Estado Plurinacional de Bolivia Ministerio de Planificación del Desarrollo Agencia para el Desarrollo de las Macroregiones y Zonas Fronterizas DIRECCION ADMINISTRATIVA FINANCIERA RD MRF Agencia para el Desarrollo de las Macroregiones y ronas FronteriIüs REGLAMENTO INTERNO PARA EL DESEMBOLSO Y DESCARGO DE REFRIGERIOS, 20L6
REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA
REGLAMENTO NTERNO DE REFRIGERIOS i'.i,roemrf t.. -, {ti I..- t rr' REGLAMENTO INTERNO PARA EL DESEMBOLSO Y DESCARGO DE REFRIGERIOS otr=ffil'=tno=l.r, AÉículo 1(Objeto) El presente Reglamento Interno de Refrigerios tiene como objeto normar el procedimiento de solicitud, desembolso, asignación y descargo de Refrigerios Mensuales al Personal de Planta, Personal Eventual y Consultores de Línea de la Agencia para el Desarrollo de las Macroregiones y Zonas Fronterizas, salvo aquellos de proyectos específicos que se regirán de acuerdo a procedimientos específicos, debidamente compatibilizados y formalizados' AÉículo 2 (Definiciones) Para efectos del presente Reglamento Interno de Refrigerios, se entenderá por:. Refrigeria Son los gastos destinados a cubrir alimentos ligeros en el horario de trabajo, otorgados en efectivo a Personal de Planta, Personal Eventual y Consultores de Línea de la Agencia para el Desarrollo de las Macroregiones y Zonas Fronterizas.. Día efectivo trabajado: Jornada de Trabajo de B horas. Aftículo 3 (Base Legal) El presente Reglamento de Refrigerios, tiene como base legal las siguientes dísposiciones: a) Ley 1178 de 20 de julio de 1990 de Administración y Control Gubernamental y sus Decretos Reglamentarios 23215 y 23318-A. b) Ley 843 de 20 de mayo de 1986 de Reforma Tributaria. c) Ley No 614 de fecha 13 de diciembre de 2014, en su Artículo No 14, Parágrafo III, que establece "Las entidades públicas deberán asignar refrigerio a los Consultores Individuales de Línea, no debiendo ser mayor al monto asignado al personal permanente", vigente para su aplicación mediante Ley No 769, de fecha 17 de diciembre de 2015 d) Decreto Supremo 2279 de 16 de diciembre de 2014 que establece el monto diario de Bs. 18 (Dieciocho 00/100 Bolivianos) como asignación máxima de recursos para el pago de refrigerio a favor seruidores públicos, consultores individuales de línea y personal eventual, e) Resolución Administrativa No.3B2l2014, del 31 de diciembre 2074, que establece la suma diaria de Bs.18.- (dieciocho 00/100 bolivianos) para el pago de refrigerio diario a favor de cada servidor público y consultores individuales de línea de la ADEMAF. AÉículo 4 (Alcance) Las disposiciones del Presente Reglamento abarcarán a todos los servidores públicos de la ADEMAF: Personal Planta, Personal Eventual y Consultores de línea solo cuando se encuentre consignado en la Oficina Central y Oficinas departamentales, salvo aquellos de proyectos específicos que se regirán de acuerdo a procedimientos específicos, debidamente compatibilizados y formalizados. otreccrón ADMrNrsrRATtvA FTNANcTERA
. REGLAMENTO INTERNO DE REFRIGERIOS A tículo 5 (Aprobación y Difusión del Reglamento) Es facultad del Director General Ejecutivo de la Agencia para el Desarrollo de las Macroregiones y Zonas Fronterizas - ADEMAF la aprobación del presente Reglamento. La difusión será a través de la Dirección Administrativa Financiera. AÉículo 6 (Responsabilidad) El incumplimiento al presente Reglamento e instructivos especiales/ genera responsabilidad de conformidad a lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 1 de la Ley No. 1178 El seruidor público beneficiado del Refrigerio es responsable de: a) Presentar opotunamente al Área de Recursos Humanos los documentos de respaldo que justifiquen su ausencia del lugar de trabajo, baja médica, papeletas de permiso, comisión y licencias, vacación y/o designación de comisión de viaje. b) Presentar oportunamente sus facturas para el pago de refrigerios. CAPITULO II ASIGNACION Y DESEMBOLSO DE RECURSOS A tículo 7 (Asignación de Recursos para Refrigerios) Anualmente se asignarán los recursos financieros de acuerdo al comportamiento y proyección de gasto realizado por la ADEMAF y la disponibilidad del presupuesto de acuerdo a la Ley Financial. Los gastos de refrigerios deberán ser imputados a la partida presupuestaria 31110 "Gastos por Refrigerios al Personal permanente, eventual y consultores individuales de línea de las Instituciones Públicas" del Presupuesto Aprobado. AÉículo 8 (Desembolso de Recursos) El Área de Recursos Humanos a través de la Dirección de Administración y Finanzas, instruirá a la Unídad Financiera realice la certificación y el desembolso para las solicitudes de refrigerios y su respectiva ejecución por el responsable. DIREccIÓN ADMINISTRATIVA FINANcIERA
REGLAMENTO INTERNO DE REFRIGERIOS i i:noefnnf,f'fr i,, Artículo 9 (Requisitos) CAPITULO III SOLICITUD DE PAGO Y DESCARGOS DE REFRIGERIOS El pago y administración de recursos para el pago de refrigerios a Personal permanente, eventual y/o consultores de línea de las Oficinas Departamentales será efectuada por los Encargados Depaftamentales a través de sus enlaces y personal administrativo, así como la administración de presupuesto asignado en cada Dirección Administrativa D.A. 02,03 y 04. Para el Personal permanente, eventual y/o consultores de línea de la Oficina Central y Regional Pando (D,A. - Oi) ta solicitud para el pago de refrigerios estará cargo del Área de Recursos Humanos y el Enlace Administrativo de Pando, adjuntando los siguientes documentos: a) Informe Técnico de Solicitud de Pago de Refrigerios, debidamente aprobada por el Director(a) Administrativo Financiero. b) Planilla de Cálculo de Refrigerio por días hábiles efectivamente trabajados en lugar de origen. AÉículo 10 (Forma y Plazo de Presentación de! Formulario 110 para Refrigerios) El Personal permanente, eventual y consultores individuales de línea deberán presentar las facturas de descargo FORM 110-v3 Facilito (De la oficina central al Área de Recursos Humanos y de las Departamentales a los Encargados Departamentales) hasta el día 15 dentro del mes que corresponde, en base a los días trabajados. En el caso de no presentar facturas ó presentarlas por un importe inferior al monto del refrigerio se procederá a la retención que corresponde al impuesto al Valor Agregado (IVA). Las Oficinas Departamentales, deberán administrar mensualmente los respectivos fondos para el pago de refrigerios, consolidando los descargos de los recursos asignados, adjuntando los formularios 110, facturas, y Planilla debidamente firmadas en el marco de lo establecido en el presente Reglamento. AÉículo 11 (Calculo de Refrigerios) Conforme Resolución Administrativa No. 382120L4, de fecha 31 de diciembre de 2014 se cancelará Bs.1B.- (Dieciocho 00/100 bolivianos) de refrígerio por día hábil efectivamente trabajado en lugar de origen. Se deberá considerar los siguientes puntos para el cálculo respectivo: El pago de refrigerios se realiza por día efectivo trabajado (B horas diarias), es decir, que el beneficio no se paga en los siguientes casos: olnrcctóru eoulllsrrattva FtNANct ERA Página 3 de
. REGLAMENTO INTERNO DE REFRIGERIOS a) Faltas b) Dí,as feriados c) Bajas Médicas d) Licencias e) Licencia con autorización escrita 0 Permísos a cuenta de vacación g) Permisos personalcs (horas administrativas mensuales) h) Vacación í) Viajes por comisión de Trabajo j) Sábados y Domingos El pago de refrigerios para el personal independientemente a su denominación; que por la naturaleza de sus funciones tengan que apartarse del horario establecido en cada una de las reparticiones de la ADEMAF; se considerará como registro de ingreso y salida de la institución aquel que contempla las B horas Clarias de trabajo o las 40 horas por semana sea este en horario discontinuo como continuc. Artículo 12 (Forma de pago de Refrigerio) El pago por concepto de rcfrigerio podrá ser en efectivo o a través de depósito en cuenta bancaría y estará a cargo del Área de Recursos Humanos en la Oficina Central o en cada unidad o Área Administrativa de las oficinas gionales en coordinación con las Unidades Financieras de acuerdo a planillas elaboradas por cl Area de Recursos Humanos y los Enlaces Administrativos según corresponda. Artículo 13 (Vigencia) CAPITULO IV DISPOSICION ES TRANSITORIAS En el marco del DS. 2279 C-) 13 cje diciembre del 2074, el presente reglamento, entra en vigencia a partir del día señalado meciante Resolución Administrativa aprobada por el Director General Ejecutivo, para su aplicac ;i cn la Agencia para el Desarrollo de las Macroregiones y Zonas Fronterizas - ADEMAF,. Todo el personal de Planta, f.'cntual y/o Consultores de Línea de la Agencia para el Desarrollo de las Macroregiones y Zonas I'i- l'-crizas - ADEMAF, se encuentran obligados a su cumplimiento, no pudiendo alegar en ninguna instancia desconocimiento de estas disposiciones. AÉículo 14 (Abrogatorias) Se abroga todas las dispo:-,..:nes internas contrarias al presente Reglamento Interno para el Desembolso y Descargo Cc.,;,gerios. ot ecclóru tovlntsrrattva FtNANcIrRA Página4de4 "