Resolución 65-E/2017

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Transcripción:

SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO Ciudad de Buenos Aires, 26/06/2017 de Publicación: B.O. 3/07/2017 Resolución 65-E/2017 VISTO el EX 2017-11523253-APN-SECEP#MM los Decretos Nros. 13 de fecha de diciembre de 2015, 13 de fecha 5 de enero de 2016, 365 de fecha 26 de mayo de 2017, 645 de fecha 4 de mayo de 1995, 312 de fecha 2 de marzo de 20, 561 de fecha 6 de abril de 2016, 888 de fecha 22 de julio de 2016, 1301 de fecha 23 de diciembre de 2016, 355 de fecha 22 de mayo de 2017, la Decisión Administrativa distributiva del Presupuesto N 12 de fecha 11 de enero de 2017, la Decisión Administrativa N 284 de fecha 5 de mayo de 2017, las Resoluciones 48/2002, 41/2008 y 56/20 de la ex Secretaría de la Gestión Pública, Resolución Conjunta 81/2008 de la ex Secretaría de la Gestión Pública, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N 438/92), y sus modificatorias, creándose entre otros, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a través del artículo 23 octies, el cual tiene dentro de sus competencias las de intervenir como Órgano Rector en materia de Empleo Público y como Autoridad de Aplicación e interpretación de las disposiciones de dicho régimen. Que por el Decreto N 13/16 se aprobó la conformación organizativa del citado Ministerio, creándose entre otras, la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO, la cual tiene dentro de sus objetivos, los de entender en la sistematización y operación de los procesos de administración de los recursos humanos: liquidaciones de salarios, justificación de inasistencias, otorgamiento y convalidación de licencias y protección de la salud en el trabajo en coordinación con la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA. Que la modernización del Estado, de sus organizaciones y estructuras, requiere el diseño y puesta en funcionamiento de sistemas de información acordes con las nuevas formas de gestión que aseguren el desarrollo de políticas públicas. Que el Decreto 888 de fecha 22 de julio de 2016, dispuso que el Sistema de Administración de Recursos Humanos (SARHA) será la base para la implementación del Registro Central del Personal del Sector Público Nacional y del Régimen de Administración del Legajo Informatizado Único del Personal de la Administración Pública Nacional, según corresponda, de acuerdo con lo prescripto en los Artículos 5 y 6 de la Decisión Administrativa N 506/09, respectivamente. El sistema SARHA deberá interconectarse con

el módulo Legajo Único Electrónico (LUE) del sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE. Que por el Decreto N 365/2017 se crea la BASE INTEGRADA DE INFORMACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO Y SALARIOS (BIEP), como plan integral de administración de información salarial y de recursos humanos del personal que presta servicios en las Entidades y Jurisdicciones comprendidas en los incisos a) y b) del Artículo 8 de la Ley N 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional. Que su artículo 2 establece que las Jurisdicciones y Entidades comprendidas en el artículo 1 deberán suministrar a la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, los datos de sus sistemas de liquidación de haberes y de gestión de recursos humanos de acuerdo con la plataforma de información detallada en el Anexo I (IF- 2017-09843475-APN-SECEP#MM) del citado Decreto en los plazos y modalidades que establezca la autoridad de aplicación. Que a través de la mencionada BIEP se deberá suministrar a las autoridades la información necesaria para la planificación, administración y seguimiento de las políticas en materia de gestión del personal. Que la confección de la BIEP requiere que los datos que se remitan sean comparables y permitan, en consecuencia, la integralidad de la información, para lo cual se requiere estandarizar el modo de remisión de datos. Que, en consecuencia, deben arbitrarse los métodos y procedimientos que posibiliten la remisión de la información en tiempo y forma de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 365/17. Que en consecuencia corresponde aprobar las normas operativas para el funcionamiento de la BASE INTEGRADA DE INFORMACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO Y SALARIOS (BIEP), y de remisión de datos por parte de las jurisdicciones y entidades mencionadas en el inciso a del artículo 8 de la Ley N 24.156. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en el marco de las facultades conferidas por el artículo 9 del Decreto 365/17 que establece que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN será la autoridad de aplicación a través de la SECRETARÍA DE EMPLEO PUBLICO de la BIEP y se encuentra facultada para dictar las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias para su instrumentación y control.

Por ello, EL SECRETARIO DE EMPLEO PÚBLICO RESUELVE: ARTÍCULO 1.- La BASE INTEGRADA DE INFORMACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO Y SALARIOS (BIEP) tendrá como objetivo el uso de nomencladores comunes y procedimientos estándares, que permitan la integración de la información sobre recursos humanos y organización de las jurisdicciones y organismos definidos en el artículo 1 del Decreto 365/17 según las pautas establecidas en el presente, y aquellas que se establezcan para los organismos y jurisdicciones que adhieran mediante convenio según el artículo de la citada norma. ARTÍCULO 2.- La BASE INTEGRADA DE INFORMACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO Y SALARIOS (BIEP), se integrará con información proveniente de: 1. Los sistemas transversales de Gestión, Administración e Información de Recursos Humanos y de estructuras organizativas de las jurisdicciones y organismos definidos en el artículo 1 del Decreto 365/17, a saber: 1. Legajo Único Electrónico (LUE, Decreto N 561/2016, Resolución N 22/2016 de la Secretaría de Modernización Administrativa del MINISTERIO DE MODERNIZACION); 2. Locación de Obras y Servicios (LOyS, Decreto N 1301/2016); 3. Información pertinente que surja de otros Módulos del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE, Decreto N 561/2016); 4. Sistema de Información para el Control del Registro y Actualización de los Cargos y Contratos Desempeñados por Personas con Certificado Único de Discapacidad (RCPD, Ley N 22.431 y su modificatoria N 25.689, Decreto N 312/20) 5. Sistema Integrado de Recursos Humanos (SIRHU, Decreto N 645/1995); 6. Otros sistemas de gestión de información de administración de personal y de estructuras organizativas implementados en forma transversal a las Jurisdicciones y Entidades mencionadas en el artículo 1 del Decreto 365/17. 2. Información remitida por las Jurisdicciones o Entidades al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en cumplimiento de la Decisión Administrativa N 12/2017 y su complementaria Decisión Administrativa N 284/2017, y normas que la sustituyan en el futuro.

3. La información suministrada por las jurisdicciones y entidades con sujeción a lo previsto en los artículos siguientes. ARTÍCULO 3.- Apruébese la Estructura y Normas de Interfaz de la BASE INTEGRADA DE INFORMACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO Y SALARIOS (BIEP) a la que deberán ajustarse las jurisdicciones y entidades mencionadas en el inciso a del artículo 8 de la Ley N 24.156 que como Anexo I (IF-2017-12537739-APN-SECEP#MM) forma parte de la presente. ARTÍCULO 4.- La información deberá remitirse a la Dirección Nacional de Gestión de Información y Política Salarial (DNGIyPS) de la Secretaría de Empleo Público del MINISTERIO DE MODERNIZACION, dentro de los primeros (diez) días hábiles del mes, de acuerdo con los estándares y fechas de actualización establecidos en el Anexo I (IF-2017-12537739-APN-SECEP#MM), sin perjuicio de las particularidades allí previstas para novedades que no se produzcan regularmente de manera mensual. ARTÍCULO 5º.- El titular de la Unidad Organizativa a cargo de las acciones en materia de Personal de las jurisdicciones y organismos comprendidos en el artículo 1, siempre que revistara con jerarquía no inferior a Director o equivalente, o en su defecto, la autoridad de la que dependa dicha Unidad que contara con esa jerarquía, será responsable de la recopilación, verificación, registración, certificación, actualización y remisión adecuada y oportuna de los datos conforme a lo establecido en el Anexo I (IF-2017-12537739-APN- SECEP#MM), de acuerdo a los principios generales relativos a la protección de datos dispuestos en el Capítulo II de la Ley Nº 25.326. ARTÍCULO 6.- El superior jerárquico con nivel no inferior a Subsecretario deberá remitir a la Dirección Nacional de Gestión de Información y Política Salarial (DNGIyPS) los datos de las personas autorizadas a remitir información de conformidad con lo establecido en la presente a través del formulario de Designación de responsable que como Anexo II (IF- 2017-12537600-APN-SECEP#MM) forma parte de la presente. ARTÍCULO 7.- Las jurisdicciones y entidades deberán facilitar el acceso a los datos solicitados en el Anexo I (IF-2017-12537739-APN-SECEP#MM) a través de un enlace mediante red privada virtual (VPN) a Dirección de Gestión de Información y Política Salarial (DNGIyPS). En caso de no contar dichas previsiones al momento de entrada en vigencia de la presente Resolución, podrán publicarse los Lotes de Información del Anexo I en el servidor dispuesto por la Dirección Nacional de Gestión de Información y Política Salarial, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas en dicho Anexo. ARTÍCULO 8.- Las Jurisdicciones y Entidades deben ejecutar la carga y actualización mensual de datos en el sistema de Legajo Único Electrónico (LUE - Decreto N 561/2016). Dicha carga relevará de la obligación establecida en el artículo 4 de la presente, en lo que respecta a correspondientes a los Lotes de Datos Personales (Inciso 2 Artículo del

Anexo I), Relaciones Familiares (Inciso 3 Artículo del Anexo I), Estudios (Inciso 4 Artículo del Anexo I) y Datos Laborales (Inciso 5 Artículo del Anexo I). ARTÍCULO 9.- Las Jurisdicciones y Entidades deberán remitir los datos correspondiente al Lote Liquidaciones de conformidad con las especificaciones del Anexo I (Inciso 9 Artículo del IF-2017-12537739-APN-SECEP#MM) de manera simultánea a la información que se remite al Sistema Integrado de Recursos Humanos (SIRHU - Decreto N 645/1995), a fin de que se unifiquen los criterios técnicos de provisión de datos. Una vez unificados, la Dirección Nacional de Gestión de Información y Política Salarial (DNGIyPS) autorizará a la jurisdicción o entidad a remitir la información exclusivamente a la BIEP mediante el mencionado Anexo I. ARTÍCULO.- Se considerará cumplida la obligación establecida en el artículo 4 de la presente, en lo que respecta al Lote Evaluaciones (Inciso 6 Artículo del Anexo I), para todas las Jurisdicciones y Entidades que tramiten las Evaluaciones de Desempeño de su personal a través de los módulos de GDE habilitados para tales fines, en tanto en los mencionados módulos se incluya en formato estandarizado los campos solicitados en Inciso 6 del Artículo del Anexo I de la presente norma. ARTÍCULO 11.- Producida la remisión y actualización de datos de conformidad con los artículos anteriores, se entenderán cumplidas las obligaciones que surgen de las siguientes normas: 1. Artículo 8 del Decreto 355/2017, 2. Las novedades mensuales previstas en el Artículo 5 de la Decisión Administrativa 284/17. 3. Inciso d) Artículo 1 del Anexo I de la Resolución ex Secretaría de la Gestión Pública 56/20. 4. Artículos 1, 2 y 3 de la Resolución ex Secretaría de Gestión Pública 41/2008. 5. Artículo 1 de la Resolución Conjunta ex Secretaría de la Gestión Pública y Subsecretaría de Presupuesto 81/2008. 6. Artículo 6 de la Resolución ex Subsecretaría de Gestión Pública 48/2002. ARTÍCULO 12.- La Secretaría de Modernización Administrativa del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN administra y genera los procesos de extracción, transformación y carga de los datos provenientes de las Jurisdicciones y Entidades en la BIEP, y presta colaboración a los organismos para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2, 7 y 8 de la presente Resolución.

ARTÍCULO 13.- La Dirección Nacional de Gestión de Información y Política Salarial (DNGIyPS) emitirá informes de actualización de la BIEP dentro de los primeros (diez) días hábiles del mes siguiente al informado y será la única fuente de Información en materia de Empleo Público para las distintas publicaciones o reportes que comprendan a las jurisdicciones y entidades que informen a la BIEP. ARTÍCULO 14: La presente entrará en vigencia al mes siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, sin perjuicio del Cronograma de implementación que establezca la autoridad de aplicación para ordenar y prestar colaboración a las entidades obligadas a fin de garantizar el cumplimiento de las previsiones del Decreto 365/2017 y la presente Resolución. ARTÍCULO 15: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Pablo Martin Legorburu.

ESTRUCTURA BASE INTEGRADA DE INFORMACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO Y SALARIOS (BIEP) Secretaría de Empleo Público Dirección Nacional de Gestión de Información y Política Salarial 1

ANEXO I 1. ESQUEMA FUNCIONAL El MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN recibirá los datos en diferentes formatos y estándares desde cada una de las Jurisdicción/Entidades alcanzadas. JURISDICCIÓN/ENTIDAD TRANSMICIÓN MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN USUARIOS Entidad 1.txt REPORTES Entidad 2 Entidad 3 VPN VPN BASE INTEGRADA DE INFORMACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO Y SALARIOS (BIEP) REPORTES Entidad 4.txt REPORTES Referencias: Sistemas transversales de Gestión, Administración e Información de Personal.txt Archivos generados por los Sistemas de Gestión de Personal de las Jurisdicciones/Entidades VPN Enlace mediante red privada virtual (VPN) entre los sistemas de gestión de personal de las Jurisdicciones/Entidades y el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Ilustración 1 - Esquema de Transferencia de Información Este esquema define la unidad central, MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, que obtiene los datos de Empleo Público de las Jurisdicciones y Entidades, procesa y almacena la información normalizada e integrada. 1.1. Estos datos corresponderán inicialmente a los siguientes conceptos: - Datos de Personas empleadas o con relaciones contractuales - Datos de las relaciones familiares de cada persona empleada o con relación contractual - Datos de los estudios cursados de las personas empleadas o con relación contractual - Datos de los vínculos laborales/contractuales de las personas con el Sector Público Nacional - Datos de evaluación de desempeño de las personas empleadas o con relaciones contractuales - Datos de Presentismo/Ausentismo de Personas empleadas o con relaciones contractuales - Datos básicos de la aplicación del régimen disciplinario para cada persona informada - Datos de liquidaciones de haberes u otro tipo de retribuciones de las personas empleadas o con relaciones contractuales 1.2. Se podrán incorporar conceptos nuevos en base a la evolución de las necesidades de análisis de información. 1.3. Los datos serán almacenados en la Base Integrada de Información de Empleo Público y Salarios en adelante BIEP, donde permanecerán en forma histórica para su análisis. Esta información estará soportada en tecnología de última generación que permitirá almacenar grandes volúmenes de datos, detallados e históricos para ser consultados eficientemente. 2. FUENTES DE DATOS La BIEP tomará como fuente los datos que se encuentren en: 2

2.1. Los sistemas transversales de Gestión, Administración e Información de Recursos Humanos y de estructuras organizativas de las jurisdicciones y organismos definidos en el artículo 1 del Decreto 365/17, a saber: 2.1.1. Legajo Único Electrónico (LUE, Decreto N 561/2016, Resolución N 22/2016 de la Secretaría de Modernización Administrativa del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN) 2.1.2. Locación de Obras y Servicios (LOyS, Decreto N 1301/2016) 2.1.3. Información pertinente que surja de otros Módulos del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE, Decreto N 561/2016) 2.1.3.1. Expediente Electrónico 2.1.3.2. Generador Electrónico de Documentos Oficiales 2.1.3.3. Registro Legal Multipropósito 2.1.4. Sistema de Información para el Control del Registro y Actualización de los Cargos y Contratos Desempeñados por Personas con Certificado Único de Discapacidad (RCPD, Ley N 22.431 y su modificatoria N 25.689, Decreto N 312/20) 2.1.5. Otros sistemas de gestión de información de administración de personal y de estructuras organizativas implementados en forma transversal a las Jurisdicciones y Entidades mencionadas en el artículo 1 del Decreto 365/17. 2.2. Información remitida por las Jurisdicciones o Entidades al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en cumplimiento de la Decisión Administrativa N 12/2017 y su complementaria Decisión Administrativa N 284/2017, y normas que la sustituyan en el futuro: 2.3. Información suministrada por las jurisdicciones y entidades con sujeción a lo previsto en la presente resolución. 3. CODIFICACIÓN DE DATOS 3.1. CÓDIGOS ESTÁNDAR El DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL (DNGIyPS) pondrá a disposición de las Jurisdicciones y Entidades tablas con estándares de codificación a los que deberán ajustarse los campos de datos solicitados. Además de informar el código estándar BIEP, las Jurisdicciones y Entidades también deberán informar sus descripciones locales de acuerdo a cómo se encuentren en los diferentes Sistemas de Gestión y Administración de Personal. 3.2. HOMOGENEIZACIÓN DE CÓDIGOS Las Jurisdicciones y Entidades deberán remitir a la DNGIyPS las tablas de códigos utilizadas en los diferentes sistemas de gestión y administración de personal a fin de estandarizar la remisión de los datos. Conforme las mencionadas tablas de códigos sufran modificaciones o actualizaciones las Jurisdicciones y Entidades deberán remitir las tablas actualizadas. 4. LOTES DE INFORMACIÓN 4.1. CONCEPTO Se denomina lote de información al grupo físico de archivos digitales de datos que componen una unidad lógica conteniendo información proveniente de los sistemas de gestión, información y administración de recursos humanos propios de las Jurisdicciones y Entidades o Transversales a las mismas para un período determinado. Existirán ocho (8) lotes de datos: 3

LOTE DE INFORMACIÓN ABREVIATURA 1. Datos Personales PER 2. Relaciones Familiares FAM 3. Estudios EST 4. Datos Laborales LAB 5. Evaluaciones EVA 6. Régimen Disciplinario DIS 7. Presentismo PRE 8. Liquidaciones LIQ Tabla 1: Lotes de Información El lote de información será un grupo de archivos comprimidos en formato.zip que deberá estar compuesto por todos los archivos de un período dado. El lote de información se deberá enviar con la periodicidad establecida en la presente Resolución, en el apartado Periodicidad (ARTÍCULO 7 del presente ANEXO). 4.2. COMPONENTES 4.2.1. FORMULARIO DETALLE DE ARCHIVO DE LOTES DE INFORMACIÓN Cada Jurisdicción o Entidad Alcanzada, deberá completar un formulario con los datos referidos a la generación de los lotes de información. Este archivo contendrá. Código de la Jurisdicción o Entidad Números de Lotes detallados en el Formulario en la que se realizó el proceso de generación de los lotes de información Período al cual corresponden los datos enviados Responsable del Envío 4.3. ARCHIVOS DE DATOS Los lotes de información están compuestos por archivos de datos y contendrán toda la información necesaria para su actualización. Características principales: Contienen la información correspondiente de acuerdo a los formatos establecidos. Deberán seguir un estándar preestablecido de formato de fechas, dígitos y caracteres. Los datos deben estar encolumnados y la longitud del registro total debe ser siempre igual para todos los que compongan el archivo. El largo del registro será definido por el diseño de detalle de cada archivo. 4.4. NOMBRE DE LOS ARCHIVOS DE DATOS El nombre del archivo.zip deberá estar constituido de la siguiente forma: EEAAAAMM.zip Dónde: EE: Código de la Jurisdicción/Entidad que realizó la generación del lote de información que suministrará la Dirección Nacional de Gestión de Información y Política Salarial. (Ver Tabla de Códigos de Jurisdicción/Entidad) AAAAMM: Período Informado. En caso de información que se envía con frecuencia semestral, el mes será completado con 01 o 06. El nombre de los archivos.txt que deben estar agrupados en el archivo.zip arriba descripto debe ser EEAAAAMMCCCLL.txt: Dónde: EE: Código de la Jurisdicción/Entidad que realizó la generación del lote de información que suministrará la Dirección Nacional de Gestión de Información y Política Salarial. (Ver Tabla de Códigos de Jurisdicción/Entidad) 4

AAAAMM: Período Informado. En caso de información que se envía con frecuencia semestral, el mes será completado con 01 o 06. CCC: Lote informado LL: Partida del Lote de Información (para los casos información particionada) Ejemplo: Lotes de Información a ser enviados por el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN correspondiente al mes de JUNIO de 2017 - Nombre del archivo.zip: MM201706.zip - Nombre de los archivos.txt contenidos dentro del.zip: Entidad Año Mes Lote de Información Partición Nombre del Archivo MIN. DE MODERNIZACIÓN 2017 Junio Datos Personales 1 MM201706PER01.txt MIN. DE MODERNIZACIÓN 2017 Junio Datos Personales 2 MM201706PER02.txt MIN. DE MODERNIZACIÓN 2017 Junio Relaciones Familiares 1 MM201706FAM01.txt MIN. DE MODERNIZACIÓN 2017 Junio Estudios 1 MM201706EST01.txt MIN. DE MODERNIZACIÓN 2017 Junio Datos Laborales 1 MM201706LAB01.txt MIN. DE MODERNIZACIÓN 2017 Junio Datos Laborales 2 MM201706LAB02.txt MIN. DE MODERNIZACIÓN 2017 Junio Evaluaciones 1 MM201706EVA01.txt MIN. DE MODERNIZACIÓN 2017 Junio Régimen Disciplinario 1 MM201706DIS01.txt MIN. DE MODERNIZACIÓN 2017 Junio Presentismo 1 MM201706PRE01.txt MIN. DE MODERNIZACIÓN 2017 Junio Liquidaciones 1 MM201706LIQ01.txt Tabla 2: Ejemplo de Nombres de los archivos con Lotes de Información. 4.5. FORMATO DE LOS ARCHIVOS DE DATOS Los archivos serán de texto plano y utilizarán el juego de caracteres Unicode con codificación UTF-8. Cada archivo contendrá cero o más registros. Específicamente constará de un registro por línea, finalizando cada registro con un salto de línea (set de caracteres CRLF). Dentro de cada registro habrá uno o más campos de longitud fija. Se indica a continuación un ejemplo, consistente de un set de datos y una definición de campos: CUIL Apellido Nombre de Nacimiento Género 20360230453 Gonzales Roberto 30 de julio, 1985 Masculino 27460230453 Fernández María 3 de diciembre, 1970 Femenino Tabla 3: Posibles datos a enviar al BIEP. CAMPO LONGITUD (en caracteres) CUIL 11 Apellido 30 Nombre 30 de Nacimiento Genero 1 Tabla 4: Definición de campos para un archivo a enviar a la BIEP Al set de datos de la Tabla 3, se le aplica la definición de campos de la Tabla 4 y se genera el siguiente archivo de datos: CUIL NOMBRE N.GH. 5

0 1 2 3 4 5 6 7 8 1234567890123456789012345678901234567890123456789012345678901234567890123456789012345 20360230453Gonzalez Roberto 30/07/19862 27460230453Fernández María 03/12/19901 Archivo 1: Archivo BIEP generado a partir de los datos de la tabla 1 y la definición de la tabla 2. 4.6. RELLENO DE CAMPOS Dado que los campos tienen longitud fija en el archivo de texto, para valores o datos de un campo que no llegaran a ocupar todo el largo del mismo, por ejemplo, el valor 20 en un campo de longitud 4, se incluirá caracteres de relleno o padding con el objetivo de alcanzar la longitud deseada. Para los campos de tipo texto el relleno se realizará adicionando espacios en blanco a la derecha del valor hasta alcanzar la longitud de campo requerida. Por ejemplo, en el Archivo 1 del ejemplo, 14 espacios en blanco fueron agregados luego del nombre Roberto González para alcanzar la longitud de 50 caracteres requerida por el campo. Para el caso de los campos numéricos, el relleno se realizará completando a la izquierda con ceros ( 0 ). Por ejemplo, en el caso de un valor de 1 en un campo numérico de longitud 3, el valor debe ser expresado como 001. La parte decimal de valores numéricos se completará con ceros ( 0 ) a la derecha. 4.7. TRUNCAMIENTO Si bien la longitud de los campos está definida para que puedan representarse todos los valores posibles; en el caso en que un valor eventualmente supere el límite, los datos deberán truncarse a la información solicitada. 4.8. VALORES NULOS O FALTANTES Para campos donde no se informen valores, igualmente el espacio que ocupa el campo debe ser rellenados por ceros ( 0 ) para los campos numéricos, por blancos ( ) para los campos texto, por 00000000 para los campos fecha y 000000 para los campos mes. 4.9. DATOS TIPO FECHA Los datos de tipo, tendrán la máscara DD/MM/AAAA, donde: DD Número del día (01-31) MM Número del mes (01-12) AAAA Tabla 5: Componentes del tipo Año Tanto el día (DD) y el mes (MM) deben componerse siempre de dos caracteres, llenando los espacios faltantes con CERO (0) a la izquierda. Por ejemplo, 6 de julio de 1990 se representará con 06/07/1990. Las fechas como mínimo deben cumplir el formato mencionado, comprobarse como válidas y pueden estar sujetas a validaciones adicionales específicas del campo (ejemplo, fecha de nacimiento anterior a una fecha determinada). Adicionalmente, se define el tipo Mes el cual tendrá la máscara MM/AAAA y su comportamiento será igual al expresado previamente para el tipo, pero sin el componente del día. Por ejemplo, julio de 1990 se representará con 07/1990. 6

5. ENVÍO DE LA INFORMACIÓN 5.1. INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN PRELIMINAR Previo a que cada Jurisdicción o Entidad comience a informar sus datos al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la DNGIyPS designará un equipo para dar soporte ante dudas y consultas con el fin de asegurar que el proceso se realice correctamente. 5.2. MECANISMO DE TRANSMISIÓN DE DATOS 5.2.1. ACCESO DIRECTO A LOS SISTEMAS VÍA RED PRIVADA VIRTUAL 5.2.1.1. Las Jurisdicciones y Entidades deberán facilitar el acceso a los sistemas de gestión y administración contenedores de los datos solicitados en el presente ANEXO a través de un enlace mediante Red Privada Virtual (VPN) a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL (DNGIyPS) 5.2.1.2. Las Jurisdicciones y Entidades deberán ajustar sus respectivos sistemas de gestión contenedores de los datos solicitados en el presente ANEXO, a los formatos de las tablas de códigos facilitadas desde la DNGIyPS. 5.2.1.3. El MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN pondrá a disposición sus recursos a fin de facilitar y garantizar la conexión segura entre los sistemas de Gestión y Administración de Personal de las Jurisdicciones y Entidades y la BIEP. 5.2.2. SECURE FILE TRANSFER PROTOCOL (SFTP) El envío de la información, desde las Jurisdicción/Entidades a la DNGIyPS, se podrá realizar mediante la publicación de los lotes de datos a un servidor del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN. Esta publicación se realizará utilizando SSH File Transfer Protocol o Secure File Transfer Protocol (SFTP). Los organismos subirán el/los archivos comprimidos con extensión.zip mencionados en el ARTÍCULO 4 del presente (4. LOTES DE INFORMACIÓN) a una carpeta a la cual sólo tendrán acceso el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y el mencionado organismo. El sistema BIEP procesará los archivos encontrados luego de realizar las validaciones de integridad correspondientes. El set de datos de cada mes puede ser subido en diferentes oportunidades, identificando a cada envío con un número de lote distinto, secuencial y consecutivo. En todos los casos el set de datos contendrá todos los datos del lote mensual, no pudiendo enviarse sets de datos parciales o incompletos. 5.3. PROCESO 5.3.1. ACCESO DIRECTO A LOS SISTEMAS VÍA RED PRIVADA VIRTUAL Al inicio del proceso, los responsables de cada Jurisdicción y Entidad se deberán poner en contacto con el equipo de la DNGIyPS a fin de asegurar que el proceso se realice correctamente y establecer las pautas técnicas de acceso y transferencia de los datos. 5.3.2. SECURE FILE TRANSFER PROTOCOL (SFTP) Al inicio del proceso, los responsables de cada Jurisdicción y Entidad recibirán, de forma segura: Nombre del servidor, y dirección donde deberán conectarse. Usuario del organismo. Contraseña, la cual será solicitada al momento de conectarse al servidor. 7

Posteriormente, deberán acceder a una página establecida por MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN donde contendrán información sobre el software cliente que deberán descargar, así como las tablas de códigos estándar a utilizar. Luego de su instalación, mediante dicho software se conectarán al servidor provisto por el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN e ingresando su usuario y contraseña tendrán acceso a la carpeta compartida donde deberán subir el/los archivos comprimidos con extensión.zip. 6. ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA INFORMACIÓN 6.1. El MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN evaluará la consistencia de la información contenida en los archivos remitidos, de acuerdo con criterios a definir. Esta lógica de validación de inconsistencias dependiendo del método elegido puede no permitir la carga del archivo a la Jurisdicción/Entidad hasta la solución de inconsistencias. 6.2. El MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN proveerá mecanismos para notificar las inconsistencias de datos a cada Jurisdicción/Entidad de origen pudiendo solicitar la corrección de los datos en el origen en caso de inconsistencias demostrables y que se deban a temas exclusivamente de calidad de los datos (ej.: fechas de nacimiento no válidas). Algunas de las inconsistencias podrán ser salvadas durante la carga, no obstante, se informarán a la Jurisdicción/Entidad para su análisis y posterior corrección. 6.3. Las inconsistencias serán tratadas en los siguientes escenarios: 6.3.1. Inconsistencias que generan una advertencia: en este caso, la inconsistencia será salvada, pero se informará a la Jurisdicción/Entidad de origen sobre la detección de la misma. 6.3.2. Inconsistencias que generan el rechazo del registro: en este caso, el registro completo será rechazado y se informará el evento a la Jurisdicción/Entidad de origen. En el caso de registros rechazados, la carga de la información se realizará igual siempre que la cantidad de registros rechazados no supere un umbral, pero se solicitará el reenvío del lote de información completo, con un nuevo código de lote. 6.3.3. Inconsistencias que generan el rechazo del lote: en este caso, el lote completo será rechazado y se solicitará a la Jurisdicción/Entidad generante su reenvío, el cual deberá generarse codificándolo como un nuevo lote, es decir, incrementando en 1 el valor del lote. 6.3.4. Cada Jurisdicción/Entidad tendrá un puntaje de calidad de datos, que se calculará con una fórmula que incluye cantidad de lotes rechazados, cantidad de inconsistencias que generaron una advertencia y cantidad de inconsistencias que generaron registros rechazados. 7. PERIODICIDAD 7.1. Cada lote de datos se deberá enviar con la periodicidad expresada en la tabla debajo: Lote Periodicidad Envío Límite Personas Mensual Día Hábil 15 Del Mes Vencido Relaciones Familiares Mensual Día Hábil 15 Del Mes Vencido Estudios Mensual Día Hábil 15 Del Mes Vencido Datos Laborales Mensual Día Hábil 15 Del Mes Vencido Evaluaciones Novedades Conforme se produzcan Novedades, mínimamente semestral Régimen Disciplinario Novedades Conforme se produzcan Novedades, mínimamente semestral 8

Presentismo Mensual Día Hábil 15 Del Mes Vencido Liquidaciones Mensual Día Hábil 15 Del Mes Vencido. Tabla 6: Definición de campos para un archivo a enviar a la BIEP Como se mencionó anteriormente, cada set de datos puede enviarse en diferentes oportunidades. En ese caso, se deberá incrementar en 1 el número de lote en el nombre del archivo.zip (ver ARTÍCULO 4.4. NOMBRE DE LOS ARCHIVOS DE DATO del presente ANEXO) 8. EXCEPCIONES DE REMISIÓN DE INFORMACIÓN 8.1. Las Jurisdicciones y Entidades deben ejecutar la carga y actualización mensual de todos los datos en el sistema de Legajo Único Electrónico (LUE - Decreto N 561/2016). Dicha carga relevará de la obligación establecida de remitir los siguientes Lotes de información: Datos Personales (INCISO 2 ARTÍCULO del presente ANEXO) Relaciones Familiares (INCISO 3 ARTÍCULO del presente ANEXO) Estudios (INCISO 4 ARTÍCULO del presente ANEXO) Datos Laborales (INCISO 5 ARTÍCULO del presente ANEXO) 8.2. Las Jurisdicciones y Entidades que tramiten las Evaluaciones de Desempeño de su personal a través de los módulos de GDE habilitados para tales fines, en tanto en los mencionados módulos se incluya en formato estandarizado los campos solicitados en INCISO 6 ARTÍCULO del presente ANEXO habrán cumplido con la obligación de remitir el siguiente Lote de Información: Evaluaciones (INCISO 6 ARTÍCULO del presente ANEXO) 9. SEGURIDAD DE LOS DATOS La transferencia del archivo se hará mediante mecanismos que encriptan la información de punta a punta.. LOTES DE INFORMACIÓN.1. INTRODUCCIÓN Se indican a continuación los archivos de datos de cada Lote de Información. Nombre del Campo: identificador único del campo : breve descripción o : indica si ese campo corresponde a un valor estandarizado o local. o Valores estandarizados: se deben informar los valores según códigos informados por la DNGIyPS en las tablas normalizadoras que serán suministradas o Valores locales: se deben informar los valores que maneja cada sistema de gestión y administración de personal. Esto aplica para códigos como para descripciones. Tabla de Estandarización: indica cual es el nombre de la tabla que se debe utilizar para estandarizar el valor según las tablas publicadas por el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN. Tipo de Dato: puede ser numérico, texto, fecha o mes. Algunos valores numéricos pueden contener decimales. En ese caso, se especifican como Numérico (14,2) que significa que el campo ocupa 16 valores de los cuales 14 son la parte entera y los 2 últimos los decimales. Longitud: cantidad de posiciones que ocupa el campo en el archivo..2. DATOS PERSONALES 9

Este archivo contiene un registro por cada persona desempeñando actividades en cada Jurisdicción o Entidad. Incluye: - Personas que se desempeñan en cargos de Planta Permanente de las distintas Jurisdicción y Entidades del Sector Público Nacional. - Personas que se desempeñan en cargos de Planta Temporaria de las distintas Jurisdicción y Entidades del Sector Público Nacional - Personas designadas como Gabinete de Autoridades Superiores. - Personas Contratadas con relación de dependencia laboral - Personas en Proyectos con Financiamiento Internacional (Banco Mundial, PNUD, etc.) - Contratos bajo Locación de Servicios a Título Personal (Decreto 2345/08), o Locación de Obra (Decreto 23/01), - Asistencias Técnicas de Universidades y entidades educativas, becarios y pasantes. - Personal Ad Honorem - Personas con Horas Cátedra asignadas Nombre del Campo CUIL Apellido Nombre Código Tipo Documento Estándar Tipo Documento Número de Documento Código Género Estándar Género Nacimiento Código País Nacimiento País Nacimiento Código Tipo Nacionalidad Estándar Nacionalidad Domicilio Particular Calle Número de Clave Única de Identificación Laboral o Tributaria Apellido/s (según figuren en el Documento de Identidad) Nombres/s (según figuren en el Documento de Identidad) Código Estándar para Tipo de documento para Tipo de documento o Tabla ra Tipo de Dato Numérico 11 Texto 30 Texto 30 Tipos de Documento Numérico 1 Texto 20 Número de documento Numérico Género de la persona en codificación estándar del género en su formato local de Nacimiento Código estandarizado del país donde la persona nació local del país donde la persona nació Código estandarizado del tipo de Nacionalidad local del tipo de nacionalidad Calle/Avenida/Ruta del domicilio de la persona Géneros Texto 1 Texto 20 Países Numérico 3 Texto 30 Tipos de Nacionalidades Longitud Numérico 1 Texto 20 Texto 50

Nombre del Campo Domicilio Particular Número Tipo de Domicilio Particular Domicilio Particular Piso Domicilio Particular Departamento Código idad Estándar Código idad idad Código Provincia Domicilio Estándar Código Provincia Domicilio Provincia Domicilio Código País Domicilio Estándar País Domicilio Código Postal Domicilio Código Estado Civil Estándar Estado Civil Correo Electrónico Institucional Primer Ingreso al Sector Público Nombre Primer Jurisdicción/Entida d Sector Público Primer Ingreso APN Número o Km del domicilio de la persona Torre/cuerpo/edificio/o tro del domicilio de la persona Número de Piso del domicilio de la persona Número-Letra del Departamento del domicilio de la persona Código estándar de la localidad del domicilio de la persona Código local de la localidad del domicilio de la persona de la localidad del domicilio de la persona Código estandarizado de la provincia del domicilio de la persona Código local de la provincia del domicilio de la persona local de la provincia del domicilio de la persona Código estandarizado del país del domicilio local del país del domicilio Nuevo Código Postal Argentino Código de Estado Civil del Código Civil Dirección de correo electrónico de contacto del primer ingreso al Sector Público (Cualquier ámbito estatal:, nacional o empresas públicas) Nombre de Primer Jurisdicción/Entidad en el Sector Público (provincial; municipal; universidades, empresas públicas) del primer ingreso al APN o Tabla ra Tipo de Dato Texto Texto Texto Texto idades Numérico 6 Texto Texto 30 Provincias Numérico 2 Texto Texto 30 Países Numérico 3 Texto 30 Texto 8 Estados Civiles Numérico 1 Texto 20 Texto 70 Texto 50 Longitud 11

Nombre del Campo Último Ingreso APN Discapacidad Certificada Código Tipo Discapacidad Estándar Tipo Discapacidad Alcance Discapacidad Régimen de certificación de la discapacidad Número Certificado Discapacidad Validez Certificado Discapacidad Emisión Certificado Vencimiento Certificado Jurisdicción/Entida d Emisora Código Provincia Certificante Estandar Código Provincia Certificante Provincia Certificante Veterano de Guerra Número Certificado Veterano Guerra Opción SS Obra Social Obra Social Afiliado Gremial Jurisdicción/Entida d Gremial del último ingreso al APN Discapacidad certificada ("S" o "N") Código del Tipo de Discapacidad del Tipo de Discapacidad Alcance de la discapacidad Código del Régimen de Certificación de Discapacidad Número de Certificado Único de Discapacidad Validez del Certificado Único de Discapacidad de emisión del Certificado Único de Discapacidad de vencimiento del Certificado Único de Discapacidad Razón social de la Jurisdicción/Entidad emisora del Certificado Código estandarizado de la provincia Certificante Código local de la provincia certificante local de la provincia certificante Certificación de Veterano de Guerra ("S" o "N") Número de la Certificación de Veterano de Guerra Situación opción exigida por el Decreto N 894/01 Obra Social a la que aporta Obra Social a la que aporta Afiliado Cotizante a Jurisdicción/Entidad Gremial ("S", "N") Jurisdicción/Entidad Gremial o Tabla ra Tipos de Discapacidad Tipo de Dato Longitud Texto 1 Numérico 1 Texto 20 Alcance de la Discapacidad Numérico 1 Texto Numérico Certificado Discapacidad Numérico 1 Texto 70 Provincias Numérico 2 Texto Texto 30 Texto 1 Texto Seguridad Social Numérico 3 Obra Social Numérico 6 Texto 50 Texto (S/N) 1 Texto 80 12

Nombre del Campo Desde Delegado Sindical Hasta Delegado Sindical Indica la fecha desde la cual fue nombrado delegado sindical Indica la fecha desde la cual deja de ser delegado sindical o Tabla ra Tipo de Dato Longitud.3. RELACIONES FAMILIARES Este archivo contiene un registro de los Datos de las relaciones familiares de cada persona que desempeña actividades en cada Jurisdicción o Entidad. Se debe enviar un registro por cada relación familiar que tenga una persona: cónyuge, concubino, hijo, padre, madre, hermano, persona a cargo. Se realizará un primer envío con los datos completos y en los meses subsiguientes sólo las novedades. Nombre del Campo CUIL Tipo de Relación Estándar Apellido Persona Relacionada Nombre Persona Relacionada Código Tipo Documento Persona Relacionada Estándar Tipo Documento Persona Relacionada Número de Documento Persona Relacionada CUIL Persona Relacionada Código Género Persona Relacionada Estándar Código Género Persona Número de Clave Única de Identificación Laboral o Tributaria del Empleado Código de Relación. Indica la relación que la persona informada tiene con el empleado Apellido/s (según figuren en el Documento de Identidad) de la persona relacionada Nombres/s (según figuren en el Documento de Identidad) de la persona relacionada Código Estándar para Tipo de documento de la persona relacionada para Tipo de documento o Tabla ra Relaciones familiares Tipos de Documento Tipo de Dato Numérico 11 Numérico 2 Texto 50 Texto 50 Numérico 1 Texto 20 Número de documento Numérico Número de Clave Única de Identificación Laboral o Tributaria de la persona relacionada Género de la persona en codificación estándar Género de la persona en codificación local Numérico 11 Géneros Numérico 1 Texto Longitud 13

Nombre del Campo Relacionada Nacimiento Persona Relacionada Código Tipo Discapacidad de la Persona Relacionada Estándar Tipo Discapacidad de la Persona Relacionada Defunción de Nacimiento Código Tipo Discapacidad. Dejar en blanco si no tiene discapacidad. Tipo Discapacidad de la Persona Relacionada de Nacimiento o Tabla ra Tipos de Discapacidad Tipo de Dato Longitud Numérico 1 Texto 20.4. ESTUDIOS Este archivo contiene un registro de los Datos relativos a la Educación por cada persona que desempeña actividades en cada Jurisdicción o Entidad. Se debe informar un registro por cada título obtenido por cada persona, desde nivel primario hasta títulos de posgrado. Se realizará un primer envío con los datos completos y en los meses subsiguientes sólo las novedades. 14

Nombre del Campo CUIL Grado del Estudio Finalizado Grado del Título Estudio Finalizado Estudio Finalizado Obtención Titulo Número de Clave Única de Identificación Laboral o Tributaria Código del Grado del Estudio Finalizado Código del Grado del Estudio Finalizado o Tabla ra Niveles Educativos Tipo de Dato Numérico 11 Numérico 2 Numérico Denominación local del grado del título obtenido Texto 50 s de finalización de estudios Denominación Denominación oficial de la Jurisdicción/Entidad Jurisdicción/Entidad Otorgante del académica otorgante del Universidades Numérico 3 Título Universitario título de Grado o Superior Universitario o Superior Denominación Denominación oficial de la Jurisdicción/Entidad Jurisdicción/Entidad Otorgante del académica otorgante del Texto 80 Título título Título/s Denominación oficial Títulos Texto 0 Área de Estudio Código de Área de Estudio Áreas de Estudio Numérico 2 Disciplina de Código de Disciplina de Áreas de Estudio Estudio Estudio Numérico 2 Sub-Disciplina de Código de Sub-Disciplina Áreas de Estudio de Estudio Estudio Numérico 2 Número Matrícula/s Matrícula/s Profesional/es (cuando sea requerido por Texto funciones desempeñadas) Matrícula/s Emisor Matrícula/s de Obtención de Matrícula/s Profesional/es Razón social de la Jurisdicción/Entidad emisora de la/s Matrícula/s Profesional/es Estado del estudio Estado actual del Estudio Texto 80 Estado del Estudio Longitud Numérico 1.5. DATOS LABORALES Este archivo contiene un registro por cada relación laboral informada. Para el Árbol Organizacional, debe informarse la Unidad organizativa a la cual pertenece la persona. Nombre del Campo CUIL Número de Clave Única de Identificación Laboral o Tributaria o Tabla ra Tipo de Dato Numérico 11 Longitud 15

Nombre del Campo o Tabla ra Tipo de Dato Longitud Secretaría o equivalente Secretaría de Estado o equivalente Árbol Organizacional Numérico Subsecretaría o equivalente Subsecretaría de Estado o equivalente Árbol Organizacional Numérico Dirección General, Nacional o equivalente Dirección General, Nacional o equivalente Árbol Organizacional Numérico Dirección o equivalente Dirección o equivalente Árbol Organizacional Numérico Coordinación o equivalente Coordinación o equivalente Árbol Organizacional Numérico Unidad Organizativa Unidad Organizativa o equivalente Árbol Organizacional Numérico de Ingreso a la Jurisdicción/Entidad Actual de Egreso de la Jurisdicción/Entidad actual Calle Puesto Trabajo Numero de Calle Puesto Trabajo Código Postal Puesto de Trabajo Código idad idad Código Provincia Estandar Domicilio Provincia Domicilio Código País Domicilio País Domicilio Programa Presupuestario de ingreso a la Jurisdicción/Entidad informante de la relación laboral de egreso a la Jurisdicción/Entidad informante de la relación laboral. Debe informarse en el caso en que en el período informado la persona haya sido dada de baja de la relación laboral. Calle/Avenida/Ruta del Puesto de Trabajo Número o KM del Puesto de Trabajo Código Postal del Puesto de Trabajo Código estándar de la localidad del puesto de trabajo de la localidad del puesto de trabajo Código estandarizado de la provincia del puesto de trabajo local de la provincia del puesto de trabajo Código estandarizado del país del puesto de trabajo local del país del puesto de trabajo Código de programa presupuestario Texto 50 Numérico 50 Texto 7 idades Numérico 6 Texto 30 Provincias Numérico 2 Texto 30 Países Numérico 3 Texto 30 Numérico 2 16

Nombre del Campo Subprograma presupuestario Inciso presupuestario de imputación del gasto Código Sistema de prestación de servicios (Número Escalafón o descripción de otros tipos de prestación) Código Tipo de Puesto de Trabajo local Tipo de Puesto de Trabajo Denominación Puesto Sistema Acceso al Cargo/contrato Tipo de Acto Administrativo de acceso al cargo/contrato de acceso al Cargo/contrato Número del acto administrativo de acceso al cargo/contrato del acto administrativo de acceso al cargo Código de excepción Cese Función Directiva Antigüedad en el sistema de prestación de servicios Antigüedad en Tipo de Puesto de Trabajo Código de subprograma presupuestario Código Inciso presupuestario de imputación del gasto Código Sistema de prestación de servicios (Número de Escalafón o descripción otros tipos de prestación) de la persona en el puesto Código estandarizado del Tipo de puesto de trabajo local del tipo de puesto de trabajo Denominación oficial del puesto de acuerdo con la estructura organizativa aprobada Sistema de acceso al cargo Acto Administrativo de acceso al puesto de trabajo Número del acto administrativo de acceso al cargo/contrato del acto administrativo de acceso (Decreto, Resolución, Decisión Admin.) Código de tipo de excepción estimada de cese en el cargo con Función Directiva Meses de Antigüedad en el sistema de prestación de servicios Meses de Antigüedad en el Tipo de Puesto de Trabajo o Tabla ra Tipo de Dato Numérico 1 Inciso presupuestario de imputación del gasto Sistema de prestación de servicios Tipo de Puesto de Trabajo Numérico 1 Numérico 5 Numérico 1 Texto 50 Texto 0 Sistema Acceso al Cargo Normativa de designación Numérico 2 Numérico 1 Alfanumérico Excepciones Alfanumérico Numérico 3 Numérico 3 Longitud 17

Nombre del Campo Código Agrupamiento o equivalente Agrupamiento o equivalente Código de Agrupamiento o equivalente de la persona en el puesto del Agrupamiento o equivalente de la persona en el puesto o Tabla ra Sistema Escalafonario Tipo de Dato Numérico 5 Texto 50 Longitud Código Nivel o equivalente Código de Nivel o equivalente de la persona en el puesto Sistema Escalafonario Numérico 5 Nivel o equivalente Código Tramo o equivalente Tramo o equivalente Código Grado o equivalente Grado o equivalente Denominación de la Función Código Cargo de Alta dirección pública Criticidad Cargo Cantidad Horas Cátedra Código Estándar Situación de Revista Código Situación de Revista Situación de Revista Código Jornada Laboral Jornada Laboral Régimen Horario del Nivel o equivalente de la persona en el puesto Código de Tramo o equivalente de la persona en el puesto del Tramo o equivalente de la persona en el puesto Código de Grado o equivalente de la persona en el puesto del Grado o equivalente de la persona en el puesto Denominación de la Función del Cargo o Servicio Prestado Código del Nivel de criticidad del cargo de Alta dirección pública del Nivel de criticidad del cargo o función directiva Describe cantidad de hs. cátedra que dicta Situación de Revista específica escalafón correspondiente Código de Situación de Revista de Situación de Revista Código de Jornada Laboral de la Jornada Laboral del empleo del Régimen Horario Texto 50 Sistema Escalafonario Numérico 5 Texto 50 Sistema Escalafonario Numérico 5 Texto 50 Texto 0 Criticidades Numérico 2 Texto 50 Numérico Situación de Revista Numérico 2 Texto Texto 50 Jornadas Laborales Numérico 2 Texto 50 Texto 50 18

Nombre del Campo Porcentaje de Dedicación Tipos Licencia Accidente de Trabajo Situación Funcional No Ordinaria Inicio Situación Funcional No Ordinaria Fin Situación Funcional No Ordinaria Situación Funcional no Ordinaria- Prorroga Porcentaje de Dedicación: (0%) (50%) (30%) del Tipo de Licencia de Accidente de trabajo Código de situación Funcional No ordinaria (comisión de servicios/adscripción) de Inicio de situación funcional no ordinaria (comisión de servicios/adscripción) estimada de finalización funcional no ordinaria (comisión de servicios/adscripción) prorroga (comisión de servicios/adscripción) o Tabla ra Tipo de Dato Numérico 4 Texto 50 Situación Funcional NO ordinaria Longitud Numérico 2 Situación Funcional no Ordinaria Jurisdicción/Entidad de Origen Árbol Organizacional Numérico Situación Funcional no Ordinaria Jurisdicción/Entidad de Destino Árbol Organizacional Numérico Código de Riesgos de Riesgos Código Estándar de Tipo de Riesgo en el Puesto de Trabajo de Tipo de Riesgo en el Puesto de Trabajo Riesgos Laborales Numérico 2 Texto 50.6. EVALUACIONES Este archivo contiene un registro de las últimas evaluaciones de desempeño o situación equivalente por cada período reportado. Se debe informar un registro por cada evaluación de desempeño de cada persona. Para cada período, se deberán informar las evaluaciones de desempeño de cada persona, hayan cambiado o no respecto al período anterior. Es decir, se deberán enviar todas las evaluaciones, no solo las novedades o cambios. Nombre del Campo CUIL Número de Clave Única de Identificación Laboral o Tributaria o Tabla ra Tipo de Dato Longitud Numérico 11 Unidad Organizativa Unidad Organizativa o equivalente Árbol Organizacional Numérico Período de Evaluado Último periodo evaluado de desempeño (Año) Año 4 19