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Transcripción:

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO REGLAMENTO DE EXÁMENES PROFESIONALES Reglamento aprobado por el H. Consejo Universitario en su sesión No. 165 del 15 de Octubre de 1984

Artículo 1.- Los exámenes profesionales tienen por objeto evaluar en conjunto los conocimientos generales del sustentante en su especialidad, dando oportunidad para que éste demuestre su capacidad para aplicarlos con criterio profesional. Artículo 2.- El título se expedirá a petición del interesado, cuando haya cubierto los requisitos siguientes: 1. Haber aprobado en su totalidad el plan de estudios respectivo. 2. Que se encuentren en el archivo general de la institución los documentos necesarios para el trámite del título y cédula profesional. 3. Presentar a la Dirección académica constancia no tener adeudos con la institución. Esta constancia deberá ser expedida por la Dirección de Patronato Universitario. 4. Pagar por derecho de examen en la tesorería de la Dirección de Patronato Universitario, el equivalente a 10 días de salario mínimo vigente para el Distrito Federal. 5. Haber aprobado el examen profesional. 6. Haber presentado un artículo técnico de su trabajo de titulación aprobado por el presidente de su comité asesor y el Consejo Editorial de la Revista Chapingo. 7. Haber entregado un ejemplar del trabajo de titulación fotocopiado y encuadernado a cada uno de los sinodales, al DEIS correspondiente y a la biblioteca. Artículo 3.- El examen profesional comprenderá una parte escrita y una oral. Artículo 4.- La parte escrita del examen profesional consistirá en una de las opciones siguientes: 1. Trabajo de investigación y/o experimentación. Consiste en realizar un trabajo de investigación y/o experimentación en el laboratorio y/o en el campo, relacionado con las actividades agronómicas. El trabajo debe hacer una aportación útil o valiosa en el conocimiento de la ciencia y/o de la técnica. Debe contener los elementos siguientes: a) Título y autor c) Introducción, incluyendo I. Naturaleza e importancia del problema estudiado. II. Objetivos del estudio. 2

III. Hipótesis IV. Procedimiento utilizado d) Revisión de literatura e) Materiales y métodos f) Resultados y discusión g) Conclusiones h) Literatura citada 2. Proyecto o desarrollo de un plan de trabajo. Consiste en formular un proyecto y/o desarrollar un plan de trabajo relacionado con el área agronómica que abarque y analice los elementos necesarios para resolver un problema determinado. El trabajo deberá contener los elementos siguientes: a) Título y autor c) Introducción, incluyendo I. Naturaleza e importancia del problema estudiado. II. Objetivos del estudio. III. Hipótesis IV. Procedimiento utilizado d) Revisión de literatura e) Materiales y métodos f) Resultados y discusión g) Conclusiones h) Literatura citada 3. Investigación bibliográfica Consiste en realizar un análisis bibliográfico de un tema científico y/o técnico relacionado con el área agronómica, que permita evaluar el estado actual de los conocimientos de la temática estudiada. El trabajo deberá contener los elementos siguientes: a) Título y autor. c) Introducción, incluyendo: I. Naturaleza e importancia del tema estudiado II. Objetivos del estudio d) Revisión de literatura e) Resultados y discusión f) Conclusiones g) Literatura citada 3

4. Trabajo de campo Consiste en realizar un proyecto de servicio o investigación de una región determinada, con base en sus problemas agronómico técnicos y/o sociales. El trabajo de campo será organizado, conducido y coordinador por los DEIS, o por el departamento de trabajos de campo universitario, o la Subdirección de Centros Regionales, o la Coordinación de Servicio, previa asociación del DEIS en que cursa o cursó sus estudios el interesado. La duración del trabajo de campo deberá ser de un año como mínimo. Una vez aprobado el informe final del trabajo de campo, el examen profesional deberá presentarse en un plazo no mayor de seis meses. Podrán participar en esta opción los alumnos de 6 y 7 año y los egresados de la ENA-UACH. El informe final deberá contener los elementos siguientes: En actividades de investigación. En actividades de servicio. a) Título y autor. c) Introducción, incluyendo: I. Naturaleza e importancia del problema estudiado. II. Objetivos del estudio III. Hipótesis IV. Procedimiento utilizado d) Revisión de literatura e) Materiales y métodos f) Resultados y discusión g) Conclusiones h) Literatura citada a) Título y autor c) Introducción d) Antecedentes e) Justificación f) Revisión de Literatura g) Materiales y métodos h) Resultados y discusión i) Conclusiones y Recomendaciones j) Literatura citada 4

5. Seminario de titulación El seminario consiste en realizar la investigación, exposición, discusión y presentación de un informe escrito de un tema relacionado con el área agronómica. a. Los seminarios serán organizados, convocados y desarrollados por la Dirección Académica a través de las instancias correspondientes. b. Cada seminario se efectuará con grupos no mayores de veinte participantes. c. Los coordinadores del seminario será semestral o intensivo, con una duración mínima de cien horas-clase. d. Podrán participar en los seminarios los pasantes de ENA-UACH con cinco o más años de egresados. e. Los interesados podrán inscribirse en un seminario una vez que hayan pagado el derecho al mismo en la Tesorería de Patronato Universitario, equivalente a treinta días del salario mínimo vigente para el Distrito Federal. f. Para acreditar el seminario los participantes deberán asistir al noventa por ciento de las sesiones como mínimo y obtener una calificación mínima de ochenta puntos en una escala de cien. g. Para acreditar el seminario los participantes deberá asistir al noventa por ciento de las sesiones como mínimo y obtener una calificación mínima de ochenta puntos en una escala de cien. h. Para presentar el examen profesional, los participantes deberán acreditar el seminario, y en un plazo máximo a treinta días, entregar una informe analítico sobre el tema desarrollado. i. Se concederá un plazo máximo de seis meses, contados a partir de la fecha de terminación del seminario, para que el interesado se presente al examen profesional. j. Cuando el participante no cumpla con alguno(s) de los incisos g), h) o i) perderá el derecho al examen profesional, y podrá optar nuevamente por cualquier modalidad que contemple el presente Reglamento. 6. Memoria de experiencia profesional. Consiste en presentar un informe analítico de una experiencia profesional sobre un problema relacionado con las actividades agronómicas. A esta opción podrán aspirar los pasantes que tengan dos años de experiencia profesional como mínimo. Aquellos con más de cinco años de egresados deberán elegir una experiencia profesional comprendida durante los últimos cinco años a la fecha de presentarse al examen profesional. 5

Todos los interesados deberán entregar al DEIS correspondiente una constancia de la institución en que labora o laboró, que avale el proyecto de trabajo de titulación. Una vez aprobado el anteproyecto de trabajo de titulación por el comité asesor, el pasante tendrá un plazo máximo de un año para la presentación del examen profesional. Artículo 5.- La parte oral del examen profesional deberá versar sobre el proyecto de trabajo de titulación desarrollado y los conocimientos generales de la especialidad del sustentante. Artículo 6.- Se podrán realizar trabajos de titulación y exámenes individuales o de grupo, excepto en las opciones 5 y 6 en que serán individuales. En caso de que sean conjuntos deberá señalarse la contribución de cada participante, y cada uno de ellos deberá estar en posibilidad de defender la totalidad del trabajo. Artículo 7.- La UACh se reserva el derecho de edición de los trabajos de titulación desarrollados en ella. Cuando los trabajos se hayan realizado con el auxilio de otras instituciones, la UACh tendrá igual derecho de edición. Artículo 8.- El procedimiento para la aprobación del proyecto del trabajo de titulación es el siguiente: 1. Presentación del anteproyecto de trabajo de titulación a las autoridades académicas del Departamento correspondiente por parte del interesado. Deberá entregar original y cinco copias del anteproyecto. 2. Nombramiento del comité asesor por las autoridades académicas del Departamento en cuestión. 3. Revisión y aprobación del anteproyecto por el comité asesor, el cual dictaminará por mayoría en reunión citada para tal efecto. 4. Una vez aprobado el anteproyecto (a excepción de las opciones 4, 5 y 6) se concederá un plazo no mayor de tres años para la presentación del proyecto de trabajo de titulación. De no presentarlo en el tiempo establecido será invalidado, debiendo iniciar nuevamente las gestiones respectivas. 5. Solicitud de revisión del proyecto de trabajo de titulación al comité asesor correspondiente. 6. De no ser aprobado el proyecto de trabajo de titulación por el comité asesor, el pasante deberá reformular o formular uno nuevo. El dictamen se hará por mayoría en reunión citada para tal efecto. Artículo 9.- El comité asesor estará integrado por cinco profesionales relacionado con el tema del trabajo de titulación. Artículo 10.- Podrán participar en el comité asesor hasta dos profesionales que no laboren en la UACh. 6

Artículo 11.- Los miembros del comité asesor deberán tener como mínimo título de licenciatura. Artículo 12.- Para acreditar su personalidad, los miembros del comité asesor que no laboren en la UACh deberán enviar copia fotostática de su título o cédula profesional a la Dirección Académica. Artículo 13.- El comité asesor integrará el jurado en el examen profesional, fungiendo tres de sus miembros como presidente, secretario y vocal respectivamente, y los dos restantes como suplentes. Artículo 14.- La autorización procedimiento siguiente: para presentar examen profesional quedará sujeta al 1. El pasante acudirá a la oficina de exámenes profesionales a solicita el instructivo del procedimiento para presentar examen profesional. 2. El pasante cubrirá ante la oficina de exámenes profesionales los requisitos señalados en el instructivo. 3. La oficina de exámenes profesionales notificará la fecha y h ora del examen profesional a los miembros de jurado y al pasante. 4. Si transcurridos sesenta minutos después de la hora establecida no se realiza el examen por causas no imputables a la Dirección Académica, ésta se reserva el derecho de establecer el nuevo horario y fecha de examen. Artículo 15.- El examen profesional se desarrollará de acuerdo a los lineamientos siguientes: 1. El jurado deberá estar constituido conforme a lo estipulado en el artículo 130 del presente Reglamento. 2. En ausencia de alguno de los tres titulares deberán correrse las funciones de los sinodales, por sustitución, en el orden natural presidente, secretario y vocal. El presidente del Jurado asignará el cargo del sinodal ausente a uno de los suplentes. 3. Cuando por ausencia de hasta tres sinodales no sea posible la realización del examen, y con el objeto de evitar en lo posible que alguno deje de celebrarse en la fecha y horario establecidos, el presidente del jurado tendrá el derecho de nombrar un único sinodal que no haya sido designado originalmente dentro del tiempo estipulado en el inciso 4) del Artículo 14º. del presente Reglamento. 4. Antes de iniciarse el examen cada sinodal asentará por escrito una pregunta teórica y una práctica sobre el trabajo de titulación que formulará al sustentante, y hará entrega de éstas a la Dirección Académica. 5. El examen se iniciará con una breve exposición del sustentante sobre su trabajo de titulación. Cada sinodal podrá hacer al sustentante las observaciones que 7

estime pertinentes sobre el trabajo, solicitando de él las aclaraciones y explicaciones que juzgue necesarias. A continuación los sinodales plantearán al sustentante las preguntas previamente formuladas y, si lo estiman necesario, harán un interrogatorio sobre cuestiones generales relacionadas con la especialidad del sustentante. Artículo 16.- Al terminar el examen el jurado deliberará en privado y anotará en el acta el resultado correspondiente que podrá ser: 1. Suspendido. 2. Aprobado por mayoría. 3. Aprobado pro unanimidad 4. Aprobado por unanimidad con mención honorífica. Artículo 17.- La mención honorífica podrá otorgarse, si el jurado lo estima pertinente, cuando el sustentante haya realizado un trabajo de titulación y/o un examen de calidad excepcional, tenga promedio mínimo general de noventa en la institución y haya aprobado todas las materias en exámenes ordinarios. Artículo 18.- El resultado del examen se dará a conocer al sustentante al concluir el acto mencionado en el Artículo 16. Artículo 19.- De ser aprobatorio el resultado del examen, el presidente del jurado dirigirá al sustentante un breve mensaje en relación al acto solemne que se realiza, exhortándolo a conducirse conforme a los preceptos de la ética y demás disposiciones que normen el ejercicio de la profesión respectiva. Artículo 20.- Si el resultado del examen profesional es Suspendido, se le concederá al sustentante otra oportunidad en la fecha que el Jurado determine. Artículo 21.- Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento se sujetarán a las disposiciones que para el efecto establezcan en forma particular en los Departamentos en cuestión. Artículo 22.- Los casos no previstos serán resueltos por el Rector de la Universidad en calidad de presidente del H. Consejo Universitario, previa consulta con el Consejo Departamental correspondiente. TRANSITORIO. Este reglamento será revisado cada dos años. 8