La abolición del régimen feudal

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Transcripción:

La abolición del régimen feudal Artículo 1. La asamblea Nacional suprime enteramente el régimen feudal y decreta que los derechos y deberes, tanto feudales como censales los que se refieren a la manos muerta real o personal y a la servidumbre personal y los que representan, son abolidos sin indemnización, y todos los demás declarados redimibles, y que el precio y el modo de la redención serán fijados por la Asamblea Nacional. Aquellos de los dichos derechos que no sean suprimidos por este decreto continuarán, sin embargo, siendo percibidos hasta su rembolso. Art 4. Todas las justicias señoriales son suprimidas sin ninguna indemnización; pero, sin embargo, los oficiales de estas justicias continuarán sus funciones hasta que sea provisto por la Asamblea Nacional el establecimiento de un nuevo orden judicial. Art.5. Los diezmos de cualquier tipo y los censos a que dieren lugar bajo cualquier denominación con que sean correctos y percibidos, ( ), poseídos por los cuerpos regulares y seculares como sus beneficiarios, los edificios y todo tipo de manos muertas, incluso las que hubiesen sido abandonadas a los laicos en remplazo y por opción de porción congrua, serán abolidos, cuando se encuentren los medios de auxiliar de otra manera al gasto del cultivo divino ( ). Art. 11. Todos los ciudadanos, sin distinción de nacimiento, podrán ser admitidos a todos los empleos y dignidades eclesiásticas, civiles y militares y ninguna profesión útil reportará deshonra. (J.B. BUVERGER. Collection complète des Lois, Dècrets, Ordennances, reglements, París, 1834, ti, pags. 33-35. En QUEROL INSA, Mª Pilar y CEBOLLADA LANGA, Rosa: Documentos para la comprensión de la Historia Contemporánea. Instituto de Ciencias de la educación. Universidad de Zaragoza. Zaragoza, 1982, pág. 25-27)

Comentario de texto Naturaleza del texto: Este texto es una fuente primaria de carácter histórico-jurídico, social y de dominio público. Localización espacio-temporal: Dicho documento, aunque no viene implícita la fecha de su divulgación, está situado a finales del siglo XVIII, y elaborado el 4 de agosto de 1789, en París (Francia). El autor: El autor o en este caso los autores del texto en cuestión es la Asamblea Nacional de Francia, que representaba a la burguesía francesa y en la que residía la soberanía de la Nación. Destinatario: Los destinatarios de este texto jurídico eran los ciudadanos franceses. La Asamblea Nacional, a través de este texto intenta emprender una serie de leyes por las cuales pretendían abolir el sistema feudal es decir, suprimir los privilegios que hasta ese momento poseían tanto la nobleza como el clero, además de prohibir los señoríos, las vinculaciones de las tierras, etc. Contenido: En este documento podemos apreciar tres partes significativas que van dirigidas a los distintos estamentos sociales de la época. La primera parte estaría formada por el artículo 1, en donde la Asamblea Nacional, de forma general, suprime el Antiguo Régimen, y con él los privilegios de clases. De esta manera, la Asamblea nacional se constituye en el órgano legislador fundamental en que se apoyará la nueva sociedad de clase. Otra segunda parte constituiría el art. 4, en el cual se suprimen sin paliativos todas las jurisdicciones señoriales, con lo que los señores dueños o propietarios de inmuebles, bienes o tierras, no podrán impartir justicia en sus dominios. También la Asamblea Nacional establecerá, según su criterio, un ordenamiento judicial. Por último, una tercera parte, la correspondiente al art.5 estaría dirigida esencialmente al clero, poseedor de la mayoría de las tierras. A este estamento, la Asamblea Nacional le priva de percibir impuestos (diezmo) en concepto de mantenimiento del culto, sacerdotes y pobres; así como la

confiscación de las tierras no cultivables (manos muertas) y los edificios que poseyesen. Comentario: La abolición del régimen Feudal es una causa más de estos profundos cambios que se producen en el paso del S.XVIII al XIX. Como consecuencia de la industrialización y de los cambios producidos por las Revoluciones Liberales, se produce el paso de una sociedad estamental a una sociedad de clases, cuyas características difieren bastante. Uno de los aspectos más importantes es la desaparición de los privilegios de la Sociedad Estamental, sustituidos ahora por una organización estructural cuyo fundamento principal radica en la igualdad jurídica, aunque no económica, de todos los individuos. Por lo tanto, se pasa de una sociedad estamental a una sociedad de clases cuyas características básicas no derivan del privilegio, sino de la desigualdad económica. La Nobleza se mantiene. Sin embargo, la Iglesia pierde todas sus propiedades. Las revoluciones liberales no solo trajeron cambios políticos, sino también cambios en la estructura social del sistema feudal, por medio de una serie de leyes que derogan todos los privilegios de clases. Como consecuencia de las revoluciones liberales, desaparece la servidumbre en aquellos lugares donde todavía existían. A esto se le unió la desaparición de la limitación de la capacidad de producir e intercambiar bienes, como por ejemplo, la libre contratación laboral supuso el fin de los controles gremiales (que imponían producción, precio y salario), así como la prohibición de la injerencia del Estado en la negociación del salario y en las condiciones de vida trente el patrono y el trabajador. Además, las revoluciones liberales liberalizó el comercio, con lo cual hubo una mayor intensificación del intercambio de productos básicos. Se consiguió también abaratar el precio del trigo, cereales, etc. También la Revolución Liberal produjo que no hubiese diferencia entre un miembro de la burguesía y un miembro de la nobleza. En el terreno fiscal, la igualdad significó la abolición de los privilegios de clases y la pérdida de sus ingresos. En el aspecto administrativo, se entenderá por igualdad el libre acceso de todos los ciudadanos a los cargos públicos sin más limitación que sus conocimientos o virtudes. Antes de iniciado este decisivo paso, claro está, tuvo que suceder algo en el seno de la Sociedad Estamental. Se produjo una crisis debido a dos grupos de causas:

a) Causas ideológico-políticas: En la segunda mitad del siglo XVIII aparece una nueva forma de pensamiento. La Ilustración, que se va a oponer al pensamiento tradicional del sistema feudal basado en la fe, en la tradición histórica, etc. Tanto el clero como la nobleza eran los dos pilares básicos del sostenimiento del sistema feudal, por lo cual sufrieron los ataques continuos del pensamiento ilustrado. b) Unas causas económico-sociales: El factor económico jugó un papel fundamental en la crisis del Antiguo régimen. Los factores económicos influyeron en esta decadencia social desde un punto de vista práctico y técnico. En el terreno económico el fisiocracismo fue la doctrina de moda, que formuló una pluralidad de tipo económico. Sin embargo, será el británico Adam Smith el que promulgará el libre comercio. Se produce así una clara ruptura de un sistema feudal a un sistema capitalista. El libre comercio, la creación de industrias y la libre disposición de la tierra serán las consecuencias prácticas de estas teorías. La aristocracia era tachada de inútil y al no trabajar siguió comprando privilegios hasta llegar un momento en que ésta quería ampliar sus derechos. Conclusión: A lo dicho anteriormente, cabe decir que el proceso de cambio de una sociedad estamental a una sociedad de clases es un aspecto más de esos profundos cambios que se suceden en todos los órdenes a finales del siglo XVIIII y principios del XIX. Fue necesaria esta conversión sufrida por la propia sociedad, ya que se había llegado a un momento en que era tal la opresión, que toda esa sociedad feudal tenía que estallar por cualquier lugar. Como se ha comentado, este cambio o paso de una sociedad estamental a una de clases no se produjo de una manera significativa para mejorar las condiciones de vida del trabajador, sino para mejorar la productividad, ni tampoco hubo tanta igualdad como se preveía. Lo que si es evidente es que la sociedad podía disfrutar de mejores condiciones de bienestar que tanto las Revoluciones Industrial, agraria, liberal, etc., lograron aportar. En conclusión, todos estos factores económicos, sociales y políticos están en perfecta conjugación con lo que el padre del capitalismo aportó en uno de sus mítines: No podrá existir una sociedad floreciente y feliz si la mayoría de sus ciudadanos son pobres y miserables. Adam Smith (1723-1780)