alto potencial de crecimiento. La característica más relevante de las inversiones efectuadas por los inversionistas "ángeles" o por los Fondos que se especializan en Capital Semilla, es que deben enfrentar significativas asimetrías de información, respecto de los emprendedores que les proponen sus proyectos. Este problema se agudiza cuando el emprendedor no tiene la capacidad de transformar su idea en una propuesta de negocio evaluable por el potencial inversionista. Dicha situación repercute en altos costos de evaluación o directamente en que buenos proyectos no reciben financiamiento producto de que no están adecuadamente presentados. Estas circunstancias justifican la inversión pública para dinamizar este mercado. 1.2 Apoyo a la Operación de Redes de Inversionistas Ángeles y/u Organizaciones de Financiamiento Colectivo de Equity o Crowdfunding. CORFO, ha decidido abordar una política para fomentar la capacidad emprendedora y la creación de nuevas empresas y aumentar su probabilidad de éxito y sobrevivencia en el mercado, a través de la línea de financiamiento para el Apoyo a la Operación de Redes de Inversionistas Ángeles y/u Organizaciones de Financiamiento Colectivo de Equity o Crowdfunding. Esta línea de financiamiento estará orientada a apoyar la organización, formalización, operación y fortalecimiento de Redes de Inversionistas Ángeles y/o Plataformas de Crowdfunding de Equity, que aumenten las inversiones en emprendimientos dinámicos, de alto potencial de crecimiento, que corresponden a aquellos emprendimientos que presentan un crecimiento acelerado, esto es que al primer año tengan la capacidad de vender por un monto del orden del millón de dólares y que en los siguientes 3 años, puedan crecer a tasas superiores al 20%, es decir, negocios que puedan aumentar sus ingresos al doble cada 3 ó 4 años 2. Con este Programa se busca aumentar las posibilidades de inversión a aquellos inversionistas no institucionales, tan importantes en las fases tempranas de creación de empresas, y proveer nuevas alternativas de acceso a capitales, a emprendedores, para desarrollar negocios innovadores y con alto potencial de crecimiento. 2. OBJETIVO. El objetivo general del instrumento es cofinanciar proyectos para la organización, fortalecimiento y operación de Redes de inversionistas y/u organizaciones de financiamiento colectivo de equity o crowdfunding en Chile, mediante la constitución y/u operación de una Red o Plataforma que permita la interacción entre inversionistas y emprendedores dinámicos, de manera de aumentar las posibilidades de inversión en las fases tempranas de creación de empresas y proveer nuevas alternativas de acceso a capitales, a emprendedores y a PYMES, para desarrollar negocios innovadores y con alto potencial de crecimiento. De ese modo se promueve el establecimiento de asociaciones o clubes de inversionistas de etapas tempranas. 2 Esta definición es utilizada por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) para describir qué se entiende por empresas con alto crecimiento ("High-Growth Enterprises: What Governments Can Do to Make a Difference", OECD 2010). 3
C O R,F 09 3. RESULTADOS ESPERADOS. a. Indicadores asociados a las inversiones realizadas y al capital levantado. b. Incremento de los inversionistas que participan activamente en la Redes. c. Talleres, actividades de capacitación o traída de expertos internacionales, para inversionistas y/o emprendedores, organizados en conjunto con otras Redes de Inversionistas Ángeles, Plataformas de financiamiento colectivo de equity nacionales e internacionales, Universidades, Organizaciones o Asociaciones especializadas, ya sean nacionales o extranjeras. d. Alianzas de colaboración o cooperación con Redes de Inversionistas Ángeles nacionales o extranjeras, Asociaciones de Capitalistas Ángeles, entre otras. e. Acuerdos con entidades que puedan proveer un flujo de emprendimientos permanente para ser evaluados y/o invertidos por la Red de Ángeles. f. Modelos de acompañamiento para el éxito de las inversiones realizadas. 4. ENTIDADES PARTICIPANTES. Los proyectos considerarán la participación de: a. BENEFICIARIO (sólo uno): Persona jurídica pública, o persona jurídica privada con o sin fines de lucro, constituida en Chile, creada mediante fuentes de financiamiento públicas y/o privadas, nacionales o internacionales y que es la responsable ante Corlo por la ejecución del proyecto. b. COEJECUTOR(ES) (opcional): Podrán participar en esta categoría las personas jurídicas, públicas o privadas, con o sin fines de lucro, constituidas en Chile o en el extranjero, que poseen capacidades técnicas necesarias y complementarias para la ejecución de actividades que, en la propia formulación del proyecto, se consideran como críticas para lograr un buen resultado del mismo. Su participación se formalizará a través de un "Convenio de Coejecución", de acuerdo al formato del Anexo N 2, de las Bases Administrativas Generales. c. ASOCIADO(S) (opcional): Podrán participar en esta categoría las personas jurídicas, públicas o privadas, con o sin fines de lucro, constituidas en Chile o en el extranjero, que cofinancian la ejecución del proyecto mediante la formalización de un aporte en efectivo. Este aporte debe ser acreditado a través de un documento de compromiso (Anexo N 1), donde se establecerá el monto del aporte. d. OTROS PARTICIPANTES: Además, en el caso de Redes de Inversionistas Ángeles, se deberá contar al momento de la postulación, con el compromiso de al menos 10 inversionistas ángeles potenciales, que podrán ser personas naturales o jurídicas, lo cual se acreditará mediante una declaración jurada simple (Anexo N 2), en la cual conste que cuenta con recursos suficientes para realizar inversiones en nuevos negocios innovadores y la intención de invertir. En el caso en que el inversionista sea una persona jurídica se deberá individualizar a la persona natural que representará al inversionista en el proceso de inversiones. No será necesario acreditar la participación de inversionistas ángeles potenciales, para aquellas Redes de Inversionistas Ángeles que al momento de la postulación cuenten con proyectos vigentes de la Línea de financiamiento "APOYO A REDES DE CAPITALISTAS ÁNGELES", del Comité InnovaChile, ni para aquellas que postulen a ser Organizaciones de Financiamiento Colectivo de Equity o Crowdfunding. 4. ACTIVIDADES FINANCIABLES. Los fondos a utilizar en los proyectos que se presenten deberán considerar las siguientes actividades: 4
CORF OIÍ Búsqueda de emprendimientos con potencial de inversión. Evaluación de emprendimientos. Preparación de propuesta y elevator pitch (Presentación a rondas). Organización y realización de rondas de inversionistas y talleres para usuarios de plataformas de financiamiento colectivo. Organización y realización de sesiones de pre-inversión. Jornadas de fidelización con miembros de la Red o Actividades de atracción de usuarios de la plataforma de financiamiento colectivo de equity o crowdfunding. Organización y realización de Workshops (Talleres). Difusión de la Red y/u organizaciones de financiamiento colectivo de equity o crowdfunding y su entorno. Programa de capacitación del staff, de los emprendedores y de los integrantes de la Red y/u organizaciones de financiamiento colectivo de equity o crowdfunding. Formación de nuevas alianzas. Evaluación de desempeño, mejoras e incorporación de buenas prácticas. Gestión y operación de la Red y/u organizaciones de financiamiento colectivo de equity o crowdfunding. Participación, colaboración y/o acompañamiento de los inversionistas a los emprendedores de proyectos en los que están invirtiendo. Atracción y/o participación de inversionistas con presencia en el extranjero. Adquisición de equipos computacionales para la red y/o plataforma de crowdfunding. 5. COFINANCIAMIENTO. Para cada proyecto adjudicado, Corlo otorgará un subsidio no reembolsable de hasta un 70% del monto total requerido para su ejecución, con un tope máximo a solicitar de $100.000.000 (cien millones de pesos). El beneficiario y/o los demás participantes deberán cofinanciar, a lo menos, un 30% del costo total del proyecto postulado, el cual deberá corresponder sólo a aporte pecuniario. 6. PLAZO DE EJECUCIÓN. Los proyectos deberán tener una duración máxima de 12 (doce) meses, contados desde la total tramitación de la Resolución de Corlo que apruebe el Convenio de Subsidio, o desde el último acto administrativo, cuando corresponda. Este plazo podrá prorrogarse hasta un máximo de 18 (dieciocho) meses totales. Los Beneficiarios deberán elaborar su Plan de Trabajo, incorporando los indicadores de éxito además de los resultados esperados para el período de ejecución. En caso de requerir prórroga del plazo de ejecución, la solicitud deberá ser presentada antes del vencimiento del plazo original. Los proyectos deberán rendir sus logros semestralmente; el desempeño de la Red y/u Organizaciones de Financiamiento Colectivo de Equity o Crowdfunding será evaluado y presentado al Subcomité de Ecosistemas de Emprendimiento, para determinar su continuidad. 5
CORF 09 7. HITO CRÍTICO. Los resultados del primer semestre constituirán un Hito Crítico de continuidad del proyecto, el que será calificado por el Subcomité de Ecosistemas de Emprendimiento. Se evaluará la gestión, capacidades y desempeño de la Red y/o Plataforma de Financiamiento Colectivo de Equity o Crowdfunding, como también la acreditación de las inversiones realizadas, las que serán verificadas por Corlo. El plazo de evaluación del hito crítico no podrá exceder los 60 días corridos desde la fecha de entrega del referido informe. Durante el período de evaluación del Hito Crítico, el beneficiario podrá ejecutar gastos con cargo al proyecto, sin perjuicio que su continuidad estará condicionada a la aprobación de dicho Hito Crítico. Solamente aquellos proyectos que aprueben su Hito Crítico semestral podrán ejecutar completamente el proyecto. En dicho caso, los gastos efectuados durante el periodo de evaluación del Hito Crítico, se rendirán en el Informe Final. En caso de rechazo del Hito Crítico, el beneficiario deberá rendir los gastos en que haya incurrido para la prosecución del proyecto durante el período de evaluación del Hito Crítico, acompañando un Informe Extraordinario de Gastos al finalizar dicho período de revisión. 8. CONTENIDO DE LA PROPUESTA. Sin perjuicio de los demás requisitos establecidos en estas Bases, toda propuesta deberá contener un modelo de funcionamiento de la Red y/u organizaciones de financiamiento colectivo de equity o crowdfunding en Chile que considere los siguientes elementos: 8.1 Objetivos de la entidad. Se deberán establecer los objetivos de la Red de Capitalistas Ángeles y/u Organización de Financiamiento Colectivo de Equity o Crowdfunding en Chile, considerando, entre otros aspectos, el tipo de inversionistas, la naturaleza de los proyectos a apoyar y las metas de inversión autoimpuestas. Los inversionistas deben ser individualizados y deben tener la intención de invertir en nuevos negocios innovadores; se deberá presentar una estructura de directorio, representantes y operación; se debe presentar y formalizar un marco de normas de funcionamiento que hayan sido homologadas con las de Redes de Capitalistas Ángeles de otros países, que propenda a lograr un ambiente de confianza a favor de la baja de costos de transacción para mejorar la asociatividad y la inversión. 8.2 Asociados y/o Coejecutores. En el evento que el proponente se presente con asociados y/o coejecutores, deberá identificarse cada una de éstos, definiendo su rol, su grado de participación, compromiso en el mismo y modelo de trabajo. Se deberá adjuntar carta de compromiso de aportes al momento de la postulación, en la cual se deberá especificar los compromisos económicos, las actividades y mecanismos de participación en el proyecto, y en el caso de coejecutores, se deberá acompañar el respectivo convenio de coejecución. 6
COR FOIÍ 8.3 Alianzas y Redes de trabajo. Se deberá establecer un plan estratégico y operativo para la generación y fortalecimiento de alianzas y Redes de trabajo que permitan potenciar la ejecución y resultados del proyecto. 8.4 Modelo de Organización. Se deberá presentar una propuesta de organización para la operación de la Red de Capitalistas Ángeles y/u Organizaciones de Financiamiento Colectivo de Equity o Crowdfunding en Chile, incluyendo el organigrama y estructura organizacional, las funciones y responsabilidades, tanto del personal interno como de las redes de apoyo, las cuales deberán definirse. 8.5 Definición del mercado objetivo, servicios a ofrecer y estrategia de comercialización. Se deberá indicar el mercado objetivo al cual apunta la entidad u organización, señalando la estrategia de comisiones, los servicios que se prestarán por parte de la Red y/o plataforma y el modelo de ingresos o tarifado para emprendedores e inversionistas, considerando su plan de promoción y difusión. 8.6 Modelo de Operación. Se deberá establecer el modelo de gestión de la Red y/u Organizaciones de Financiamiento Colectivo de Equity o Crowdfunding en Chile, considerando principalmente: la estrategia de búsqueda de proyectos y acondicionamiento a rondas de inversión (tipos de rondas de negocios, procesos de negociación, due dilligence y capitalización), para lo cual deberá definir los siguientes aspectos: tipos de rondas a implementar, mecanismos de postulación y de selección de emprendimientos, metodología de valorización de proyectos, criterios de selección de nuevas iniciativas, metodología de trabajo con inversionistas indicando criterios de entrada y de egreso a la Red y servicios que la Red ofrecerá tanto a inversionistas como a los emprendedores, indicando tarifas y formalización de los mismos. También deberán mencionar si operarán en más de una región, de qué forma, qué servicios se ofrecerán en cada una de ellas y cuál es la vinculación que poseen o desean alcanzar con inversionistas o emprendedores de la región. 8.7 Modelo de Control de Gestión. Deberá definir el mecanismo de control de gestión de la Red, estableciendo indicadores de desempeño y metas atractivas para Corfo en términos de inversiones logradas por el plazo de apoyo. Adicionalmente, deberá definir mecanismos de seguimiento efectivo de las inversiones. 8.8 Resultados Esperados. Deberá indicar los resultados esperados del proyecto considerando: a. Indicadores asociados a las inversiones realizadas y al capital levantado. b. Cómo se logrará un incremento de los inversionistas que participan activamente en la Redes. c. Talleres, actividades de capacitación o traída de expertos internacionales, para Inversionistas y/o Emprendedores, organizados en conjunto con otras Redes de Inversionistas Ángeles, Universidades, Organizaciones u Asociaciones especializadas, ya sean nacionales o extranjeras. Alianzas de colaboración o cooperación con Redes de Inversionistas Ángeles nacionales o extranjeras, Asociaciones de Capitalistas Ángeles, entre otras. 7
CO R F 00 e. Acuerdos con entidades que puedan proveer un flujo de emprendimientos permanente para ser evaluados y/o invertidos por la Red de Ángeles. f. Modelos de acompañamiento para el éxito de las inversiones realizadas. 8.9 Programa de sustentabilidad futura. El proyecto deberá presentar un programa de sustentabilidad financiera de la Red, señalando los mecanismos y las fuentes de financiamiento comprometidas para que ésta siga operando una vez terminado el plazo de ejecución del proyecto. 8.10 Actividades y Presupuesto. Se deberán establecer las actividades que desarrollará la Red y/u Organizaciones e Financiamiento Colectivo de Equity o Crowdfunding, durante el período de ejecución del proyecto con su correspondiente presupuesto, considerando, entre otras, las siguientes actividades: levantamiento de emprendimientos, programas de capacitación a emprendedores e inversionistas, giras empresariales tanto para transferencia de buenas prácticas hacia la Red como para la apertura a nuevos mercados de los proyectos invertidos y seguimiento de proyectos, entre otros. 9. CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Los proyectos serán evaluados con notas de 1 a 5, siendo 1 el mínimo y 5 el máximo. Cada criterio será analizado en base a la información proporcionada. Los criterios son: CRITERIO % MODELO DE NEGOCIOS, OPERACIÓN Y GESTIÓN: Modelo de operación (criterios de selección, mecanismos de búsqueda, plazos, apoyos, etc.). 35% Gestión portafolio de inversiones. Programa de sustentabilidad. Estrategias de salida, follow up de inversiones. INSTITUCIONALIDAD Y ORGANIZACIÓN: Aptitudes y experiencia del Beneficiario. Capacidad y habilidades del gerente y personal de la Red y/o plataforma, describir el perfil de las personas que ya trabajan en la Red o que deberían integrar el equipo. 20% Inversionistas comprometidos inicialmente para el caso de las Redes o clubes de inversionistas ángeles. Redes y alianzas que agreguen valor a la propuesta. En el caso de que postule con coejecutores, también se evaluará su experiencia y capacidades para llevar a cabo la propuesta. PLAN DE TRABAJO, METODOLOGÍA, RESULTADOS E INDICADORES COMPROMETIDOS: Actividades a desarrollar, sistemas de control de gestión e indicadores de resultados propuestos. 30% Metodologías de trabajo, actividades de capacitación para inversionistas, talleres y sesiones de tutoría para emprendedores, difusión o presencia en medios. COBERTURA: Se evaluará la presencia y/o vinculación de la Red y/u Organizaciones de Financiamiento Colectivo de Equity o Crowdfunding en Chile con 15% inversionistas y emprendedores a nivel nacional, acceso a servicios de capacitación para inversionistas y/o emprendedores en distintas regiones. 8
CORF 10. PUBLICIDAD DE LOS INFORMES; DIFUSIÓN, TRANSFERENCIA Y UTILIZACIÓN DE RESULTADOS. La información que Corfo reciba a través de todos los informes presentados, sean de avance, final u otros, es pública, sin perjuicio de las excepciones establecidas en la normativa vigente. Para efectos del Repositorio Institucional de Corlo (RIC) o el sistema que lo sustituya o reemplace, se pondrá a disposición del público, la información que Corlo reciba a través de los mencionados informes. La difusión y transferencia de los resultados se realizará de acuerdo a lo establecido en el proyecto. El Beneficiario autoriza a Corlo y a sus Comités, desde la postulación del proyecto, a utilizar y distribuir material escrito o audiovisual relativo al proyecto y a los demás participantes del mismo para actividades de difusión. 11. NOTIFICACIONES. En virtud de lo dispuesto en la Ley N 19.880 artículo 30, letra a) y artículo 19, inciso primero, el Beneficiario, en la plataforma de postulación en línea podrá autorizar y consentir expresamente para que los actos administrativos dictados por Corlo relacionados con el Proyecto, le sean notificados mediante el envío de una copia, al correo electrónico informado en la postulación del Proyecto. En estos casos, la notificación surtirá efectos a partir de la fecha y hora en que el beneficiario tenga acceso al acto administrativo, esto es, que el mismo quede disponible en la bandeja de entrada del correo electrónico informado. El Beneficiario se obliga a mantener actualizado el correo electrónico informado, y cualquier cambio de éste, deberá ser comunicado a Corlo. 12. CONSULTAS. Las consultas deberán ser dirigidas a COREO, al correo electrónico emprendimiento@corfo,c1. Cada consulta será respondida por la Subgerencia de Ecosistemas de Emprendimiento, de la Gerencia de Emprendimiento, dentro del plazo de 7 días contados desde que fue recibida. 13. APLICACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES. En cuanto a los aspectos administrativos, tales como los procesos y trámites que deberán cumplirse desde la etapa de orientación de los postulantes y/o la postulación misma, hasta el término del Convenio de Subsidio celebrado entre Corlo y el beneficiario, será aplicable lo dispuesto en la Resolución (A) N 9, de 18 de enero de 2013, del Gerente de Emprendimiento, modificada por Resolución (A) N 12, de 21 de enero de 2015, y por Resolución (A) N 45, de 27 de abril de 2015, ambas del Vicepresidente Ejecutivo de Corlo, mediante las cuales se aprobó las Bases Administrativas Generales para los Programas, Convocatorias, Concursos y Líneas de Financiamiento de postulación permanente, que apruebe el Comité de Emprendimiento o sus Subcomités, y para los Programas y/o Instrumentos de Financiamiento creados por el Gerente de Capacidades Tecnológicas de Corlo, considerando las siguientes reglas: a. El presente instrumento se pone a disposición de los interesados en modalidad de concursos recurrentes, cuyos períodos de postulaciones serán informados anticipadamente mediante publicaciones, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3.1., de las Bases Administrativas Generales. 9
CO R F b. El Subcomité de Ecosistemas de Emprendimiento de la Gerencia de Emprendimiento, será el órgano encargado de decidir acerca de la aprobación o rechazo de los proyectos presentados, previa recomendación de la Gerencia de Emprendimiento. c. Los antecedentes legales para la postulación requeridos en el numeral 3.6., de las Bases Administrativas Generales, deben ser acompañados respecto de quienes postulan en calidad de Beneficiarios, y por todos los Asociados y Coejecutores, si estos últimos existiesen. Los antecedentes legales relativos a la formalización del Convenio de Subsidio, requeridos en el numeral 7., de las Bases Administrativas Generales, deberán ser acompañados respecto del Beneficiario. e. Aplican a este instrumento las siguientes Cuentas Presupuestarias, con los topes que se indican en cada caso: Gastos de Recursos Humanos: no podrá presupuestarse con cargo a CORFO los bonos o pagos de incentivos del personal de la postulante, ni asignaciones distintas a aquellas establecidas por ley. Gastos de Operación: no podrá presupuestarse con cargo a CORFO más del 3% del monto del subsidio aprobado, para financiar el costo financiero de los documentos de garantía, cuando corresponda. Gastos de Administración. Gastos de Inversión: el monto total presupuestado con cargo a CORFO para esta cuenta, no podrá superar el 10% del subsidio aprobado. No aplica a este instrumento la cuenta "Overhead". f. Durante el análisis de pertinencia del proyecto, se verificará el acompañamiento del documento de compromiso de aportes del (de los) Asociado(s) y del convenio de Coejecución, cuando corresponda. g. Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 10.3., de las Bases Administrativas Generales, se podrán considerar como aportes en efectivo o pecuniarios, aquellos desembolsos de recursos con ocasión del pago de remuneraciones (total haber) y honorarios, del personal técnico y profesional contratado con anterioridad a la postulación por el Beneficiario, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos copulativos: 1. Que, se trate de Beneficiarios de proyectos con informe final aprobado, de la Línea de Financiamiento "Apoyo Redes de Capitalistas Angeles", del Comité InnovaChile. 2. Que, el recurso humano de que se trata, corresponda al mismo, que haya sido rendido en el respectivo proyecto. 3. Que, los gastos de remuneraciones y/u honorarios, sean pagaderos en iguales condiciones al respectivo proyecto. Asimismo, para aquellos postulantes que no correspondan a Beneficiarios de proyectos apoyados por la Línea de Financiamiento "Apoyo Redes de Capitalistas Angeles", del Comité InnovaChile, se podrán considerar como aportes en efectivo o pecuniarios, aquellos desembolsos de recursos con ocasión del pago de remuneraciones (total haber) y honorarios, del personal técnico y profesional contratado con anterioridad a la postulación por el Beneficiario siempre y cuando los costos sean iguales al del promedio de los últimos 6 meses previos a la postulación del proyecto a este instrumento. 10
CORF 09 i. Para el caso de aquellos postulantes que correspondan a Organizaciones de Financiamiento Colectivo de Equity o Crowdfunding, será posible considerar, como aporte pecuniario, el uso y mantención de plataformas de Crowdfunding siempre y cuando los costos sean iguales al del promedio de los últimos 6 meses previos a la postulación del proyecto a este instrumento. 11
CO RF OSÍ ANEXO N 1. CARTA DE COMPROMISO DE APORTES ASOCIADO Sr. (Representante beneficiario) Presente (Fecha) Estimado Sr./a. En mi calidad de representante de (razón social o nombre de la persona jurídica) RUT: (RUT de la entidad), vengo en hacer presente el interés de mi representada para participar, en calidad de "ASOCIADO", en el Proyecto denominado "(Nombre del Proyecto)", presentado por su entidad al Programa "APOYO A LA OPERACIÓN DE REDES DE INVERSIONISTAS ÁNGELES Y/U ORGANIZACIONES DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO DE EQUITY O CROWDFUNDING EN CHILE". Asimismo, a través de la presente, vengo en manifestar el compromiso de la entidad a la cual represento, para realizar el aporte que a continuación se detalla: Aportes pecuniarios: Cuentas Financiables Aportes en Miles $ Gastos de Recursos Humanos Gastos de Operación Gastos de Inversión Gastos de Administración Total Los aportes comprometidos se harán efectivos en conformidad a la programación de entrega de aportes anterior, la que será consignada en el Proyecto. (Representante entidad asociada) (RUN representante) 12
CORF ANEXO N 2. DECLARACIÓN JURADA INTEGRANTE DE RED DE INVERSIONISTAS ÁNGELES. Persona Jurídica Sr. (Representante Beneficiario) Presente (Fecha) Estimado Sr./a. En mi calidad de representante de (razón social o nombre de la persona jurídica) RUT: (RUT de la entidad), vengo en hacer presente el interés de mi representada para participar, en calidad de "Inversionista Ángel", en el Proyecto denominado "(Nombre del Proyecto)", presentado por su entidad al Programa denominado "APOYO A LA OPERACIÓN DE REDES DE INVERSIONISTAS ÁNGELES Y/U ORGANIZACIONES DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO DE EQUITY O CROWDFUNDING EN CHILE". Asimismo, declaro bajo juramento que mi representada cuenta con recursos suficientes para realizar inversiones en nuevos negocios innovadores y que tiene la intención de invertir en ellos. (Representante Inversionista Ángel) (RUN representante) (Cargo) (Inversionista Ángel) Persona Natural Sr. (Representante Beneficiario) Presente (Fecha) Estimado Sr./a. Por la presente, (nombre de la persona natural), cédula de identidad/pasaporte N (número de la cédula de identidad o del pasaporte), vengo en manifestar mi interés para participar, en calidad de "Inversionista Angel", en el Proyecto denominado "(Nombre del Proyecto)", presentado por su entidad al Programa denominado "APOYO A LA OPERACIÓN DE REDES DE INVERSIONISTAS ÁNGELES Y/U ORGANIZACIONES DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO DE EQUITY O CROWDFUNDING EN CHILE". Asimismo, declaro bajo juramento que cuento con recursos suficientes para realizar inversiones en nuevos negocios innovadores y que tengo la intención de invertir en ellos. (Nombre Inversionista Ángel) (Número de cédula de identidad o de pasaporte) 13
CORF OIÍ 2 PUBLÍQUENSE los avisos correspondientes, previo a cada período de postulación, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3.1., de las Bases Administrativas Generales para los Programas, Convocatorias, Concursos y Líneas de Financiamiento de postulación permanente, que apruebe el Comité de Emprendimiento o sus Subcomités, y para los Programas y/o Instrumentos de Financiamiento creados por el Gerente de Capacidades Tecnológicas de Corlo, en un diario de circulación nacional, y pónganse esta Resolución y su Anexo aprobado, a disposición de los interesados en el sitio web de CORFO, www.corfo.cl, una vez que la presente Resolución se encuentre totalmente tramitada. Anótese y comuníquese. SIC imiento 14