Referencias que servirán de base para su facturación en caso de ser solicitadas por el Centro.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE PRUEBAS ANALITICAS CORRESPONDIENTE AL AREA DE ATENCION ESPECIALIZADA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTION SANITARIA. 1.- OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente procedimiento, es la contratación del Servicio de Laboratorio Externo para la realización de aquellas pruebas analíticas que no pueden ser atendidas por los Servicio de Análisis Clínicos de Hospital Universitario de Ceuta, que por cuestión de complejidad técnica, imposibilidad temporal, escasa frecuencia o escasa rentabilidad, resultando necesaria la realización del servicio integral por el laboratorio Externo, lo que supone la recogida de muestra, el análisis de las misma y la entrega de resultados. Las pruebas previstas para tres ejercicios presupuestarios son las recogidas en el Anexo I, en el cual se relacionan las pruebas que se prevé realizar, en función de las llevadas a cabo durante el año 2009, sin que ello suponga que necesariamente todas ellas vaya a ser solicitadas o que, por el contrario, no puedan ser solicitadas otras distintas a la previstas. Por esta razón las empresas licitantes deberán ofertar también las pruebas disponibles de su catálogo, haciendo constar: tipo de pruebas, días de respuestas y precios ofertados. Todos los gastos de mantenimiento (reparación, revisiones, mano de obras, piezas de repuesto, desplazamiento etc.) del aparataje depositado en uso, y muestras dure el servicio de lectura de las pruebas analíticas, correrá por cuenta de la empresa que resulte adjudicatario no aceptando este Centro Hospitalario ninguna facturación que difiera del precio ofertado en el modelo oficialmente establecido para la licitación al expediente objeto del presente Procedimiento Abierto. Referencias que servirán de base para su facturación en caso de ser solicitadas por el Centro. Las ofertas deberán presentarse a la totalidad, detallando igualmente los importes unitarios, debiendo cubrir necesariamente todas las pruebas previstas por el Centro. El resto de las pruebas o determinaciones que oferten los licitadores y que no están recogidas en el Anexo I serán consideradas como mejoras. 1

2.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO El presupuesto máximo del contrato es indicativo, derivándose compromisos para el Hospital únicamente por los servicios efectivamente prestados por el adjudicatario. 3.- SOLICITUD DE PRUEBAS Y TRANSMISION DE DATOS Las pruebas serán solicitadas únicamente por los responsables del Laboratorio de Análisis Clínicos del Hospital Universitario de Ceuta, no haciéndose cargo el Hospital de ninguna prueba realizada que no haya sido solicitada por dichos responsables. La solicitud de las pruebas y la entrega de los resultados se efectuarán por medios informáticos, a través de un equipo independiente, ubicado en el Laboratorio del Hospital Universitario de Ceuta, que actuará de estación intermedia entre el programa de gestión del laboratorio (SIL) y el adjudicatario y donde se generará un fichero histórico de consulta. En su oferta los licitantes deberán hacer constar el plazo máximo de resultados. Si este plazo es alargado para alguna determinación y en la misma petición existen otras de menor demora, se podrán integrar parcialmente los resultados. La transferencia de datos y resultados deberán garantizar las normas de proyección de datos de carácter personal (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre), para lo cual el adjudicatario se obliga a utilizar un sistema propio y cerrado de comunicaciones. No podrán utilizarse redes públicas de envió de datos que no aseguren la confidencialidad de los mismos. El adjudicatario proporcionará los medios necesarios para la petición de las pruebas y el envió de resultados, así como el compromiso de instalación, mantenimiento, actualización y pago de la conexión con el sistema de gestión del Laboratorio. Esta condición deberá mantenerse en el tiempo de vigencia del contrato y sus prorrogas si las hubiera. El coste económico que pueda derivarse de una posterior adaptación, en caso de un cambio en el sistema de gestión del laboratorio, será también asumido íntegramente por el adjudicatario. 2

Los licitadores detallarán en sus ofertas las características técnicas y prestaciones del Software que aportarán al contrato. En todo caso la herramienta informática aportad deberá permitir: Acceso inmediato a cualquiera hora para el volcado de resultados, así como para consultas de especificaciones técnicas de las pruebas a solicitar o solicitadas. La creación y mantenimiento de un fichero histórico con las peticiones y resultados obtenidos por el Servicio de Análisis Clínicos del Hospital Universitario de Ceuta. Posibilidad de consulta de catalogo de prestaciones, donde podrá recabarse información sobre las técnicas, condiciones de la obtención y tipo de muestras, valores de referencia etc. Elaboración de estadísticas periódicas o acumuladas de las determinaciones realizadas por el Centro. El adjudicatario se comprometerá a proporcionar un soporte técnico para solucionar problemas que pudieran existir en la conexión informática a tiempo real vía telefónica y no demorándose mas de 48 horas en caso de requerir presencia física. 4.- RECOGIDA Y ENTREGA DE MUESTRAS La recogida, transporte y entrega de muestras y resultados será por cuenta del adjudicatario, de conformidad con la legislación vigente en este tipo de transportes, responsabilizándose directa y totalmente, tanto de los gastos como de la cobertura de todos los riesgos que pudieran ocasionar dichos envíos, para lo cual ser imprescindible que los licitantes aporten la documentacion acreditativa del sistema a utilizar par ello, así como la cobertura del riesgo previsto, que resultará preceptivo. También será por cuenta del adjudicatario todo el material fungible necesario para el tratamiento preanalitico y envió de muestras: tubos y contendedores de muestras, tubos de extracción especiales, sistema de etiquetado, embalaje, etc. La petición de este material se podrá hacer de forma 3

programada (mensual, trimestral ) y de forma urgente, valorándose los plazo de entrega en cada caso. El servicio de recogida de muestras será diario en el Laboratorio del Hospital, de lunes a viernes y en el horario previamente pactado con el adjudicatario. Aquellas muestras que requieran congelación se enviarán al menos dos días por semana en envase y transporte especial, aportado por la empresa adjudicataria. 5.- ASPECTOS TECNICOS DE LAS PRUEBAS La inclusión de los siguientes aspectos técnicos en las pruebas ofertadas constituirá un aspecto impotente en la toma de decisión de la adjudicación. Fundamento de las técnicas utilizadas para cada prueba. Tipo y condiciones de extracción y conservación de la muestra. Coeficientes de variación analítica para cada técnica y en condiciones de rutina. Valores de referencia/terapéuticos indicativos. Frecuencia de montaje de la técnica. Plazos de entrega de los resultados. Tratamiento de urgencias e imprevistos. Tiempos medios de almacenamiento de muestras y posibilidad de solicitar nue4vas pruebas o confirmación de las mismas. Garantía de confidencialidad. La empresa adjudicataria comunicara obligatoriamente al Servicio de Análisis Clínicos, cualquier modificación producida en las determinaciones analíticas que implique una modificación en los resultados, unidades o valores de referencia. 6.- DOTACION DE MEDIOS TECNOLOGICOS En la oferta económica deberán valorar igualmente el coste repercutido que pudiera tener la cesión y el mantenimiento de los equipos informáticos (hardware y software) necesario para un correcto y eficaz servicio. 4

Para ello, el contratista incluirá en su oferta el material que a continuación se relaciona, así como cualquier otro que sean necesario para el correcto servicio: Ordenador/res de ultima generación Software de aplicación. Instalación y conexión del equipo/s informático/s. Conexión directa y sin interferencias entre el laboratorio del Hospital Universitario de Ceuta y el Laboratorio externo (vías Internet o cualquier otro sistema que permita un servicio eficaz) garantizado seguridad y confidencialidad. Conexión con otros programas utilizados por el Área de Laboratorio del hospital Universitario de Ceuta concesión Modulab Gold). Asumir el coste de la formación del personal, que pudiera derivarse de la modificación o sustitución del Hardware y/o software para un correcto funcionamiento. 7.- GARANTIA Y CALIDAD DEL SERVICIO PRESTADO El laboratorio adjudicado se comprometerá a proporcionar toda la información necesaria acerca de la preparación de los pacientes y de las muestras, así como todos los datos relativos a los métodos de medición utilizados, valores de referencias, nomenclatu7ra, unidades, etc. Las empresas ofertantes deberán indicar el sistema de control establecido para garantizar la calidad de las materias primas y de los procesos, así como de las rutinas internas y las auditorias externas de control y garantía de la calidad utilizados. Así mismo, presentaran toda la información acerca del sistema de calidad implantado, así como de las certificaciones y/o acreditaciones llevadas a cabo por organizaciones o laboratorio de calidad independientes, debiéndose especificar el alcance de las mismas. Los licitadores deberán incluir en su oferta la relación del personal de la empresa, con especificación de su titilación, experiencia y nivel de especialización, los medios técnicos de los que dispone y la localización del 5

laboratorio. Se valorará también sistemas de control durante el proceso de transporte. Así mismo se comprometerá a la nominación formal de un responsable de la Empresa que servirá como interlocutor valido para aspectos logísticos y de asesoramiento técnico a disposición del personal del Servicio de Análisis Clínicos. 8.- FACTURACION DE LAS PRUEBAS La facturación se efectuara al precio unitario fijado para cada prueba en la oferta adjudicataria, computándose a tales efectos el numero de pruebas solicitadas, no pudiendo facturarse cualquier repetición de una misma petición, sea cual sea la causa que la hay originado. La facturación se realizará mensualmente, debiendo contener los datos mínimos que permitan la identificación, control y validación de las facturas (nombre del paciente, número identificativo, prueba, importe etc. 9.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES El adjudicatario estará obligado expresamente al cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás legislación respecto al tratamiento de los datos personales de la Agencia de Protección de Datos, así como a la exigencias recogidas en la Ley 14/1986, de 25 de abril, Ley General de Sanidad y la Ley 41/2002 de 14 de noviembre, Básica Reguladores de la Autonomía del Paciente y obligaciones en materia de Información y Documentación Clínica. El adjudicatario se compromete a tratar los datos personales observando los principios exigibles por la legislación en materia de protección de datos, en particular los relativos a la calidad, seguridad de los mismos y deber de confidencialidad, así como cumplir con las instrucciones dadas por el centro, no aplicando dichos datos con finalidades distintas a las especificadas. 6

El adjudicatario estará obligado al secreto profesional respecto de los datos personales objeto de tratamiento, mantenimiento absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer en la prestación de servicios, no comunicando a terceros los datos facilitados por el Hospital como responsable del fichero. Esta obligación permanecerá aún después de la finalización de la relación contractual. En el supuesto de que el adjudicatario. Como encargado del tratamiento, destine datos a finalidades distintas a la estipulada, los comunique o utilice incumplimiento las instrucciones estipuladas, será considerado responsable del tratamiento, debiendo responder de las infraccio9nes en que hubiese incurrido. La empresa adjudicataria, como encargada del tratamiento, se compromete a la observación de las medidas de seguridad respecto al tratamiento de los datos personales derivados desde el Hospital Virgen de Altagracia, a los que tiene acceso, de acuerdo con el nivel de protección que corresponda a los datos facilitados, según lo establecido en el Reglamento de Medidas de Seguridad de Fichero Automatizados que contengan datos de carácter personal contenido en el RD 994/1999, o en cualquier otra norma que lo modifique o sustituya. El adjudicatario una vez cumplida la prestación contractual, se compromete a devolver a la parte contratante los soportes o documentos donde consten los datos de carácter personal o a destruirlos, según las instrucciones del encargado del tratamiento. 10.- INCUMPLIMIENTO DE PLAZOS. PENALIDADES En el supuesto de incumplimiento de los plazos o de las condiciones generales de la oferta, se levantará acta de incidencias y una penalización equivalente a tres veces el coste de la prueba solicitada o el coste que pudiera originarla l Hospital la necesidad de una nueva toma de muestras y la realización de las pruebas por cualquier otro medio. El levantamiento de tres actas de incidencias justificadas, será causa suficiente de rescisión del contrato. 7

11.- SUBCONTRATACION El adjudicatario no podrá subcontratar los trabajos de laboratorio, salvo situaciones especiales que le impidan realizarlo provisionalmente por sus propios medios. En este caso se estará a lo dispuesto en el articulo 210 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de contrataos del sector público. En todo caso se solicitará autorización previa del Hospital Universitario de Ceuta, con indicación del subcontratista propuesto, así como indicación de las partes del contrato a realizar por el mismo, tal y como se establece el apartado 2b del articulo 210 anteriormente citado. 12.- RELACION Y DEPENDENCIAS FUNCIONALES Una vez establecido el acuerdo las relaciones del laboratorio externo con los servicios clínicos, los facultativos proscriptores y los usuarios se realizaran a través de los responsables existentes en el Hospital Universitario de Ceuta. 13 OTROS ASPECTOS se valorará positivamente la oferta por parte de las empresas licitadores de prestaciones complementarias que aporten valor añadido a las condiciones mínimas descritas en éste pliego, como por ejemplo: Sistema de calidad en base a normas ISO 9001 y 14001. Ecogestion, certificado EMAS. Controles exhaustivos internos y externos. Atención al cliente in situ, rápida y eficaz. Certificación y homologación de contenedores de transporte de muestras. Seroteca propia. Seguimiento y trazabilidad en tiempo real de las muestras. Soporte de bibliografía e información sobre técnicas analíticas y procedimientos. Información y/o herramientas de apoyo en la gestión de laboratorio, sobre todos en su vertiente clínica. Facilidad de integración de datos con el SIL del Hospital. Recurso de Hardware y software de última tecnología. 8

Apoyo y asesoramiento técnico para montaje de nuevas técnicas in situ en el Hospital de Ceuta o en el laboratorio externo adjudicatario. Información sobre nuevas pruebas y soporte científico. Curso de formación, se valorará la existencia de acuerdos con Centros universitarios y empresas relacionadas. El adjudicatario deberá cumplir con lo requerido en materia de prevención de riesgos laborales, tanto por la legislación aplicable, como por las normas internas, en caso de incumplimiento de la legislación en aterí de prevención de riesgos laborales o de las normas internas, el Órgano de Contratación, podrá rescindir el contrato. Una vez elaborado el pliego de prescripciones técnicas correspondiente al expediente mediante Procedimiento Abierto y para dar cumplimiento a lo establecido en el articulo 51.1 del RDL 2/2000, el Gerente de Atención Sanitaria de Ceuta, en uso de las atribuciones que le confiere la Resolución de 6 de marzo de 2006 del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, sobre delegación de competencias en diversos Órganos del Instituto (B.O.E. 65 de 17 de marzo de 2006). R E S U E L V E: Aprobar dicho Pliego de Prescripciones Técnicas particulares para el mencionado expediente de contratación. Ceuta EL ORGANO DE CONTRATACION Fdo: Juan C. Querol Gutierrez 9