BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE URBANISMO

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Pág. 481 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 46 MÓSTOLES URBANISMO La Corporación en Pleno, en la sesión celebrada el día 31 de marzo de 2016, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos: Primero. Desestimar la alegación presentada por la mercantil Hylogui Sociedad Anónima. Segundo. Anular las páginas 14 y 15 del documento del Plan Especial de Ordenación Pormenorizada de la calle Hermanos Machado, números 2, 4, 6y8,deMóstoles. Tercero. Aprobar definitivamente el documento del Plan Especial de Ordenación Pormenorizada de la calle Hermanos Machado, números 2, 4, 6y8deMóstoles Cuarto. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los tablones de edictos de la Casa Consistorial, de las Juntas de Distrito, de los organismos autónomos y en la página web municipal; todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto Legislativo 28/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y el artículo 26 del Reglamento de Procedimiento Administrativo Municipal. Quinto. Trasladar la presente resolución a los interesados y a la Concejalía de Hacienda, Patrimonio, Régimen Interior y Contratación a fin de que inicie los procedimientos oportunos encaminados a la inscripción en el Registro de la Propiedad la superficie de cesiones obligatorias. Determinaciones urbanísticas del Plan Especial Ámbito El ámbito del Plan Especial de Ordenación Pormenorizada se corresponde con la finca número 330 del Registro de la Propiedad número 3 de Móstoles (antigua parcela 204 del polígono 27), en la que consta una superficie total de 10.271,7 m 2 de suelo, de los cuales, 1.881,70 m 2 s corresponden a la ocupación de los bloques y 8.390 m 2 s, de jardines y viales de la urbanización. La licencia de construcción de los bloques del año 1975 se concedió sobre la parcela 204 del polígono 27 con una superficie de 16.500 m 2 s, en la que se determinó que 5.724 m 2 correspondían a suelo privado (ocupación de bloques y espacios libres privados), y 10.776 m 2, de suelo público de cesión. La inscripción de esta cesión obligatoria al Ayuntamiento de Móstoles nunca fue materializada. El documento del Plan Especial de Ordenación Pormenorizada debe ajustar los cálculos globales y su delimitación, a la superficie total que consta en la actualidad en el Registro de la Propiedad. Objeto El artículo 50.1.a) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, establece entre las funciones de los Planes Especiales la complementación de sus condiciones de ordenación con carácter previo para legitimar su ejecución. Por ello, el documento redefine las alineaciones y la delimitación de las zonas de ordenanza ZU-R2 y ZU-ZV1, de acuerdo con las cesiones establecidas de la licencia original del año 1975 pendiente de materialización en el Registro de la Propiedad. El Plan Especial de Ordenación Pormenorizada propone la redelimitación de la zona residencial, regulada por la ordenanza ZU-R2, con una superficie de 1.904 m 2 s de ocupación de los bloques y 3.552,30 m 2 s de espacios libres privados de los bloques, en total 5.456,30 m 2 de suelo privado regulado por la Ordenanza ZU-R2, inferior a los 5.724 m 2 s de la licencia original, lo que implica que de los 10.271,7 m 2 s actualmente inscritos en el Registro de la Propiedad, 4.815,4 m 2 son de suelo publico de cesión (10.271,7 5.456,3 = 4.815,4). Estas medidas se han realizado sobre planos y considerando las superficies materializadas en los diferentes usos.

Pág. 482 MIÉRCOLES 5 DE ABRIL DE 2017 B.O.C.M. Núm. 81 Ordenación propuesta La ordenación propuesta se define en el plano de calificación y alineaciones que forma parte del presente documento: El presente Plan Especial contempla la modificación de las alineaciones establecidas por el Plan General en la parcela y, por tanto, las zonas de ordenanza que estas acotan, ampliando la superficie de la zona de ordenanza ZU-R2. Se mantiene en todo el ámbito la misma clasificación de Suelo Urbano Consolidado. La nueva alineación propuesta para la zona de calificación de residencial multifamiliar se ajusta a los límites de la parcela que en la actualidad es propiedad de la Mancomunidad de Propietarios Hermanos Machado, números 2, 4, 6 y 8, de Móstoles, y a lo establecido en los documentos de la licencia original en cuanto a cesiones al Ayuntamiento. El vial de acceso rodado a la parcela dotacional ocupada por el CEIP Pío Baroja se mantiene como zona de ordenanza ZU-RV. En cualquier caso, aunque disminuye la superficie de terreno afectada por esta ordenanza de red viaria peatonal, se preservan los accesos rodados y peatonales que no se ven afectados ni interrumpidos por las modificaciones normativas que se derivan del presente Plan Especial. En cuanto a la zona de ordenanza ZU-ZV1 de zonas verdes y espacios libres, se modifica la ubicación de esta quedando como se define en el plano de calificación pormenorizada y alineaciones de este Plan Especial: se interrumpe la franja de zona verde situada al oeste de la parcela, ajustándose a la realidad existente. Ésta superficie se compensa con la cesión de unos parterres ajardinados al norte de la parcela, lindando con la avenida Iker Casillas. Para garantizar los accesos peatonales a la parcela desde la avenida se conservan estos como zona de ordenanza ZU-R2. Las modificaciones que contemplan el presente Plan Especial no afectan a la superficie total de zonas verdes y espacios libres, y se mantienen los itinerarios peatonales de acceso al CEIP Juan Ocaña desde la avenida Íker Casillas.

Pág. 483 Conformidad con el Plan General y las Normas Urbanísticas Particulares El presente Plan Especial no varía en nada lo dispuesto en el Plan General en cuanto a la ordenación estructurante y a la ordenación pormenorizada que afecta a cada zona de ordenanza. La ordenación propuesta no interfiere en el modelo de ocupación, utilización y preservación del suelo objeto del planeamiento general ni los elementos fundamentales de la estructura urbana y territorial ni su desarrollo futuro. Zonas verdes Respecto a las zonas verdes, el Plan General en las normas urbanísticas particulares para la ordenanza ZU-ZV1 indica que: En zonas verdes calificadas y no obtenidas en ordenanza ZU-R2, la delimitación definitiva podrá ajustarse mediante Plan Especial sin disminuir la superficie total y las conexiones peatonales previstas en el Plan General. El presente Plan Especial no modifica en nada la superficie de zonas verdes Ámbito de aplicación de la ordenanza ZU-ZV1 establecidas en el Plan General, ni a nivel local ni de distrito, ni local, que se mantendrá en 871,01m 2, exactamente la misma superficie que en el actual Plan General. Los itinerarios peatonales adicionales que proporcionan estas zonas verdes a las parcelas dotacionales limítrofes no se ven afectados en ninguna medida. Red viaria La superficie de red viaria bajo ordenanza ZU-RV es la necesaria para garantizar el acceso rodado a las parcelas, por no existir estándar mínimo para la red local de red viaria, lo que justifica no estar ante una desafección de suelo público según artículo 67.2 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid. La nueva alineación de la zona de ordenanza ZU-RV preserva la red viaria peatonal y los itinerarios necesarios para la interconectividad de las diferentes partes de la ciudad.

Pág. 484 MIÉRCOLES 5 DE ABRIL DE 2017 B.O.C.M. Núm. 81 En el siguiente croquis se indican los itinerarios peatonales que el Plan Especial conserva para dar acceso al GEIP Juan Ocaña y CEIP Pío Baroja, limítrofes con el ámbito del presente Plan. En todo caso se respetarán los derechos de las actividades no residenciales situadas en los bajos comerciales. La ejecución del presente Plan Especial deberá garantizar en concreto el acceso peatonal y de carga y descarga de los locales comerciales existentes en la zona de actuación. La superficie de red viaria ZU-RV definida en el Plan Especial es de 2.476,90 m 2,inferior a la establecida en el Plan General que es de 4.468,84 m 2. Zona residencial El presente Plan Especial no modifica los parámetros urbanísticos de la ordenanza ZUR2, manteniendo, por tanto, la edificabilidad asignada por el Plan General, que es la existente. La superficie calificada en el Plan Especial como ZU-R2 es de 5.499,57m 2, aumentando con respecto a lo establecido en el vigente Plan General de 3,507,63m 2.

Pág. 485 Cuantificación de las superficies definidas en el ámbito del Plan Especial en cada zona de ordenanza Basándonos en las superficies actualmente inscritas en el Registro de la Propiedad, las zonas definidas por el Plan Especial propuesto son las indicadas en el siguiente cuadro: Residencial ZU-R2 ZONAS Superficies según el Plan General vigente, en m 2 Superficies según Plan Especial propuesto, en m 2 Bloques 1.881,70 1.881,70 Servicios comunes 1.625,93 3.617,87 (jardines y viales) TOTAL ZU-R2 3.507,63 5.499,57 Viario ZU-RV 4.468,84 2.476,90 Zona Verde Pública ZU-ZV1 871,01 871,01 Dotacional ZU-D 1.424,50 1.424,50 TOTAL ÁMBITO DEL PLAN ESPECIAL 10.271,98 10.271,98 Móstoles, a 10 de febrero de 2017. El concejal-delegado de Urbanismo y Vivienda, Eduardo Gutiérrez Cruz. (02/8.688/17) http://www.bocm.es D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791