El expediente N del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

Documentos relacionados
Plantas de acopio: Resolución N 0177/03

El expediente N del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

Resolución 185/99. Obtención del Certificado Ambiental Anual. RESOLUCIÓN Secretaría de recursos naturales y desarrollo sustentable

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIÓN 592/2000 SECRETARIA DE POLITICA AMBIENTAL

Bs. As., 1/12/99 CONSIDERANDO:

RESUMEN EJECUTIVO Ficha Ambiental y Plan de Manejo del CENTRO COMERCIAL GRANADOS PLAZA

Gestión de Efluentes Gaseosos

Que la instrumentación del Registro que se propicia, tiene los siguientes objetivos: monitorear el funcionamiento de los emprendimientos que

RESUMEN EJECUTIVO Ficha Ambiental y Plan de Manejo del CENTRO COMERCIAL QUICENTRO SUR

Norma Emisor Número Tema Boletín Modificaciones

DECLARACION JURADA DE GENERADORES DE RESIDUOS PELIGROSOS

SOLICITUD DE AUTORIZACION AMBIENTAL UNIFICADA DE LAS INSTALACIONES DE PEPSICO MANUFACTURING A.I.E

Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. Resolución General 434/2012 (Boletín Oficial Nº , 25/04/12)

Ministerio de Desarrollo Social Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social

Instructivo Tratamiento de Residuos Sólidos

GUIA PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME PREVENTIVO

FORMATO (SMA-LAUDF-08) PARA SOLICITAR LA LICENCIA AMBIENTAL ÚNICA PARA EL DISTRITO FEDERAL

ANEXO I a) s/ Artículo 6º - Inciso a)

Un feedlot es un área confinada destinada para el engorde intensivo de ganado en corrales.

DIRECCIÓN DE ECOLOGÍA Información actualizada al 31 diciembre de 2015

SUSTANCIAS PELIGROSAS Declaración Jurada. Anexo I

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS

FORMULARIOS UTILIZADOS EN EL CONTROL AMBIENTAL DE ACTIVIDADES CONTAMINANTES EN EL MEDIO RURAL. El representante legal de la empresa

PERMISO DE DESCARGA DE EFLUENTES GASEOSOS A LA ATMOSFERA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina. Superintendencia de Riesgos del Trabajo HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 28 de septiembre de 2011

Aprueban niveles máximos permisibles de elementos y compuestos presentes en emisiones gaseosas provenientes de las unidades minero-metalúrgicas

Honorable Concejo Deliberante de San Antonio de Areco

EDIFICIO SEGURO. Carlos Vicente Sánchez TSHyST 05/05/2015 SERIE EDIFICIO SEGURO LEGISLACIÓN

SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE DIRECCIÓN GENERAL DE REGULACIÓN AMBIENTAL DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

Monitoreo Campamento Base

Instructivo Tratamiento de Aceites Comestibles Usados

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS. Resolución N 533/2017. Ciudad de Buenos Aires, 18 de Julio de 2017.

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, la Ley de. Marca Colectiva nº , su Decreto reglamentario nº 1384/08 y,

En que consiste la Evaluación de Impacto Ambiental?

VISTO el expediente Nº /2001 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

DATOS QUE DEBE CONTENER LA MEMORIA AMBIENTAL A PRESENTAR POR EL SOLICITANTE DE LA ACTIVIDAD:

1297/08: Venta de agroquimicos.

CÓRDOBA, 27 de junio de 2005

Consultoría e Ingeniería

Manual de usuario del Formulario de Presentación Versión 1.1

DECRETO N 1359/17. Reglamentación del Art. 4 de la Ley Impositiva 3035

GUÍA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES- ESPECIALIDAD FONTANERIA

INFORME DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL

Bs. As., 30/4/99 CONSIDERANDO:

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 25 de noviembre de 2011

RESOLUCIÓN N. 103/APRA/15

OD /9-12. Diagnóstico Técnico Ambiental ÁREA MEDIO AMBIENTE. Gerencia Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente.

MAIZ FLINT REQUERIMIENTOS A CUMPLIR EN SU RECEPCION, CONSERVACION Y EMBARQUE

Superintendencia de Electricidad y Combustibles

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2013, Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia

Indique el nombre o la Razón Social de la Empresa. Indique el número de Rif de la Empresa.

ORDENANZA Nº 1669/2011

PLAN DE AJUSTE PARA CUMPLIMIENTO DE OMISIONES PUERTO VENTANAS S.A

SOLICITUD DE RADICACIÓN EN EL PARQUE INDUSTRIAL DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY

Resolución Nº 2172/17

Programa de Desarrollo Urbano del Centro Población, San Luis Río Colorado, Sonora. TABLA III.2. DE COMPATIBILIDAD DE USO DE SUELO III.

Que desde la vigencia de la Ley Nº , el Manifiesto de Transporte no ha sufrido modificaciones significativas.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA. Resolución 196/2015. Bs. As., 17/06/2015

VISTO: CONSIDERANDO: POR ELLO, en Reunión Plenaria de Vocales de fecha 14/10/16, Acta N EL TRIBUNAL DE CUENTAS MUNICIPAL RESUELVE:

LEGISLACIÓN AMBIENTAL VIGENTE Tipo Norma Número Año Tema Resolución SEGURO AMBIENTAL

LA PLATA CONSIDERANDO:

ACTA DE INSPECCIÓN PARA AUTOELABORADORAS DE ALIMENTOS PARA RUMIANTES


RESOLUCION Nº EL PRESIDENTE DEL SENAVE R E S U E L V E:

Cedula de Operación Anual Año

Secretaría de Industria, Comercio y Minería ACTIVIDAD MINERA Resolución 1234/97

CONSIDERANDO: Por ello,

AUDITORÍA AMBIENTAL CRITERIOS DE LA NMX-AA-162-SCFI-2013 DICIEMBRE DEL 2013

Resolución General 3945/2016. AFIP. IVA. MiPyME. DDJJ. Pago. Opción Trimestral

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS RESUELVE: ANEXO ÚNICO

CONEAU. C omisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA. Buenos Aires, 11 de mayo de 2007

1.- Formato único de solicitudes de alta de Licencia de Funcionamiento SARE

M e d i o A m b i e n t e CORPORACIÓN DOMINICANA DE EMPRESAS ELÉCTRICAS ESTATALES

VÍCTOR UTRERA LANDA Coordinador

UBICACIÓN GEOGRAFICA DE PREDIOS, PLANTAS INDUSTRIALES Y/O DEPOSITOS

CARRERA PROFESIONAL. CÓDIGO DE CARRERA PROFESIONAL Q Salud Pública Profesional Técnico

Clasificación de las distintas categorías cuánticas de generadores de residuos peligrosos líquidos, gaseosos, y mixtos.

LEY MINERA REP. DOM. Nº 146 DEL 1971 LEY SOBRE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Y SUS MODIFICACIONES REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD

Ref. Máquinas para elaborar cápsulas, tabletas o comprimidos - Registro Nacional de Precursores Químicos - Inscripción. 08/03/2017 (BO 14/03/2017)

ORDENANZA Nº 69/2014

Ref. Productos gráficos impresos - Norma IRAM NM Certificación. 03/12/2015 (BO 04/12/2015)

FICHA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE CHILLÁN

VISTO el expediente Nº 5580/98 del registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES y,

Gestión de Residuos Peligrosos y el Control Gubernamental

Colección Gerencia de Proyectos Formulación y Evaluación de Proyectos Unidad de Aprendizaje Estudio Técnico Anexo: Ejemplo Estudio Localización

Ministerio de Medio Ambiente San Luis

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DECRETO NÚMERO DE 2015 ( )

ALCANCE DE ACREDITACIÓN

VISTO el expediente Nº S01: /2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

REQUISITOS. 1.- Formato único de solicitudes de alta de Licencia de Funcionamiento SARE 1

BONOS DE BIENES DE CAPITAL Decreto Nº 379/2001

SERVICIO PUERTA A PUERTA- DELIVERY- CADETERIA

Que en tal sentido, resulta necesario preservar el recurso y su continuidad, dictando las normas pertinentes;

OS.030 ALMACENAMIENTO DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO

La consideración del aspecto ambiental en el diseño y ejecución de las i n f r a e s t r u c t u r a s

Ficha N 1 SUELO 1. PARAMETRO AMBIENTAL

FORMULARIO PARA AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO

N MTC/15. a, 04 de septiembre de 2013 CONSIDERANDO:

Transcripción:

VISTO: RESOLUCIÓN N 0177 Santa Fe,10 de diciembre de 2003 El expediente N 00101-0127582-5 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y CONSIDERANDO: Que distintas asociaciones y entidades vinculadas a la actividad de almacenamiento, clasificación, acondicionamiento y conservación de granos, han manifestado la necesidad de contar con un marco normativo especifico, es necesario resolver respecto de la cuestión planteada; Que existen numerosos conflictos con la población de localidades que cuentan con instalaciones de dicha actividad en los que ha debido intervenir esta Secretaría de Estado; Que se ha dado participación a las Areas Técnicas de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, las cuales han aportado las sugerencias técnicas para establecer un marco de funcionamiento de la actividad; Que se encuentra vigente el Decreto N 0101/03, y la presente norma tiende a complementar la reglamentación de dicho decreto; Que la competencia en la materia surge de lo establecido en la Ley N 11717 y Decreto N 2013/01; POR ELLO: EL SECRETARIO DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1.- Todos los establecimientos dedicados al almacenamiento, distribución, acondicionamiento y conservación de granos, deberán cumplir con las siguientes medidas de funcionamiento: a) Playas de estacionamiento para camiones dentro o fuera del establecimiento de dimensiones adecuadas al flujo de camiones para evitar el estacionamiento en espera de carga y descarga dentro del radio o ejido urbano acorde al periodo de máximo movimiento. Las playas de movimiento y estacionamiento de camiones deberán ser mantenidas en condiciones adecuadas para evitar la generación de polvo. b)la zona de descarga y carga de camiones o vagones deberá confinarse en un espacio cerrado y provisto de un sistema de aspiración con ciclones, filtros u otros medios que garanticen la captación y recolección del material particulado en suspensión y sedimentable minimizando su salida al exterior. c) Los sistemas de ventilación o aireación de granos, norias y conductos, carga y descarga, deberán equiparse técnicamente para minimizar la salida al exterior de material particulado y reducir el nivel sonoro. d) Los secadores de grano deberán equiparse con sistemas eficientes de captación de partículas en suspensión que mitiguen la migración de éstas al exterior. e) La empresa deberá implementar un sistema continuo y documentado de limpieza de polvo y granza en las instalaciones confinadas a fin de minimizar el riesgo de explosión; debiendo explicitar el destino final del o los materiales colectados. f) A fin de minimizar ruidos molestos, los establecimientos alcanzados por la presente, deberán cumplir con las Ordenanzas Municipales o Comunales. En ausencia de las mismas se aplicará la norma IRAM 4062/01(ruidos molestos). Las ordenanzas que a futuro se dicten sobre la materia se regirán por lo establecido en la citada norma.

g) La actividad deberá contar con el cerco perimetral y cortina forestal con especies apropiadas de hoja perenne en cantidad suficiente, y ubicadas entre sí a una distancia adecuada y con doble hilera alternada, con el objetivo de reducir el transporte de partículas y otros materiales fuera del predio. Asimismo preverá un sistema provisorio a fin de lograr el objetivo mencionado mientras se desarrolla la cortina forestal. h) Se deberá considerar un sistema de control de vectores de enfermedades y de especies de plagas según la Ley N 4390 y Decretos Reglamentarios ó la que en el futuro las reemplace. i) Se deberá instrumentar un sistema adecuado de Gestión de Residuos Sólidos, explicitando las corrientes de desechos y su destino o disposición final. j) El establecimiento deberá contar con un sector adecuadamente identificado y confinado destinado al almacenamiento de los envases llenos, en uso y vacíos de agroquímicos que sean utilizados en la conservación y preservación del grano. Los residuos que revistan las características de residuos peligrosos están alcanzados por lo normado en el Decreto N 1844/02. k) La medición de material particulado sedimentable se deberá realizar de acuerdo a la Norma ASTM D 1739-89 y material particulado (PM10) según norma EPA N 40 CFR. Pt 50 Appj. ARTICULO 2º.- Todos los establecimientos dedicados al almacenamiento, distribución, acondicionamiento y conservación de granos serán considerados a los fines de la aplicación de la presente norma como actividad de servicio; por lo tanto no se les aplicará la formula de categorización del Decreto N 0101/03.- ARTICULO 3.- Todas las actividades en funcionamiento deberán presentar el Formulario de Presentación (Anexo A) de acuerdo al siguiente cronograma: a) Las situadas en áreas urbanas y suburbanas en un plazo de 180 días corridos a partir del dictado de la presente norma.

b) Las situadas en áreas rurales en un plazo de 360 días corridos a partir del dictado de la presente norma. ARTÍCULO 4.- Los establecimientos ubicados en zonas urbanas y suburbanas deberán presentar un Informe Ambiental de Cumplimiento (Anexo VI del Decreto N 101/03 adecuado a la actividad). ARTÍCULO 5º.- Los establecimientos ubicados en zonas rurales, mixtas, o industriales situados a menos de 500 metros del punto más cercano a zonas urbanas y suburbanas deberán presentar un Informe Ambiental de Cumplimiento (Anexo VI del Decreto N 0101/03 adecuado a la actividad).- ARTÍCULO 6.- Los establecimientos ubicados en zonas rurales, mixtas, o industriales situados a mas de 500 metros del punto más cercano a zonas urbanas y suburbanas deberán presentar un Informe Ambiental de Cumplimiento (Anexo VI del Decreto N 101/03 adecuado a la actividad) cuando la capacidad de almacenamiento supere las diez mil (10.000) toneladas en total. ARTICULO 7.- Se evaluarán especialmente las modificaciones y/o ampliaciones de capacidad de almacenamiento de plantas existentes. ARTÍCULO 8.- Los nuevos emprendimientos de este tipo de actividad no podrán instalarse en zonas urbanas.- ARTICULO 9.-Para cualquier otra zona seleccionada para la instalación de silos oceldas de almacenamiento deberán presentar un Estudio de Impacto Ambiental; quedando eximidos aquellas instalaciones de capacidad total menor a diez mil toneladas (10.000 Ton) y a ubicarse en zona rural o industrial alejadas en mas de 500 metros de la zona urbana o suburbana. ARTICULO 10.- No obstante lo indicado en el artículo anterior la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, podrá requerir estudios ambientales especiales si se determina la proximidad del sitio elegido a zonas de uso especial o receptores vulnerables.

ARTÍCULO 11.-La Secretaría de Estado podrá de radicación.- considerar casos especiales ARTICULO 12.-Las empresas que posean silos, galpones y/o celdas para el almacenamiento de granos para el abastecimiento de su actividad productiva deberán completar el Formulario de Presentación de la Res. N 094/03 (Anexos A y B) para la actividad principal y el Formulario Anexo A de la presente resolución en lo referido a la celda de acopio. ARTICULO 13.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

ANEXO A Plantas de Acopio y/o Acondicionamiento de Granos DECLARACION JURADA 1. - DATOS DE IDENTIFICACIÓN: Nombre o razón social: Domicilio legal: Localidad: C. P.: Provincia: Teléfonos: Facsímil: E-mail: @ Nombre del Establecimiento: Domicilio: Localidad: C. P.: Provincia: Teléfonos: Fax: E-mail: @ Tipo de actividad Fecha inicio de operación:

2. - SUPERFICIE: Área construida para servicio: Área de terreno no edificado: Área construida oficinas Total (m 2 ): 3. -LOCALIZACIÓN: Zona Urbana Zona Interurbana (límites zona urbana) Zona Rural, Industrial, Mixta 4.- PERSONAL: Total de personal: 5.- PERÍODO DE SERVICIO: Horas de funcionamiento/día: 6.- CONSUMO DE ENERGÍA TOTAL: Kw/mes 7.- CONSUMO TOTAL DE AGUA: m 3 /día 8.-CONSUMO TOTAL DE COMBUSTIBLE l/día;m/día GAS/GASOIL 9.-CAPACIDAD TOTAL DE ALMACENAMIENTO Tn/mes;Tn/año

10.- UNIDADES DE ALMACENAMIENTO (SILOS-CELDAS-OTRO) Nº Silo/Celda Tipo(caract). Capacidad (Tn./qq) Epoca de uso (meses)espec ies 11.- BARRERAS PROTECTORAS a) Artificiales Ubicación Tipo altura longitud material b) Vegetales Genero y especie Año plantación Sistema plantacion Ubicació n / Nº Arboles

12.- ETAPAS DEL PROCESO: 12.1.- ETAPA OPERATORIA 0BSERVACIONES A ) INGRESO GRANOS Camión/vagón/bu ques,barcaza Descarga Hidráulica ( ) Rejilla ( ) Cerramiento Sistemas de retención Total,Parcial, aire libre Ciclon ( ) Filtro Manga ( ) Cortinas plasticas ( ) B ) LIMPIEZA Zaranda ( ) Aire/gravedad C ) SECADO Secadora ( ) Combustible Retención partículas mezclado/artificial Gas /gasoil Filtros/ciclones D) MOVIMIENTO GRANO Norias ( ) Noria pozo Noria cabezal Distribución Ciclon/ otros Ciclón/otros Cinta / tornillo sin

fin E ) SALIDA GRANOS Cerramiento Captación PLAYA MANIOBRAS Camión,vagón,bu que Total/parcial/aire libre Ciclón,filtro manga, cortinas, manga retráctil Superficie 12.2. -- PRODUCTOS UTILIZADOS EN SERVICIOS AUXILIARES: (Por ej: plaguicidas tipo-acción; aceites etc.) Descripción Cantidad media Unidad 12.3.-CROQUIS DE UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES (por ej.) barrera

calle acceso 13.- RUIDOS 13.1- Tipo de fuentes:... 13.2- Características del Ruido Contínuo: Sí [ ] No [ ] Frecuente: Sí [ ] No [ ] Poco frecuente: Sí [ ] No [ ] 14.- GENERACIÓN / DISPOSICIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS 14.1-Generación / Disposición de residuos sólidos: (pelets, borbas, etc.) GENERACIÓN CARACTERIZACIÓN CANT. DIARIA Y/O MENSUAL Reuso Verteder o Almacenamiento 14.2- GENERACIÓN GASES (Nox, SO2) 15.- DECLARACIÓN JURADA DECLARO / DECLARAMOS bajo juramento que los datos de la encuesta precedente son verdaderos y que SI/NO poseo/poseemos causas iniciadas en el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe o de la Nación Argentina, en vinculación directa o indirecta con el tema de contaminación del Medio Ambiente, según mi/nuestro conocimiento al día de la fecha. Por otra parte, me comprometo/nos comprometemos a ampliar la información aportada a

requerimiento de la S.M.A.D.S y a informar en forma inmediata todo cambio que modifique los datos aquí vertidos.----------------------------------------------- (Favor de testar lo que no corresponda) Aclaración/Sello: Tipo y N de Doc. de Identidad. Lugar y fecha: Firma: (*) Trátase de la/s firma/s de el/los Propietario/s del Establecimiento, Presidente del Directorio, Presidente del Consejo de Administración, etcétera, según lo que corresponda al caso. Deberá certificarse la firma por la Autoridad Policial que corresponda a su domicilio legal y/o real.