Ref: 09/764261.9/17 Dirección General de Innovación, Becas y Ayudas a la Educación INSTRUCCIONES DE 27 DE JUNIO DE 2017, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN, BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN, SOBRE EL PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN CENTROS PRIVADOS QUE RECUPERAN EL CONCIERTO EDUCATIVO EN ESTAS ENSEÑANZAS EN EL CURSO 2017-2018 Las Instrucciones de 1 de junio de 2017, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, han regulado el proceso de admisión de alumnos a los Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional en los centros públicos. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado los acuerdos específicos de ejecución de sentencia correspondientes a once centros privados de Formación Profesional a los que los tribunales han reconocido el derecho a la renovación del concierto de las unidades escolares correspondientes a las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior, con efectos del curso 2013-2014 y por el periodo correspondiente. Dichos acuerdos prevén que el proceso de admisión de alumnos se realizará conforme a lo previsto con carácter general en la normativa de admisión en centros sostenidos con fondos públicos. Procede por lo tanto regular mediante las presentes Instrucciones el proceso de admisión en las enseñanzas de Grado Superior de Formación Profesional en dichos centros, conforme a la Orden 2510/2013, de 1 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte por la que se establece el procedimiento de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos para cursar enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad de Madrid, y con carácter complementario a las Instrucciones de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial (en adelante DGFPERE) de 1 de junio de 2017 ya citadas. 1. Ámbito de aplicación INSTRUCCIONES Las presentes Instrucciones son de aplicación a los Ciclos Formativos de Grado Superior de los once centros privados de Formación Profesional que se recogen en el Anexo I, a los que por sentencia judicial se ha reconocido el derecho al concierto educativo. 2. Requisitos y vías de acceso Los requisitos de acceso a los Ciclos Formativos de Grado Superior son los mismos que se establecen para los centros públicos en el apartado I. ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL de las Instrucciones de 1 de junio de 2017 de la DGFPERE. Tienen acceso a estas enseñanzas los solicitantes que cumplan alguno de los requisitos de acceso establecidos en el artículo 15.b) de la Orden 2694/2009, de 9 de junio, por la que se regula el acceso, la matriculación, el proceso de evaluación y la acreditación académica de los alumnos que cursen en la Comunidad de Madrid la modalidad presencial de la formación profesional del sistema educativo establecida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y, además, quienes - 1 -
estén en posesión de un Título de Técnico de Formación Profesional o del Título de Bachiller Unificado Polivalente. Las vías de acceso para el alumnado a Ciclos Formativos de Grado Superior son: a) Estar en posesión del título de Bachiller. b) Estar en posesión del título de Técnico de Formación Profesional. c) Reunir alguno de los requisitos de acceso restantes de la Orden 2694/2009, de 9 de junio. 3. Proceso de admisión de alumnos El proceso de admisión de alumnos se realizará conforme a lo previsto en el apartado II. PROCESO DE ADMISIÓN EN CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS de las Instrucciones de 1 de junio de 2017 de la DGFPERE, teniendo en cuenta las siguientes especificaciones: 3.1. El plazo de presentación de solicitudes será el mismo que en los centros públicos: del 27 de junio al 4 de julio de 2017, ambas fechas incluidas. 3.2. Las solicitudes de admisión se podrán cumplimentar por internet en la dirección http://gestiona.madrid.org/siciweb/. Una vez cumplimentada, la solicitud se imprimirá por duplicado y se entregará físicamente en papel en el centro solicitado en primer lugar. El modelo de solicitud se inserta como Anexo II de las presentes instrucciones. 3.3. En los centros privados sostenidos con fondos públicos, la solicitud únicamente se podrá presentar en papel y deberá entregarse en el centro solicitado. No obstante, si en previsión de no obtener plaza en la primera opción, se desea solicitar plaza en más de un centro privado sostenido con fondos públicos, el solicitante deberá presentar las correspondientes instancias en cada centro. Por lo tanto, en el caso de los centros privados sostenidos con fondos públicos no se aplicará la limitación de presentar una única instancia de solicitud, sino que se podrá presentar una solicitud en cada uno de los centros que sean de interés para el solicitante. 3.4. Los centros privados sostenidos con fondos públicos comunicarán a los Servicios de Apoyo a la escolarización las vacantes que tengan tras la adjudicación de plaza a los solicitantes de primera opción. Los Servicios de Apoyo a la Escolarización pondrán a disposición de los solicitantes la información sobre las plazas vacantes en los centros privados sostenidos con fondos públicos y, en su caso, podrán asignar las plazas que correspondan. 3.5. Los centros privados sostenidos con fondos públicos remitirán en papel los anexos 3, 4, 5 y 6 de las Instrucciones de 1 de junio de 2017 de la DGFPERE, en las mismas fechas que se indican en las instrucciones, a las siguientes unidades: a) Subdirección General de Centros de Formación Profesional y Régimen Especial (Unidad Técnica de Formación Profesional y Programas Operativos del Fondo Social Europeo, Fax: 91-720.11.04) b) Subdirección General de Enseñanza Privada y Concertada (Fax: 91-720.07.04) c) Servicio de Apoyo a la Escolarización - 2 -
Fechas: Anexo 3: antes del 26 de junio Anexo 4: antes del 20 de julio Anexo 5: antes del 6 de septiembre Anexo 6: antes del 26 de septiembre 3.6. Dado que la aplicación informática SICI no se ha desarrollado para los centros privados sostenidos con fondos públicos, el tratamiento de las solicitudes, su baremación y los listados de admitidos y en lista de espera, se realizarán manualmente en soporte papel. 3.7. Los calendarios de actuaciones de los centros en los periodos ordinarios y extraordinarios serán los previstos en los Anexos 2.a y 2.b de las Instrucciones de 1 de junio de la DGFPERE. 3.8. En los centros privados sostenidos con fondos públicos a los que se refieren las presentes instrucciones, los alumnos matriculados en el año académico 2016-2017 en el 1er. curso que reúnan los requisitos establecidos en la normativa académica para promocionar, tendrán plaza asignada para 2º curso en el año académico 2017-2018, sin necesidad de participar en el proceso de admisión. 3.9. Igualmente, los alumnos matriculados en el año académico 2016-2017 que deban repetir curso, tendrán plaza asignada en el año académico 2017-2018, sin necesidad de participar en el proceso de admisión. Las plazas reservadas para alumnos repetidores en 1er. curso de los Ciclos se reflejarán en la columna correspondiente del Anexo 3 de las Instrucciones de 1 de junio de la DGFPERE. 3.10. En los centros privados sostenidos con fondos públicos, los acuerdos y decisiones sobre admisión de alumnos que adopten los titulares podrán ser objeto de reclamación por los interesados, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de las listas definitivas de admitidos, ante los Directores de Área Territorial de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa. Madrid, 27 de junio de 2017 EL DIRECTOR GENERAL DE INNOVACIÓN, BECAS Y AYUDAS A LA EDUCACIÓN Ismael Sanz Labrador - 3 -
ANEXO I CENTROS PRIVADOS QUE OFRECEN EN EL CURSO 2017-2018 EL PRIMER CURSO DE CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR EN RÉGIMEN DE CONCIERTO EDUCATIVO, POR EJECUCIÓN DE SENTENCIA JUDICIAL FIRME Localidad MADRID CIEMPO- ZUELOS GETAFE Centro Educativo CC ESCUELA PROFESIONAL JAVERIANA Código de Centro 28020399 Comercio Internacional Dietética Transporte y Logística Marketing y Publicidad Ciclos Formativos Código de Ciclo COMS04 SAN302 COMS02 COMS01 CC JESÚS MARÍA 28012354 Educación Infantil SSCS01 CC LA SALLE 28013863 CC LA SALLE SAGRADO CORAZÓN 28008934 CC LÓPEZ VICUÑA 28005738 CC MARÍA INMACULADA (C/ Ríos Rosas) CC MARÍA INMACULADA (C/ Fuencarral) 28019300 28027941 CC NTRA SRA DEL PILAR 28008508 CC SANTA ANA Y SAN RAFAEL 28006378 CC SAN JUAN DE DIOS 28002208 CC LA INMACULADA PADRES ESCOLAPIOS Educación Infantil Administración de Sistemas Informáticos en Red Sistemas de Telecomunicación e Informáticos Animación de Actividades Físicas y Deportivas Educación Infantil Educación Infantil Anatomía Patológica y Citodiagnóstico Laboratorio Clínico y Biomédico Documentación y Administración Sanitarias Administración de Sistemas Informáticos en Red Desarrollo de Aplicaciones Web Marketing y Publicidad Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma Documentación y Administración Sanitarias Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear Integración Social SSCS01 IFCS01 ELES02 AFD301 SSCS01 SSCS01 SANS04 SANS08 SANS05 IFCS01 IFCS03 COMS01 IFCS02 SANS05 SANS07 SSCS03 28003250 Animación de Actividades Físicas y Deportivas AFD301-4 -
ANEXO II - 5 -
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