FICHA REGLAS SOBRE ACCESO A LA JUSTICIA DE LAS PERSONAS EN CONDICIÓN DE VULNERABILIDAD ( REGLAS DE BRASILIA )

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Transcripción:

FICHA REGLAS SOBRE ACCESO A LA JUSTICIA DE LAS PERSONAS EN CONDICIÓN DE VULNERABILIDAD ( REGLAS DE BRASILIA ) 1.- DESCRIPCIÓN Son un conjunto de 100 Reglas reconocidas por las más importantes Redes del sistema judicial iberoamericano como estándares básicos para garantizar el acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad. Contienen, por un lado, unos principios de actuación o ideas básicas que deben inspirar la materia, aportando elementos de reflexión sobre los problemas de acceso a la justicia de los sectores más desfavorecidos de la población; y, por otro lado, establecen una serie recomendaciones que pueden ser de utilidad en la actuación de los responsables de las políticas públicas judiciales y de los servidores y operadores del sistema judicial. Las Reglas de Brasilia establecen unos estándares básicos para garantizar el acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad Pese a no tener valor vinculante al no tener el carácter de normas jurídicas, se trata de un documento con un especial valor al ser aprobado por los representantes de las principales instituciones del sistema judicial. Y ese especial valor se incrementa si se tiene en cuenta que las Reglas están siendo sometidas a la aprobación de los órganos de dirección de otras Redes Iberoamericanas del sistema judicial: Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos, la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas, la Federación Iberoamericana de Ombudsman y la Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados. Pese a no tener el carácter de norma jurídica, las Reglas adquieren un especial valor para los procesos de reforma de la justicia, al ser aprobadas por los representantes de las principales instituciones del sistema judicial El contenido de estas Reglas puede ser tomado en consideración por los responsables de las políticas públicas judiciales en los procesos de reforma y modernización de los sistemas de justicia nacionales, tal y como ha ocurrido con otros productos de la Cumbre como la Carta de Derechos de las Personas, el Estatuto del Juez Iberoamericano o el Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial, entre otros. Por otra parte, su contenido también podrá ser tenido en cuenta por los servidores y operadores del sistema de justicia, para que otorguen a las personas vulnerables un trato adecuado a sus circunstancias singulares. Y las Organizaciones Internacionales y Agencias de Cooperación podrán tener en cuenta estas Reglas en sus actividades, incorporándolas en los distintos programas y proyectos de modernización del sistema judicial en que participen. 2.- FINALIDAD: DESTINATARIOS Y BENEFICIARIOS

La finalidad de estas Reglas radica en establecer unas bases de reflexión y unas líneas de actuación que tengan como destinatarios, en primer lugar, a los poderes públicos, para que promuevan el desarrollo de políticas públicas que garanticen dicho acceso; y, por otro lado, a todos los servidores y operadores del sistema de justicia, para que otorguen a las personas vulnerables un trato adecuado a sus circunstancias singulares. El documento contempla como beneficiarios a quienes que, por razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico. Junto a este definición general también enumera algunas causas que, entre otras, pueden determinar vulnerabilidad: la edad, la discapacidad física o mental, la pertenencia a comunidades indígenas o a minorías, la victimización, la migración y el desplazamiento interno, la pobreza, el género y la privación de libertad. La concreción de las personas en condición de vulnerabilidad en cada país dependerá de sus características específicas, o incluso de su nivel de desarrollo social y económico. Por otra parte, los poderes públicos priorizarán actuaciones destinadas a facilitar el acceso a la justicia de quienes se encuentren en situación de mayor vulnerabilidad, ya sea por la concurrencia de varias causas o por la gran incidencia de una de ellas. 3.- PROCESO DE ELABORACIÓN Las Reglas de Brasilia han sido elaboradas por un Grupo de Trabajo constituido en el seno de la Cumbre Judicial Iberoamericana, en el que también han participado la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos (AIAMP) Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (AIDEF), la Federación Iberoamericana de Ombudsman (FIO) y la Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados (UIBA). Han sido aprobadas por la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, que tuvo lugar en Brasilia durante los días 4 a 6 de marzo de 2008. Y están siendo sometidas a la aprobación de los respectivos órganos de gobierno de las restantes Redes iberoamericanas del sistema judicial.

El Proyecto EUROsociAL Justicia ha apoyado desde un principio esta iniciativa de elaboración de las Reglas. El establecimiento de unos estándares básicos, reconocidos internacionalmente por los representantes de las Redes de los principales actores del sistema judicial, adquiere una gran importancia para avanzar en la mejora del acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, contribuyendo a una mayor cohesión social. Por otra parte, también contribuye al fortalecimiento de las principales Redes del sistema judicial en el ámbito latinoamericano, facilitando la coordinación de sus actuaciones. De esta manera, EUROsociAL ha prestado su soporte al funcionamiento del Grupo de Trabajo, asumiendo la financiación de la participación de los Expertos y de los representantes de las otras Redes Iberoamericanas del sistema de justicia. Asimismo está previsto que preste su apoyo a distintas actividades tendentes a dotar de efectividad al contenido de las Reglas, como ocurre con el funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, permitiendo una profundización en la colaboración entre las diferentes Redes.

4.- CONTENIDO DE LAS REGLAS DE BRASILIA 4.1.- Reglas relativas a la actuación como parte en el proceso Una primera parte contiene reglas de procedimiento, así como de organización y gestión judicial, destinadas a facilitar el acceso a la justicia de la persona vulnerable, como parte en el proceso, para la defensa de un derecho (promoción de medidas y políticas públicas) En primer lugar, el documento contempla una serie de reglas aplicables a aquellas personas en condición de vulnerabilidad que han de acceder o han accedido a la justicia, como parte del proceso, para la defensa de sus derechos: promoción de una asistencia legal y defensa pública de calidad y especializada, así como gratuita cuando la persona se encuentre en la imposibilidad de afrontar los gastos con sus propios recursos y condiciones; revisión de las reglas de procedimiento (requisitos de acceso al proceso, legitimación, oralidad, anticipo de la prueba) adoptando aquellas medidas de organización y de gestión judicial que resulten necesarias (agilidad, prioridad, coordinación, especialización, actuación interdisciplinaria, proximidad); estímulo de las formas alternativas de resolución de conflictos; promoción de actuaciones destinadas a proporcionar una información básica sobre los derechos (cultura jurídica); e impulso de los sistemas de resolución de conflictos dentro de las comunidades indígenas, propiciando la armonización de los sistemas de administración de justicia estatal e indígena basada en el principio de respeto mutuo. 4.2.- Condiciones de realización de un acto judicial Una segunda parte se refiere a las condiciones de realización de un acto judicial, que debe adaptarse a las circunstancias singulares de cada persona vulnerable (derecho a un trato adecuado) Por otra parte, el documento también contiene un conjunto de reglas aplicables a cualquier persona en condición de vulnerabilidad que participe en un acto judicial, ya sea como parte que ejercita una acción o que defiende su derecho frente a una acción, ya sea en calidad de testigo, víctima o en cualquier otra condición: información sobre los aspectos relevantes de su intervención en el proceso (contenido, tiempo y forma de la información); comprensión del acto judicial, reduciendo las dificultades de comunicación, tanto en actuaciones orales como en resoluciones escritas; condiciones de la comparecencia en dependencias judiciales (asistencia, información, así como reglas sobre el lugar, el tiempo y la forma); y protección de la intimidad (reserva de actuaciones, toma y difusión de imágenes, protección de datos personales especialmente cuando se encuentran en soporte digital) 4.3.- Efectividad. Comisión de Seguimiento Las Reglas contienen un último Capítulo referido a las medidas destinadas a fomentar la efectividad de las Reglas, de tal manera que puedan contribuir de manera eficaz a la mejora de las condiciones de acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad: relevancia del principio de colaboración, tanto a nivel interno de cada

país como a escala internacional; desarrollo de actuaciones destinadas a la sensibilización y formación de profesionales del ámbito de la justicia, así como a la realización de investigaciones y estudios en la materia; aprovechamiento de las posibilidades que ofrezcan las nuevas tecnologías; elaboración de Manuales de Buenas Prácticas Sectoriales. La Comisión de Seguimiento de las Reglas de la Cumbre Judicial está actualmente compuesta por cinco miembros designados en Brasilia: Joaquín Delgado Martín (España, en concepto de Coordinador), César Esquinca Muñoa (México), Anabelle León Feoli (Costa Rica), Stella Maris Martínez (Argentina) y Edgar Raúl Pacay Yalibat (Guatemala). Por otra parte, las distintas Redes judiciales iberoamericanas tienen prevista la creación de una comisión interredes que tenga como finalidad fomentar la colaboración de dichas Redes para lograr avanzar en la efectividad de las Reglas.