LAS 20 RESPUESTAS A LAS PREGUNTAS MÁS FRECUENTES 1. Qué puedo conseguir con la reclamación? Se consigue la anulación de la parte del contrato referida a la divisa extranjera (de las cláusulas que la contemplan), el cambio al euro como divisa de referencia y del Euribor como índice de referencia, al considerarse dichas cláusulas o bien abusivas de acuerdo con la Ley de Condiciones Generales de la Contratación y la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios o bien nulas sobre la base de que la entidad bancaria no cumplió con los deberes de transparencia durante el proceso de contratación de la hipotecas multidivisa, procurando la absoluta comprensión del elevado riesgo asumido por los hipotecados. 2. Reclamación individual o colectiva? A pesar de que ha habido algunos intentos de presentar acciones colectivas y de agrupar a los afectados, el banco ha neutralizado todas las iniciativas. Nosotros recomendamos la reclamación individual, por ser mucho más rápida y segura. 3. Contra quién se reclama? Se reclama contra el banco comercializador del producto, en este caso la Hipoteca. 4. Cuánto tarda la reclamación? Según el servicio de estadística judicial del Consejo General del Poder Judicial, un procedimiento como este puede tardar, de media, unos 9 meses en primera instancia y, si se recurriera, unos 5 meses más. 5. Cómo sé que mi hipoteca es una Hipoteca Multidivisa? Las hipotecas multidivisa se caracterizan por contener en su clausulado la referencia al LIBOR (en vez del EURIBOR) como índice de referencia para el cálculo de los intereses así como que el importe del principal de la misma se establece en una divisa extranjera (en vez de euros) que habitualmente es el Yen Japonés o el Franco Suizo. 6. Puedo anular mi Hipoteca Multidivisa aunque tenga firmada una oferta vinculante al banco? Sí. Los Tribunales están anulando las hipotecas multidivisa, aunque exista oferta vinculante emitida por el banco, sobre la base de que entienden que aun existiendo dicha oferta la entidad bancaria no cumplió con los deberes de transparencia durante el proceso de contratación, procurando la absoluta comprensión del elevado riesgo asumido por los hipotecados. No obstante, debe revisarse en cada caso el contenido de la oferta vinculante y la posible incorporación de escenarios de representación en la misma. 7. He efectuado cambios de divisa, influye en la reclamación? Debe revisarse cada caso individualmente, y las circunstancias que rodearon dicho cambio de divisa, así como la información proporcionada en ese momento por la entidad financiera. 8. Qué argumentos usa el contrario? El banco se suele defender desde dos perspectivas: (i) que estamos ante un préstamo hipotecario 1
GUÍA PARA AFECTADOS POR HIPOTECAS MULTIDIVISA igual que cualquier otro pero expresado en otra divisa y (ii) que se informó correctamente de las implicaciones de este tipo de hipotecas a los clientes y que éstos la escogieron libremente conociendo perfectamente los riesgos que implicaba. 9. Dónde se presenta la reclamación? La reclamación se presenta en el juzgado de primera instancia del domicilio del demandante o donde se encuentre el inmueble hipotecado 10. Qué posibilidades hay? Si bien es cierto que no todos los Juzgados han reconocido la nulidad de las hipotecas multidivisas, cada vez son más los Juzgados que están dando la razón al afectado, y con un buen estudio previo nosotros estamos consiguiendo que la mayoría de las reclamaciones prosperen. 11. Soy empresa o tengo formación, influye? Debe estudiarse cada caso en concreto, evidentemente influye el histórico de inversiones, la formación y la profesión, en estos casos los tribunales tienen en cuenta particularmente que tan familiarizado se encontraba la persona con el mercado de divisas, no obstante por regla general el juzgado obliga a la entidad a demostrar que informó correctamente del producto, cosa a la que está obligada, y sobre este argumento se estima la reclamación. 12. Cuándo me podría beneficiar de la bajada en la cuota hipotecaria? Hasta que no se tenga una sentencia firme anulando parcialmente la hipoteca multidivisa, el banco seguirá aplicándole dicha cláusula, para el cálculo de la cuota hipotecaria, por lo que cuanto antes se reclame antes se anulará y por lo tanto bajará dicha cuota. 13. Una vez ganado, cuánto tardo en cobrar? de qué depende? Cuando se gana la sentencia hay que esperar un mes a que sea firme, después el banco tiene otro mes para depositar voluntariamente el dinero. Si lo hace se tiene que pedir la entrega al Letrado de la Administración de Justicia. La entrega se hace mediante un documento que se llama mandamiento de pago y puede tardar otro mes aproximadamente en emitirse. Si el banco no paga voluntariamente hay que presentar una demanda de ejecución, que puede tardar cerca de tres meses más. 14. Cuál es el peor escenario si perdemos? El peor escenario es perder la demanda y que nos condenen en costas. La condena en costas supone como máximo 1/3 de la cuantía procedimiento. 15. Si fallece el titular pueden reclamar sus herederos? Sí, hay multitud de procedimientos de este tipo que, acreditando la condición de herederos, se tramitan y ganan. Cualquier heredero puede actuar en beneficio de la herencia y tramitar la demanda, aunque conviene hacerlo por una mayoría de los representantes de la herencia si está aún pendiente de repartir. 2
16. Somos matrimonio casado en gananciales tenemos que reclamar los dos? Si la hipoteca se firmó por la sociedad de gananciales, se debe plantear la reclamación en nombre de los dos cónyuges. 17. Cómo es el proceso? (infografía, ver página siguiente) 18. Por qué reclamar con LEAN Abogados? Porque ganamos. 19. Cuáles son sus honorarios? No se cobrarán honorarios en caso de que no se consiga el éxito judicial o extrajudicialmente. Tanto en caso de tramitación judicial como extrajudicial, según la siguiente escala: - Desde 0 hasta 100.000 2.000 (más IVA) - Desde 100.001 hasta 200.000 4.000 (más IVA) - Desde 200.001 hasta 300.000 6.000 (más IVA) - Desde 300.001 hasta 400.000 8.000 (más IVA) - Desde 400.001 hasta 500.000 10.000 (más IVA) - Desde 500.001 hasta 750.000 12.000 (más IVA) - Desde 750.001 hasta 1.000.000 14.000 (más IVA) El pago de tales cantidades podrá abonarse hasta en 10 cuotas mensuales iguales y consecutivas pagaderas en los primeros días de cada mes desde la firmeza de la sentencia. Si hay condena en costas, la totalidad de las mismas que abonaría el banco. 20. Qué documentos necesito obligatoriamente? Poder para pleitos Hoja de encargo profesional LEAN Abogados Cuestionario de LEAN Abogados Escritura pública de préstamo hipotecario Oferta vinculante emitida por el banco (si la tuviera) Extracto bancario de los recibos del préstamo hipotecario Cuadro de amortización del préstamo (normalmente el cliente puede obtenerlo a través de la banca online) Además sería conveniente aportar Reclamación efectuada al servicio de atención al cliente (SAC) del banco (si hubiera) Reclamación al Banco de España (si hubiera) Pueden existir otros documentos que sustituyan a uno o varios de los anteriores, pero debe ser el abogado el que valore esta posibilidad. 3
GUÍA PARA AFECTADOS POR HIPOTECAS MULTIDIVISA CÓMO SON LOS PROCESOS? PROCESO ORDINARIO Estructura de la primera instancia del procedimiento ordinario: 1 DEMANDA Contiene los hechos de cada caso y los fundamentos legales. Se acompañan todos los documentos. 2 DECRETO DE ADMISIÓN Es una resolución del juzgado en la que se admite a trámite nuestra demanda. 3 CONTESTACIÓN A LA DEMANDA Escrito con el que contesta el banco oponiéndose a nuestra demanda. 4 5 AUDIENCIA PREVIA VISTA Se celebra ante el juez y sus fases son: Intento de acuerdo Hechos nuevos Fijación de los hechos controvertidos. Proposición de la prueba (interrogatorios, testigos...) Señalamiento de la fecha del juicio. Es el acto del juicio. Se practica la prueba y los abogados exponen las conclusiones al final. 6 SENTENCIA Resolución judicial que pone fin a la primera instancia del procedimiento. 4
RECURSO, sus fases son: 1 RECURSO DE APELACIÓN Escrito mediante el que se impugna la sentencia de primera estancia. 2 OPOSICIÓN AL RECURSO DE APELACIÓN Escrito que presenta la parte contraria en el que se exponen los motivos por los que debe confirmarse la sentencia. 3 SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA Resolución dictada por la Audiencia Provincial mediante la que se confirma o se revoca la sentencia de primera instancia. 5
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