GUINEA ECUATORIAL RESPUESTAS AL CUESTIONARIO DEL ESTUDIO DE LA ONU SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LOS NIÑOS PREGUNTA GENERAL

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Transcripción:

GUINEA ECUATORIAL RESPUESTAS AL CUESTIONARIO DEL ESTUDIO DE LA ONU SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LOS NIÑOS PREGUNTA GENERAL Guinea Ecuatorial hasta esta parte, viene trabajando para la divulgación del Contenido de la Convención, a la vez sensibilizando a autoridades y población en general a fin de que se respeten los derechos del niño, se materialicen y en consecuencia se brinde el mejor trato posible a los niños. Esa concienciación se lleva a cabo por medio de campañas de sensibilización, charlas, conferencias, debates, estudios de diagnóstico del nivel de conocimiento y consideración de dichos derechos, etc. Esa sensibilización se implementa en paralelo con acciones de protección a la infancia, como la asignación de recursos a los Departamentos involucrados en el tema de la infancia, la acogida de niños/as vulnerables/huérfanos en orfelinatos, colegios y casas de acogida gestionados por particulares pero también asistidos por el Gobierno. En los sectores de salud y educación el país procura por que los niños sean lo mejor posible atendidos, aminorando o declarando gratuitos ciertos servicios. En todas esas acciones la única meta fijada es conseguir el respeto y aplicación de los derechos del niño; pero aún no se ha tratado de forma aislada y exclusiva la cuestión de la violencia contra los niños, por lo que no se puede proporcionar información sobre el desarrollo ni desafíos encontrados en acciones implementadas para la lucha exclusiva de la violencia contra los niños/as. A juzgar por los esfuerzos desplegados, el ritmo y la dirección de las acciones realizadas y por realizar, no cabe duda alguna que en fechas próximas se ponga sobre mesa la cuestión de referencia. Recomendación 1: Fortalecer el compromiso y la acción nacional y local 1. Aunque no hayan todavía estructuras dedicas exclusivamente a la cuestión de la violencia contra los niños, ni un Plan Nacional de Acción a favor de los niños, en el sector infancia intervienen: 1. El Comité Nacional de los Derechos del Niño

2. La Comisión de Quejas y Peticiones del Parlamento Nacional 3. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos 4. El Centro de Promoción de los Derechos Humanos y Democracia 5. Los medios de Comunicación Social 6. La Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de los Representantes del Pueblo 7. La Dirección General de la Sociedad civil, del Ministerio de Interior y Corporaciones Locales 8. La Dirección General de Asuntos Sociales del Ministerio de Asuntos Sociales y Promoción de la mujer 9. Asociaciones y Ong`s tanto nacionales e internacionales como: Cruz Roja Federación Internacional de Planificación Familiar Fundación Olof Palme Mujer y Madre Ayuda en Acción e InteRed Aldeas Infantiles SOS Numerosas congregaciones religiosas establecidas en el país Comité Nacional de Apoyo al Niño Ecuatoguineanao Asociación Nacional de Minusválidos Organización Nacional de Ciegos de Guinea Ecuatorial Asociación de Mujeres de Lucha contra el Sida Asociación de Bienestar Familiar de Guinea Ecuatorial 2. Hasta ahora no hay una estrategia concreta y definida para conocer, manejar y atender los casos de violencia y la explotación sexual a los niños. a) No b) No c) No No obstante, como acciones en la problemática, el país cuenta con: 1. La ley nº 1/2004, sobre el Tráfico ilícito de Emigrantes y la Trata de Personas

2. El Plan Nacional de Lucha contra el Tráfico Ilícito y la Explotación de Niños 3. Varias campañas de sensibilización, formación e información implementadas y por implementar, dirigidas a toda la población, sectores y autoridades 3. No 4. Si. En el sector de educación, se ha prohibido oficialmente el castigo corporal 5. No 6. Todas las estructuras oficiales y en todos los niveles. 7. No 8. Desde los presupuestos Generales del Estado, se destinan recursos a los Departamentos del sector pero, no para atender únicamente la cuestión de violencia contra los niños, sino todos los aspectos de manera general, relacionados con el bienestar del niño/a. 9. No 10. No Recomendación 2: Prohibir legalmente todas las formas de violencia contra los niños, niñas y adolescentes 1. No existen normas ni leyes específicas contra la violencia a los niños, niñas y adolescentes pero de manera general, el marco jurídico protege a los niños, niñas y adolescentes de la no violencia. En el país se respetan: El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Públicos La Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial La Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer La Convención Internacional Contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos, Degradantes La Convención sobre los Derechos del Niño y sus protocolos facultativos La Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño El Protocolo Adicional a la Convención de la ONU contra la Criminalidad Transnacional Organizada con Miras a Prevenir, Reprimir y Castigar la Trata de Personas

La Ley Fundamental Nacional, especialmente en sus artículos 13 y 14 Está pendiente de aprobación la Ley del menor 2. Todavía no se han hecho ninguno. Preguntas específicas 11. a) No b) No c) No d) No e) No f) No 12. a) No b) No c) No d) No e) No f) No 13. Si 14. No 15. No 16. Sí 17. Si 18. Si 19. Si 20. Si, pero no con instrumentos específicos 21. Si Recomendación 3: Dar prioridad a la prevención 1. De manera particular no existen programas ni políticas para tal fin, pero generalmente se desarrollan actividades de información y sensibilización dirigidas a autoridades, población, para preservar los derechos de los niños. 2. No hay hasta aquí medidas especiales, esos aspectos se evocan en actividades de fondo sensibilizador. Recomendación 4: Promover valores no violentos y generar conciencia 1. Sí, generalmente se desarrollan actividades de información y sensibilización dirigidas a autoridades, población, para preservar los derechos

de los niños, en cuanto a violencia en especial, se ha sensibilizado a cerca del No al castigo corporal, la explotación laboral y sexual. 2. Las campañas de información, formación y sensibilización se desarrollan a través de la radio, televisión, con spots publicitarios, mensajes cortos, tertulias, teatros televisados, conferencias, debates, mesas redondas, etc. 3. De manera particular no existen programas ni políticas para tal fin, pero generalmente se desarrollan actividades de información y sensibilización dirigidas a autoridades, población, para preservar los derechos de los niños. Recomendación 5: Aumentar la capacidad de todos los que trabajan con y para las niñas y los niños 1. La capacitación hasta esta parte ha sido entorno al conocimiento de los derechos del niño en general, recogidos en la Convención, por medio de seminarios, sesiones de sensibilización; y no especialmente sobre la violencia contra los niños. 2. No Recomendación 6: Proporcionar servicios de recuperación y reinserción social 1. No existen todavía servicios, programas ni iniciativas concretas. Los casos son atendidos de manera ocasional en las dependencias policiales y a veces, en la Sección de Asuntos Comunitarios del Ministerio de Asuntos Sociales y Promoción de la Mujer. 2. No 3. No Recomendación 7: Garantizar la participación de los niños, niñas y adolescentes 1. No existen todavía iniciativas concretas de esa naturaleza, pero, con ese espíritu el Gobierno ha desarrollado y desarrolla las siguientes actividades: Establecimiento de escuelas activas donde se propugna que el alumno no sea pasivo ante los temas que aprende sino participe. Elaboración y difusión en los medios de comunicación social, de programas, espacios y actividades que promuevan que los niños expresen sus opiniones Elaboración del Proyecto de Decreto sobre la institucionalización del Parlamento de Niñas y Niños Puesta en marcha del Programa de Animación a la lectura en Contextos Escolares

Puesta en marcha de los Programas Radio Televisivos La hora de los niños Vivencias juveniles Nuestro futuro Plaza feliz Legalización de asociaciones juveniles Participación de los niños en la Conferencia sobre Educación, Ciencia y Deportes; Conferencia Nacional sobre la Situación de la Mujer y la niña Desarrollo de sesiones en el marco del Proyecto Foro de las Niñas, durante el periodo 2006, 2007. Recomendación 8: Crear sistemas de denuncia y servicios accesibles y adecuados para los niños, niñas y adolescentes 1. Ministerio de Asuntos Sociales y Promoción de la Mujer, Ministerio de Justicia pero, todavía no se han establecido esos mecanismos. 2. No 3. No, pero a través de sensibilización se exhorta a la población denunciar los casos de violencia contra los niños. Mecanismos de denuncia 4. No existe todavía Consejería para niñas, niños y adolescentes víctimas 5.El marco legal del país en su conjunto garantiza ese derecho, como lo manifiestan por ejemplo varios incisos del artículo 13 de la Ley Fundamental; de forma específica no existen leyes, directrices ni protocolos sobre el particular. Recomendación 9: Asegurar la rendición de cuentas y poner fin a la impunidad 1. No 2. No hay estadísticas 3. No se han tomado medidas al respecto todavia Recomendación 10: Abordar la dimensión de género de la violencia contra los niños 1. No existen disposiciones específicas en cuestiones de género, respecto a la violencia contra los niños y las niñas pero, se cuenta con una Política Nacional de Promoción de la Mujer y un Plan Nacional de Acción Multisectorial de Promoción de la Mujer y Equidad de Género, de los cuales emanan numerosas actividades a favor de los derechos de la mujer, entre ellos, la no violencia. En esas actividades se suele incluir la no violencia contra las niñas. Está pendiente de aprobación una Ley Integral de Prevención y Sanción de la

Violencia contra la mujer, la cual incluye disposiciones sobre la no violencia contra la niña. 2. Si 3 No, se considera para ambos sexos la mayoría de edad establecida por la ley, es decir 18 años. Dependiendo de varios factores, las niñas tienden a tener relaciones sexuales antes que los niños, pero para que el consentimiento de éstas sea válido, se exige para ambos sexos la mayoría de edad legal. 4. No hay estadísticas sobre el particular. 5. Entre 2008 y 2009 se realizó un estudio sobre el Entorno de Protección de la Infancia, el cual investigó sobre el grado de conocimiento de los derechos del niño/a, el castigo corporal, la violencia sexual, el trabajo infantil entre otros. Recomendación 11: Elaborar y aplicar sistemáticamente sistemas nacionales de recolección de datos e investigación 1. No 2. No 3. o Si. Un sistema específico no hay, los datos se recogen en registros generales. 4. o Sí, Estudio sobre el Entorno de Protección de la Infancia 5. No 6. No hay medidas sobre el particular hasta ahora. 7. No 8. Si, aunque no fue específicamente para investigar sobre violencia, el Estudio sobre el Entorno de Protección de la Infancia investigó sobre aspectos de castigo corporal, violencia física, violencia sexual, en la comunidad, escuela familia, hogar.

Recomendación 12: Fortalecer los compromisos internacionales 1. Se han ratificado 2. No se hicieron reservas 3. Se ha establecido relación con: El Comité de los Derechos del Niño. Se han respondido a sus recomendaciones, a raíz de los informes enviados. Eso ha ayudado a vislumbrar las debilidades/desafíos en la implementación de la Convención sobre los Derechos del Niño, tomarla en serio y sobre todo, descubrir la necesidad de un Plan Nacional de Acción a Favor de la Infancia (Ya que hasta esta parte no se ha abordado de manera aislada la cuestión de la violencia contra los niños, niñas y adolescentes). Comité de los Derechos Humanos Comité para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer Comité de los Expertos de la OIT Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales Comité de los Derechos de los Trabajadores Migrantes Comité Contra la Tortura 4.No se han realizado ni previsto ninguna actividad concreta para abordar el tema de la violencia contra los niños/as, objeto del estudio de las Naciones Unidas; ni hay medidas específicas para implementar sus recomendaciones pero, tras la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño, y mantener relaciones con el Comité responsable, este país está realizando acciones a favor de los derechos y bienestar de los niños con la cooperación y apoyo de actores nacionales e internacionales. 5. Se han hecho y se están haciendo gestiones en pro de la realización de los derechos del niño en general pero, todavía no se ha considerado de manera aislada la cuestión de la violencia contra los niños y niñas.