CONVENIO REGULADOR DE SUBVENCIÓN PREVISTA NOMINATIVAMENTE EN EL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DE ARRIGORRIAGA A FAVOR DE GARRIKO TAEKWONDO TALDEA En Arrigorriaga, a 8 de agosto de dos mil catorce
SE REÚNEN De una parte D. ASIER ALBIZUA MANRIQUE, con DNI nº 30.635.142-Q, en calidad de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arrigorriaga. De otra parte Dª ARKAITZ ELORZ ARTETXE con DNI nº 14255247-P en nombre y representación de GARRIKO TAEKWONDO TALDEA en calidad de Vice-Presidente con domicilio en Arrigorriaga, Lonbo, 20-1º B., debidamente registrada en Arrigorriaga con el nº 69. Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para otorgar este convenio y a tal fin EXPONEN 1º) La actividad de fomento, que constituye una parte importante de la actividad financiera del sector público, se canaliza a través de subvenciones, con el objetivo de dar respuesta con medidas de apoyo financiero a las demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas. Dicha parte de la actividad financiera del sector público está regulada por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley. La normativa citada establece que la gestión de las subvenciones se realizará de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante, eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Todo ello a través de los procedimientos de otorgamiento previstos legalmente. 2º) Dicha normativa establece como régimen general de concesión de subvenciones el procedimiento de concurrencia competitiva; no obstante el artículo 22.2. de la Ley establece que podrán concederse de forma directa las siguientes subvenciones: a) Las previstas nominativamente en los presupuestos de la entidad local respectiva, en los términos recogidos en el Convenio regulador de la subvención.
Al respecto, el artículo 28 de la Ley dice, con respecto al procedimiento de concesión directa de subvenciones, que la resolución de concesión y los convenios a través de los cuales se canalice dicha subvención, establecerán las condiciones y compromisos aplicables de conformidad con lo dispuesto en la Ley, siendo los convenios el instrumento habitual para canalizar las subvenciones previstas nominativamente por las Corporaciones Locales. 3º) Al respecto, el artículo 65 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, establece que son subvenciones previstas nominativamente en los presupuestos aquellos cuyo objeto, dotación presupuestaria y beneficiario aparecen determinados expresamente en el estado de gastos del presupuesto. Asimismo, el procedimiento para la concesión de dichas subvenciones se iniciará de oficio por el Centro Gestor del Crédito Presupuestario al que se imputa la subvención o a instancia del interesado y terminará con la resolución de concesión o el convenio, teniendo en cualquiera de los casos el carácter de base reguladora de la subvención. 4º) En ese marco legal, y dentro del proceso de modernización llevado por el Ayuntamiento de Arrigorriaga dentro del proyecto Udalbarria, con el fin de simplificar y facilitar las solicitudes y trámites de concesión de subvenciones, el Ayuntamiento ha aprobado el Plan Estratégico de Subvenciones 2010-2013 y una nueva Ordenanza General de Subvenciones, publicada ésta última en el B.O.B. nº 43 de 4 de marzo de 2010. 5º) Los presupuestos generales del ayuntamiento de Arrigorriaga para 2014 tienen a favor de GARRIKO TAEKWONDO TALDEA consignación por importe de 3.200 euros en la partida 07.4522.48185 correspondiente al Área de Deportes, y de 600 en la partida 08.3240.48102 correspondiente al Área de Acción y Promoción Social. 6º) Además de cómo perceptora de la subvención antedicha, la asociación GARRIKO TAEKWONDO TALDEA viene siendo beneficiaria de otras formas de la acción de fomento desplegada por el Ayuntamiento de Arrigorriaga. En concreto, la asociación GARRIKO TAEKWONDO TALDEA viene disponiendo, para el desarrollo de su actividad, de forma gratuita, y sin contraprestación de ningún tipo, de las instalaciones deportivas públicas, según el siguiente detalle: SALA ARTES MARCIALES Lunes a jueves Viernes 16:45h. 22:00h. 16:45h. 20:00h.
C. D. GARRIKO Sábados mañana 10:30h. 12:30h. SALA REUNIONES Lunes y miércoles 20:00h. 21:30h. Para el año 2014, también se prevé la continuación del disfrute de instalaciones por parte de la asociación GARRIKO TAEKWONDO TALDEA, en los mismos términos. Según los estudios realizados (año 2012), por el Departamento de Hacienda Municipal sobre el coste de las instalaciones y servicios deportivos, la parte proporcional correspondiente al uso exclusivo de las instalaciones por parte de la asociación GARRIKO TAEKWONDO TALDEA supone un valor de 6.287,87 Euros. 7º) En orden a ejecutar la antedicha previsión presupuestaria, la entidad GARRIKO TAEKWONDO TALDEA ha presentado la siguiente documentación: -a) Memoria de las actividades de 2014 y presupuesto de dicha memoria -b) Declaración responsable: del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, sobre otras subvenciones solicitadas y de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Los anteriores documentos se incorporan al presente convenio como anexos números 1 y 2 respectivamente. 8º) Interesando a lo/as comparecientes llevar a ejecución la previsión presupuestaria referida en el antecedente quinto, y de conformidad con lo previsto en la Ordenanza General de Subvenciones y demás normativa aplicable, ambas partes suscriben el presente convenio con arreglo y sujeción a las siguientes
ESTIPULACIONES PRIMERA: OBJETO DE LA SUBVENCIÓN.- 1.- El objeto de la subvención es la financiación de las actividades incluidas en la Memoria a la que se refiere el antecedente 6º a). En concreto, los programas y actividades subvencionadas por el Área de Deportes son las siguientes: Torneos Open y jornadas en España y en el extranjero, XII Open Arrigorriaga, Festival Fin de Curso Arrigorriaga y otros encuentros; y por el Área de Acción y Promoción Social Curso de defensa personal para mujeres. 2.- Línea 2.1- Programas, proyectos y actividades deportivas. Línea 5.1- Actividades, programas y proyectos de promoción de la igualdad de mujeres y hombres. SEGUNDA: ENTIDAD BENEFICIARIA.- GARRIKO TAEKWONDO TALDEA, asociación sin ánimo de lucro. TERCERA: CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA.- Partida presupuestarias: 07.4522.48185 Cuantía: 3.200 Partida presupuestaria: 08.3240.48102 Cuantía: 600 CUARTA: COMPATIBILIDAD.- La subvención que conforma el objeto del presente convenio es compatible: a) con otras subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Arrigorriaga tanto en régimen de concesión directa como de concurrencia competitiva siempre y cuando se refieran a programas, proyectos o actividades distintos de los subvencionados mediante el presente convenio y b) con otras subvenciones, ayudas o ingresos procedentes de administraciones o entes públicos o privados.
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. QUINTA: PLAZOS Y MODO DE PAGO.- El pago total de la subvención será anticipado, esto es, con anterioridad a la conclusión del procedimiento de justificación y comprobación, sin que sea precisa la prestación de garantía alguna. El pago se realizará de una sola vez, en todo caso dentro del plazo máximo de cinco días a partir de la fecha de suscripción del presente convenio. SEXTA: PLAZO DE JUSTIFICACIÓN.- GARRIKO TAEKWONDO TALDEA deberá presentar justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concede la subvención a la que se refiere el presente convenio, y de la aplicación de los fondos percibidos dentro de los tres meses siguientes a la finalización de la ejecución de las actividades, y en todo caso antes de que finalice el mes de marzo del ejercicio 2015. SÉPTIMA: FORMA DE JUSTIFICACIÓN.- Para la línea 2.1- Actividades, programas, proyectos deportivos la forma de justificación de los programas será la cuenta justificativa simplificada prevista en el artículo 75 del Reglamento General de Subvenciones. La técnica de muestreo a utilizar será la de muestreo aleatorio simple. Para la línea 5.1- Actividades, programas y proyectos de promoción de la igualdad de mujeres y hombres la forma de justificación será la Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto prevista en el artículo 72 del Reglamente General de Subvenciones. Se admitirán como gastos subvencionables todo tipo de gastos, incluidos la adquisición de bienes inventariables, los gastos financieros, periciales y tributarios, con los únicos limites, en todos casos establecidos en la normativa general de subvenciones. A efectos de imputación de costes indirectos, se consideran tales, no requiriendo, por tanto, justificación, los que supongan hasta el 5% del coste
total, lo que se fundamentará en el estudio económico que se deberá incorporar al expediente. OCTAVA: SUBCONTRATACIÓN.- Con carácter general, GARRIKO TAEKWONDO TALDEA podrá subcontratar hasta un porcentaje que no exceda del 75% del importe de las actividades y programas subvencionados. En todo caso, serán de aplicación los límites y exigencias de los apartados 3 y 7 del artículo 29 de la ley 38/2003, General de Subvenciones o normativa general que venga a sustituirla. NOVENA: OBLIGACIONES.- GARRIKO TAEKWONDO TALDEA deberá cumplir y observar todos los requisitos y las obligaciones establecidos con alcance general en la Ley, en el Reglamento General de Subvenciones y en la Ordenanza municipal, derivándose, en caso de incumplimiento, las consecuencias previstas en la referida normativa general. En particular, GARRIKO TAEKWONDO TALDEA deberá cumplir las obligaciones que se especifican en los párrafos siguientes: a) Utilizar el euskara al menos en un 50 por ciento en los contenidos de los carteles, textos y documentos que se elaboren como elementos de promoción de los programas, proyectos o actividades subvencionadas. b) Realizar un uso no sexista del lenguaje e imágenes en los contenidos de los carteles, textos y documentos que se elaboren como elementos de promoción de los programas, proyectos o actividades subvencionadas. c) Incorporar la perspectiva de género en los programas, proyectos y actividades objeto de subvención d) No generar ningún programa, proyecto o actividad que implique una discriminación directa o indirecta por razón de sexo. El incumplimiento de las obligaciones anteriores, podrá dar lugar a la exigencia de reintegro total o parcial de la subvención, sin perjuicio de las demás consecuencias legal y reglamentariamente previstas.