Por ello, y al objeto de concretar la aplicación de lo establecido en la citada disposición para el curso , se emiten las siguientes:

Documentos relacionados
Dirección General de foonacíón ProtesiooaI '1 Enseñanzas de Régimen Especial CONSEJERiA DE EDUCACIÓN. JUVENTUD Y DEPORTE Comunidad de Madñd

CFGM - Alumnado Matriculado por Curso, Régimen, Titularidad y Género (Diurno, Nocturno y a Distancia)

DEPARTAMENTO ORIENTACIÓN CURSO: ORIENTACIÓN ACADEMICA Y PROFESIONAL 3º ESO

EL ALUMNADO DEBE ASISTIR A CLASE Y DEMÁS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN DE LOS MÓDULOS CUYA CONVALIDACIÓN HA SOLICITADO.

CUADRO DE EQUIVALENCIAS REGULADAS POR NORMA

Técnico en Encuadernación y Manipulados de papel y cartón

EQUIVALENCIAS, CONVALIDACIONES Y EXENCIONES PARA LA PRUEBA PARA LA OBTENCIÓN DIRECTA DEL TÍTULO DE BACHILLER PARA PERSONAS MAYORES DE 20 AÑOS

Consejería de Educación 872 ORDEN 513/2008, de 7 de febrero, de la Consejera de

1 INFORMACIÓN DE LOS PROGRAMAS FORMATIVOS PROFESIONALES.

Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Comunidad de Madrid

VALLADOLID. Tipo Grado Clave Ciclo Formativo Horas G1º G2º Obs Público S INA01S Vitivinicultura (LOE) (3)

4º ESO DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN. Curso LOMCE I.E.S. G. TORRENTE BALLESTER

Familia Profesional: ACTIVIDADES AGRARIAS (LOGSE)

ANEXO I-Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados

I. Comunidad Autónoma

LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA EN LA FORMACIÓN PROFESIONAL

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

DISPONGO. CAPÍTULO I Disposiciones Generales

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 9 de diciembre de 2005

Viceconsejería de Empleo CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Comunidad de Madrid

reguladas por el Real Decreto 944/2003, de 18 de julio, por el que se establece la estructura de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.

I.E.S. "TOMÁS Y VALIENTE" Público M ADG01M Gestión Administrativa (LOE)

CATÁLOGO DE TÍTULOS LOGSE Y LOE TÍTULOS LOGSE

LICENCIATURA EN HUMANIDADES

En virtud de esta votación, el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha aprueba el siguiente Dictamen:

FORMACIÓN GRATUITA TRABAJADORES FC

Formación Profesional Básica

Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería Página 1 de 9

Núm Boletín Oficial de Aragón

PERFIL DE INGRESO / REQUISITOS DE ACCESO Y CRITERIOS DE ADMISIÓN Grado en Ingeniería Informática Escuela Técnica Superior de Ingeniería

LOMCE BACHILLERATO CICLOS FORMATIVOS

INSTRUCCIONES REGULADORAS DE LA REALIZACIÓN DE APOYOS EN FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL CURSO

DISPOSICIONES DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA

FORMACIÓN PROFESIONAL BASE

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

2. Relación de ciclos formativos LOE con el primer curso en común

Títulos de Grado Rama de Ciencias de la Salud. Títulos de Técnico Superior de FP

I. Principado de Asturias

2.- EL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES PROFESIONALES

INFORME REQUISITOS DEL PROFESORADO PARA ESO Y BACHILLERATO EN CENTROS PRIVADOS/CONCERTADOS

I. COMUNIDAD DE MADRID

Guía de estudios y Profesiones 2012

Acreditación B1 en Lengua extranjera

BACHILLERATO - PRUEBA DE ACCESO A ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS

CALENDARIO ESCOLAR CURSO 2016/2017 CALENDARIO

Documentos Orden, 25 feb 92, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se establece el procedimiento de admisión de alumnos, para

FONDO ESCUELA DE COMERCIO

INFORMACIÓN ACADÉMICO PROFESIONAL FPB TAPICERÍA Y CORTINAJES (LOMCE) CURSO

Doble titulación de Bachillerato y Baccalauréat IES VIRGEN DEL CARMEN

MANUAL DE PROCESOS DEL SGIC. Directriz 3: Garantía y mejora de la calidad del personal académico y de apoyo a la docencia

Pruebas para la obtención directa del certificado de enseñanzas elementales:

Acceso y Admisión a la Universidad desde el Bachillerato y desde Ciclos Formativos de Grado Superior

3. Otras disposiciones

1. CALENDARIO PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE TÉCNICO DE CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA

ORDENACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO LOMCE

Cursos de bloque común del periodo transitorio:

Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 7

PRUEBAS ESTANDARIZADAS INGLÉS

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 2013.

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD. INAEM - PILAR DUERTO SEGURA IAJ. 15 de Mayo de 2012

ORDEN POR LA QUE SE REGULAN LAS PRUEBAS DE APTITUD Y DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS BÁSICAS DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA EN ANDALUCIA.

Acceso y Admisión a la Universidad desde el Bachillerato y desde Ciclos Formativos de Grado Superior

NUEVO PLAN DE ESTUDIOS LOE. A partir del curso 07-08

DOCUMENTOS ORGANIZATIVOS EN CENTROS DOCENTES

PROGRAMA FORMATIVO PARA LA ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS A TRAVÉS DE VÍAS NO FORMALES

NORMATIVA DE RÉGIMEN ACADÉMICO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE LEÓN.

PRUEBA ACCESO A CICLOS FORMATIVOS GRADO SUPERIOR

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Marco normativo del sistema de reconocimiento y transferencia de créditos

Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte

Núm. 94. Boletín Oficial de Aragón

PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL

ANEXO I TITULACIONES PARA EL DESEMPEÑO DE PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD

BACHILLERATOLOEfebrero2008 RESUMEN INFORMATIVO BACHILLERATOS LOE, RÉGIMEN GENERAL

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

Colegio Santísima Trinidad de Salamanca

4º de ESO: MATERIAS COMUNES. Ciencias sociales, geografía e historia. Lengua castellana y literatura. Religión OPCIÓN A OPCIÓN B OPCIÓN C OPCIÓN D

CRITERIOS DE ADMISIÓN DE ALUMNOS PARA CURSAR CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR EN CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS.

Establecimiento de la Imagen Corporativa de una Floristería (Online)

Folio 1/5 GOBIERNO DE CANARIAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES

d) La finalización del régimen ordinario de clase será el 23 de junio de 2017.

C O N V O C A T O R I A

INFORMACIÓN ACADÉMICO PROFESIONAL FPB SERVICIOS ADMINISTRATIVOS (LOMCE) CURSO

PROGRAMA DE POSTGRADO Máster, Diploma de Especialización, Diploma de Experto y Certificado de Formación del Profesorado.

Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte

GUÍA DE TRÁMITES CONCEPTOS:

Becas Excelencia Información General. Estado. Plazo de presentación de solicitudes. Orden. Objeto. Cuantía de las becas ABIERTA

Estadística Educativa

Aprobado por Consejo de Gobierno 21 de febrero de Página 1

A LA CONSEJERIA DE EDUCACION Y EMPLEO DIRECCION GENERAL DE EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA COMUNIDAD DE MADRID

Curso de Nivel III de Bádminton Entrenador Nacional de Bádminton. Alicante Información general previa a la convocatoria

CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR. MÁLAGA. CURSO 2015/16

Aplicación de Cosméticos para los Cambios de Color del Cabello (Online)

ESCOLARIZACIÓN

OPCIONES AL CONCLUIR CUARTO DE E.S.O. Consejo Orientador. 16 de marzo de 2016 Curso Departamento de Orientación.

GRADO EN MAGISTERIO EN EDUCACIÓN INFANTIL

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

CICLOS FORMATIVOS Nuestra Señora de las Escuelas Pías de Aluche

REQUISITOS DE INGRESO EN EL CUERPO DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

Transcripción:

INSTRUCCIONES SOBRE LA MATRICULACIÓN Y LA CONTINUACIÓN DE ESTUDIOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LOS ALUMNOS AFECTADOS POR LA SUPRESIÓN DE TÍTULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL CATALOGO DE LA LEY 1/1990 (LOGSE) SUSTITUIDOS POR LOS NUEVOS TÍTULOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DERIVADOS DE LA LEY 2/2006 (LOE). La implantación progresiva de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (en adelante LOE) implica la sustitución escalonada de los títulos de Formación Profesional del catálogo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (en adelante LOGSE) por nuevos títulos, cuya elaboración corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con las directrices que se determinan en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la formación profesional del sistema educativo. El Gobierno de la Nación, fruto de este desarrollo, ha aprobado sucesivos Reales Decretos por los que se crean determinados títulos de Formación Profesional que se incorporan al nuevo catálogo de títulos, estableciendo en ellos, además, los contenidos mínimos que las Administraciones educativas deben desarrollar hasta el total de la duración de la formación que constituirá el currículo de las enseñanzas. La ha desarrollado, encontrándose pendientes de su publicación, los planes de estudios conducentes a la obtención de los nuevos títulos a los que se refieren estas instrucciones y que se implantan en el presente curso escolar 2015-2016. En el ámbito de la, este proceso de extinción de las enseñanzas del catálogo LOGSE e incorporación de los alumnos a las del nuevo sistema educativo ha sido regulado en la Disposición transitoria primera de la Orden 2694/2009, de 9 de junio, de la Consejería de Educación por la que se regula el acceso, la matriculación, el proceso de evaluación y la acreditación académica de los alumnos que cursen en la la modalidad presencial de la formación profesional del sistema educativo establecida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Por ello, y al objeto de concretar la aplicación de lo establecido en la citada disposición para el curso 2015-2016, se emiten las siguientes: INSTRUCCIONES PRIMERA. En la tabla siguiente, se adjuntan los títulos LOGSE de un curso escolar más el módulo de FCT que serán sustituidos por títulos LOE en el curso 2015-2016 1

Familia Profesional Administración y Gestión Títulos que se sustituyen (LOGSE) Técnico Superior en Secretariado (Real Decreto 1658/1994, de 22 de julio) Títulos que se implantan (LOE) Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. (Real Decreto 1582/2011, de 4 de Artes Gráficas Comercio y Marketing Imagen Personal Química Sanidad Servicios Socioculturales y a la Comunidad Técnico en Impresión en Artes Gráficas. (Real Decreto 2425/1994, de 16 de diciembre) Técnico en Encuadernación y Manipulados de Papel y Cartón. (Real Decreto 2426/1994, de 16 de diciembre) Técnico en Comercio. (Real Decreto 1655/1994, de 22 de julio) Técnico Superior en Gestión Comercial y Marketing. (Real Decreto 1651/1994, de 22 de julio) Técnico en Estética Personal Decorativa. (Real Decreto 630/1995, de 21 de abril) Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal. (Real Decreto 627/1995, de 21 de abril) Técnico en Laboratorio. Real Decreto 817/1993, de 28 de mayo) Técnico Superior en Documentación Sanitaria (Real Decreto 543/1995, de 7 de abril) Técnico Superior en Higiene Bucodental. (Real Decreto 537/1995, de 7 de abril) Técnico Superior en Radioterapia. (Real Decreto 554/1995, de 7 de abril) Técnico Superior en Animación Sociocultural. (Real Decreto 2085/1995, de 22 de diciembre) Técnico Superior en Animación Turística (Real Decreto 274/2000, de 25 de febrero) Técnico Superior en Integración Social. (Real Decreto 2061/1995, de 22 de diciembre) Técnico en Impresión Gráfica. (Real Decreto 1590/2011, de 4 de Técnico en Postimpresión y Acabados Gráficos. (Real Decreto 1683/2011, de 18 de Técnico en Actividades Comerciales. (Real Decreto 1688/2011, de 18 de Técnico Superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales. (Real Decreto 1573/2011, de 4 de Técnico en Estética y Belleza. (Real Decreto 256/2011, de 28 de febrero) Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal y Corporativa. (Real Decreto 1685/2011, de 18 de Técnico en Operaciones de Laboratorio. (Real Decreto 554/2012, de 23 de marzo) Técnico Superior en Documentación y Administración Sanitarias. (Real Decreto 767/2014, de 12 de Técnico Superior en Higiene Bucodental. (Real Decreto 769/2014, de 12 de Técnico Superior en Radioterapia y Dosimetría (Real Decreto 772/2014, de 12 de Técnico Superior en Animación Sociocultural y Turística. (Real Decreto 1684/2011, de 18 de Técnico Superior en Integración Social. (Real Decreto 1074/2012, de 13 de julio) 1. Los alumnos que en el curso escolar 2014-2015, o anteriores, hayan estado matriculados en el 1 er curso de un ciclo formativo conducente a cualquiera de los títulos relacionados en la tabla anterior, si reúnen las condiciones de acceso al módulo de FCT, podrán matricularse en dicho módulo y, en su caso, de los módulos pendientes y dispondrán de este año escolar 2015-2016 para superarlos. 2. Los alumnos que en el curso 2014-2015, o anteriores, hayan estado matriculados en el 1 er curso de un ciclo formativo conducente a cualquiera de los títulos relacionados en la tabla anterior, si no reúnen las condiciones de acceso al módulo de FCT: 2

a). Podrán incorporarse en el curso 2015-2016 al 1 er curso de las nuevas enseñanzas aplicándoles las convalidaciones que se disponen en los respectivos Reales Decretos que establecen los nuevos títulos de Formación Profesional. En tales circunstancias no serán computadas las convocatorias consumidas de los módulos profesionales cursados y no superados de los títulos del catálogo de la LOGSE, aunque tengan establecida la convalidación con módulos profesionales de los nuevos títulos. b). Podrán también, si desean obtener la titulación LOGSE correspondiente, concurrir a las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior que convoque la. pruebas durante los dos años siguientes a dejar de impartirse el currículo LOGSE, es decir, hasta 2018. SEGUNDA. En la tabla siguiente, se adjuntan los títulos LOGSE de dos cursos de duración que serán sustituidos por títulos LOE en el curso 2015-2016 Familia Profesional Agraria Títulos que se sustituyen (LOGSE) Técnico en Trabajos Forestales y de Conservación del Medio Natural. (Real Decreto 1713/1996, de 12 de julio) Títulos que se implantan (LOE) Técnico en Aprovechamiento y Conservación del Medio Natural. (Real Decreto 1071/2012, de 13 de julio) Artes Gráficas Sanidad Servicios Socioculturales y a la Comunidad Técnico Superior en Diseño y Producción Editorial. (Real Decreto 2422/1994, de 16 de diciembre) Técnico Superior en Producción en Industrias de Artes Gráficas. (Real Decreto 2423/1994, de 16 de diciembre) Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citología (Real Decreto 538/1995, de 7 de abril) Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico (Real Decreto 545/1995, de 7 de abril) Técnico Superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico (Real Decreto 539/1995, de 7 de abril) Técnico Superior en Interpretación de la Lengua de Signos (Real Decreto 2060/1995, de 22 de diciembre) Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia. (Real Decreto 174/2013, de 8 de marzo) Técnico Superior en Diseño y Gestión de la Producción Gráfica. (Real Decreto 175/2013, de 8 de marzo) Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico. (Real Decreto 767/2014, de 12 de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear. (Real Decreto 770/2014, de 12 de Técnico Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico. Real Decreto 771/2014, de 12 de Técnico Superior en Mediación Comunicativa. (Real Decreto 831/2014, de 3 de octubre) 1. Los alumnos que en el curso escolar 2014-2015, o anteriores, hayan estado matriculados en el 1 er curso de un ciclo formativo conducente a cualquiera los títulos relacionados en la tabla anterior: 3

a). Si reúnen las condiciones de promoción a 2º curso, podrán matricularse en el curso escolar 2015-2016 en el 2º curso de los mismos y, en su caso, de los módulos pendientes. b). Si no reúnen las condiciones de promoción a 2º curso: - Podrán incorporarse al 1 er curso de las nuevas enseñanzas aplicándoles las convalidaciones que se disponen en los respectivos Reales Decretos que establecen los nuevos títulos de Formación Profesional. En tales circunstancias no serán computadas las convocatorias consumidas de los módulos profesionales cursados y no superados de los títulos del catálogo de la LOGSE, aunque tengan establecida la convalidación con módulos profesionales de los nuevos títulos. - Podrán también, si desean obtener la titulación LOGSE correspondiente, concurrir a las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior que convoque la. c). Si al finalizar el curso 2015-2016, no reúnen las condiciones de acceso al módulo de FCT, podrán: - Incorporarse a las nuevas enseñanzas aplicándoles las convalidaciones que se disponen en los respectivos Reales Decretos que establecen los nuevos títulos de Formación Profesional. En tales circunstancias no serán computadas las convocatorias consumidas de los módulos profesionales cursados y no superados de los títulos del catálogo de la LOGSE, aunque tengan establecida la convalidación con módulos profesionales de los nuevos títulos. - Si desean obtener la titulación LOGSE correspondiente, podrán concurrir a las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior que convoque la. 2. Los alumnos que en el curso escolar 2014-2015, o anteriores, hayan estado matriculados en el 2º curso de un ciclo formativo conducente a cualquiera los títulos relacionados en la tabla anterior: a). Si reúnen las condiciones de acceso al módulo de FCT, podrán matricularse en el curso escolar 2015-2016 en dicho modulo y, en su caso, de los módulos pendientes. b). Si no reúnen las condiciones de acceso al módulo de FCT podrán volver a matricularse nuevamente, en el curso escolar 2015-2016, de los módulos pendientes del 2º curso y, en su caso, de los módulos pendientes de 1 er curso, si aún disponen de convocatorias. c). Concluido el curso escolar 2015-2016, los alumnos que no accedan al módulo profesional de FCT: 4

- Podrán incorporarse a partir de curso académico 2016-2017 a las nuevas enseñanzas con las convalidaciones que se disponen en los respectivos Reales Decretos que establecen los nuevos títulos de Formación Profesional. - Si desean obtener la titulación LOGSE correspondiente, podrán concurrir a las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior que convoque la. Madrid, 7 de septiembre de 2015 LA DIRECTORA GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Fdo: Guadalupe BRAGADO CORDERO 5