ÁREA DE GOBIERNO DE PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL Y DEPORTIVA

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Transcripción:

ÁREA DE GOBIERNO DE PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL Y DEPORTIVA Excmo. Ayuntamiento de Toledo NORMAS DE PARTICIPACIÓN EN LA ORNAMENTACIÓN DE CALLES, PLAZAS, RINCONADAS, FACHADAS, BALCONES DEL RECORRIDO PROCESIONAL DEL CORPUS CHRISTI 2017 Y DE LAS CALLES ADYACENTES. El Excmo. Ayuntamiento de Toledo movido por el interés que la Festividad del CORPUS CHRISTI suscita entre los toledanos, así como por el atractivo que ofrece la Ciudad a los innumerables visitantes que se congregan en la misma con motivo de estas celebraciones, y con el objeto de promover el ornato del recorrido procesional y sus calles, plazas, rinconadas y fachadas adyacentes oferta una serie de ayudas económicas para la ORNAMENTACIÓN CORPUS CHRISTI 2017, que se regirá de conformidad con las siguientes, 1ª.- PARTICIPANTES: NORMAS Podrán participar cuantos colectivos, asociaciones, comunidades de vecinos o particulares que deseen concurrir al certamen, inscribiéndose a tal efecto en el Negociado de FESTEJOS del AYUNTAMIENTO DE TOLEDO del 16 al 31 de Mayo de 2017, hasta las 14:00 horas, debiendo rellenar el modelo de solicitud que figura en el Anexo 1 y presentar el correspondiente proyecto de ornamentación con indicación del presupuesto de gastos al que asciende el proyecto. En el supuesto de participación de colectivos o agrupaciones sin personalidad jurídica se deberá indicar al representante de todos ellos. Las actuaciones de gestión municipal se realizarán exclusivamente con el representante. 2ª.- OBJETO DE LAS AYUDAS: El importe de las ayudas económicas que conceda el Ayuntamiento se destinarán íntegramente a la adquisición de elementos ornamentales del espacio público o privado a decorar. Los trabajos de ornamentación se realizarán sobre los espacios siguientes: 1.- Calle, callejón, plaza, plazuela, rinconada, fachada completa, escaparate, balcón, o conjunto de ventanas o similares dentro del recorrido procesional, en cuyo caso habrán de estar en consonancia con la decoración propia del mismo, o de lugares colindantes y conectados al propio recorrido. 2.- Calle, Callejón o plazuela en las calles adyacentes al recorrido procesional. Los que concurran en esta modalidad, la calle o callejón deberá contar con la decoración total del espacio o como mínimo el 50% de la vía pública objeto del concurso.

3ª.- CUANTÍA DE LAS AYUDAS: El Ayuntamiento de Toledo destinará un importe máximo de 3.000 euros, que se financian con cargo a la partida 42101.3381.22610, del presupuesto de Festejos. La distribución de las ayudas se calculará dividiendo el importe total de los proyectos presentados entre 3.000, el porcentaje resultante es la cantidad que destinará el Ayuntamiento a cada uno de los trabajos presentados. No obstante, el Ayuntamiento podrá desestimar proyectos que estime que no reúnen las condiciones necesarias para recibir ayuda económica municipal. El Ayuntamiento comunicará antes del día 3 de junio de 2017, el porcentaje que financia de los proyectos presentados, sufragando el resto del importe del proyecto los solicitantes o beneficiarios. De producirse la renuncia a la ejecución del proyecto por parte de algún/os de los solicitantes, supone que se incrementará el porcentaje de la aportación municipal para el resto de participantes. 4ª.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS. La entidad o persona física beneficiaria de la presente ayuda, asume las siguientes obligaciones: 1.-Acreditar ante el Ayuntamiento, el destino de la ayuda a la finalidad para la que se ha otorgado. 2.-Comunicar al Ayuntamiento, la concesión de otras ayudas o patrocinios, tan pronto como tenga conocimiento de ello. 4.- Comunicar al Ayuntamiento, cualquier modificación en el proyecto de ornamentación que pueda tener incidencia sobre los gastos recogidos en la Memoria Económica. 5ª.- REGIMEN DE JUSTIFICACION DE LA AYUDA. Una vez realizada la actividad para la que se otorga la ayuda, la persona física o jurídica beneficiaria, y en todo caso en el plazo máximo de un mes desde la finalización de la misma, deberá presentar cuenta justificativa de la ayuda. La cuenta justificativa comprenderá: Una memoria de actuación justificativa con indicación de la ornamentación realizada. Una relación clasificada de los gastos e ingresos de la ornamentación, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. A ella se unirán las facturas justificativas originales. Las facturas que se imputen parcialmente a la subvención deberán indicar tal circunstancia. En el supuesto de destinar menos importe a la ornamentación del que figura en el proyecto, se abonará el porcentaje sobre el total de los gastos realizados. De destinarse mayores recursos económicos que los previstos en el proyecto, la ayuda será sobre el presupuesto del proyecto de ornamentación. 6ª.-ACTUACIONES DE COMPROBACIÓN Y REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN. La Entidad beneficiaria, estará sujeta a las actuaciones de comprobación que puedan realizarse por el Ayuntamiento de Toledo. El incumplimiento de las obligaciones asumidas por la beneficiaria de la ayuda, determinará, atendiendo a su gravedad, el reintegro de la misma.

7ª.- RÉGIMEN DE PAGO DE LA AYUDA. La ayuda será abonada por el Ayuntamiento al acreedor o empresa donde la beneficiaria de la ayuda económica haya encargado el material floral para la ornamentación. Debiendo la empresa, floristería o comercio facturar al Ayuntamiento de Toledo, por el importe de la ayuda concedida a la Entidad beneficiaria. Los datos a efectos de facturación son: AYUNTAMIENTO DE TOLEDO (Festejos) Pza. del Consistorio, 1 45001 TOLEDO C.I.F. P-4516900-J RC.- 22016000796 8ª.-PERCEPCIÓN DE OTRAS AYUDAS POR LA ENTIDAD BENEFICIARIA. En el caso de que la entidad beneficiaria reciba otras ayudas, deberá dar conocimiento de éstas al Ayuntamiento de Toledo. El importe de la ayuda otorgada, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas o patrocinios, supere el coste de la ornamentación realizada, y tendrá como límite máximo, el porcentaje acordado por el Ayuntamiento. La percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos no implicará que entidad beneficiaria no deba realizar la aportación económica a la que se compromete que se concreta en la cláusula segunda del mismo y se refleja en la Memoria Económica que se anexa 9ª.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO. En el caso de que se constituya Comisión de Seguimiento para la vigilancia y control de las ayudas previstas, ésta se constituirá con la siguiente composición: -Un representante de las personas físicas o jurídicas inscritas en la ornamentación. -Actuará como representante del Ayuntamiento de Toledo, el Titular del Área de Gobierno de Cultura y Festejos o persona en quien delegue. -Actuará como secretario un funcionario municipal adscrito al Área de Gobierno de Cultura y Festejos. La Comisión interpretará y resolverá todas las dudas que pudieran suscitarse en la aplicación de este Bases. La Comisión ajustará su funcionamiento, a lo previsto en el Capítulo II, del Título II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre funcionamiento de órganos colegiados. Toledo 24 de abril de 2017 LA CONCEJAL DE FESTEJOS,

Excmo. Ayuntamiento de Toledo D/Dña Domicilio: DNI., TLF. Correo electrónico En representación de: Concurre a las ayudas de ornamentación del Corpus Christi 2017 con el trabajo presentado en la siguiente dirección: Calle Callejón Plaza Fachada Balcón Escaparate Ventana Fdo. D/Dña PROYECTO DE ORNAMENTACIÓN DE

TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS: DESGLOSADO EN: DESCRIPCIÓN.-