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INSTRUCTIVO META 17: Realizar acciones de monitoreo al mantenimiento preventivo en los locales escolares de la jurisdicción. 1. Qué municipalidades deben cumplir esta meta? Las Municipalidades de Ciudades No Principales, clasificadas de acuerdo a lo establecido en el Anexo Nº 01 del Decreto Supremo N 015-2014-EF. 2. Hasta qué fecha tienen las municipalidades para implementar la meta? Las municipalidades deben cumplir con esta meta hasta el 31 de julio de 2014. 3. Qué implica cumplir la meta? Para cumplir la meta, las municipalidades deben presentar un informe de monitoreo del mantenimiento de 30 locales escolares de la jurisdicción. Dicho informe contendrá las actas y fichas de monitoreo. El informe de monitoreo debe ser presentado en medio físico a la Dirección o Gerencia Regional de Educación, el cual debe incluir el cargo de presentación del informe de monitoreo a la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) del ámbito al que pertenezcan las instituciones educativas monitoreadas. El Ministerio de Educación establecerá los pasos para el cumplimiento de la meta, la misma que será entregada en los talleres de capacitación y publicados en los portales electrónicos del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) y Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). 1

Procedimiento a seguir: La Municipalidad deberá ejecutar las siguientes actividades para el cumplimiento de la meta: ACTIVIDADES Actividad 1: Conformación de un Equipo de Trabajo Actividad 2: Envío de Ficha Técnica sobre las acciones de la Municipalidad en educación. Actividad 3: Aplicar la ficha de monitoreo en 30 locales escolares. DETALLE Mediante Resolución de Alcaldía se debe conformar un Equipo de Trabajo encargado del cumplimiento de la meta, conformado por los siguientes funcionarios: El Gerente Municipal o el funcionario que haga sus veces, quién lo presidirá. El funcionario designado como coordinador del cumplimiento de metas o el que se designe para el cumplimiento de estas actividades. El Equipo de Trabajo debe informar las actividades que ejecuta la Municipalidad en materia de educación, así como sistematizar las acciones que realiza en dicha materia. Esta información será presentada a través de una Ficha Técnica que será proporcionada por el MINEDU en los Talleres de Capacitación. Si el municipio no realiza actividades de este tipo, se comunicará en la misma ficha. Tenga en cuenta que no realizar actividades en materia de educación, no implica el no cumplimiento de la meta. La Municipalidad debe presentar un Informe de monitoreo del mantenimiento de locales escolares en medio físico a la Dirección o Gerencia Regional de Educación, el cual debe incluir el cargo de presentación del informe de monitoreo a la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) del ámbito al que pertenezcan los locales escolares monitoreados. En caso de existir menos de 30 locales escolares, se debe realizar el monitoreo al 100 % de locales existentes. Las actas deben ser suscritas por el Director de cada local escolar. La estructura del informe, ficha y modelo de acta serán proporcionadas por el MINEDU durante los Talleres de Capacitación. La evaluación de las metas del PI 2014, implica la determinación de una calificación cuantitativa del nivel de cumplimiento por municipalidad. El puntaje final se obtendrá de la sumatoria de puntos de los indicadores establecidos en siguiente cuadro: 2

CUADRO DE INDICADORES Y NIVEL DE CUMPLIMIENTO INDICADORES DE EVALUACIÓN ESPECIFICACIONES PUNTAJE Equipo de Trabajo conformado. 01 Resolución de Alcaldía 10 Ficha Técnica sobre las acciones de la Municipalidad en educación. 01 Ficha Técnica 20 30 fichas de monitoreo del mantenimiento de locales escolares en su jurisdicción. 30 fichas de monitoreo de locales escolares (o el 100 % de locales escolares existentes, en el caso de existir menos de 30) + Las actas suscritas por el Director de cada local escolar. PUNTAJE MÍNIMO PARA CUMPLIR LA META Anexar a las fichas de monitoreo, las fotografías de los 30 locales escolares. Entre 1 y 5 fichas de monitoreo adicionales de los locales escolares y sus respectivas fotografías (en el caso de existir menos de 30 locales escolares automáticamente se recibe este puntaje) PUNTAJE MÁXIMO 50 80 puntos 10 10 100 puntos Nota: Para aprobar la meta se requiere, necesariamente, cumplir con los 3 indicadores que dan como resultado la sumatoria del puntaje mínimo, la cual asciende a 80 puntos. 4. Cómo se verifica el cumplimiento de la meta? La Oficina de Coordinación Regional OCR del Ministerio de Educación informará a la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) cuáles fueron las municipalidades que cumplieron la meta precisando su nivel de cumplimiento. Es una potestad de la OCR verificar in situ, en cualquier momento y sin necesidad de previa coordinación, la información suministrada por la municipalidad para el cumplimiento de la meta. La verificación positiva o negativa será considerada para la determinación de los resultados del cumplimiento de la meta. 3

5. Contactos para la atención de consultas Para cualquier consulta, pueden comunicarse con el equipo de trabajo descrito en la siguiente tabla: Responsable Correo Teléfono Jorge Mendoza Cabrera Martín Marca Sanjinez incentivosmunicipales@minedu.gob.pe (01) 615 5800 Anexo 21206 4