P: VOLVEMOS A HABLAR CON EL ABOGADO JOSÉ RAMÓN ZURDO, DIRECTOR DE LA AGENCIA NEGOCIADORA DEL ALQUILER ÚNICA EMPRESA DEL MERCADO QUE PAGA DIRECTAMENTE Y SIN RETRASOS LAS RENTAS A SUS PROPIETARIOS ANTES DEL DÍA 8 DE CADA MES. P: José Ramón, desde su experiencia, dígame una clave que considere esencial para no tener problemas cuando alquilemos una vivienda. JR: Algo tan sencillo como fijar una renta adecuada. Fíjate la de cosas que nos va a permitir establecer una renta atractiva y competitiva: - Nos va a permitir pedirles a cambio de esa renta competitiva, más garantías a los inquilinos, que esas sí que son las verdaderas claves de un alquiler sin riesgos. Si tengo más garantías será más difícil que los inquilinos incumplan los contratos, pero esto es como la pescadilla que se muerde la cola, para tener esas garantías, antes se deberá haber ofrecido a cambio a los inquilinos una buena renta para conseguirlas, si no es así, no nos las darán cuando se las pidamos. - Una renta competitiva también nos va a permitir rentabilizar mejor el alquiler, pues hemos comprobado que si la renta que se pide es atractiva se alargan más los períodos de permanencia de los inquilinos en las viviendas, con lo cual al 1
estar más tiempo arrendados los inquilinos reducimos los períodos de búsqueda de nuevos inquilinos que se producen cuando se van los antiguos, en los cuales no se cobra renta; pero es que además si los inquilinos permanecen más tiempo arrendados, también reducimos los habituales costes de reposición que hay que hacer en las viviendas a la marcha de los inquilinos, por ello a efectos de rentabilidad del alquiler no es lo mismo que en cinco años hayamos tenido cinco inquilinos, o que hayamos tenido uno sólo, en ello va a influir mucho la renta que fijemos. - Pero es que además de todo esto, por si no fuera poco, si la renta que se solicita es la adecuada, también la vivienda se alquilará antes y por tanto, se rentabilizará mejor. - Pero todavía no hemos acabado, dado que si ofrecemos a los inquilinos una renta competitiva también podemos solicitarles a cambio que la duración inicial de los contratos sea superior al año y así rentabilizar mejor el alquiler; de esta manera ganan todos, el inquilino que consigue una renta más atractiva por estar más tiempo arrendado y el propietario que a cambio de ofrecer una renta competitiva se asegura una mayor 2
permanencia de los inquilinos en la vivienda y así rentabiliza mejor su alquiler. Con lo cual vemos la gran importancia que tiene que en un alquiler la renta que se fije sea la adecuada. P: José Ramón a qué es debido el crecimiento tan espectacular que está teniendo la AGENCIA NEGOCIADORA DEL ALQUILER en la gestión de alquileres, pues están Uds. en todos los medios. JR: Pues porque el servicio que ofrecemos es un servicio que estaba muy demandado ante la gran cantidad de problemas que genera el alquiler. Ya había muchas agencias inmobiliarias que operaban en el sector del alquiler intermediando, pero sin asumir responsabilidades por su gestión; luego, aparecieron empresas que gestionaban alquileres pero sin responsabilizarse directamente de su gestión, pasándole la responsabilidad a las compañías de seguros a través de los seguros de impago de alquileres. Pero faltaban las empresas que se responsabilizaran directamente de su gestión sin acudir a ningún seguro, pagando directamente las rentas a los propietarios y ahí nació la AGENCIA NEGOCIADORA DEL ALQUILER. El porqué de este crecimiento tan espectacular se debe a que los propietarios de viviendas ven con muy buenos ojos que la empresa 3
que gestiona el alquiler de sus casas se involucre en la gestión tanto o más que ellos y asuma el pago directo de las rentas aunque no lo realicen los inquilinos, esto ofrece mucha confianza a los propietarios porque saben que de este modo la gestora se va a involucrar mucho más en que su gestión sea lo más eficiente posible para que no le cueste dinero. P: Otro oyente pregunta: He firmado un contrato por un año y quería preguntar si me puedo ir antes, pues me ha surgido la oportunidad de ir a otra vivienda más económica. JR: De acuerdo con la legislación anterior a Junio de 2013 todavía vigente, el inquilino está obligado al cumplimiento del primer año del contrato y si no lo hace, se le puede exigir el cumplimiento, o bien reclamarle los daños económicos que sufra el propietario hasta que se alquile de nuevo la vivienda. Ahora bien, después de la Reforma de Junio de 2013, o sea para los contratos de arrendamientos firmados a partir del 1 de Junio, los inquilinos se obligan a una permanencia mínima de seis meses en la vivienda, con lo cual pasado este período pueden irse en cualquier momento aunque hayan firmado por un año, sólo con un preaviso de treinta días. En este supuesto, la única penalidad que va a poder exigirle su arrendador, siempre que se haya pactado en contrato, es la de un mes de renta por cada año de contrato que se deje de 4
cumplir, y para períodos inferiores al año, la parte proporcional, con lo cual si se van a los seis meses, la penalidad sería la de sólo medio mes de renta, pero repito, siempre que así se hubiere pactado en contrato. P: Soy estudiante y estoy alquilado en un apartamento desde hace un año para la temporada de Octubre a Junio, y me ha dicho mi casero que en Junio no me renueva el contrato, eso es así? no tengo derecho a dos prórrogas más? JR: Por desgracia para el oyente, sí que el propietario puede negarse a renovarle el contrato sin ninguna prórroga. Esto es así porque estamos hablando de un contrato de arrendamiento diferente, como es el contrato de arrendamiento de temporada (en este caso para la temporada escolar) en el cual, las prórrogas forzosas a las cuales tienen derechos los inquilinos no se aplican, al ser la Legislación menos protectora para este tipo de contratos que para los contratos de arrendamientos de viviendas en las cuales los inquilinos tienen derecho a una permanencia mínima legal de hasta tres años en la vivienda arrendada. 5
Pues ya conocen nuestros oyentes si desean alquilar sus viviendas sin ningún riesgo, de forma profesionalizada, conociendo que quien les paga las rentas es la AGENCIA NEGOCIADORA DEL ALQUILER y no los inquilinos, acudan a los profesionales de la AGENCIA NEGOCIADORA DEL ALQUILER, llamando al teléfono 902 100 108 o en la web: www.agencianegociadoradelalquiler.com 6