PAGO BÁSICO ASIGNACIÓN DE DERECHOS DEFINITIVOS 2015-2019 RÉGIMEN DE PEQUEÑOS AGRICULTORES 2016 RESERVA NACIONAL PAGO PARA JÓVENES AGRICULTORES CESIONES DPB Marta Cardero Losada Jefa de
REGIONES: CREACIÓN El conjunto del Estado se ha dividido en 50 regiones. En Castilla-La Mancha 15deellas. Las regiones se han creado partiendo de las comarcas naturales. En Castilla-La Mancha 32 Dentro de cada comarca natural se han analizado 4 tipos de cultivo: Tierras de cultivo de secano, Tierras de cultivo de regadío, Cultivos permanentes y Pastos Con los datos de los pagos y superficies de 2013 se han calculado los valores medios de cada una de las combinaciones de comarca-cultivo. Segúnsuvalormedio,haquedadoasignadaenunaregiónuotra.
REGIONES EN CASTILLA-LA MANCHA TIPO DE CULTIVO REGIÓN COMARCAS 203 SIERRA ALCARAZ, 204 CENTRO, 205 ALMANSA 206 SIERRA SEGURA Tierra de cultivo secano 0301 207 HELLIN 1301 MONTES NORTE 1304 MONTES SUR 1305 PASTOS 1306 4506 CAMPO DE MONTIEL MONTE DE LOS YEBENES
TIPO DE CULTIVO REGIÓN COMARCAS 201 MANCHA 202 MANCHUELA 1302 CAMPO DE CALATRAVA 1303 MANCHA REGIONES EN CASTILLA- LA MANCHA Tierra de cultivo secano 0401 1601 ALCARRIA 1603 SERRANIA MEDIA 1606 MANCHA BAJA 1607 MANCHA ALTA 1901 CAMPIÑA 1902 SIERRA 1903 ALCARRIA ALTA 1904 MOLINA DE ARAGON 1905 ALCARRIA BAJA 4501 TALAVERA 4502 TORRIJOS 4503 SAGRA-TOLEDO 4504 LA JARA 4507 LA MANCHA
REGIONES EN CASTILLA-LA MANCHA TIPO DE CULTIVO REGIÓN COMARCAS 1602 SERRANIA ALTA Tierra de cultivo secano 0501 1604 SERRANIA BAJA 1605 MANCHUELA 0601 4505 MONTES DE NAVAHERMOSA
REGIONES EN CASTILLA-LA MANCHA TIPO DE CULTIVO REGIÓN COMARCAS Tierra de cultivo regadío 0901 1301 MONTES NORTE 1303 MANCHA 1304 MONTES SUR 1305 PASTOS 1601 ALCARRIA 1603 SERRANIA MEDIA 1604 SERRANIA BAJA 1605 MANCHUELA 1606 MANCHA BAJA 1607 MANCHA ALTA 1904 MOLINA DE ARAGON 1905 ALCARRIA BAJA
REGIONES EN CASTILLA-LA MANCHA TIPO DE CULTIVO REGIÓN COMARCAS Tierra de cultivo regadío 1101 201 MANCHA 202 MANCHUELA 203 SIERRA ALCARAZ 204 CENTRO 205 ALMANSA 206 SIERRA SEGURA 207 HELLIN 1302 CAMPO DE CALATRAVA 4504 LA JARA 4505 4506 MONTES DE NAVAHERMOSA MONTE DE LOS YEBENES 4507 LA MANCHA
REGIONES EN CASTILLA-LA MANCHA TIPO DE CULTIVO REGIÓN COMARCAS 1301 1306 CAMPO DE MONTIEL 4503 SAGRA-TOLEDO 1602 SERRANIA ALTA Tierra de cultivo regadío 1601 1901 CAMPIÑA 1902 SIERRA 1903 ALCARRIA ALTA 4501 TALAVERA 4502 TORRIJOS
REGIONES EN CASTILLA-LA MANCHA TIPO DE CULTIVO REGIÓN COMARCAS 204 CENTRO 0402 205 ALMANSA 206 SIERRA SEGURA Cultivos permanentes 0502 0602 207 HELLIN 1601 ALCARRIA 1602 SERRANIA ALTA 1603 SERRANIA MEDIA 1604 SERRANIA BAJA 1901 CAMPIÑA 1902 SIERRA 1903 ALCARRIA ALTA 1904 MOLINA DE ARAGON 1905 ALCARRIA BAJA 4501 TALAVERA 4502 TORRIJOS
REGIONES EN CASTILLA-LA MANCHA TIPO DE CULTIVO REGIÓN COMARCAS 201 MANCHA 202 MANCHUELA 203 SIERRA ALCARAZ 0702 1302 CAMPO DE CALATRAVA 1303 MANCHA 1306 CAMPO DE MONTIEL 1605 MANCHUELA Cultivos permanentes 1607 MANCHA ALTA 1301 MONTES NORTE 1304 MONTES SUR 1305 PASTOS 1606 MANCHA BAJA 0802 4503 SAGRA-TOLEDO 4504 LA JARA 4505 MONTES DE NAVAHERMOSA 4506 MONTE DE LOS YEBENES 4507 LA MANCHA
REGIONES EN CASTILLA- LA MANCHA TIPO DE CULTIVO Pastos 0103 REGIÓN COMARCAS 201 MANCHA 202 MANCHUELA 203 SIERRA ALCARAZ 204 CENTRO 205 ALMANSA 206 SIERRA SEGURA 207 HELLIN 1301 MONTES NORTE 1302 CAMPO DE CALATRAVA 1303 MANCHA 1304 MONTES SUR 1306 CAMPO DE MONTIEL 1602 SERRANIA ALTA 1603 SERRANIA MEDIA 1604 SERRANIA BAJA 1607 MANCHA ALTA 1901 CAMPIÑA 1902 SIERRA 1903 ALCARRIA ALTA 1904 MOLINA DE ARAGON 1905 ALCARRIA BAJA
REGIONES EN CASTILLA-LA MANCHA TIPO DE CULTIVO REGIÓN COMARCAS 1305 PASTOS 1601 ALCARRIA 1605 MANCHUELA 1606 MANCHA BAJA 4501 TALAVERA Pastos 0203 4502 TORRIJOS 4503 SAGRA-TOLEDO 4504 LA JARA 4505 MONTES DE NAVAHERMOSA 4506 MONTE DE LOS YEBENES 4507 LA MANCHA
REGIONES RPB CADA AGRICULTOR TIENE UN VALOR NOMINAL MEDIO PARA LOS DERECHOS DE CADA UNA DE LAS REGIONES DONDE ESTÁ REPRESENTADA SU EXPLOTACIÓN EN 2015. CADA REGIÓN TIENE UN VALOR MEDIO. A PARTIRDE2015SEAPLICA UNACONVERGENCIADEL VALOR DE LOS DERCHOS HACIA EL VALOR MEDIO REGIONAL. SEREALIZAPARACADATIPODEDERCHOENCADAREGIÓN.
BASADA EN LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS: SITUACIÓN Derechoscon un valor medio entre el 90% y el100% del valor medio de la región Derechos con un valor medio menoral 90% del valor medio de la región Derechos con un valormedio mayor al valor medio de la región CONVERGENCIA NO convergen Seincrementan en 1/3 de la diferencia entre el valor unitariodel agricultor y el 90% del valor medio de la región. Ningún valor unitario será inferior al 60% del valor medio de la región en 2019. Perderán lo necesario para el incremento de losvalores antes indicados, pero con un máximo de reducción de un 30% del valor inicial.
ASIGNACIÓN DE LA REGIÓN A CADA PARCELA Cada recinto SIGPAC ha quedado ubicado en una región (excepto los usos no agrícolas o forestales) conforme a la información de la c.2013: cultivo que fue declarado en lasayudaspac o, en su defecto, en el uso SIGPAC de 2013. Una vez asignado un recinto a una región, será inamovible, aunque se cambie el cultivo de ese recinto. Paraelcobrocorrectodelaayudadepagobásico setienequedisponerde una superficie igual o mayor en cada una de las regiones donde se disponga de DPB. La superficie tiene que estar correctamente distribuida entre las regiones donde le han sido asignados los derechos.
CALCULO DE DERECHOS 2015 NÚMERO DE DERECHOS superficie admisible declarada y haya quedado determinada en el año 2015, pero que, no supere la superficie correspondiente a su límite individual de 2013 ( cupo2013 ). Se han tenido en cuenta los cupos asociados a las cesiones DPU 2014 y los correspondientes a los cambios de titularidad de las explotaciones con tierra que se realizaron en 2015 Si se ha aplicado esta limitación individual de 2013 a las superficies declaradas en 2015, se ha establecido un porcentaje de reducción sobre toda la superficie admisible declarada en 2015(proporcionalmente en cada región) Los titulares que han declarado en su solicitud única 2015 superficies de pastos permanentesynofigurabanenelreganoseleshanasignadoderechosdepago básico en dichas superficies de pastos
CALCULO DE DERECHOS 2015 IMPORTE Procede del importe cobrado en 2014 por cada titular a los que se ha aplicado unos coeficientes. A estos importes se han incorporado los derechos de pago básico que proceden de los cambios de titularidad con tierras que se presentaron en 2015 (compraventas, arrendamientos, etc
CALCULO DE DERECHOS 2015
CALCULO DE DERECHOS 2015 Para cada beneficiario, sus importes se ajustan por los coeficientes financieros y coeficientes de reducción anteriores y se obtiene el Valor unitario inicial Después se reparte entre las regiones de cada beneficiario, utilizando unos factores de ponderación, calculados en función de lo que representaba cada orientación productiva en la Producción de la Rama Agraria Nacional (Orden 544/2015)
CALCULO DE DERECHOS 2015 IMPORTES Y LÍMITES V2 Concepto Importes 2014 Importe de Pago Básico con coef. financieros antes de aplicar el % de ajuste 2015 (x2015) Límite presupuestario Pago Básico 2015 Importe máximo estimado de Reserva Nacional Porcentaje establecido para la dotación de la Reserva nacional 2015 Límite presupuestario Pago Básico 2015 descontado el 2,5% de RN (Y2015) Cálculo% de ajuste 2015 (Y2015/X2015) Valor 4.786.473.100,36 4.375.472.768,20 2.809.784.000,00 31.474.566,86 2,50% 2.739.539.400,00 0,626112776
CALCULO DE DERECHOS 2015 Cada agricultor tiene un número de derechos en cada una de las regiones de su explotación en 2015 con un valor nominal medio en cada una de ellas. Cada derecho pertenece a una única región. Para cada agricultor: el valor unitario en cada región sin ajustar en base a los importes 2014 x 62,61127757 %= valor unitario de los derechos de pago básico en cada región ajustados.
DATOS DE PARTIDA Cupo o límite individual de 2013 Cupo inicial: 45,81 ha Importes cobrados en 2014 No hay cesiones en 2014 que modifiquen este dato. En pago único: 5.384,41 En vaca nodriza 1.953 y 235,83 de prima nacional complementaria TOTAL 7.573,24 En 2015 explotación de vacuno de la comarca Montes de Navahermosa región grupo de cultivo región Superficies y explotación 203 PS 15,91 ha 601 TCS 29,73 ha 802 CP 0,75 ha 46,39 TOTAL
Nº de derechos totales a crear ASIGNACIÓN DE LOS DERECHOS DE PAGO BÁSICO El titular está inscrito en el REGA, por lo que es ganadero y se tiene en cuenta la superficie declarada de pastos. Se crearán 45,82 derechos (valor menor entre el cupo 2013 y lo que declara en 2015). Importe a asignar al pago básico Distribución de derechos e importe por regiones Para calcular el importe de pago básico se tienen en cuenta: TOTAL 7.573,24 Una vez aplicado el coeficiente de ajuste financiero: 6.221,61 Región Superficie % 2015 Superficie ajustada Ponderada al cupo (a) Total Importe Región (b) % ajuste 2015 Importe final (c) Valor medio final /ha (c/a) 0203 15,71 25,32 1.575,80 0,626112776 986,63 62,78 0601 29,36 71,49 4.448,24 0,626112776 2.785,10 94,84 0802 0,74 3,17 197,56 0,626112776 123,69 166,98 TOTAL 45,81 6.221,60 3.895,43
CONVERGENCIA DE LOS DERECHOS REGIÓN VALOR NOMINAL 2015 2016 2017 2018 2019 0203 62,78 63,46 64,13 64,81 65,49 66,16 0601 94,85 96,17 97,48 98,8 100,11 101,43 0802 166,98 0,74 123,57 123,56 123,56 123,55 123,55
DERECHOS DE PAGO BÁSICO ASIGNADOS EN 2015 V2
TECHOS REGIONALES EN 2015 Y MEDIAS REGIONALES Para cada región se han establecido: en función de Los importes 2014 de los beneficiarios, los techos regionales para 2015 Conelvalordelasuperficieincorporadaporlosbeneficiariosacada región, las medias regionales en 2015
DETERMINACIÓN DE LOS LÍMITES PRESUPUESTARIOS 2016-2019 Se ha determinado lo que representan los límites máximos regionales de pago básico en 2015 con respecto al ANEXO II(Límite presupuestario) Este%vaapermanecerconstantealolargodetodoelperiodo En base a estos porcentajes fijos, se obtienen los límites máximos regionales para las campañas 2016 a 2019. En base a la superficie máxima de 2015, se obtienen las medias regionales.
CÁLCULO DE LA CONVERGENCIA Y VALOR DE LOS DPB Una vez finalizado el cálculo del proceso de convergencia, se disponedelosvaloresdetodoslosderechosentre2015y2019. Sin embargo, entre 2015 y 2019 hay un incremento de importes paracadaaño(anexoiir(ue)1307/2013) Este incremento se reparte entre las regiones, con la condición de que sólo se aplica a los DPB que tengan un % por encima de la media. LosderechosdelaRNtendrántambiénelmismoincrementoanual
TC CP PA CÓDIGO REGIÓN Nº BENEFICIARIOS NÚMERO DE BENEFICIARIOS, IMPORTE 2014 Y SUPERFICIE 2015 POR REGIÓN IMPORTE 2014 ( ) SUPERFICIE 2015 (ha) PESO REGIONAL (% importe) LIMITE MÁXIMO REGIONAL P.B. (Y2015 r) % ajuste 2015 regional VALOR MEDIO REGIÓN en 2015 ( /ha) VALOR MEDIO REGIÓN en 2019 ( /ha) 0201 7.979 6.806.829,69 50.966,63 0,15556787 4.261.843,03 62,61127757 83,62 84,50 0301 53.783 217.952.838,19 1.677.710,74 4,98124088 136.463.056,50 62,61127757 81,34 82,19 0401 109.225 460.685.586,34 3.205.813,30 10,52881850 288.441.131,20 62,61127757 89,97 90,92 0501 60.979 346.238.683,57 2.070.738,00 7,91317195 216.784.463,23 62,61127757 104,69 105,79 0601 38.184 192.170.983,66 955.019,88 4,39200502 120.320.708,00 62,61127757 125,99 127,31 0701 14.282 38.210.676,78 173.890,02 0,87329253 23.924.192,90 62,61127757 137,58 139,02 0801 20.408 74.897.592,09 319.725,00 1,71175999 46.894.339,28 62,61127757 146,67 148,21 0901 37.113 168.647.077,97 613.487,81 3,85437384 105.592.090,10 62,61127757 172,12 173,92 1001 9.824 56.608.916,39 183.821,05 1,29377828 35.443.565,77 62,61127757 192,82 194,84 1101 16.683 68.918.908,09 217.359,96 1,57511912 43.151.008,84 62,61127757 198,52 200,60 1201 32.372 134.883.462,08 384.048,38 3,08271744 84.452.258,84 62,61127757 219,90 222,21 1301 5.728 27.142.957,97 71.120,04 0,62034343 16.994.552,76 62,61127757 238,96 241,46 1401 24.450 74.392.087,53 177.578,39 1,70020685 46.577.836,41 62,61127757 262,29 265,04 1501 14.705 84.207.323,90 208.785,35 1,92453086 52.723.281,30 62,61127757 252,52 255,17 1601 22.996 142.052.834,48 328.519,35 3,24657110 88.941.094,50 62,61127757 270,73 273,57 1701 18.996 107.918.348,75 212.293,85 2,46643859 67.569.056,89 62,61127757 318,28 321,62 1801 3.788 24.670.245,16 46.501,36 0,56383039 15.446.355,68 62,61127757 332,17 335,65 1901 999 3.231.226,08 5.795,96 0,07384862 2.023.111,93 62,61127757 349,06 352,72 2001 9.733 44.393.682,27 69.772,99 1,01460310 27.795.451,63 62,61127757 398,37 402,55 2101 11.777 76.597.425,73 107.362,35 1,75060913 47.958.626,84 62,61127757 446,70 451,38 2201 13.878 197.642.388,17 246.597,08 4,51705218 123.746.424,26 62,61127757 501,82 507,08 2301 3.892 25.856.016,19 27.437,28 0,59093080 16.188.782,07 62,61127757 590,03 596,22 2401 2.093 35.453.189,31 15.678,37 0,81027105 22.197.694,77 62,61127757 1.415,82 1.430,66 TOTAL 414.229 2.609.579.280,39 11.370.023,15 59,64 1.633.890.926,72 62,61127757 143,70 145,21 0102 13.501 8.287.597,24 45.639,89 0,18941033 5.188.970,51 62,61127757 113,69 114,89 0202 11.279 7.902.107,48 53.307,83 0,18060008 4.947.610,45 62,61127757 92,81 93,79 0302 10.636 11.018.378,60 65.151,76 0,25182144 6.898.747,61 62,61127757 105,89 107,00 0402 27.650 38.124.476,51 218.000,76 0,87132245 23.870.221,81 62,61127757 109,50 110,64 0502 20.974 26.406.890,93 132.624,03 0,60352086 16.533.691,78 62,61127757 124,67 125,97 0602 49.737 55.576.842,20 255.737,64 1,27019056 34.797.370,94 62,61127757 136,07 137,49 0702 52.163 83.235.886,02 382.598,30 1,90232897 52.115.051,64 62,61127757 136,21 137,64 0802 110.112 178.926.032,15 678.214,20 4,08929598 112.027.874,64 62,61127757 165,18 166,91 0902 8.679 22.171.242,68 67.561,05 0,50671650 13.881.698,30 62,61127757 205,47 207,62 1002 65.305 97.238.553,89 310.433,40 2,22235537 60.882.300,88 62,61127757 196,12 198,18 1102 4.312 5.577.522,99 16.600,35 0,12747246 3.492.158,40 62,61127757 210,37 212,57 1202 3.811 5.900.332,79 15.403,12 0,13485018 3.694.273,74 62,61127757 239,84 242,35 1302 18.755 53.739.183,43 135.634,84 1,22819147 33.646.789,31 62,61127757 248,07 250,67 1702 28.024 102.520.865,14 210.952,58 2,34308086 64.189.623,44 62,61127757 304,28 307,48 1802 11.835 39.845.239,77 81.496,44 0,91064993 24.947.613,67 62,61127757 306,12 309,33 1902 50.433 156.284.810,02 292.274,30 3,57183825 97.851.916,20 62,61127757 334,79 338,31 2002 69.098 230.037.374,78 354.697,21 5,25742901 144.029.339,25 62,61127757 406,06 410,32 2102 19.118 78.615.357,07 98.724,74 1,79672829 49.222.079,43 62,61127757 498,58 503,81 TOTAL 548.648 1.201.408.693,68 3.415.052,43 27,46 752.217.331,98 62,61127757 220,27 222,57 0103 22.669 139.863.311,22 1.465.367,29 3,19653026 87.570.206,01 62,61127757 59,76 60,39 0203 37.724 229.412.484,47 1.791.138,93 5,24314735 143.638.087,44 62,61127757 80,19 81,03 0303 6.088 15.117.708,83 119.879,29 0,34551029 9.465.390,64 62,61127757 78,96 79,79 0503 17.248 60.967.877,70 332.887,80 1,39340092 38.172.767,14 62,61127757 114,67 115,87 0603 10.172 48.378.803,83 253.814,21 1,10568175 30.290.587,15 62,61127757 119,34 120,59 0703 27.060 49.668.558,74 220.148,84 1,13515868 31.098.119,18 62,61127757 141,26 142,74 0803 5.523 11.932.219,53 46.465,23 0,27270698 7.470.915,09 62,61127757 160,79 162,47 1103 2.116 8.655.640,78 23.603,09 0,19782184 5.419.407,28 62,61127757 229,61 232,01 1303 263 488.189,02 1.720,55 0,01115740 305.661,38 62,61127757 177,65 179,52 TOTAL 125.007 564.484.794,13 4.255.025,23 12,90 353.431.141,31 62,61127757 83,06 83,93 TOTAL 785.050 4.375.472.768,20 19.040.100,81 100,00 2.739.539.400,00 62,61127757 143,88 145,39
Se han establecido Coeficientes de reducción para ajustar el máximo importe disponible terciosuelo de las campañas 2015-2019 y el coeficiente de reducción para ajustar el máximo importe disponible limitación 30
TC CP PA CÓDIGO REGIÓN COEFICIENTE REDCUCCIÓN T-S 2015 COEFICIENTE REDCUCCIÓN T-S 2016 COEFICIENTE REDCUCCIÓN T-S 2017 COEFICIENTE REDCUCCIÓN T-S 2018 COEFICIENTE REDCUCCIÓN T-S 2019 COEFICIENTE REDCUCCIÓN L30 201 0,06667428 0,06411610 0,06334284 0,06910638 0,07423661-301 0,05661889 0,05033905 0,04627779 0,05041675 0,05309355-401 0,04918832 0,03883960 0,03155087 0,03503315 0,03630503-501 0,04641824 0,03618597 0,02898588 0,03221627 0,03328871-601 0,05942490 0,05327094 0,04935725 0,05387065 0,05693793-701 0,06119328 0,05502518 0,05113166 0,05589415 0,05920326-801 0,06198122 0,05541209 0,05120719 0,05607943 0,05941117-901 0,05124900 0,03974608 0,03157712 0,03532607 0,03661970-1001 0,05366205 0,04331632 0,03603608 0,03995573 0,04161863-1101 0,05272631 0,04280430 0,03584877 0,03965021 0,04128726-1201 0,05721709 0,04913863 0,04365616 0,04789982 0,05030964-1301 0,06792999 0,06601478 0,06582633 0,07185916 0,07742268 0,00000270 1401 0,06743144 0,06304049 0,06075097 0,06654621 0,07129030-1501 0,05267223 0,04450484 0,03890923 0,04262548 0,04452331-1601 0,05400939 0,04706546 0,04244134 0,04626965 0,04851439-1701 0,05978540 0,05513647 0,05244798 0,05702350 0,06047182-1801 0,05602684 0,04784219 0,04226356 0,04636509 0,04861933-1901 0,07805175 0,07695461 0,07785819 0,08603588 0,09413486 0,00544588 2001 0,06088519 0,05480014 0,05096832 0,05568736 0,05897132-2101 0,06297582 0,05714388 0,05355835 0,05858765 0,06223378-2201 0,06049596 0,05199729 0,04621595 0,05088423 0,05361225-2301 0,05784938 0,04400389 0,03401209 0,03854781 0,04009333-2401 0,08808494 0,08860354 0,09142834 0,10233835 0,11400548 0,00089080 102 0,08214974 0,08246126 0,08480480 0,09414884 0,10393411 0,03995644 202 0,08405726 0,08642820 0,09074260 0,10093834 0,11227078 0,24008634 302 0,07417611 0,07307395 0,07381574 0,08115286 0,08832030 0,00807774 402 0,06691833 0,06334908 0,06173373 0,06748283 0,07236631-502 0,06070407 0,05460817 0,05076424 0,05545735 0,05871344-602 0,06769936 0,06456624 0,06334067 0,06925183 0,07440448-702 0,06121919 0,05463175 0,05039887 0,05516195 0,05838244-802 0,06353508 0,05856944 0,05570660 0,06084184 0,06478338-902 0,06708924 0,06149088 0,05818594 0,06387019 0,06822792-1002 0,07003799 0,06424344 0,06084255 0,06701606 0,07182981-1102 0,06842040 0,06566812 0,06478671 0,07085194 0,07625474-1202 0,06855345 0,06363835 0,06093896 0,06690072 0,07169734-1302 0,06540869 0,05937959 0,05568173 0,06108094 0,06505453-1702 0,06388765 0,05702484 0,05261403 0,05776204 0,06130302-1802 0,06406769 0,05769521 0,05368867 0,05887244 0,06255522-1902 0,06091495 0,05315121 0,04796455 0,05268387 0,05561382-2002 0,05892609 0,04987086 0,04363063 0,04810641 0,05053759-2102 0,06067643 0,05229495 0,04660948 0,05130049 0,05407454-0103 0,06600906 0,06300684 0,06184005 0,06746187 0,07234221-0203 0,06525931 0,06239604 0,06132296 0,06682290 0,07160795-0303 0,07634715 0,07529716 0,07617207 0,08397943 0,09167855 0,01103055 0503 0,07615301 0,07616892 0,07797334 0,08586986 0,09393614 0,04800219 0603 0,06956687 0,06853192 0,06915293 0,07556481 0,08174160 0,00116478 0703 0,07039537 0,06709148 0,06580450 0,07219532 0,07781306 0,00002826 0803 0,07236000 0,07064044 0,07077741 0,07767938 0,08422167 0,00086740 1103 0,08734818 0,08933759 0,09348230 0,10448980 0,11668187 0,04522079 1303 0,08816598 0,09306612 0,09997697 0,11186964 0,12596074 0,99958415
CALCULO DE DERECHOS 2015 Versiones de derechos: V0 para el pago del anticipo V1 para el pago de diciembre y febrero V2 derechos definitivos (antes 1 abril) Anuncio Consejería por el que se da publicidad a la comunicación de derechos definitivos a través de la consulta de la página web (R (UE) 1307/203, R Delegado (UE) 639/2014 y RD 1076/2014) Comunicaciones V3 para el pago de junio Comunicaciones CONFUSIÓN POR ASINCRONISMO ENTRE ENVÍO DE DATOS AL FEGA CORREGIDOS Y PAGOS
BENEFICIO INESPERADO Se ha aplicado reducción de importes, si un titular ha tenido: reducción > 25% sup. Admisible declarada 2015 respecto a 2014. Por superficies de compraventas o arrendamientos o finalizaciones de arrendamientos, sin que se formalizaran las cláusulas contractuales con el adquiriente (modelos de cambio de titularidad 16/05/2014-10/06/2015), sin que se hayan sustituido esas superficies por otras. La variación tiene que ser>2 ha.
BENEFICIO INESPERADO No se aplica en los siguientes casos: Si la superficie 2015, aunque tenga la minoración respecto a la de 2014, es mayor que el cupo 2013. Si la variación procede de modificaciones en cambios de concesiones o arrendamiento de pastos o por cambio de CAP.
BENEFICIO INESPERADO Beneficiarios de partida con posible beneficio inesperado: 5.441. Se han subsanado de oficio por tener cupo 2013 inferior, por cambio en el CAP o por justificaciones ya presentadas de cambios en las concesiones o arrendamientos de pastos, quedando finalmente para enviar trámite de audiencia. Titularesalosquesehaenviadotrámitedeaudiencia:1.516. Titulares pagados con reducción pendiente de pagar dicha reducción en abril: 821. Titulares que no han entrado en ningún pago y se pagarán en abril con reducción: 577. A los que se ha enviado trámite de audiencia y lo subsanen, la diferencia se pagará en junio.
RÉGIMEN DE PEQUEÑOS AGRICULTORES Agricultores en 2015 con DPB y su importe total de pagos directos no mayor de 1.250 quedaron incluidos en el régimen de pequeños. Antes del 30-09-2015 Cálculo provisional estimatorio del importe del pago de todos los pagos directos por productor. Se comunicó a los agricultores cuya estimación no era mayor de 1.250, su inclusión de forma provisional, con posibilidad de renuncia al régimen.
RÉGIMEN DE PEQUEÑOS AGRICULTORES En el cálculo de la V2 de DPB : 3 tipos de beneficiarios (por estimación de ayudas no ajustadas o por ajustes entre versiones o por cesiones no tramitadas) Coinciden con el cálculo de septiembre V0 EnV2son 1.250 yenv0noseestimaroncomopequeños: La Comisión ha indicado a España que no podrán incluirse en el régimen de pequeños agricultores. TantoenlaconsultadederechoscomoenSGAaparecencomoNO PEQUEÑOS En V0 fueron estimados dentro del RPA y en V2 perciben > 1.250 : Pendiente de respuesta de la Comisión si se dan de baja de oficio o se da la posibilidad de permanecer en RPA y cobrar hasta el techos de 1.250. En consulta de derechos aparecen como NO PEQUEÑOS y en SGA como PEQUEÑOS. En breve se indicará la forma de actuar en SGA.
RÉGIMEN DE PEQUEÑOS AGRICULTORES Condiciones para mantenerse en RPA: Mantener,almenos,elmimonºdehaadmisiblesqueelnºdeDPBactivados en 2015.(Tolerancia reducción <=0,1 ha y <20%) No se exige correspondencia entre las regiones a las que pertenecen dichas ha y las regiones en las que fueron activados los derechos en la asignación inicial 2015. Los DPB se consideran activados para todo el periodo de participación del agricultor en dicho régimen. No se retiran aunque no generen ningún pago. Se puede renunciar en cualquier campaña.
RÉGIMEN DE PEQUEÑOS AGRICULTORES El importe fijado en 2015, igual al valor total de los pagos directos: PB, PV, Pago complementario jóvenes y ayudas asociadas por superficie y por cabeza de ganado, a partir de 2015 sustituye a los que deban concederse con estos regímenes de ayuda, como un pago anual global. No es obligatorio mantener, a partir de 2016, ninguna de las actividades concretas que hayan generado dichas ayudas en 2015. A los agricultores que participen en este régimen: se les considera, a partir de 2016, como agricultores activos. Quedan exentos de aplicar las prácticas beneficiosas para el clima y el medio ambiente Están exentos de ser objeto de controles por condicionalidad. No se aplican las penalizaciones previstas por declaración incompleta de las superficies detodaslasparcelasagrícolasdelaexplotaciónenlaun.
RESERVA NACIONAL FINALIDAD: Participación en RPB de jóvenes agricultores y agricultores que inicien su actividad agrícola. Asignar derechos a los agricultores legitimados en virtud de sentencia judicial firme o acto administrativo firme. Asignar derechos a los agricultores que no hayan tenido acceso a la primera asignación de DPB en 2015 por causa de fuerza mayor o circunstancia excepcional.
Requisitos generales RESERVA NACIONAL Ser agricultor activo Disponer de hectáreas admisibles determinadas a efectos de Pago Básico. Agricultores solo sup. viñedo ya no se comprueba que hayan realizado entregas a bodegas históricas de mosto o destilación. La superficie por la que se solicitan derechos debe estar a disposición del solicitante en el momento de presentar lasu. Los derechos de la RN se asignarán en función de la superficie admisible y determinada que figura en la UN y respecto de la cual el beneficiario no tuviera ya derechos de ayuda. En el caso de que ya se posean derechos y su valor fuese inferior a la media regional, se incrementará dicho valor hasta alcanzar esa media regional.
Tipos de Reserva Nacional 2016 RESERVA NACIONAL 1. Agricultores que por fuerza mayor o circunstancias excepcionales no hayan presentado solicitud única en 2015. 2. Jóvenes agricultores que dispongan de un expediente favorable de con cesión de la ayuda de primera instalación en el ámbito de un PDR o que acrediten la formación y capacitación adecuada en el ámbito agrario, como establece la Ley 1971995 de Modernización de explotaciones agrarias. (Los que están en una explotación prioritaria cumplen los requisitos). 3. Nuevos agricultores que acrediten haber realizado su instalación como agricultor, que acrediten la formación y capacitación adecuada en el ámbito agrario, como establece la Ley 1971995 de Modernización de explotaciones agrarias. (Los que están en una explotación prioritaria cumplen los requisitos). 4. Agricultores legitimados para recibir derechos o a aumentar su importe en virtud de una sentencia o acto administrativo firme.
1 FUERZA MAYOR O CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES RESERVA NACIONAL Fallecimiento o incapacidad laboral Con cesión de derechos No presentación de UN2015 por problemas en la tramitación que no sean responsabilidad del agricultor. Notificación por escrito de la alegación por c.f.m. Se acreditará mediante certificación de la entidad.
2 JÓVENES AGRICULTORES RESERVA NACIONAL Nomasde40añosenañoUN. Expediente con resolución favorable primera instalación o acreditar la formación y capacitación adecuada en el ámbito agrario, como establece la Ley 1971995 de Modernización de explotaciones agrarias. Personas jurídicas Almenosunjovenejerceelcontrolalargoplazo: Su participación en el capital social sea más de la mitad del capital social de ésta y que posea más de la mitad de los derechos de voto de ésta. Se hayan instalado (fecha alta SS) a partir del 1 de enero de 2011. No haber ejercido la actividad agraria como responsable en las 5 campañas anteriores a la fecha de primera instalación. Ser titular o cotitular de la explotación y declarar ésta en la solicitud. No haya recibido derechos RN en anteriores asignaciones.
3 NUEVOS AGRICULTORES RESERVA NACIONAL Acreditar la formación y capacitación adecuada en el ámbito agrario, como establece la Ley 1971995 de Modernización de explotaciones agrarias. Solicitud de RN se ha presentado a más tardar 2 años después del año natural en que se ha iniciado la actividad agrícola.(fecha alta SS) AltaenlaSSafechafinplazosolicitudRN. No haber desarrollado actividad agraria por cuenta propia en las 5 campañas anteriores. Ser titular o cotitular de la explotación y declarar ésta en la solicitud. No haya recibido derechos RN en anteriores asignaciones.
Cálculo de derechos Causa de fuerza mayor: Se calculan los derechos como en la asignación inicial. RESERVA NACIONAL Jóvenes agricultores y nuevos agricultores Se calculan los derechos igual a la sup. admisible y determinada UN 2016 y el valor de los derechos es el valor de la media regional. Si declara superficie de pastos permanentes y no está inscrito en REGA no se asignarán DPB de la RN en dichas superficies.
ACREDITACION CAPACITACIÓN PDR 2014-2020 a) Diploma de Capataz Agrícola, títulos universitarios de la rama agraria o haber superado todos los cursos universitarios de dicha rama, así como disponer del título de Formación Profesional Agraria. RESERVA NACIONAL b) Diploma expedido por el Órgano Competente de la Consejería de Agricultura que acredite el haber superado un curso de Incorporación a la Empresa Agraria, establecido por aquella, con una duración mínima de 175 horas lectivas. c) En los casos de trabajadores agrarios por cuenta ajena, deberán acreditar fehacientemente tal condición durante cinco años. En los casos en los que no se alcancen los cinco años se reconocerán 35 horas por año completo trabajado hasta un máximo de 140 horas. d) Cursos realizados por otras Administraciones Públicas equiparables a los anteriormente descritos siempre que estén relacionados con la futura explotación. En casos excepcionales y siempre que las Administraciones no hayan impartido este tipo de cursos durante un periodo de dos años, se podrán acreditar aquellos impartidos por entidades privadas previa homologación por el órgano competente.
COMPLEMENTO PARA JÓVENES AGRICULTORES Requisitos No tener más de 40 años en el año de presentación de su primera solicitud de derechos de pago único y que lo soliciten en la solicitud única. Sehatenidoqueinstalarporprimeravezenunaexplotaciónagraria, como responsable de la misma, en los 5 años anteriores a la primera presentación de la solicitud de pago básico (la primera instalación se considerará la fecha de alta en el régimen de la seguridad social correspondiente). Que tengan derechos de pago básico y los hayan activado. Deben cumplir los requisitos de acceso a los jóvenes agricultores en el marco de la asignación delos derechos a la reserva nacional.
COMPLEMENTO PARA JÓVENES AGRICULTORES Importe de la ayuda El importe de esta ayuda se calculará cada año y será un incremento del 25% del valor medio de los derechos de pago básico que posea el agricultor, con un máximo de 90 derechos. El pago se concederá por un máximo de 5 años de la instalación. Dicho periodo se reducirá en el número de los años transcurridos entre la instalación del joven agricultor y la primera presentación de la solicitud de pago para esta ayuda. Año primera instalación 2015 SI SI SI SI SI 2014 SI SI SI SI SI 2013 SI SI SI SI NO 2012 SI SI SI NO NO 2011 SI SI NO NO NO 2010 SI NO NO NO NO Vigente 2015 Vigente 2016 Vigente 2017 Vigente 2018 Vigente 2019
CESIONES DE DERECHOS 2016 Característica Observaciones 1. Ámbito de cesión Solo se pueden ceder dentro de la misma región. 2. Tipos de cesiones Se pueden ceder o arrendar derechos con o sin tierras. La finalización de un arrendamiento donde se transmiten los derechos al arrendador se considerarán cesiones con tierras. 3. Peajes o retenciones Las cesiones sin tierra tendrán una retención del 20% del valor de cada derecho, excepto si: - son la totalidad de derechos de un titular que tiene un importe total menor de 300 euros, - se ceden a un agricultor que inicia su actividad agraria. Las cesiones con tierra, las herencias, jubilaciones, etc. no tienen ningún peaje o retención. 4. Plazos El cedente comunicará la cesión en el plazo establecido entre el 1 de noviembre y el fin del periodo de solicitud de la campaña de ayudas PAC. 5. Novedades los derechos puedan arrendarse sin necesidad de arrendar tierras, aunque con el peaje del 20%. Si cedente o cesionario pertenece al régimen de pequeños tiene que renunciar antes de realizar la cesión, excepto sucesión inter vivos o mortis causa (si sucesor cumple requisitos y cesión total)
CESIONES DE DERECHOS 2016: Tipos de cesiones V1. Venta o cesión definitiva de derechos sin tierra. V2. Venta o cesión definitiva de derechos sin tierra de un productor que percibe menos de 300 de importe total de sus derechos de pago básico. V3. Venta o cesión definitiva de derechos sin tierra a un agricultor que inicia la actividad agraria. V4A. Venta o cesión definitiva de derechos con tierra. V4B. Venta o cesión definitiva de derechos mediante contrato tripartito entre dos arrendatarios y el propietario de las tierras. V4C. Venta o cesión definitiva de derechos de una explotación ganadera con concesión de pastos comunales. V4D. Finalización de arrendamiento de tierras con devolución al propietario de las tierras y cesión definitiva de derechos al mismo. V4E. Venta o cesión definitiva de derechos de un heredero mediante arrendamiento de tierras. AR. Arrendamiento de derechos con tierra. AS. Arrendamiento de derechos sin tierra. AA. Finalización de un arrendamiento de derechos con tierra. HE. Herencias de explotación o parte de la misma, legados y usufructos. HA. Jubilaciones de la actividad agraria en las que el o los cesionarios de los derechos sean familiares de primer grado del cedente y programas aprobados de cese anticipado o incapacidad laboral permanente del cedente. CD. Cambios de personalidad jurídica. FU. Fusiones totales de varias personas físicas o jurídicas en una sola persona jurídica o agrupación de personas físicas. ES. Escisiones o separación de una persona jurídica con o sin continuación de la original y aparición de una o más personas físicas o jurídicas distintas. RV. Renuncia voluntaria a favor de la reserva nacional.
CESIONES DE DERECHOS 2016: Tipos de cesiones V4A. Venta o cesión definitiva de derechos con tierra. V4B. Venta o cesión definitiva de derechos mediante contrato tripartito entre dos arrendatarios y el propietario de las tierras. V4C. Venta o cesión definitiva de derechos de una explotación ganadera con concesión de pastos comunales. V4D. Finalización de arrendamiento de tierras con devolución al propietario de las tierras y cesión definitiva de derechos al mismo. V4E. Venta o cesión definitiva de derechos de un heredero mediante arrendamiento de tierras.
MODELO DE ACUERDO TRIPARTITO ENTRE LAS PARTES PARA LA CESIÓN DE LOS DERECHOS EN EL CASO DE EXPLOTACIONES CON LA BASE TERRITORIAL ARRENDADA D./Dña..con NIF/CIF. (1), en calidad de arrendador, mediante la firma del presente documento, acuerda transferir a D./Dña. (2), en calidad de nuevo arrendatario, la relación de parcelas que se detallan en la tabla adjunta a este modelo y que habían estado bajo contrato de arrendamiento, ahora expirado, bajo la titularidad de D./Dña. (3) CESIONES DE DERECHOS 2016 Los abajo firmantes declaran que los datos y documentación que aportan son ciertos, En, a de El propietario (1) Fdo.:.. El nuevo arrendatario (cesionario de los derechos) (2) Fdo.:.. El arrendatario que finaliza la relación contractual con el propietario (cedente de los derechos) (3) Fdo.:
CESIONES DE DERECHOS ACTIVADOS EN EL RÉGIMEN DE PEQUEÑOS AGRICULTORES Los derechos activados en RPA no serán transmisibles, excepto encasodesucesionesintervivosomortis causa,acondiciónde que el sucesor cumpla los requisitos para beneficiarse del régimendepagobásicoyrecibaenlacesióntodoslosderechos depagoqueposeaelcedente. En las cesiones que no sean éstas tanto cedente como cesionario deben ejecutarse tras la renuncia a este régimen. Larenunciaseformalizaenelmodelodecesión.
CESIONES DE DERECHOS ACTIVADOS EN EL RÉGIMEN DE PEQUEÑOS AGRICULTORES Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
DECLARACIÓN Y SOLICITUD. Los abajo firmantes declaran que los datos indicados son ciertos, y de acuerdo con el Art. 28 del R.D. 1076/2014solicitan que le sean asignados al cesionario los siguientes derechos: Identificación de Derechos Definitivos 2015(Obligatorio): Región RPB Código Identificación Nº Desde Hasta Derechos % Transferido Total Derechos Total CESIONES DE DERECHOS 2016 Que conocen que los datos personales recogidos en esta solicitud serán incorporados en ficheros automatizados y tratados de acuerdo a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999 d e13 de diciembre, de Regulación del tratamiento automatizado de datos de carácter personal y en el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de dicha Ley. Identificación de la Explotación Transferida (Obligatorio): Cumplimentar el cuadro de la página 2-3 Comunidad Autónoma Donde Presentó Solicitud Única C-2015 (Titular Cedente): En, a de El titular cedente de los derechos. El cesionario. Fdo.: Fdo.: (Si presenta esta solicitud antes del 1 de abril de 2016, deberá comprobar si los derechos definitivos sufren algún cambio respecto a los indicados en la misma. En caso afirmativo, tendrá que volver a confirmar la comunicación de cesión.)
CESIONES DE DERECHOS 2016 Identificación de la Explotación Transferida (Obligatorio): C.A. Región RPB Referencia SIGPAC Provincia Municipio Agregado Zona Polígono Parcela Recinto Superficie SIGPAC Superficie Cesión (*) TOTAL SUPERFICIE HA (*)Comprobación de que la superficie total (hectáreas admisibles) es mayor o igual al número total de derechos transferidos y que pertenecen a la región donde se asignaron los derechos que se transfieren.
Copia de los NIF/CIF de ambas partes. DOCUMENTACIÓN (Obligatorio) Contrato público o privado de compra-venta de tierras liquidado de impuestos o documento público de cesión gratuita (Donación) liquidado de impuestos, entre el 16 de junio de 2015 y la fecha final para la presentación de la solicitud única 21016. COMPROBACIÓN (A Rellenar por la Administración) SI NO SI NO PROPUESTA PARA ESTIMADO SOLICITUD A EXPENSAS VALIDACIONES MAPA DESESTIMADA CESIONES DE DERECHOS 2016 Vº. B. El Funcionario En, a de Fdo.: Fecha de la Cesión: No procede la tramitación por: