PROYECTO 7941 DE LEY EXPTE.O-024/13 NEUQUÉN, 18 de febrero de 2013 (*) Oficio Nº 0023-13 SEÑORA PRESIDENTA: Tengo el agrado de dirigirme a usted en autos caratulados: Tribunal Superior de Justicia s/proyecto de creación nuevos organismos judiciales, Expte. Nº 906 Año 1999 del registro de la Secretaría de Superintendencia, en cumplimiento de lo dispuesto por el Tribunal Superior de Justicia mediante Acuerdo Nº 4960, Punto 10, cuya copia se acompaña, a fin de remitirle para su oportuno tratamiento por parte de esa Honorable Legislatura Provincial, el proyecto de Ley de Creación de dos Juzgados de Familia en las ciudades de Junín de los Andes y de Cutral Có, con su correspondiente exposición de motivos. Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente. (*) Ingresado el 04/03/13 según sello fechador de Mesa General de Entradas y Salidas HLN.
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN SANCIONA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1 Créase en el ámbito de la IV Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de Junín de los Andes, un (1) Juzgado de Primera Instancia de Familia, Niñez y Adolescencia. Artículo 2 Créase en el ámbito de la II Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de Cutral Có, un (1) Juzgado de Primera Instancia de Familia, Niñez y Adolescencia. Artículo 3 Créase en la planta de personal permanente del Poder Judicial dos (2) cargos de juez de Primera Instancia y dos (2) cargos de secretario de Primera Instancia. Artículo 4 Las causas en materia de Derecho de Familia, Niñez y Adolescencia que tramitaban en los Juzgados en la ciudad de Junín de los Andes y Cutral Có a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley serán asumidas por los nuevos Juzgados que por esta Ley se crean, de conformidad con los criterios que establezcan los organismos judiciales que ejerzan la Superintendencia del Fuero Civil en la IV y II Circunscripción Judicial. Artículo 5 Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán atendidos con cargo a la partida del Presupuesto del Poder Judicial. Artículo 6 Comuníquese al Poder Ejecutivo. FUNDAMENTOS El presente proyecto de Ley tiene por objeto impulsar la creación de dos (2) Juzgados con competencia exclusiva en materia de Derecho de Familia en las ciudades de Junín de los Andes (IV Circunscripción Judicial) y de Cutral Có (II Circunscripción Judicial). Este Alto Cuerpo considera que la atención de las problemáticas vinculadas al ámbito familiar necesitan de una respuesta jurisdiccional altamente profesionalizada y, por ello, requiere -a nivel organizacional- tender paulatinamente hacia la especialización en el establecimiento de tribunales, con competencia exclusiva en la materia. Esta tendencia se ve reforzada ante la sanción muy reciente de dos importantes cuerpos normativos en nuestra Provincia: la Ley 2785, que establece el Régimen de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Familiar y la Ley 2786, que pone en vigencia una norma integral de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Estas leyes instituyen -en grandes líneas- toda una política pública con el alto fin de proteger a las personas ante el flagelo de la violencia, tanto doméstica como de género. El Poder Judicial está destinado a cumplir un rol fundamental en su implantación y, por ello, urge la necesidad de ir avanzando en la creación y especialización en juzgados que atiendan exclusivamente esta temática, a más de las específicas que derivan de las relaciones de familia. En el caso de la propuesta de creación de un juzgado en la ciudad de Junín de los Andes, ha existido un especial interés por parte de sus autoridades municipales, quienes, a través de la Declaración Nº 010/12, han manifestado la necesidad de que se impulse la creación de dicho Juzgado, para dar respuestas jurisdiccionales a los conflictos que surgen en el entorno familiar, potenciadas ante la reciente puesta en funcionamiento de una Defensoría de los Derechos de la Niñez y Adolescencia en aquella ciudad. De acuerdo con la estadística recabada en este Poder Judicial, puede verificarse una importante participación de causas en materia de familia -durante los años 2011 y el primer semestre del 2012- en los dos juzgados civiles, comerciales y laborales que actualmente tienen sede en Junín de los Andes. Ante esta perspectiva, se impulsa la creación de un juzgado en materia de Familia, Niñez y Adolescencia, sustrayendo esta competencia material a los juzgados civiles que allí funcionan. Análogas razones se brindan para que se cree un juzgado especializado en la ciudad de Cutral Có. Los datos estadísticos disponibles en este Poder Judicial justifican que se ponga en funcionamiento un tribunal en materia de Derecho de Familia, extrayendo dicha materia de los dos juzgados civiles, comerciales y laborales que actualmente en esa ciudad ejercen esta competencia. Por todas estas razones, el proyecto de Ley pretende dar un paso más en la protección y salvaguarda del derecho a la tutela judicial efectiva de los habitantes de la Provincia, siguiendo el mandato constitucional impuesto en el art. 59 de la Constitución Provincial. Fdo.) MOYA, Evaldo Darío -presidente Tribunal Superior de Justicia de la Provincia del Neuquén-.