http://www.infop.hn Autora: Noemí López 2014
Introducción al Derecho Laboral Objetivo de la Unidad Al concluir la Unidad, cada participante conocerá los antecedentes históricos y los principales aspectos teóricos del Derecho Laboral, así como los principios constitucionales establecidos sobre este tema. 1. Origen del Derecho Laboral El Derecho Laboral no es antiguo, pero tiene un período de evolución histórica que inicia con el trabajo mismo, actividad tan antigua como la humanidad. El ser humano es el único animal capaz de transformar la naturaleza para su propio beneficio, fabricar maquinas y perfeccionar técnicas para aumentar la producción; acciones que lo diferencian del resto de los animales que actúan principalmente por instinto. 2
La palabra trabajo tiene su origen en el latín tripalium que era el nombre de un temible instrumento de tortura (tres maderos cruzados), utilizado en el siglo VI de nuestra era, época en la cual los reos o trabajadores insurrectos eran atados e inmovilizados mientras se les azotaba. De la palabra tripalium se derivó inicialmente tripaliare (torturar) y a continuación trebajo (esfuerzo, sufrimiento, sacrificio). De trebajo evolucionó posteriormente hacia trabajo, vinculándose poco a poco con la idea de esfuerzo y faena. Durante la Revolución Industrial en Inglaterra y en otros países de Europa, la explotación de los patronos a sus trabajadores(as) era cruel y abusiva, los sometían a condiciones de grandes esfuerzos, extensas jornadas de trabajo, ejecución de faenas peligrosas sin protección alguna, enfermedades profesionales y bajas remuneraciones, era muy común la explotación inhumana del trabajo infantil, particularmente en la minería. Este conjunto de situaciones infrahumanas se facilitaba por la gran cantidad de trabajadores(as) desocupados, con quienes fácilmente sustituían a cualquier asalariado(a) que protestara por las condiciones de trabajo. Es así, que fueron surgiendo en forma espontánea y esporádica diversos tipos de protestas: sabotajes, huelgas, ocupaciones temporales de fábricas y sabotajes, actos actos que precedieron a la formación de los sindicatos de trabajadores(as). 3
El surgimiento de las primeras leyes laborales fue en Inglaterra y Francia durante la segunda mitad del siglo XIX, y más tardíamente en el resto de países. En 1919, con el Tratado de Versalles (Francia), el Derecho Laboral adquiere respaldo internacional con la creación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). 2. Derecho Laboral Definición Es el conjunto sistemático de normas y principios legales de orden publico orientados a regular las relaciones entre trabajadores(as) y patronos(as), así como dar solución justa a los conflictos que se deriven de un contrato de trabajo. Al Derecho Laboral también se le denomina Derecho del Trabajo o Derecho Social. Objetivo del Derecho Laboral Esta rama del Derecho que tiene como objetivo principal establecer el equilibrio o armonía entre el trabajo y el capital (como factores de producción), garantizando la justicia y la protección social de quienes se hallan en una relación jurídica voluntaria de trabajo dependiente o subordinada (tanto individuales como colectivas) cuya finalidad es producir bienes y/o servicios, así como la regulación de los conflictos entre los sujetos que intervienen en dicha relación jurídica: trabajador(a) y patrono. 4
En nuestro país, la Constitución de la República establece tres principios laborales fundamentales:. Toda persona tiene derecho al trabajo, a escoger libremente su ocupación y a renunciar a ella, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.. A trabajo igual corresponde salario igual sin discriminación alguna, siempre que el puesto, la jornada y las condiciones de eficiencia y tiempo de servicio sean también iguales. Serán nulos todos los actos, estipulaciones o convenciones que impliquen renuncia, disminución, restricción o tergiversen las garantías y derechos establecidos en la Constitución, Código de Trabajo, Reglamentos y demás leyes de Trabajo o Previsión Social. Responsabilidades Constitucionales del Estado en relación al Derecho Laboral a) Tutelar los derechos de los trabajadores(as). b) Proteger al empleador(a) o patrono. c) Vigilar e inspeccionar a las empresas, imponiendo las sanciones que establezca la Ley en caso de violación de cualquiera de las disposiciones laborales establecidas. Sede del Poder Ejecutivo 5
Principal Característica de las Leyes Laborales Deberes y Derechos Laborales Son de orden público y tienen como objetivo regular los deberes y derechos tanto de los trabajadores(as) como de los patronos(as). 3. Leyes Laborales Leyes Nacionales Código de Trabajo El Código de Trabajo se define como la normativa especializada que contiene las disposiciones de orden público, para regular la mayoría de las relaciones entre el capital (patrono) y el trabajo (trabajador-a), colocándolas sobre una base de justicia social a fin de garantizar al trabajador(a) las condiciones necesarias para una vida normal y al patrono una compensación equitativa de su inversión. Excepciones Las disposiciones establecidas en el Código de Trabajo obligan a todas las empresas, explotaciones o establecimientos, así como a las personas naturales, exceptuándose: a. Las explotaciones agrícolas o ganaderas que no ocupen permanentemente más de diez (10) trabajadores (as); sin embargo, les serán 6
aplicables las disposiciones relativas a los salarios. b. Los empleados públicos nacionales, departamentales y municipales. Deberes y Derechos Laborales Ley de Servicio Civil Es la ley especial que regula las relaciones de empleo que se establecen entre el Estado y los servidores públicos, como ser los funcionariosas y empleados-as de las Secretarias de Estado, Instituciones Descentralizadas y Municipalidades). Leyes Internacionales Las leyes internacionales aplicables en nuestro país, se agrupan en un conjunto de Convenios o Tratados Internacionales que sobre materia laboral han sido suscritos y ratificados por Honduras y que se convierten en parte del derecho interno de nuestro país Ej. Convenio sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo (Convenio OIT No. 138), Convenio sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes (Convenio OIT No. 169). 7
Derechos Laborales Fundamentales reconocidos internacionalmente: Toda persona tiene derecho al trabajo. A condiciones equitativas en su ambiente laboral. A igual salario por trabajo igual. A recibir una remuneración equitativa. A asociarse para la defensa de sus intereses. La Declaración de la OIT relativa a los principios y Derechos Fundamentales en el trabajo fue adoptada en 1998, y es la expresión del compromiso de los gobiernos y de las organizaciones de empleadores y de trabajadores(as) de respetar y defender los valores humanos fundamentales - valores de vital importancia para nuestras vidas en el plano económico y social. A continuación se incluye parcialmente el contenido de La Declaración en la que se promueve y abarca 4 áreas con sus respectivos derechos fundamentales: I. Principios relacionados con la estructura sindical: La libertad de Asociación La Libertad Sindical El derecho de negociación colectiva II. Principio relacionado con la erradicación de la explotación inhumana del trabajador(a) Eliminación del trabajo forzoso u obligatorio III. Principio relacionado con la niñez y adolescencia mundial. La Abolición o erradicación del trabajo infantil IV. Principio relacionado con la equidad laboral. Eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación. 8
Fuente de información utilizada OIT: http://ilo.org/declaration/lang--es/index.htm "La recompensa del trabajo bien hecho es la oportunidad de hacer más trabajo bien hecho". Jonas Edward Salk (1914-1995) Médico y epidemiólogo estadounidense. 9