Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos AYUNTAMIENTO DE ES MIGJORN GRAN

Documentos relacionados
PROGRAMA DE FOMENTO DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS. (versión conforme al Decreto 57/2016, de 3 de mayo)

Ayuntamiento de Pozohondo

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LAS ASOCIACIONES DE MUJERES DE LA PROVINCIA DE ALBACETE, CON DESTINO A ACTIVIDADES SOCIALES. Bases

Régimen de concesión.

BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA EL CURSO ESCOLAR

Memoria descriptiva de la iniciativa convenientemente cumplimentada. Modelo CEDER 2

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR

Bases de la convocatoria de la XXXV Campaña de concesión de subvenciones a entidades musicales de la provincia de Valencia «Retrobem la Nostra Música»

SODEBUR SOCIEDAD PARA EL DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE BURGOS BASES

SEGUNDA: REQUISITOS. TERCERA: EXCLUIDOS

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 1.3. OTRAS DISPOSICIONES Subvenciones, ayudas y becas

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2015 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. SEGUNDA. FINALIDAD. TERCERA. DESTINATARIOS.

ORDENANZA REGULADORA DE LA EXPEDICIÓN DE TARJETAS DE APARCAMIENTO PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. CAPITULO I

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA DE NATACIÓN 2016 EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA

BASES REGULADORAS DE AYUDAS AL EMPRENDIMIENTO, FOMENTO DEL EMPLEO Y RENOVACION, REFORMA Y APERTURA DE LOCALES COMERCIALES EN TUDELA

ORDENANZA REGULADORA DE LAS SUBVENCIONES A LA REHABILITACION Y CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN EL MUNICIPIO DE FUNES

FUNDAMENTACIÓN CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS

Ajuntament de l Escala vila marinera

ANUNCIO PARTICIPACIÓN CIUDADANA

SUBVENCIONES A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FIESTAS (ROMERIAS TRADICIONALES) EN PUEBLOS, BARRIOS Y PARROQUIAS DEL CONCEJO DE OVIEDO CONVOCATORIA 2012

BASES PARTICULARES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL TRANSPORTE PARA ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA DURANTE EL CURSO

ORDENANZA REGULADORA SUBVENCIONES POR REHABILITACION DE VIVIENDAS.

AJUNTAMENT DE LA NUCIA AYUNTAMIENTO DE LA NUCIA

Para que las actividades sean susceptibles de subvención deberán tener en consideración los valores de convivencia y respeto a las personas.

ORDENANZA POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS

ORDENANZA DE FOMENTO DEL EMPLEO Y DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL AYUNTAMIENTO DE LA VICTORIA (Córdoba).

I. Comunidad Autónoma

Ayudas e incentivos para empresas

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA

ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOP DE CÁDIZ, Nº 46 DE

CONVENIO DEL CONCELLO DE REDONDELA CON LA ASOCIACIÓN DEPORTIVA CAR REUNIDOS

5. TOTAL AYUDA SOLICITADA AYUDA (4) INCREMENTO DEL 10% (5) AYUDA TOTAL (4) Equivalente al 50% de los costes laborales totales, incluida la cotización

1.- Objeto. 2.- Gastos subvencionables.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE HUERTO ESCOLAR EN CENTROS EDUCATIVOS DE VITORIA- GASTEIZ AÑO 2015

CONVOCATORIA AYUDAS FORMACIÓN DE TÉCNICOS DEPORTIVOS DE LA FUNDACIÓN MIGUEL INDURAIN.

Herreruela. EDICTO. Aprobación ordenanza Tarjetas de Aparcamiento

Ayuntamiento. ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza expedición de tarjetas de aparcamiento para personas con discapacidad con movilidad reducida

ORDENANZA NUMERO 6 TASA POR LICENCIAS URBANISTICAS FUNDAMENTO LEGAL HECHO IMPONIBLE SUJETO PASIVO

Protección Social Agrarios Plan Especial de Aragón Dirección Provincial

ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

BASES DE CONVOCATORIA DE AYUDAS A DEPORTISTAS DIPUTACIÓN DE SEGOVIA 2016

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant

CONVOCATORIA III CONCURSO LITERARIO COMARCA BAJO/ BAIX CINCA

Becas Excelencia Información General. Estado. Plazo de presentación de solicitudes. Orden. Objeto. Cuantía de las becas ABIERTA

III. Otras Resoluciones

B A S E S D E S E L E C C I Ó N PARA LA SUSTITUCIÓN DE UN TRABAJADOR SOCIAL PARA EL AYUNTAMIENTO DE ALEDO

Área de Gobierno de Servicios Sociales. Sección de Servicios Sociales SEGUNDA. LEGISLACIÓN APLICABLE.

AYUDAS A EMPRESAS PARA LA PRODUCCIÓN CINEMATOGRÁFICA, ACTIVIDADES DE TEATRO Y DANZA Y PROYECTOS DE MÚSICA DURANTE EL AÑO 2013,

AYUNTAMIENTO DE OLIVENZA (BADAJOZ)

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES A BURLADESES Y BURLADESAS PARA EL APRENDIZAJE DE EUSKERA

PRIMERA.- OBJETO Y FINALIDAD

PLAN DE ACTUACIÓN GLOBAL (LIDERA)

En cumplimiento de la Base 13ª de la mencionada Ordenanza General, se especifican los siguientes contenidos:

Ayuntamiento de Valladolid Área de Presidencia

ACTIVIDADES PARA JÓVENES 2016 BASES

Solicitud de ayudas para la compensación de cuotas a la Seguridad Social a emprendedores que contraten a trabajadores

Excm. Ajuntament de Sagunt

AYUNTAMIENTO. BOP CONVOCATORIA de subvenciones para proyectos y actividades deportivas.

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN E INFORME TÉCNICO EN LOCALES COMERCIALES

III. Otras Resoluciones

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

AYUNTAMIENTO. BOP CONVOCATORIA de subvenciones para proyectos culturales y actividades

PROMOCION Y COMERCIALIZACION TURISTICA

ACTUACIONES EFICIENCIA ENERGÉTICA+ACTUACIONES ACCESIBILIDAD

Núm Boletín Oficial de Aragón

ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS A ESTUDIANTES QUE ESTUDIAN FUERA DE BENISSA CURS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Preámbulo

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA PARA EL AÑO 2015 DIRIGIDAS A PROMOVER LA CREACIÓN DE NUEVAS EMPRESAS

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

BASES REGULADORAS DE AYUDAS AL TRANSPORTE PARA UNIVERSITARIOS Y CICLOS FORMATIVOS GRADO MEDIO Y SUPERIOR

Núm Boletín Oficial de Aragón

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES POR LA REALIZACIÓN DE LOS INFORMES DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS

Anuncio de 25 de mayo de 2006, relativo a la Oferta de Empleo Público correspondiente Página 13922

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARMONA

1.- Objeto de la convocatoria.

BASES POR CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN A NUEVOS MATRIMONIOS POR ADQUISICIÓN DE PRIMERA VIVIENDA

Se propone a la Junta de Castilla y León, la adopción del siguiente:

El plazo de realización de la actividad propuesta se iniciará con la concesión de la subvención y finalizará el 15 de noviembre de 2016.

I. Comunidad Autónoma

Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento del Masnou y la escuela Sagrada Familia

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO.

AYUNTAMIENTO DE PILAR DE LA HORADADA

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL TRANSPORTE PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS DESPLAZADOS FUERA DEL TÉRMINO MUNICIPAL, CURSO 2015/2016.

Departamento : ACCIÓN SOCIAL

AYUNTAMIENTO DE LEGUTIO

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ESCUELAS DEPORTIVAS DE DISCAPACITADOS PARA AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL 2008

La cuantía total de este programa de subvenciones es de 6.000,00 con cargo a la aplicación presupuestaria

PROPUESTA DE LA CONCEJALA DELEGADA DE JUVENTUD RELATIVA A LA CONVOCATORIA DE BECAS DE AYUDA AL TRANSPORTE UNIVERSITARIO YCICLOS FORMATIVOS.

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

SUPERIORES EN EDUCACION INFANTIL PARA LLEVAR A CABO LA ESCUELA INFANTIL 2016.

En su virtud, y en uso de las atribuciones contenidas en la Disposición Final Primera del Decreto 174/2002, de 11 de junio, DISPONGO

FECHA DE PUBLICACIÓN EN Ayudas y Subvenciones :25/05/2015.

CLASES DE LICENCIAS DE ACTIVIDAD Y PROCEDIMIENTOS DE TRAMITACIÓN

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MESAS Y SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA.

SOLICITUD PROGRAMA II

I. Comunidad Autónoma

PROGRAMA EMPRESA-EMPLEO. Dirección General de Empleo y Juventud -Servicio Incentivos al Empleo-

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

Transcripción:

Fascículo 86 - Sec. III. - Pág. 17104 Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos AYUNTAMIENTO DE ES MIGJORN GRAN 6312 Aprobación de las bases y convocatoria que regira la concesión de subvenciones para los propietarios de viviendas incluidas en el casco antiguo des Migjorn Gran Se hace público que la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria de fecha 31 de mayo de 2016, adoptó el siguiente acuerdo: PRIMERO.- Aprobar las bases y convocatoria que regirá la concesión de subvenciones para los propietarios de viviendas incluidas en del casco antiguo de Es Migjorn Gran que pinten sus fachadas. SEGUNDO.- Las ayudas serán concedidas con cargo a la partida presupuestaria núm. 1522-48000. TERCERO.- El periodo de presentación de solicitudes no estará sometido a un periodo concreto, por tanto se pueden presentar solicitudes a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y hasta el 31 de diciembre de 2016. Es Migjorn Gran, 1 de junio de 2016 EL ALCALDE Pedro G. Moll Triay BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA LOS PROPIETÀRIOS DE VIVIENDAS INCLUIDAS EN EL CASCO ANTIGUO DE ES MIGJORN GRAN QUE PINTEN SUS FACHADAS PRIMERA. FINALIDAD El Ayuntamiento de Es Migjorn Gran quiere incentivar y fomentar la mejora estética de las fachadas de los inmuebles ubicados en el casco antiguo del municipio, como medida para conseguir conservar la estética general de la parte más tradicional del pueblo. SEGUNDA. OBJETO Se pueden acoger a esta convocatoria de subvenciones, las solicitudes para realizar el pintado de la fachada de los inmuebles clasificados por las Normas Subsidiarias como casco antiguo (clave 1). Este ámbito incluye los inmuebles incluidos en el anexo I. Se considerarán obras subvencionables los trabajos de pintado de fachada. TERCERA. BENEFICIARIOS La solicitud de la subvención la realizará la propiedad del inmueble, tanto si se trata de una o más personas físicas, de una sociedad mercantil, como de una comunidad de propietarios. En este último supuesto, será necesario que la comunidad esté legalmente constituida. No obstante esto, no pueden ser beneficiarios: 1. Quién incurra en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones 2. Quien en el momento que el órgano instructor de la convocatoria haya hecho la propuesta de resolución definitiva, no esté al corriente de las obligaciones tributarias ante el Ayuntamiento de Es Migjorn Gran. CUARTA. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS Las personas beneficiarias de las ayudas han de destinar la ayuda a la finalidad para la cual fue concedida.

Fascículo 86 - Sec. III. - Pág. 17105 QUINTA. REQUISITOS GENERALES Y TÉCNICOS 1. Que el edificio donde se realiza la actuación se encuentre incluido dentro del ámbito del área delimitada en el anexo I. 2. Que el pintado de la fachada se haga de acuerdo con lo previsto en las NNSS y en la Ordenanza reguladora de las condiciones estéticas de los edificios que se encuentran en el casco antiguo del núcleo tradicional de Es Migjorn Gran. 3. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento. 4. Las actuaciones tienen que estar sometidas a la legalidad urbanística. SEXTA.- CANTIDAD DE LA SUBVENCIÓN El importe de la subvención será de 300 para cada inmueble que lo solicite y lleve a cabo la actuación subvencionable. SEPTIMA.- RECURSOS ECONÓMICOS MUNICIPALES Los recursos totales aplicables a estas ayudas económicas previstas en estas bases, serán los que figuren en los presupuestos municipales para el ejercicio 2016 con cargo a la partida presupuestaria 1522-48000. OCTAVA.- SOLICITUD DE AYUDAS Los interesados deberán de presentar en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Es Migjorn Gran (Es Pla de l Església, 3) o por cualquier medio señalado en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, la siguiente documentación: 1. Impreso de solicitud de ayudas debidamente cumplimentado. (anexo II) 2. Fotocopia del DNI o NIF del solicitante y acreditación de la representación en la cual manifiesta actuar. 3. Fotografía del estado actual de la fachada donde se pretenden llevar a cabo las actuaciones. 4. Presupuesto detallado de los trabajos a realizar. De acuerdo con lo previsto en el artículo 71.1. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, si la solicitud no cumple con los requisitos que se indican o no se incluye la documentación necesaria establecida en la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado que corrija la falta o aporte los documentos preceptivos en el periodo máximo e improrrogable de diez días, y se le indicará que de no hacerlo, se considerará que ha desistido de su solicitud, con resolución previa, que se ha de dictar en los períodos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992. NOVENO.- PERIODO DE SOLICITUDES Se podrán solicitar estas ayudas durante el año 2016 a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, hasta el agotamiento de la partida presupuestaria habilitada al efecto. DECIMO.- TRAMITACIÓN, OTORGAMIENTO Y DENEGACIÓN Las ayudas solicitadas se tramitarán por riguroso orden de registro de entrada. La concesión y/o denegación de las subvenciones se harán por acuerdo de la Junta de Gobierno Local y se notificará expresamente a los interesados. UNDÉCIMO.- ABONO DE LAS SUBVENCIONES Los beneficiarios tienen la obligación de justificar ante el órgano concedente la aplicación de los fondos percibidos a la finalidad que sirvió de fundamento a la concesión de la subvención. Los beneficiarios deben de presentar, en el periodo máximo de tres meses des de la concesión de la ayuda, la siguiente documentación: - documentación de aceptación de la ayuda concedida (anexo III) - fotografía de la fachada una vez realizados los trabajos subvencionados

Fascículo 86 - Sec. III. - Pág. 17106 - copia compulsada de las facturas abonadas correspondientes a los trabajos realizados Una vez presentada la anterior documentación, se procederá a su comprobación por parte de los servicios técnicos municipales, que emitirán el informe correspondiente. Con posterioridad, será informado por la persona que ejerza el control financiero de la corporación, y se podrá proceder a su pago. DUODÉCIMO.- PAGO El pago de la ayuda se hará mediante transferencia a la cuenta bancaria señalada a la solicitud, según las disponibilidades de la tesorería municipal. DECIMOTERCERO.- RÉGIMEN DE COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS Las ayudas que se otorguen de conformidad a estas bases son compatibles con la concesión de otras ayudas, sin prejuicio de la obligación de las entidades beneficiarias de comunicarlo al Ayuntamiento de Es Migjorn Gran. El importe de las subvenciones o ayudas que se concedan no pueden superar en ningún caso, de manera aislada o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la actividad subvencionada. DECIMOCUARTO.- NORMATIVA APLICABLE En todo lo previsto expresamente en estas bases, regirán las disposiciones que sean de aplicación en materia de subvenciones, especialmente las contenidas en las normas siguientes: - Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. - Normativa de desarrollo en materia de subvenciones que haya aprobado la entidad que tenga atribuida la gestión de estas ayudas. ANEXO I (Ámbito del casco antiguo) ANEXO II (Modelo de impreso de solicitud) ANEXO III (Modelo de aceptación de ayuda)

Fascículo 86 - Sec. III. - Pág. 17107

Fascículo 86 - Sec. III. - Pág. 17108

Fascículo 86 - Sec. III. - Pág. 17109