REGLAMENTO PARA LA PROMOCIÓN DE CAMPAÑA: LA ROJA Y LA NACIÓN TE REGALAN TARJETAS DE REGALO La presente Promoción pertenece en forma exclusiva a BANCO BAC SAN JOSE, S.A. empresa que en adelante se conocerá como el organizador o BAC, para sus clientes físicos, los cuales deben de completar un formulario que se desplegará en el envío de las comunicaciones por correo electrónico. La Promoción LA ROJA Y LA NACIÓN TE REGALAN TARJETAS DE REGALO se regirá bajo las siguientes reglas y condiciones. Los participantes aceptan todas las reglas de este reglamento en forma incondicional. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de los organizadores en cualquier asunto relacionado con la promoción. El otorgamiento de cualquiera de los premios estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como al cumplimiento de lo dispuesto en este reglamento. Si el ganador no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, los organizadores no asumirán ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de permitir la participación y la entrega de un premio o beneficio. PRIMERO: OBJETO. El objeto de este reglamento es establecer las regulaciones de la campaña denominada LA ROJA Y LA NACIÓN TE REGALAN TARJETAS DE REGALO, según los términos y las condiciones establecidas en el presente reglamento. SEGUNDO: DEFINICIONES. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por: a. Reglamento: Se refiere a este documento y sus modificaciones. b. Organizador: Al Banco BAC San José S.A. c. BAC: Al Banco BAC San José S.A. d. LA ROJA: Todas las Tarjetas de débito del Banco BAC San José S.A. TERCERO: ELEGIBILIDAD PARA PARTICIPAR. La promoción está dirigida exclusivamente a clientes mayores de edad, que tengan una tarjeta de débito LA ROJA del BAC y que completen el formulario que se desplegará de las comunicaciones enviadas por correo electrónico a clientes seleccionados. Todo reclamo o recepción de algún premio o beneficio implicará necesariamente el conocimiento y la aceptación de todas las disposiciones de este reglamento y sus modificaciones. Para todos los efectos legales, el organizador entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese conocimiento, se verificará por el sólo hecho de reclamar el respectivo premio o beneficio en cuyo caso el organizador podrá exigir al interesado antes de entregar el premio, que mediante documento escrito deje constancia expresa de dicha aceptación y a su vez se adhiera por completo a las cláusulas de éste reglamento. Si la persona no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el organizador no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de entregar algún premio o beneficio. CUARTO: PLAZOS. Esta promoción se regirá por los siguientes plazos, que son de carácter perentorio: a. Plazo para participar: El plazo de participación es por tiempo limitado, siendo que inicia el día 01 de mayo del año 2015 y finaliza el día 30 de junio del año 2015. b. Publicación del reglamento y del ganador: Este reglamento será comunicado por medio de la página web cuya dirección es www.bacsanjose.com.para recibir el premio, el ganador será contactado por medio de un mensaje de texto, email, o llamada telefónica; todo a elección del organizador, según la información que se encuentre en la base de datos del Banco BAC San José. La veracidad de dicha información y la actualización de la misma es responsabilidad exclusiva de los tarjetahabientes, por lo que el organizador no asume ninguna responsabilidad por datos
erróneos, falsos, incompletos o inexistentes, ya sea incluso por suspensión del servicio de manera temporal o permanente. Si por alguna de estas circunstancias el organizador no logra establecer comunicación con el tarjetahabiente, éste no tendrá derecho a reclamar ningún beneficio. La comunicación servirá para corroborar la identidad del tarjetahabiente y comprobar conforme a las listas de ganadores, que en efecto el tarjetahabiente es acreedor de un certificado. El organizador procederá a entregar el premio que se indicará en la cláusula quinta al ganador en las oficinas centrales del Banco BAC San José ubicadas en San José, Escazú, edificio Centro Corporativo Plaza Roble en Terrazas B, segundo piso. El organizador no se hará responsable de los gastos en los que incurra el ganador a la hora de retirar el premio. c. Fecha límite reclamar el premio: El ganador deberá reclamar su premio a más tardar el día 30 de agosto del año 2015. Una vez vencido este plazo no tendrá derecho a reclamarlo ni pretender indemnización alguna. QUINTO: FORMA DE PARTICIPAR. Los tarjetahabientes seleccionados para recibir la comunicación, podrán participar de la promoción completando el formulario que se desplegará con el envío de la comunicación electrónica. Este formulario es elaborado por el Grupo Nación. Al enviar el formulario el usuario que registra da fé y se hace responsable de la exactitud de la información registrada. Para efectos de legalidad el cliente acepta las políticas y condiciones descritas en www.suscripcionesnacion.com/terminos en donde se establece que el cliente está de acuerdo en facilitar su información y datos personales.. Para participar, el cliente debe completar los datos que son requeridos en el formulario antes de la fecha de finalización de vigencia. Se tendrá como participante a la persona cuyos datos personales consten en la base de datos del Banco BAC San José S.A. dentro del plazo de vigencia, y se tendrá por válida la información reportada por el participante. SEXTO: REQUISITOS QUE DEBE REUNIR EL PARTICIPANTE. El organizador considerará como participante de la promoción solo las personas físicas que mantienen una tarjeta de debito LA ROJA y completen el formulario que les será enviado con motivo de esta promoción, y que cumplan con los siguientes requisitos: Para poder ser acreeditado como ganador, la persona deberá tener al día los pagos de cualquier otra obligación u obligaciones con el Grupo Financiero BAC Credomatic Costa Rica y/o emisores de tarjetas de débito o crédito, ligados al grupo financiero BAC Credomatic Costa Rica y en forma general no encontrarse codificado negativamente de acuerdo a la normativa de SUGEF (Superintendencia General de Entidades Financieras) y debe encontrarse en cumplimiento con las políticas del Grupo Financiero Bac Credomatic Costa Rica. El Grupo Financiero BAC Credomatic Costa Rica estará facultado para realizar todo tipo de investigación interna para determinar el estado crediticio de toda persona que resulte favorecida. SETIMO: PREMIO. En esta promoción se sortearan tarjetas de regalo, los premios se distribuirán de la siguiente manera: -Por cada semana durante los meses de mayo y junio se sorteará una tarjeta de regalo por un monto de 50.000 entre todos los clientes que completen el formulario en la semana correspondiente. -De forma mensual, 1 Tarjeta de regalo por 100.000 en los meses de mayo y junio, en esta participan todos los clientes inscritos.
En caso de quejas sobre el servicio y/o garantía de los productos adquiridos en el negocio del copatrocinador, las mismas deberán dirigirse al comercio afiliado. OCTAVO: SELECCIÓN DEL GANADOR. La selección de la persona ganadora será en forma aleatoria según la base de datos entregada por el Grupo Nación. El ganador potencial estará sujeto a verificación por parte del organizador en cuanto a las condiciones de la promoción y sus datos personales. Ninguna participación deberá considerarse como ganadora hasta tanto no se verifique la elegibilidad del participante, la veracidad de la información brindada, y el cumplimiento de los demás requisitos de este reglamento. NOVENO: COMUNICACIÓN DEL GANADOR POTENCIAL Y RECLAMO DE PREMIOS. El ganador potencial será contactado telefónicamente por el organizador según los datos que consten en el sistema del Banco BAC San José S.A; El organizador realizará al menos un intento en cada número de teléfono registrado y se limitará a utilizar los números telefónicos de contacto registrados en el Banco BAC San José S.A. para intentar localizarlo. En consecuencia, será responsabilidad exclusiva de cada tarjetahabiente el asegurarse de que sus datos se encuentren debidamente actualizados en el Banco. Si el participante seleccionado no reclama el premio dentro del plazo indicado, o si de cualquier manera incumple este reglamento, se entenderá que renuncia a su premio, por lo cual se libera de toda responsabilidad al patrocinador. DÉCIMO: DERECHOS DE IMAGEN. El hecho de participar en la promoción implicará el consentimiento de los participantes a que su nombre, voz e imagen sean utilizados en los diferentes medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que el organizador, deseen hacer con relación a la promoción, ya sea durante el plazo promocional o una vez vencido el mismo. Esta autorización no implicará deber alguno de remunerar o compensar al participante. Adicionalmente, el ganador potencial deberá firmar una autorización expresa para el uso de estos derechos de imagen como condición para que se le entregue el premio. DÉCIMO PRIMERO: RESPONSABILIDAD DEL ORGANIZADOR. El organizador es responsable únicamente por la entrega de los premios indicados en este reglamento y por la aplicación de los mismos. El ganador del premio será responsable del uso y disfrute que le dé al mismo. Los participantes liberan de responsabilidad al organizador, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representante o agentes por cualquier daño que surja indirectamente como consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la promoción. El Organizador no es responsable del uso que Grupo Nación realice de la información suministrada, ya que la misma es entregada de manera voluntario por parte del Cliente al Grupo Nación, quien es el responsable de confeccionar el formulario que debe ser llenado. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del organizador por: a) Gastos incurridos para participar en la promoción, para hacer efectivo el premio o para disfrutarlo; b) Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción; c) Daños sufridos a la integridad o bienes del ganador o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del premio. d) Calidad del Servicio durante el disfrute del premio. DÉCIMO SEGUNDO: SUSPENSIÓN DE LA PROMOCION. Los organizadores se reservan el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente, en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de premios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera de control razonable de los organizadores. La alteración de
documentos e información sobre el ganador así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio de los organizadores sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o sus organizadores podrán ser perseguidas por los medio previstos en la Ley. DÉCIMO TERCERO: RELACIÓN ENTRE LAS PARTES. Ninguna disposición de la presente promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante o ganador de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante o agente de la compañía organizadora. Con el incumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad. DÉCIMO CUARTO: RESPONSABILIDADES, CONDICIONES Y RESTRICCIONES: a. En la publicidad de la presente promoción se ha consignado la frase ver reglamento en www.bacsanjose.com, en señal de que la participación de los interesados, así como la promoción y los premios están sujetos a las condiciones y limitaciones indicados en este reglamento. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento. Los interesados en participar de esta promoción tienen la obligación de leer, entender y consultar al organizador en caso de dudas sobre el presente reglamento No obstante, cualquier asunto relacionado con la promoción que no esté previsto en este reglamento, será resuelto por el organizador con estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica. Si surgieran modificaciones al reglamento, las mismas no será necesario publicarlas, sino simplemente podrán ser incluidas en la página web correspondiente, siendo deber del interesado en participar en la promoción revisar dichas modificaciones en la página. b. La mecánica de la promoción se rige por este reglamento y en forma supletoria y complementaria se tiene incorporada la legislación nacional, la jurisprudencia judicial y administrativa, así como las resoluciones de la Comisión del Consumidor, en cuanto sean aplicables. c. El organizador se reserva el derecho de determinar de acuerdo a los intereses de la actividad y de los derechos de los consumidores, los casos en que se incumpla con los artículos anteriores y de suceder algunas de estas circunstancias, del hecho se dejará constancia. d. Las pruebas que sustenten actos como los descritos en los incisos anteriores, serán las que de acuerdo a los principios y leyes judiciales, sean las más comunes y/o permitidas por los Tribunales de Justicia. e. Los favorecidos deberán firmar un documento de recibido conforme del premio respectivo, liberando así al organizador de cualquier responsabilidad por el uso y disfrute del premio ganado. f. La responsabilidad del organizador finaliza con la entrega de los premios. g. El organizador no se hará cargo de ningún gasto incurrido por el favorecido para retirar el premio. El organizador se limita a entregar únicamente los premios ofrecidos en este reglamento, por lo que no se aceptarán cambios ni mejoría en el mismo. h. Si se demuestra que una persona recibió un premio por medio de engaño, el organizador podrá reclamar el premio entregado en cualquier momento y se reserva el derecho de tomar las acciones legales del caso. i. El derecho al premio y los premios en sí no son transferibles, negociables ni pueden comercializarlos de ninguna forma y nunca se otorgarán en dinero en efectivo u otro medio de compensación análogo. Cada premio será entregado únicamente a los ganadores, una vez verificados el cumplimiento de los requisitos reglamentarios. j. Si el favorecido no acepta el premio o sus condiciones, este premio se considera renunciado y extinguido en relación al favorecido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. De esta circunstancia se levantará un acta. Si los favorecidos, incluyendo a los suplentes, no son ubicados, no será obligación del Banco BAC San José realizar una nueva premiación. k. El favorecido deberá firmar conforme el recibo de su premio, aceptando las limitaciones y condiciones que el premio representa y de tal forma liberará de responsabilidad al Banco BAC San José S.A., aceptando su condición como favorecido. En el evento injustificado de haber aceptado
un premio, pero por la circunstancia que sea, se negase a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo, el favorecido perderá su derecho a recibirlo, para lo cual se levantará un acta notarial. l. El organizador se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción. Las anteriores circunstancias se comunicarán a través de la página web www.bacsanjose.com. m. Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, las personas que resultaron favorecidas autorizan a que su nombre e imagen aparezca en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la premiación, como entrega y recibo del premio, sin que implique remuneración o compensación adicional al premio, ni reclamos por derechos de imagen, los cuales se tiene por cedidos temporalmente únicamente para los efectos de divulgación del resultado de la presente promoción. Los favorecidos no podrán negarse a ser fotografiados o filmados, sin recurso alguno. Se aclara que el organizador exige en todas sus promociones esta condición. n. Cualquier duda o consulta sobre los alcances e interpretación del presente reglamento, podrá evacuarse, mediante correo electrónico dirigido a la dirección: bacbeneficios@bacsanjose.com. La respuesta a estas consultas no implicará una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. DÉCIMO SEXTO: MODIFICACION DEL REGLAMENTO: En razón de que los clientes no pagan un cargo adicional por los premios o beneficios recibidos, conocen y aceptan que el organizador se reserva el derecho de modificar unilateralmente este reglamento en cualquier momento, para introducir todas aquellos cambios necesarios para la buena marcha de la promoción, así como los intereses de los participantes, sin ulterior responsabilidad para éste. En caso de reformas al reglamento, las mismas se darán a conocer por medio de sus respectivos sitios web o cualquier otro medio de difusión que el organizador designe al efecto. DÉCIMO SETIMO: INFORMACION ADICIONAL: Para mayor información o consultas sobre la presente promoción puede llamar al teléfono 2502-8204. O bien visitar el reglamento en la página web www.bacsanjose.com.