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Transcripción:

norma española UNE-EN 12635:2002+A1 Marzo 2009 TÍTULO Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones Instalación y uso Industrial, commercial and garage doors and gates. Installation and use. Portes équipant les locaux industriels et commerciaux et les garages. Installation et utilisation. CORRESPONDENCIA Esta norma es la versión oficial, en español, de la Norma Europea EN 12635:2002+A1:2008. OBSERVACIONES Esta norma anulará y sustituirá a la Norma UNE-EN 12635:2002 el 2009-12-29. ANTECEDENTES Esta norma ha sido elaborada por el comité técnico AEN/CTN 85 Cerramientos de huecos en edificación y sus accesorios cuya Secretaría desempeña ASEFAVE. Editada e impresa por AENOR Depósito legal: M 11586:2009 LAS OBSERVACIONES A ESTE DOCUMENTO HAN DE DIRIGIRSE A: 18 Páginas AENOR 2009 Reproducción prohibida Génova, 6 info@aenor.es 28004 MADRID-España www.aenor.es Tel.: 902 102 201 Fax: 913 104 032 Grupo 13

S

NORMA EUROPEA EUROPEAN STANDARD NORME EUROPÉENNE EUROPÄISCHE NORM EN 12635:2002+A1 Noviembre 2008 ICS 91.060.50 Sustituye a EN 12635:2002 Versión en español Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones Instalación y uso Industrial, commercial and garage doors and gates. Installation and use. Portes équipant les locaux industriels et commerciaux et les garages. Installation et utilisation. Tore. Montage und Betrieb. Esta norma europea ha sido aprobada por CEN el 2002-07-13 e incluye la Modificación 1 aprobada por CEN el 2008-10-23. Los miembros de CEN están sometidos al Reglamento Interior de CEN/CENELEC que define las condiciones dentro de las cuales debe adoptarse, sin modificación, la norma europea como norma nacional. Las correspondientes listas actualizadas y las referencias bibliográficas relativas a estas normas nacionales pueden obtenerse en el Centro de Gestión de CEN, o a través de sus miembros. Esta norma europea existe en tres versiones oficiales (alemán, francés e inglés). Una versión en otra lengua realizada bajo la responsabilidad de un miembro de CEN en su idioma nacional, y notificada al Centro de Gestión, tiene el mismo rango que aquéllas. Los miembros de CEN son los organismos nacionales de normalización de los países siguientes: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia y Suiza. CEN COMITÉ EUROPEO DE NORMALIZACIÓN European Committee for Standardization Comité Européen de Normalisation Europäisches Komitee für Normung CENTRO DE GESTIÓN: Avenue Marnix, 17-1000 Bruxelles 2008 CEN. Derechos de reproducción reservados a los Miembros de CEN.

EN 12635:2002+A1:2008-4 - ÍNDICE Página PRÓLOGO... 5 0 INTRODUCCIÓN... 6 1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN... 6 1.1 Generalidades... 6 1.2 Exclusiones... 7 2 NORMAS PARA CONSULTA... 7 3 TÉRMINOS Y DEFINICIONES... 8 4 DOCUMENTACIÓN... 8 5 INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS... 9 5.1 Instalación... 9 5.2 Etiquetado... 9 5.3 Recepción... 9 5.4 Funcionamiento y uso... 10 5.5 Mantenimiento y reparaciones... 10 5.6 Desmontaje... 11 5.7 Modificación o mejora... 11 ANEXO A (Normativo) LISTA DE RIESGOS SIGNIFICATIVOS... 12 Tabla A.1 Riesgos significativos... 12 ANEXO B (Normativo) LIBRO DE MANTENIMIENTO... 13 ANEXO C (Informativo) FICHA DE MODIFICACIÓN/TRANSFORMACIÓN... 14 ANEXO D (Informativo) INFORMACIÓN PARA LOS INSTALADORES PROFESIONALES... 15 ANEXO ZA (Informativo) {A1 } CAPÍTULOS DE ESTA NORMA EUROPEA RELACIONADOS CON LOS REQUISITOS ESENCIALES U OTRAS DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA 98/37/CE { A1}... 16 ANEXO ZA (Informativo) {A1 } CAPÍTULOS DE ESTA NORMA EUROPEA RELACIONADOS CON LOS REQUISITOS ESENCIALES U OTRAS DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA 2006/42/CE { A1}... 17 BIBLIOGRAFÍA... 18

- 5 - EN 12635:2002+A1:2008 PRÓLOGO Esta Norma EN 12635:2002+A1:2008 ha sido elaborada por el Comité Técnico CEN/TC 33 Puertas, ventanas, persianas, herrajes para la edificación y fachadas ligeras, cuya Secretaría desempeña AFNOR. Esta norma europea debe recibir el rango de norma nacional mediante la publicación de un texto idéntico a ella o mediante ratificación antes de finales de mayo de 2009, y todas las normas nacionales técnicamente divergentes deben anularse antes de finales de diciembre de 2009. Esta norma incluye la Modificación 1, aprobada por CEN el 2008-10-23. Esta norma anula y sustituye a la Norma EN 12635:2002. El comienzo y el final del texto introducido o modificado se indica por los símbolos {A1 } { A1}. {A1 } Esta norma europea ha sido elaborada bajo un Mandato dirigido a CEN por la Comisión Europea y por la Asociación Europea de Libre Comercio, y sirve de apoyo a los requisitos esenciales de las Directivas europeas. La relación con las Directivas UE se recoge en los anexos informativos ZA y ZB, que forman parte integrante de esta norma. { A1} Esta norma forma parte de una serie de normas europeas referentes a puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Los anexos A y B son normativos. Los anexos C y D son informativos. {A1 } El anexo ZA es aplicable hasta el 28 de Diciembre de 2009, y el anexo ZB es aplicable desde el 29 de Diciembre de 2009. { A1} De acuerdo con el Reglamento Interior de CEN/CENELEC, están obligados a adoptar esta norma europea los organismos de normalización de los siguientes países: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia y Suiza.

EN 12635:2002+A1:2008-6 - 0 INTRODUCCIÓN Esta norma europea de producto ha sido elaborada para satisfacer las necesidades de los fabricantes, usuarios y las autoridades competentes en seguridad, con el propósito principal de aportar información para la instalación y uso, incluyendo mantenimiento, de puertas industriales, comerciales, de garaje y portones utilizadas para el tráfico de vehículos y peatones. Esta norma es una norma C como se especifica en la Norma EN 1070. Solamente una instalación y un mantenimiento correctos, llevados a cabo por una organización o persona competente, de conformidad con las instrucciones puede asegurar la seguridad y el funcionamiento previsto de una instalación. Con la finalidad de clarificar la intención de esta norma, las siguientes situaciones del mercado fueron consideradas cuando se redactó esta norma: a) cuando la instalación es ejecutada por el fabricante de la puerta (por su propio personal) o bajo su responsabilidad (vía contratista profesional), normalmente se considera el producto puesto en el mercado tras su instalación. Los requisitos de instalación de esta norma europea pueden ser útiles para redactar documentos contractuales o internos. b) cuando la instalación de las puertas puestas en el mercado bajo la forma de kits completos se realiza por el usuario o por su instalador elegido, esta norma puede ser utilizada para preparar los manuales a suministrar con el kit. c) cuando la instalación es de puertas motorizadas consistentes en la combinación de componentes suministrados de origen diferente, el instalador es el fabricante de la maquinaria que se considera normalmente puesta en el mercado tras la instalación. La información de las diferentes fuentes necesita ser compilada: para la compatibilidad de los componentes y para su instalación; y para proveer al usuario final la información para utilización segura y mantenimiento. Esta norma europea puede ser utilizada para redactar la información de uso y mantenimiento. Esta norma europea puede también ser utilizada para redactar la información a proveer con el componente (s) utilizado(s) para la actualización de puertas existentes (por ejemplo, puertas de maniobra manual mejoradas a maniobra motorizadas). Con la finalidad de clarificar la intención de esta norma europea y evitar dudas en su lectura, se aceptó durante su elaboración que hubo negociación respecto a la terminología entre el fabricante y el instalador profesional. 1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN 1.1 Generalidades Esta norma europea especifica la información que debe ser suministrada por el fabricante de la puerta y el fabricante de los componentes para asegurar una instalación, maniobra, uso (incluyendo mantenimiento y reparación) seguros de las puertas, portones y barreras que se pretenden instalar en áreas accesibles al público y cuyo principal objetivo es dar acceso seguro a mercancías y vehículos acompañados de personas en locales industriales y comerciales o residenciales. Esta norma también cubre puertas comerciales tales como persianas enrollables o rejas enrollables utilizadas en locales comerciales que están destinadas principalmente para el acceso de personas mas que para vehículos o bienes. Esta norma europea se aplica a puertas de maniobra manual o motorizada, a puertas y componentes previstos para ser instalados por "instaladores no profesionales" y puede también aplicarse a la instalación y uso de componentes de mejora. Esta norma europea sólo se aplica a puertas y componentes fabricados después de la fecha de su publicación.

- 7 - EN 12635:2002+A1:2008 1.2 Exclusiones Esta norma europea no se aplica a puertas que están previstas para un uso diferente al descrito en el apartado 1.1 tales como: puertas de esclusas y de diques; puertas de ascensores; puertas de vehículos; puertas para retención de animales; telones textiles de teatro; barreras de ferrocarril; barreras de uso exclusivo para tráfico de vehículos. Esta norma europea no se aplica a otra maquinaria distinta de las puertas motorizadas. Esta norma europea no cubre la maniobra en ambientes donde existen perturbaciones electromagnéticas fuera de la banda de las especificadas en la Norma EN 61000-6-2 o para puertas de garaje domésticas especificadas en la Norma EN 55014-2. Esta norma europea no cubre: productos a utilizar en ambientes potencialmente explosivos o en puertas acorazadas; dispositivos programables (véanse las series IEC 61508); la resistencia al choque de componentes (ejemplo, código IK). Estas exclusiones se basan en la tecnología usada en el momento de la publicación de esta norma. Cuando una puerta es parte de la estructura portante de carga de un edificio, la función de soporte de carga no está relacionada con esta norma europea. 2 NORMAS PARA CONSULTA Las normas que a continuación se indican son indispensables para la aplicación de esta norma. Para las referencias con fecha, sólo se aplica la edición citada. Para las referencias sin fecha se aplica la última edición de la norma (incluyendo cualquier modificación de ésta). EN 292-2:1991 Seguridad de las máquinas. Conceptos básicos, principios generales para el diseño. Parte 2: Principios y especificaciones técnicas. EN 1050 Seguridad de las máquinas. Principios para la evaluación del riesgo. EN 1070 Seguridad de las máquinas. Terminología. EN 12433-1 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Terminología. Parte 1: Tipos de puertas. EN 12433-2 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Terminología. Parte 2: Componentes de puertas.

EN 12635:2002+A1:2008-8 - EN 12453 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Seguridad de utilización de puertas motorizadas. Requisitos. EN 12604 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Aspectos mecánicos. Requisitos. pren 13241-1:2002 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Norma de producto. Parte 1: Productos sin características de resistencia al fuego o control de humos. 3 TÉRMINOS Y DEFINICIONES Para los fines de este documento, se aplican los términos y definiciones incluidos en las Normas EN 1070, EN 12433-1 y EN 12433-2 además de los siguientes: Siempre que se utilice el término puerta en esta norma debe ser tomado en el sentido amplio para cubrir todos los tipos y variantes de puertas, portones y barreras incluidos en el campo de aplicación y como se definen generalmente en la Norma Europea EN 12433-1. 3.1 instalador profesional: Persona u organización competente que se ofrecen a terceras partes para los servicios de instalación de puertas incluyendo la mejora. 3.2 persona competente: Persona, entrenada adecuadamente, cualificada por conocimientos y experiencia práctica, y provista de las instrucciones necesarias que le capacitan para llevar a cabo la instalación requerida correctamente y con seguridad. 3.3 libro de mantenimiento: Libro que incluye datos generales relacionados con una puerta específica y que contiene un espacio adecuado donde pueden incluirse registros de inspecciones, ensayos, mantenimiento y cualquier reparación o modificación de la puerta. 3.4 componente de mejora: Componente tal como motorización, unidad de control, dispositivo de seguridad, añadido a una puerta existente para introducir o mejorar la motorización. 3.5 propietario: Persona física o jurídica que tiene el poder de disposición de la puerta y toma la responsabilidad de su maniobra y uso. 4 DOCUMENTACIÓN La documentación debe ser conforme con la Norma EN 292-2:1991, apartado 5.5 y debe incluir las informaciones de la Norma EN 292-2:1991, anexo A, apartado 1.7.4. Además, se aplican los requisitos de la presente norma. Toda la documentación relativa a la puerta, a su instalación, a los requisitos de mantenimiento y a cualquier esquema incorporado, debe ser legible y escrita en un lenguaje aceptable en el país en el que el producto va a ser instalado. Las instrucciones de instalación destinadas a ser utilizadas únicamente por el instalador profesional y que no tienen que ser transmitidas al propietario pueden estar editadas en cualquier otra lengua oficial en uso en Europa (véase la introducción). La documentación debe incluir todas las advertencias, exigencias de cuidado y otros consejos necesarios. Todos los símbolos y diagramas incorporados en la documentación deben ser conformes con las pertinentes normas europeas.

- 9 - EN 12635:2002+A1:2008 5 INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS 5.1 Instalación La documentación debe establecer que la puerta o los componentes individuales deben ser instalados de acuerdo con las instrucciones de instalación suministradas por el fabricante. Las instrucciones de instalación deben especificar el nivel de competencia en relación con la complejidad de la puerta y de los componentes (véase el anexo D). El fabricante debe, por ejemplo, indicar claramente el momento en el que el procedimiento especificado puede ser ejecutado adecuadamente por no profesionales. La documentación debe incluir, si es apropiado, las instrucciones de instalación de la puerta completa o de cada componente de mejora (no es necesario publicar, por ejemplo, las instrucciones de instalación cuando el fabricante de la puerta efectúa él mismo la instalación, véase la introducción). Las instrucciones de instalación deben incluir una guía progresiva sobre la secuencia correcta de operaciones para efectuar una instalación correcta y segura. Estas instrucciones deben incluir diagramas, esquemas, etc, cada vez que sea necesario clarificar las instrucciones. Las instrucciones de instalación deben establecer que todos los requisitos de las Normas EN 12604 y EN 12453 deben ser cumplidos y si es necesario verificados. Las instrucciones deben incluir consejos sobre la necesidad de utilizar especiales herramientas y equipos susceptibles de manifestarse como indispensables en una instalación correcta y segura. Las instrucciones suministradas con el producto deben corresponder al concerniente producto individual especifico. Cuando las instrucciones cubren varios productos u opciones, los detalles de cada producto u opción deben ser claramente identificables para el instalador para prevenir cualquier posible error en la instalación. La documentación destinada a instaladores no profesionales y a los usuarios debe: utilizar el menor número posible de términos técnicos; suministrar informaciones detalladas sobre la construcción portante; indicar de manera detallada como fijar y proteger el dispositivo; informar de las precauciones a tomar para el taladrado de los orificios destinados a los dispositivos de fijación; insistir en la importancia de no cometer desviaciones en relación a los elementos de fijación. NOTA Las instrucciones pueden incluir ejemplos típicos de adaptaciones que puedan ser realizadas por el instalador para ajustarse a las condiciones existentes. 5.2 Etiquetado Las instrucciones de instalación deben establecer que, tras completar la instalación, la puerta sea etiquetada de acuerdo con el proyecto de Norma pren 13241 1: 2002 posterior a su instalación. 5.3 Recepción Una vez terminada la instalación, debe ser entregada al propietario la documentación mínima siguiente: a) instrucciones de funcionamiento;

EN 12635:2002+A1:2008-10 - b) instrucciones de mantenimiento rutinario; NOTA Esto puede conseguirse por un etiquetado del producto en los casos sencillos tales como las informaciones sobre seguridad a respetar en caso de un fallo del equipamiento y los detalles de un servicio de urgencia. c) un libro de mantenimiento (conforme al anexo B) para las puertas motorizadas. Este requisito puede obviarse en el caso de puertas de garaje doméstico no automáticas de movimiento vertical para uso exclusivo de una vivienda que no abre a zonas accesibles al público, fuera de los límites de la casa. Esta documentación debe indicar claramente que va destinada al propietario de la puerta. Las informaciones destinadas únicamente al uso de especialistas (es decir instaladores, instaladores de servicio, electricistas, etc) deben estar claramente marcadas y no deben ser incluidas en la documentación destinada a ser trasmitida al propietario. 5.4 Funcionamiento y uso La documentación debe incluir las reglas y condiciones de uso de la puerta completa o de su (sus) componente(s) individual(es), de forma particular en los que hace referencia a: los métodos correctos de funcionamiento de la puerta; las condiciones de funcionamiento: por ejemplo, horas de funcionamiento al día, funcionamiento automático/manual; indicación de (de los) modo (s) de funcionamiento; explicación sobre las señales de advertencia en la puerta; si es apropiado, las informaciones relativas a la utilización con toda seguridad de la maniobra manual de emergencia y/o de desenganche manual; el conjunto de condiciones ambientales previstas (por ejemplo, temperatura, humedad relativa, campos electromagnéticos y, si se requiere, avisos contra la utilización en condiciones de mucho viento); las restricciones de uso (véase por ejemplo, capítulo 1). Deben también estar previstos detalles de funciones de seguridad, lista y colocación de dispositivos de seguridad. La documentación también debe incluir informaciones relativas a usos prohibidos tales como: elevación de materiales y/o personas; cualquier entrada forzada en el momento de cierre de una puerta. Las instrucciones suministradas con el producto deben corresponder al concerniente producto individual especifico. Cuando las instrucciones cubren varios productos u opciones, los detalles de cada producto u opción deben ser claramente identificables para el propietario para prevenir cualquier posible error en la instalación. La información referente a la ayuda de emergencia en caso de fallo de la puerta y/o de su equipamiento debe estar colocada sobre la puerta o dispuesta en la proximidad de la posición de funcionamiento de la puerta. 5.5 Mantenimiento y reparaciones Las instrucciones de funcionamiento, que debe suministrar el fabricante, deben indicar claramente los diferentes niveles de competencia requerida para las tareas concernientes:

- 11 - EN 12635:2002+A1:2008 a) instrucciones generales sencillas que permitan al propietario asegurar un funcionamiento sin incidentes de la puerta, y esto, sin competencia específica; b) instrucciones relativas a funciones de mantenimiento que puedan ser ejecutadas por personas que tienen competencias técnicas básicas del producto; c) procedimientos de mantenimiento avanzado que deban ser ejecutados únicamente por personal adecuadamente preparado; d) operaciones de mantenimiento para las cuales es conveniente consultar al fabricante por razones de seguridad. Las instrucciones de mantenimiento deben indicar claramente los elementos y las intervenciones críticas que puedan resultar peligrosos. El fabricante debe especificar los diferentes niveles de mantenimiento y de inspección requeridos (incluyendo comprobaciones de seguridad de funcionamiento) así como su frecuencia de aplicación. La sustitución periódica de componentes necesaria para la clasificación de durabilidad del producto, así como el nivel de avería y los criterios aplicables para el rechazo deben estar claramente indicados. Las instrucciones suministradas con el producto deberán corresponder al concerniente producto individual especifico. Cuando las instrucciones cubren varios productos u opciones, los detalles de cada producto u opción deben ser claramente identificables por el propietario para prevenir cualquier posible error en las operaciones de mantenimiento. Las instrucciones de mantenimiento deben informar al propietario sobre la importancia que tiene el registro de cualquier operación de mantenimiento. 5.6 Desmontaje Las instrucciones deben incluir las guías relativas al desmontaje de la puerta con toda seguridad. 5.7 Modificación o mejora El conjunto de requisitos de esta norma europea se aplica al (a los) componente(s) de mejora. Cualquier modificación o mejora posterior de la puerta tras su recepción debe ser realizada únicamente si la puerta así modificada permite el cumplimiento de todas las normas pertinentes enumeradas en el proyecto de Norma pren 13241-1:2001. El organismo encargado de llevar a cabo las modificaciones o mejoras debe determinar si las modificaciones o mejoras producen un nuevo riesgo. Este organismo debe también asegurar el funcionamiento posterior con toda seguridad de la puerta y preparar un dossier técnico de modificación/transformación conforme al anexo C.

EN 12635:2002+A1:2008-12 - ANEXO A (Normativo) LISTA DE RIESGOS SIGNIFICATIVOS Este anexo contiene todos los riesgos, situaciones peligrosas y otros eventos peligrosos significativos tratados en esta norma europea e identificados por el análisis del riesgo como significativos para este tipo de información para la instalación y el uso y que requieren una acción para eliminar o reducir el riesgo. Tabla A.1 Riesgos significativos EN 1050 Anexo 1 Ref. Nº Riesgos Riesgos, situaciones peligrosas y eventos peligrosos Capítulos relevantes en esta norma 26 Instrucciones insuficientes 5.1, 5.2, 5.3, 5.4, 5.5, 5.6, 5.7

- 13 - EN 12635:2002+A1:2008 ANEXO B (Normativo) LIBRO DE MANTENIMIENTO Al menos los siguientes datos generales se deben incluir en un libro de mantenimiento antes de entregar el documento: a) nombre y detalles de contacto del fabricante; b) número único de identificación que aparece en el etiquetado de la puerta (únicamente para las puertas completas nuevas); c) referencia de ubicación de la puerta (si es necesario); d) nombre y detalles de contacto del organismo de instalación, si es el caso; e) fecha de la instalación efectiva; f) identificación de cualquier unidad de motorización; g) identificación de cualquier dispositivo de seguridad. El resultado del ensayo final de verificación y de funcionamiento debe ser registrado en el libro de mantenimiento, fechado y firmado por el fabricante o el instalador para las puertas suministradas en kits. El libro de mantenimiento debe contener una referencia clara a las instrucciones de utilización aplicables a la puerta identificada. El libro de mantenimiento debe incluir un espacio disponible para registrar: todas las operaciones de mantenimiento y todas las reparaciones efectuadas, incluyendo las recomendaciones (por ejemplo, mejoras, sustituciones); todas las modificaciones o mejoras importantes realizadas; cualquier trabajo efectuado; nombre, fecha y firma de la persona responsable.

EN 12635:2002+A1:2008-14 - ANEXO C (Informativo) FICHA DE MODIFICACIÓN/TRANSFORMACIÓN La ficha incluye información detallada relativa a la transformación de una puerta o persiana particular de funcionamiento manual a funcionamiento motorizado, o relativas a la modificación particular de una puerta o de una persiana motorizada existente que cambia de forma significativa el modo de funcionamiento / riesgo para el usuario. NOTA La ficha debe ser compilada para cada puerta o persiana, debe ser guardada por la empresa que lleva a cabo el trabajo de transformación o modificación y ser puesta a disposición si/cuando se requiera, para cualquier inspección por una autoridad administrativa competente. La ficha debería incluir: a) el número único de serie asignado a este trabajo de transformación o modificación a funcionamiento motorizado; b) una copia de todas las informaciones con las que la puerta será marcada; c) dibujos y cálculos apropiados del diseño, o si es necesario tras el análisis de riesgos, una copia del diseño completo y de la evaluación de resistencia; d) un dibujo o fotografía a escala de la instalación y un dibujo del circuito de control; e) una copia de la declaración pertinente de incorporación / declaración del fabricante para la motorización y los controles; f) una copia de la declaración pertinente de incorporación / declaración del fabricante de la puerta existente (si es factible); g) copias de los informes de ensayo y certificados pertinentes (si es factible); h) una descripción de los métodos utilizados para eliminar los riesgos existentes identificados; i) una copia del análisis de riesgo incluyendo una lista de los requisitos esenciales aplicables en salud y seguridad; j) instrucciones generales de funcionamiento; k) instrucciones generales de mantenimiento; l) una copia de cualesquiera instrucciones de funcionamiento que sean específicas para la particular instalación motorizada si es diferente de las instrucciones generales de funcionamiento; m) una copia de cualesquiera instrucciones de mantenimiento que sean especificas para la particular instalación motorizada si es diferente de las instrucciones generales de mantenimiento; n) una lista de las normas armonizadas relevantes; o) una copia del informe de ensayo oficial.

- 15 - EN 12635:2002+A1:2008 ANEXO D (Informativo) INFORMACIÓN PARA LOS INSTALADORES PROFESIONALES Los instaladores profesionales deberán considerar: a) utilizar sólo instaladores entrenados adecuadamente (véase 3.1); b) utilizar personal parcialmente entrenado sólo como asistentes bajo la supervisión de un instalador; c) suministrar a los instaladores la formación necesaria para asegurar necesariamente sus competencias y un conocimiento del producto que les haga capaces de realizar una instalación de forma satisfactoria; d) actualizar las competencias y los conocimientos en la medida de la aparición de nuevas técnicas y de la evolución de los productos; e) elaborar y conservar apropiados registros de formación el organismo de instalación debe incluir todos los detalles técnicos necesarios en las instrucciones trasmitidas al instalador, por ejemplo: f) los materiales de construcción utilizados en la construcción de aberturas en las que se debe instalar la puerta; g) los tipos de fijaciones a utilizar; h) la posición de las fijaciones en relación con el soporte de la estructura, identificando de forma particular los emplazamientos a nivel de hendiduras practicadas con fines de expansión; i) asegurar la transmisión de todas las instrucciones necesarias al instalador; j) capacidad de verificación de la conformidad con las Normas Europeas EN 12604 y EN 12453.

EN 12635:2002+A1:2008-16 - ANEXO ZA (Informativo) {A1 } CAPÍTULOS DE ESTA NORMA EUROPEA RELACIONADOS CON LOS REQUISITOS ESENCIALES U OTRAS DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA 98/37/CE Esta norma europea ha sido elaborada bajo un Mandato dirigido a CEN por la Comisión Europea y por la Asociación Europea de Libre Comercio, para proporcionar un medio de dar cumplimiento a los requisitos esenciales de la Directiva 98/37/CE, modificada por la Directiva 98/79/CE. Una vez que esta norma se cite en el Diario Oficial de la Unión Europea bajo esta directiva, y se implemente como norma nacional en al menos un Estado Miembro, el cumplimiento de los capítulos de esta norma, excepto el apartado 5.7 y el anexo C, dentro de los límites del campo de aplicación de esta norma, es un medio para dar presunción de conformidad con los requisitos esenciales específicos de esta directiva y los reglamentos de la AELC asociados. ADVERTENCIA: Los productos incluidos en el campo de aplicación de esta norma pueden estar afectados por otros requisitos o directivas de la UE. { A1}

- 17 - EN 12635:2002+A1:2008 ANEXO ZB (Informativo) {A1 } CAPÍTULOS DE ESTA NORMA EUROPEA RELACIONADOS CON LOS REQUISITOS ESENCIALES U OTRAS DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA 2006/42/CE Esta norma europea ha sido elaborada bajo un Mandato dirigido a CEN por la Comisión Europea y por la Asociación Europea de Libre Comercio, para proporcionar un medio de dar cumplimiento a los requisitos esenciales de la Directiva 2006/42/CE. Una vez que esta norma se cite en el Diario Oficial de la Unión Europea bajo esta directiva, y se implemente como norma nacional en al menos un Estado Miembro, el cumplimiento de los capítulos de esta norma, excepto el apartado 5.7 y el anexo C, dentro de los límites del campo de aplicación de esta norma, es un medio para dar presunción de conformidad con los requisitos esenciales específicos de esta directiva y los reglamentos de la AELC asociados. ADVERTENCIA: Los productos incluidos en el campo de aplicación de esta norma pueden estar afectados por otros requisitos o directivas de la UE. { A1}

EN 12635:2002+A1:2008-18 - BIBLIOGRAFÍA EN 55014-2, Electromagnetic compatibility. Requirements for household appliances, electric tools and similar apparatus. Part 2: Immunity product family standard. EN 61000-6-2, Electromagnetic compatibility (EMC). Part 6-2: Generic standards. Immunity for industrial environments. (IEC 61000-6-2:1999, modified) IEC 61508, Functional safety of electrical/electronic/programmable electronic safety-related systems.

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