Esquema de Contraloría Social 2016

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Transcripción:

Esquema de Contraloría Social 2016 Servicio Nacional de Empleo Pág. 0 de 14

Índice Glosario.... 2 Introducción.... 3 Contraloría Social en el.... 5 Responsables...5 Actividades...5 Difusión.... 6 Capacitación y Asesoría.... 7 Coordinación.... 8 Pág. 1 de 14

Glosario. CGSNE.- Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo. DOF.- Diario Oficial de la Federación. OSNE.- Oficina del Servicio Nacional de Empleo. Unidad Administrativa del Gobierno de la entidad federativa, encargada de operar los programas, servicios y estrategias a cargo de la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo en el marco del Servicio Nacional de Empleo. PAE.-. PATCS.- Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social. PETCS.- Programa Estatal de Trabajo de Contraloría Social. SFP.- Secretaría de la Función Pública. SICS.- Sistema Informático de Contraloría Social. SNE.- Servicio Nacional de Empleo. STPS.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Pág. 2 de 14

Introducción. El Servicio Nacional de Empleo, es una institución pública de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que tiene entre otros objetivos, promover y crear mecanismos para el seguimiento a la colocación de trabajadores, así como diseñar, conducir y evaluar programas específicos para generar oportunidades de empleo para jóvenes y grupos en situación vulnerable. A través del Servicio Nacional de Empleo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en coordinación con los gobiernos de las treinta y dos entidades federativas, se encarga de atender de manera gratuita y personalizada a través de las oficinas en el país, a todos aquellos ciudadanos que buscan empleo, que desean capacitarse para mejorar sus oportunidades de trabajo, o bien, iniciar una actividad productiva. En ese sentido, la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo, es la encargada de coordinar la ejecución del en las Oficinas del Servicio Nacional de Empleo de las entidades federativas, quienes operan y brindan atención a la población buscadora de empleo, mediante las siguientes acciones: I. Servicios de Vinculación Laboral A. Servicios de Vinculación Laboral que posibilitan la colocación a) Bolsa de Trabajo b) Portal del Empleo c) Ferias de Empleo B. Servicios de Vinculación Laboral que posibilitan la colocación en el extranjero a) Mecanismo de Movilidad Laboral b) Atención a Trabajadores Agrícolas Temporales México Canadá C. Mecanismos de Atención Complementaria a) Servicio Nacional de Empleo por Teléfono (01800 841 2020) b) Observatorio Laboral c) Talleres para Buscadores de Empleo d) Sistema Estatal de Empleo e) Centros de Intermediación Laboral f) Periódico Ofertas de Empleo g) Revista Informativa II. Subprogramas A. Bécate a) Capacitación Mixta b) Capacitación en la Práctica Laboral c) Capacitación para el Autoempleo Pág. 3 de 14

d) Capacitación para Técnicos y Profesionistas B. Fomento al Autoempleo C. Movilidad Laboral a) Sector Agrícola b) Sector Industrial y de Servicios D. Repatriados Trabajando III. IV. Estrategia Abriendo Espacios Atención a Situaciones de Contingencia Laboral Los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, son de observancia obligatoria para los programas de desarrollo social, no obstante que el es un programa de desarrollo económico, de clasificación funcional y considerando que está sujeto a Reglas de Operación, es interés de la CGSNE como instancia normativa, transparentar la operación y el adecuado ejercicio de los recursos destinados al Programa. Por lo anterior y en cumplimiento a los artículos 2 y 9 del ordenamiento jurídico citado, se emite el presente Esquema de Contraloría Social 2016 para el. Pág. 4 de 14

De la Promoción y Operación de la Contraloría Social en el. Responsables. Instancia Normativa. Se refiere a la CGSNE, como encargada de coordinar la estrategia del Programa de Contraloría Social con la Secretaría de la Función Pública (SPF), y cada una de las OSNE en las entidades federativas. Ejecutora Estatal. Se refiere a las OSNE, las cuales, al amparo del Convenio de Coordinación para la operación del que celebra anualmente la STPS y los Gobiernos de las entidades federativas, son las instancias obligadas para promover y ejecutar acciones de Contraloría Social. Actividades. El presente Esquema de Contraloría Social, indica la estrategia conforme a la cual se realizarán las acciones de promoción que se deberán realizar, considerando las facultades de cada instancia: Difusión. La estrategia y el contenido de difusión se definirá por la CGSNE. Por su parte, la OSNE establecerá los mecanismos específicos para la distribución de la información relacionada con el Programa y con los procedimientos para realizar las actividades de Contraloría Social. Los medios habituales que se utilizan para la difusión del PAE consisten en diferentes tipos de impresos. Capacitación y asesoría. La CGSNE proporcionará capacitación, asesoría y asistencia técnica a los Coordinadores de Supervisión, Contraloría Social y Asesoría Jurídica en las OSNE; quienes a su vez, serán los responsables de difundir dichas acciones y proporcionar asesoría a: o Los servidores públicos encargados de la operación de cada programa en materia de: organización y constitución de comités de Contraloría Social y captación de las cédulas de vigilancia; o Los beneficiarios que integren los Comités de Contraloría Social, para que realicen adecuadamente las actividades de supervisión y vigilancia. Seguimiento. La CGSNE establecerá los instrumentos que permitirán monitorear el cumplimiento de las actividades de Contraloría Social que realizan las OSNE, conforme a lo plasmado en el Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social (PATCS). Coordinación. En el marco del Convenio de Coordinación, entre el Gobierno Federal y los Gobiernos Estatales, se deberán sustentar las acciones que la OSNE debe realizar para promover la Contraloría Social. Pág. 5 de 14

Difusión. En materia de difusión, las Reglas de Operación del publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2015, señalan: Los servicios y apoyos que se otorgan a través del PAE se proporcionan de acuerdo a la demanda, en virtud de ello, las OSNE están obligadas a publicar dentro de los treinta días hábiles posteriores a la publicación de las presentes Reglas, una convocatoria abierta en medios de comunicación locales, para fomentar la participación de la población objetivo; asimismo esta convocatoria deberá publicarse permanentemente en un lugar visible en La STPS por conducto de la CGSNE y en coordinación con las OSNE dará amplia difusión al PAE a nivel nacional. Para tal fin, dicha información estará disponible en la página de internet de la STPS, dirección: http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/transparencia/programas_sociales/reglasopera. htm Asimismo, la CGSNE diseñará los materiales de difusión para informar a la población sobre las características de los subprogramas, los requisitos de participación, el importe y características del apoyo, los derechos y obligaciones de los Beneficiarios, así como los números telefónicos y direcciones de las instancias y mecanismos para la presentación de quejas, denuncias, sugerencias y solicitudes. Dichos materiales deberán incluir la siguiente leyenda: fines dist En virtud de lo anterior, y con la finalidad de proporcionar a la población información clara, oportuna y precisa, sobre los servicios y subprogramas que opera el SNE en todo el país, así como los requisitos y documentación necesaria para iniciar los trámites que faciliten su vinculación laboral, las OSNE realizarán la difusión del PAE mediante: a) Trípticos que contienen las características de los servicios y subprogramas así como uno denominado, el cual se ha diseñado para detallar cuáles son, en qué consisten y cómo pueden los beneficiarios del PAE participar en las acciones de Contraloría Social. b) Carteles que contienen las características de los subprogramas del PAE así como los derechos y obligaciones de los beneficiarios. Pág. 6 de 14

Las acciones de difusión de la Contraloría Social se deberán realizar por el personal de la OSNE (preferentemente quienes operan cada uno de los servicios y subprogramas), y deberán validarse por el Coordinador de Supervisión, Contraloría Social y Asesoría Jurídica, quien remitirá a la CGSNE el reporte de lo realizado. Capacitación y Asesoría. La CGSNE, como instancia normativa, proporcionará capacitación, asesoría y asistencia técnica al personal de la Coordinación de Supervisión, Contraloría Social y Asesoría Jurídica de cada OSNE, en materia de normatividad de servicios y subprogramas, organización y constitución de Comités de Contraloría Social, así como en el registro y captura de la información en el SICS, dispuesto por la SFP. Por su parte, en las OSNE el Coordinador de Supervisión, Contraloría Social y Asesoría Jurídica, es responsable de supervisar, promover y fomentar la constitución de los comités de Contraloría Social y proporcionar capacitación a los servidores públicos responsables de la operación de los programas en materia de instalación y operación de los Comités. El personal de la OSNE que opera los programas, deberá promover que los beneficiarios participen en el seguimiento, supervisión y vigilancia de la aplicación de los recursos públicos del PAE y brindar asesoría y capacitación a los integrantes del Comité. Los Comités de Contraloría Social, se instalarán en el Subprograma Bécate, fundamentalmente en las modalidades de Capacitación en la Práctica Laboral, Capacitación para el Autoempleo y Capacitación para Técnicos y Profesionistas, sin que limite a la modalidad de Capacitación Mixta. Al momento de su constitución, el Coordinador de Supervisión, Contraloría Social y Asesoría Jurídica, es responsable de concentrar las Cédulas de Vigilancia de los Comités de Contraloría Social instalados, a efecto de elaborar el Informe de Constitución de Comités de Contraloría Social, realizar la captura de las respuestas de los beneficiarios en el SICS, al término de dichas actividades, el formato original, deberá integrarse al expediente del curso de capacitación al que corresponda. Seguimiento. La CGSNE dará seguimiento permanente a las acciones que las OSNE realicen en materia de Contraloría Social, lo anterior, a través de los siguientes mecanismos: Monitoreo permanente de la captura en el SICS de la SFP, de las acciones de Contraloría Social realizadas por la OSNE y reportadas por la Coordinación de Supervisión, Contraloría Social y Asesoría Jurídica. Pág. 7 de 14

Recepción y revisión de reportes de carácter cuantitativo y cualitativo de las acciones realizadas por la OSNE. Visitas de supervisión y seguimiento a la operación del PAE. Revisión de expedientes. Seguimiento al cumplimiento de las actividades plasmadas en el Programa Estatal de Trabajo de Contraloría Social (PETCS). Por su parte, el personal que integra la Coordinación de Supervisión, Contraloría Social y Asesoría Jurídica de cada OSNE, deberá dar seguimiento a: Las acciones de supervisión que realice la OSNE y que permitan garantizar la adecuada ejecución del PAE y la correcta aplicación de los recursos, tales como: o Revisión de expedientes. o Visitas en campo. o Seguimiento a la colocación de los buscadores de empleo. o Integración de los reportes de supervisión de las acciones realizadas por el personal de la OSNE. Las acciones de Contraloría Social que realice la OSNE y que permitan transparentar la operación del PAE, tales como: o Impartición y contenido de las Pláticas de Contraloría Social. o Integración y funcionamiento de los Comités de Contraloría Social que se constituyan. Captura en el SICS de las acciones de Contraloría Social implementadas y de los resultados obtenidos. Coordinación. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social se coordina con los Gobiernos de las entidades federativas, para realizar la operación del PAE, a cargo del SNE. Para ello, de manera anual se suscribe un Convenio de Coordinación para la operación del con las entidades federativas, a efecto de dejar establecidos los compromisos que asumen las partes priorizando en ellos, la intermediación laboral de los buscadores de empleo a través de los diferentes servicios y subprogramas, destacando la obligatoriedad de coordinarse para cumplir con las disposiciones legales y normativas federales y estatales aplicables a los mismos. En el citado convenio se establecen las siguientes obligaciones: La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se obliga a: Pág. 8 de 14

1. OSNE, para su aplicación. 2. Determinar y dar a conocer la estructura organizacional de la OSNE que, de acuerdo a las características de la entidad federativa, se requiera implementar para la operación 3. Establecer las condiciones generales que deben cumplir las OSNE para ser parte de la red de oficinas del Servicio Nacional de Empleo (SNE). 4. aplicable, con el propósito de llevar a cabo su ejecución. 5. Dar acceso a la OSNE a sus sistemas informáticos, para realizar el registro, control, 6. Proveer a las OSNE de enlaces digitales para los servicios de Internet, correo su caso, ceder los derechos de uso de equipos de cómputo que contrate en arrendamiento conforme a las posibilidades presupuestales y en los términos y condiciones que ésta establezca. 7. adscrito a la OSNE, para mejorar sus conocimientos, habilidades y destrezas laborales. 8. ejecute conforme a la normatividad establecida. 9. verificar el cumplimiento de sus objetivos y metas. 10. Promover acciones de contraloría social para involucrar a los beneficiarios en la vigilancia del ejercicio de los recursos. 11. Canalizar para atención de las OSNE, las peticiones ciudadanas que se presenten en la 12. Llevar a cabo la evaluación del desempeño de la OSNE, a fin de promover la 13. Organizar reuniones de trabajo con el personal responsable de la operación del 14. Dar seguimiento a las observaciones, recomendaciones y/o hallazgos que la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo o las instancias fiscalizadoras realicen a la operación y aplicación de los recursos públicos federales en la OSNE. 15. Secretaría de la Función Pública del Gobierno Federal y/o de las Instancias de Fiscalización Estatales en los casos en que la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo lo requiera. Pág. 9 de 14

El Gobierno Estatal, se obliga a: 1. Operar en la entidad 2. Adoptar y/o conservar la estructura organizacional de la OSNE, que garantice el cumplimiento en la entidad federativa, de los objet 3. Designar, con cargo al presupuesto estatal, a un servidor público de tiempo completo como Titular de la OSNE quien será responsable de la conducción y funcionamiento de ésta, dicho servidor deberá tener una jerarquía mínima de Director General o su aplicable; así como contar con una trayectoria reconocida en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos y comisiones. 4. Designar oficialmente a tres servidores públicos adscritos y vinculados a la operación de la OSNE, entre los que deberá estar el Titular de la OSNE y del área administrativa, así como otro funcionario de dicha oficina, como responsables de administrar los ercicio fiscal para la operación del l 5. Contratar personal que labore exclusivamente para la OSNE y mantenerlo adscrito a ésta, independientemente de cualquier cambio administrativo que llegara a realizarse, lo anterior, para llevar a cabo actividades de carácter técnico, operativo y administrativo, para atender a los buscadores de empleo y realizar acciones de concertación con los empleadores, que permita la identificación de más y mejores vacantes para la vinculación laboral de los mismos. Las contrataciones se realizarán de acuerdo con las disposiciones emitidas por la CGSNE en materia de descripción de puesto y perfil ocupacional; el tipo de contrato y condiciones serán establecidas por el responsabilidad de éste. 6. Asignar recursos para la operación y administración de la OSNE, tales como pago a personal, viáticos y pasajes, servicio telefónico, vehículos, dotación de combustible, arrendamiento de inmuebles, papelería, luz, material de consumo informático, gastos y comisiones bancarias que se generan a nivel local, impresión de material de difusión y para la realización de campañas de difusión atendiendo a lo establecido en el Manual de Identidad del SNE, así como para cubrir gastos para la operación del Sistema Estatal de Empleo, entre otros conceptos. Pág. 10 de 14

7. Proporcionar espacios físicos, para uso exclusivo de la OSNE, que cuenten con las condiciones de accesibilidad necesarias para la atención de personas con discapacidad, adultos mayores y población en general, así como para el desarrollo eficiente de las actividades que tiene encomendadas. 8. Asignar y mantener adscrito para uso exclusivo de la OSNE, independientemente de cualquier cambio administrativo y del tipo de recurso con que se adquiera, mobiliario, equipo, vehículos y los insumos necesarios para su adecuado funcionamiento, así como cubrir el mantenimiento preventivo y correctivo necesario para todos estos bienes. 9. Dotar a todas las áreas de atención al público con que cuente la OSNE en la entidad federativa de la infraestructura tecnológica necesaria para comunicar y operar los mantenimiento necesario en su operación. Dicha infraestructura tecnológica deberá 10. Promover, cuando así se considere conveniente, la celebración de Convenios con las autoridades municipales y/o con organizaciones de los sectores privado y social (asociaciones jurídicas sin fines de lucro), para establecer y operar oficinas de empleo, que una vez cubierta la normatividad aplicable y previa autorización de la CGSNE, puedan funcionar como parte de la red de oficinas del SNE que permita incrementar la compromiso de recursos federales. Cuando se trate de este caso, el Gobierno del Estado deberá garantizar que se cuenta con los recursos necesarios para sufragar los gastos de operación que implicará la nueva oficina, la cual deberá apegarse en todo momento a las disposiciones 11. Respetar las disposiciones acordadas al amparo de los diversos contratos de comodato que a lo largo de la historia del SNE se han celebrado. 12. Por conducto de la OSNE se obliga a: a) Destinar los recursos fede lineamientos, manuales, criterios y demás normatividad federal aplicable, y en su caso, solicitar asesoría y asistencia técnica al personal de la CGSNE, sobre su contenido y aplicación. b) Supervisar que la ejecución de los recursos se realice conforme a la normatividad aplicable. c) Notificar a la CGSNE de manera inmediata los movimientos de personal que labora en la OSNE y registrarlos en el sistema de información que al efecto ponga a disposición la CGSNE. d) Informar de manera inmediata a la CGSNE del cambio de Titular de la Secretaría o dependencia estatal a la cual se encuentra adscrita la OSNE a efecto de actualizar el PAE-RF1. Pág. 11 de 14

e) Notificar a la CGSNE, mediante la suscripción del formato PAE-RF1, en cuanto se presenten los movimientos de altas y/o bajas de quienes serán responsables de la administración de los recursos. f) Capacitar y actualizar al personal adscrito a la OSNE con el propósito de fortalecer sus conocimientos, habilidades y destrezas laborales, atendiendo las disposiciones que emita la CGSNE. g) Proporcionar la inducción necesaria al personal de nuevo ingreso a la OSNE, o en su caso, solicitar apoyo a la CGSNE. h) Comproba como reintegrar a la Tesorería de la Federación los saldos disponibles en las cuentas bancarias, que no se encuentren devengados al 31 de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente, i) de la CGSNE y mantenerlos actualizados en su captura de datos, lo anterior, como herramienta para el registro, control, seguimiento y generación de información del j) Difundir y promover entre la población de la entidad federativa la utilización de los portales informáticos y centros de contacto para intermediación laboral no k) Subprograma Bécate que durante el proceso de capacitación, atendiendo a lo que sufragar los gastos médicos y la compra de medicamentos, aparatos ortopédicos u otros, que se deriven de ese siniestro, en tanto se gestionan los reembolsos cor Lo anterior no incluye las indemnizaciones, las cuales serán cubiertas directamente por dicha compañía de seguros. l) Realizar un seguimiento permanente del comportamiento del mercado de trabajo m) Elaborar y presentar la información que le sea requerida por la CGSNE, de acuerdo a la periodicidad que ésta establezca, incluyendo la que se determine en las disposiciones normativas aplicables. n) Participar en los comités en los que por disposición normativa deba intervenir o formar parte. o) Implementar acciones de contraloría social para involucrar a los beneficiarios en la vigilancia del ejercicio de los recursos. p) Constituir los Comités de Contraloría Social, registrarlos y reportar los resultados de la operación de dichos Comités, de acuerdo a la normatividad aplicable. Pág. 12 de 14

q) Cumplir puntualmente con las disposiciones establecidas en el Manual de Identidad del SNE. r) Cumplir con las disposiciones legales y normativas en materia de Blindaje Electoral. s) normatividad de éstos, así como atender las acciones de fiscalización que lleven a cabo las instancias facultadas para ello. t) Garantizar que en todo momento se cuente con un espacio para el buen desempeño del centro de Evaluación de Habilidades, de conformidad con lo establecido en el contrato d comodato. u) Nombrar una persona como responsable de la operación del Centro, que se encargue de planear, organizar y vigilar la eficacia del funcionamiento del Centro de Evaluación de Habilidades, para la puntual atención y en su caso vinculación laboral de los usuarios, v) Enviar a la CGSNE, un informe mensual que refiera como mínimo el número de Solicitantes de Empleo atendidos y colocados a través del Centro de Evaluación de Habilidades. Adicionalmente, para la ejecución del PAE, la CGSNE emite la siguiente normatividad bajo la cual las OSNE deberán ejercer los recursos que para tales efectos se asignan: Reglas de Operación del, publicadas en el DOF el 27 de diciembre de 2015. Lineamientos, manuales y criterios vigentes en 2016. A partir de las disposiciones normativas de la SFP, los compromisos concertados en el Convenio de Coordinación y normatividad vigente del PAE, las acciones de Contraloría Social, se constituyen en un mecanismo eficaz para la vigilancia de la operación y ejercicio transparente de los recursos. Pág. 13 de 14