Convocatoria Becas a estudiantes de Maestría y Doctorado en proyectos de investigación. 2015

Documentos relacionados
Convocatoria de asignación de becas para estudiantes de la Maestría en Física Aplicada en el marco de proyectos de investigación internos 2015

CRÉDITO EDUCATIVO CONDONABLE PARA ESTUDIANTES DOCTORALES

Convocatoria para Beca de Doctorado Colciencias Universidad del Norte

Convocatoria Becas a estudiantes de Maestría y Doctorado en proyectos de investigación. 2012

REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL PERSONAL CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DEL CIQA

Proceso para el Trabajo de Grado

CONVOCATORIA DE BECAS PARA REALIZAR ESTUDIOS DE POSGRADO 2015 (Renovación)

Convocatoria Becas a estudiantes de Maestría y Doctorado en proyectos de investigación.

1. GUÍA DE FINANCIACIÓN DE PROYECTOS BAJO LA MODALIDAD DE MÍNIMA CUANTÍA

Instrucciones para el desarrollo del Trabajo Fin de Grado en Biotecnología por la Universidad de Valencia

REGLAMENTO FINANCIERO

FONDO DE INCENTIVOS A LA EXCELENCIA (FIE)

BENEFICIARIOS DE BECA DE MAESTRÍA O DOCTORADO QUE PARTICIPAN EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INTERNOS

Reglamento del Programa de Becas Parciales

UNA. Sistema de Becas Estudiantiles Cómo realizar la solicitud de Beca. Versión1.1

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS INSTITUCIONALES CONSIDERACIONES GENERALES

PROGRAMA DE BECAS. MANUAL DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO 2013 SEGUNDA CONVOCATORIA

OBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES

Programa de Movilidad Doctoral, unilateral de Colombia hacia Francia, En el marco de las Metas 2019 CONVOCATORIA BECAS 2019

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS

CONCESIÓN DE LICENCIAS POR PERMISO SABÁTICO PARA EL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE

ANEXO. Manual de Procedimientos para la Administración del Fondo Patrimonial de Donaciones de la Universidad EAN (Para estudiantes de pregrado).

REGLAMENTO DE PAGOS DE PROGRAMAS DE POSTGRADO, EDUCACION CONTINUA Y EXTENSIÓN

Programa de Apoyo a la Investigación a Nivel de Posgrado CEE, 2016

LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LA BECA PARA ESTUDIOS DE POSGRADO

Universidad Autónoma del Estado de México Secretaría de Investigación y Estudios Avanzados Dirección de Investigación

Vinculación de personas a Proyectos de Investigación en la Universidad

Título I. Ámbito de aplicación y autoridades

Escuela de Formación San Mateo

RESOLUCIÓN Nº FEBRERO DE 2015 POR EL CUAL, EL CONSEJO ACADÉMICO APRUEBA EL REGLAMENTO DE BENEFICIOS ECONÓMICOS.

FONDO DE INCENTIVOS A LA EXCELENCIA (FIE)

CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS DE BECAS PARA FORMACIÓN DOCTORAL EN LA UNIVERSIDAD DEL VALLE

FONDO DE REPARACIÓN PARA EL ACCESO, PERMANENCIA Y GRADUACIÓN EN EDUCACIÓN SUPERIOR PARA LA POBLACIÓN VÍCTIMA DEL CONFLICTO ARMADO EN COLOMBIA

TÉRMINOS DE REFERENCIA

BECAS DE APOYO A DOCENTES PARA ESTUDIOS DE POSGRADO EN LA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA 2014

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS TÍTULO ÚNICO DE LAS BECAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Reglamento para la asignación de Becas de Maestrías y Doctorados en la Institución Universitaria CESMAG.

Convocatoria Becas a estudiantes de Maestría y Doctorado en proyectos de investigación. 2015

Programa de Apoyo a los Programas de Posgrado UG

TÍTULO SEGUNDO Capítulo III De sus generalidades

PREGUNTAS FRECUENTES FONDO DE REPARACIÓN PARA EL ACCESO, PERMANENCIA Y GRADUACION DE LA POBLACIÓN VÍCTIMA EN EDUCACION SUPERIOR.

Universidad Nacional de Tres de Febrero Secretaría de Investigación y Desarrollo Secretaría Académica

RECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 857 DE 2010 (15 DE JULIO)

BASES APOYO A EMPRENDEDORES INNOVADORES

NORMATIVA PARA LA GESTIÓN DE PROYECTOS INTERNOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN DE LA UST

ACUERDO No. 03 (Octubre 22 de 2012)

FUNDACION CARLOS DIAZ VELEZ PROGRAMA DE BECAS UNIVERSITARIAS

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS-TESIS, SERVICIO SOCIAL O PRÁCTICAS PROFESIONALES. CAPITULO I. Disposiciones Generales

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN FILOSOFÍA. Aprobado octubre de ASPECTOS GENERALES

REGLAMENTO DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA UNHEVAL

2. AYUDAS (DENTRO DEL PROGRAMA DE APOYO Al EXCELENCIA ACADÉMICA)

CONVENIO UNIVERSIDAD ICESI - ICETEX INFORMACIÓN SOBRE EL CRÉDITO EDUCATIVO POSTGRADO PAIS MEDIANO PLAZO

SEGUNDO SEMESTRE DE 2015

Reglamento de Financiamientos de Estudios para el Personal

Programa de Movilidad Doctoral, unilateral de Colombia hacia Francia, en el marco de las Metas 2019 (Becas en Alternancia) CONVOCATORIA

ANEXO I REGLAMENTO GENERAL DE PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO (PID) DE LA

Santander Universidades Espacio Común de Educación Superior

MANUAL GUIA DE POSTULACION DE BECAS

Programas de becas para estudiantes de Master Oficial y de Doctorado

Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima del Conflicto Armado

Reglamentación sobre Homologación y Validación de Materias. Universidad de los Andes

Ésta es la versión definitiva de la solicitud de beca Sí

DEL RECONOCIMIENTO U HOMOLOGACIÓN DE ESTUDIOS NACIONALES

REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos

COMISIÓN ACADÉMICA DE POSGRADO

LINEAMIENTOS DE MOVILIDAD ACADÉMICA

REGLAMENTO DE BECAS Y ARANCELES DIFERENCIADOS

Bases Generales de Postulación Programa de Movilidad Estudiantil Estudios Parciales en el Extranjero. Convocatoria Primer Semestre 2015

FONDO DE REPARACIÓN PARA EL ACCESO, PERMANENCIA Y GRADUACIÓN EN EDUCACIÓN SUPERIOR PARA LA POBLACIÓN VÍCTIMA DEL CONFLICTO ARMADO EN COLOMBIA

REGLAMENTO DE INGRESO ESPECIAL PARA CARRERAS DE INGRESO REGULAR PSU TITULO I DE LA DEFINICION

Oficina de Relaciones Interinstitucionales. Becas Colfuturo

PROYECTO PRACTICAS DE JARDINERIA EN ITALIA Nº PROYECTO ES01-KA

COMISIÓN SECTORIAL DE ENSEÑANZA PROGRAMA de APOYO a RECURSOS HUMANOS

CONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION. Buenos Aires, 10 de noviembre de 2010

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA ECONÓMICAS, A. C. LINEAMIENTOS PARA INTERCAMBIOS INTERNACIONALES DE LICENCIATURA Í N D I C E I.

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE EMPLEADOS DEL IDAAN, R.L. REGLAMENTO DE BECAS

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALPARAÍSO, BASES CONCURSO Beca de Manutención para alumnos extranjeros de programas de doctorado CONVOCATORIA 2015

Trabajo final para optar al título en posgrado

CONVENIO DE VINCULACIÓN ESTUDIANTES (PAT) Programa Aprendamos a Trabajar

Investigación Desarrollada por Alumnos(as) y Guiada por Académicos(as) Responsables

UNIVERSIDAD DE CALDAS CONSEJO SUPERIOR. ACUERDO No. 17 (Acta 17 del 5 de diciembre de 2007)

POLÍTICAS Y NORMAS DE LÍNEA DE CRÉDITO LARGO PLAZO ACTIVO Y EXIGIBLE (BECA PRÉSTAMO Y FINANCIACIÓN ESPECIAL)

XXIV Convocatoria para Ampliación de Estudios en el Extranjero

Reglamento General de Movilidad Estudiantil de Pregrado

LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA DESARROLLO DE TALENTOS UNIVERSITARIOS

Programa de Movilidad Doctoral, unilateral de Colombia hacia Francia, en el marco de las Metas 2019 (Becas en Alternancia) CONVOCATORIA

Reglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas

Bases de la convocatoria

NORMAS SOBRE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS. Modificado en Reunión Ordinaria del Consejo Universitario Nº 03 a los 22 días del mes de Marzo del año 2011.

TÉRMINOS DE REFERENCIA

FONDO MIXTO CONACYT-GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA CONVOCATORIA

PRIMERA CONVOCATORIA PARA FINANCIAR CURSOS, CERTIFICACIONES Y DIPLOMADOS EN GESTION TI Y EN SEGURIDAD DE LA INFORMACION

PROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE MOVILIDAD INTERNACIONAL DE LICENCIATURA Y TSU

Cuál es el objetivo del Fondo Emprender?

Por el cual se crea el Fondo Cuenta de Solidaridad y Apoyo Unicentralista. EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL,

REGLAMENTO INTERNO DEL PROGRAMA: Magíster en Ciencias de la Ingeniería Informática

VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN

BECAS Y BENEFICIOS PARA EL PROCESO DE ADMISIÓN 2013

Transcripción:

Convocatoria Becas a estudiantes de Maestría y Doctorado en proyectos de investigación. 2015 ESCUELA DE CIENCIAS BÁSICAS DEPARTAMENTO DE CIENCIAS BÁSICAS MAESTRÍA EN FÍSICA APLICADA El Departamento de Ciencias Básicas presenta la convocatoria pública para los estudiantes de la Maestría en Física Aplicada, de la Universidad EAFIT, con el fin de optar por un auxilio económico total o parcial para sus estudios. Título: The Soundhouse. Instalación sonora por medio de un parlante paramétrico de ultrasonidos. Investigador principal: Marco Alunno, Departamento de Música A continuación se detallan los criterios que serán tomados en consideración para ser seleccionado. 1. Criterios de participación Contar con un promedio crédito acumulado de 4.0 Realizar entrevista personal con el profesor titular del proyecto y grupo de interés Tener conocimientos de instrumentación electrónica y física acústica Contar con disponibilidad de medio tiempo 2. Porcentajes de evaluación: Promedio crédito acumulado 20% Entrevista 30% Recorrido en investigación 20% Disponibilidad de tiempo para la dedicación al proyecto 30 % 3. Procedimientos

Diligenciar el formulario de ficha de inscripción de interesados en esta convocatoria (anexo 1), señalando el proyecto y grupo de interés. Anexar al formulario el certificado de promedio académico acumulado del programa de maestría que esté cursando o del último programa de educación formal que cursó (pregrado o posgrado) Asistir a la entrevista Las informaciones de los interesados deberán enviarse a la secretaria del departamento de música antes del 19 de enero inclusive para poder entrevistar a los estudiantes en la semana siguiente (26-30 de enero). Los resultados se darán a conocer el 30 de enero de 2015 por email. Dicho reporte se comunicará a la Dirección de Investigación y Docencia. 4. Condiciones generales y específicas del programa de becas Ver anexo 2.

Anexo 1. Ficha de inscripción interesados ESCUELA DE CIENCIAS Y HUMANIDADES DEPARTAMENTO DE CIENCIAS BÁSICAS Convocatoria MAESTRÍA EN FÍSICA APLICADA Becas a estudiantes de Maestría y Doctorado en proyectos de investigación. 2012 Nombre del estudiante: Código: E-mail: Teléfono: Título del trabajo de grado: (si es del caso) Titulo el proyecto de interés: Nombre del profesor investigador principal: Nombre del Grupo de investigación Día----- Mes----Año Firma

Anexo 2. BENEFICIARIOS DE BECA DE MAESTRÍA O DOCTORADO QUE PARTICIPAN EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INTERNOS I. PRESENTACIÓN La Universidad EAFIT ha previsto, dentro de su plan de desarrollo 2006-2012, enriquecer las actividades de investigación hasta alcanzar la categoría de universidad de docencia con investigación y dentro del plan de desarrollo 2012-2018 se pretende su consolidación. Teniendo como base lo anteriormente mencionado, y con el propósito de desarrollar una mayor articulación entre el sistema de investigación y el sistema de posgrados: maestrías y doctorados, la Universidad ha decidido implementar una modalidad que combine la posibilidad de un auxilio económico representada en el pago total o parcial de una matrícula de maestría o doctorado complementada, en algunas ocasiones, con un pago de una ayuda económica. En primera instancia, en cada proyecto, ha de figurar el líder del mismo en calidad de investigador principal. Éste es usualmente la persona que propone, formula y gestiona el proyecto hasta su culminación. El investigador principal es por tanto el responsable de todos los aspectos asociados con el diseño, presentación, ejecución, validación y entrega de resultados del proyecto ante la institución. Esto lo compromete con la administración y uso racional de todos sus recursos, incluyendo las personas vinculadas al proyecto, así como con el seguimiento de su desarrollo hasta su culminación a satisfacción. En una situación ideal, se deberá presupuestar la participación del estudiante de maestría o doctorado, que hará su trabajo de grado enmarcado dentro del proyecto interno que financia la Universidad. II. MODALIDAES La Universidad EAFIT, dentro de su proceso de aprobación de proyectos con financiación interna, otorgará las partidas correspondientes con base en el presupuesto que soliciten los investigadores para el efecto, y teniendo como referente dichos valores las Escuelas propondrán el porcentaje de beca y su respectiva ayuda económica, si la hay. Los incentivos para los estudiantes beneficiados podrán ser los siguientes: a. Total: Se concederá un auxilio económico del 100% del valor de la matrícula semestral, más una ayuda económica mensual que será equivalente a 2 SMMLV,

para el caso de estudiantes de maestría, y a 3 SMMLV para estudiantes de doctorado. b. Parcial: Se concederá un auxilio económico parcial del valor de su matrícula semestral, más una ayuda económica mensual que será equivalente hasta de 2 SMMLV, para el caso de estudiantes de maestría, y hasta de 3 SMMLV para estudiantes de doctorado. III. CONDICIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS Teniendo como base las modalidades de incentivos planteadas en el numeral anterior, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos: 1. La selección de los estudiantes beneficiarios de los auxilios económicos debe realizarse teniendo en cuenta criterios de excelencia académica,; para lo cual se deberá realizar una convocatoria, en la que se informará a los participantes todas las condiciones en caso de llegar a ser beneficiarios del auxilio económico. La convocatoria podrá declararse desierta. 2. A los estudiantes beneficiarios de los auxilios económicos para el pago de la matrícula del programa de Maestría o Doctorado, bajo este esquema, no podrán realizar labores académicas o administrativas en la Universidad, diferentes a las establecidas en el programa de posgrado que adelante. En el evento de ser necesario que impartan clases, deberá realizarse la respectiva vinculación laboral. 3. El auxilio económico que se otorgue para el pago de la matrícula del programa correspondiente, así como el de la ayuda económica, tendrá una duración máxima de un tiempo igual a la duración del programa de Maestría o Doctorado que esté cursando el estudiante beneficiado. 4. Tanto el porcentaje de beca como la ayuda económica, se otorgarán por un periodo inicial y se realizarán renovaciones del mismo previo cumplimiento de requisitos en términos de rendimiento académico que deberá ser de por lo menos un promedio de 4.0 - semestre o acumulado. De igual manera cumpliendo con los compromisos acordados previamente sobre el avance en el proyecto de investigación, con el visto bueno del tutor. La Universidad propenderá porque el estudiante beneficiario de la beca para estudios de Maestría o Doctorado siempre y cuando cumpla con las condiciones establecidas, culmine sus estudios, en todo caso se deben tener presente los valores presupuestados y aprobados en el proceso presupuestal de cada año. 5. En cada caso se establecerán los resultados que deberán entregar los estudiantes beneficiarios (proyectos de investigación) y las fechas de cumplimiento. 6. Los estudiantes deben acreditar afiliación al sistema de seguridad social en salud, bien sea como cotizante o beneficiario. 7. Estos beneficios (tanto el pago de la matrícula semestral como la ayuda económica) se hará a título de préstamo, el cual será susceptible de condonación. 8. El estudiante, luego de su graduación deberá laborar en EAFIT, siempre y cuando la Universidad así lo requiera y lo disponga, por lo menos, un tiempo igual a la duración de

sus estudios. Las labores a desempeñar por parte del estudiante graduado serán de docencia o investigación. 9. El estudiante beneficiario deberá suscribir con la Universidad un contrato condonable, el cual deberá ser avalado por un codeudor con un inmueble libre de cualquier gravamen y limitación al derecho de dominio. IV. CONDONACIÓN Tal como se expresa en el numeral 8 y 9 del capítulo anterior sobre las condiciones generales y específicas, y teniendo como base que la responsabilidad final recae en el estudiante beneficiario, se establecen para el efecto las siguientes condiciones con respecto a la condonación de las sumas de dinero entregadas al estudiante beneficiario de la beca, tanto para el pago de la matrícula como de la ayuda económica: 1. Condonación por terminación de estudios: Los estudiantes se beneficiarán de una condonación del 30% beneficio total obtenido, tanto por concepto de beca como por ayuda económica, si la hubiere, por graduarse en el plazo establecido en el respectivo programa académico que cursara. Por cada semestre que postergue su graduación, se disminuirá un 5% su condonación, siendo la máxima prórroga de dos semestres para estudiantes de maestría y de 4 semestres para estudiantes de doctorado. En el evento en que el estudiante beneficiario no obtenga su grado en los plazos establecidos en el párrafo anterior, deberá pagar a la Universidad la totalidad de los dineros entregados por esta, tanto por concepto de matrícula como por ayuda económica, más el pago de una sanción equivalente a 2 SMMLV por cada semestre en el que recibió el beneficio. 2. Condonación por laborar en EAFIT luego de graduarse: Los estudiantes se beneficiarán de una condonación total de 50% repartida por igual en cada uno de los años que labore en EAFIT luego de graduarse según el compromiso de condonación adquirido. Si EAFIT decidiera no vincularlo se hará la condonación automática de dicho porcentaje. Si la Universidad requiere de los servicios del beneficiario y éste se negare a prestarlos o renuncie antes del tiempo estipulado para que opere la condonación, deberá pagar a la Universidad el valor total faltante por condonar en tiempo de servicios. 3. Condonación por producción intelectual: Estas producciones deben de ser publicadas o presentadas con afiliación a un grupo de investigación de la Universidad, el cual debe ser el mismo al que quedó adscrito el proyecto, y su

condonación será de la siguiente manera. Se condonará máximo hasta un 20% por este concepto. Publicación en revista internacional indexada: 20% por cada artículo aceptado para publicación, durante el(los) año(s) en los cuales se desarrolle el proyecto de investigación, o un año después de terminado el proyecto. Publicación en revista nacional indexada: 10% por cada artículo aceptado para publicación, durante el(los) año(s) en los cuales se desarrolle el proyecto de investigación, o un año después de terminado el proyecto. Publicación de libro: 20% por cada libro publicado, durante el(los) año(s) en los cuales se desarrolle el proyecto de investigación, o un año después de terminado el proyecto. Publicación capítulo de libro: 10% por cada capítulo de libro publicado, durante el(los) año(s) en los cuales se desarrolle el proyecto de investigación, o un año después de terminado el proyecto. Ponencia en evento académico internacional: 10% por cada artículo aceptado para ponencia durante el(los) año(s) en los cuales se desarrolle el proyecto de investigación, o un año después de terminado el proyecto. Ponencia en evento académico nacional: 5% por cada artículo aceptado para ponencia durante el(los) año(s) en los cuales se desarrolle el proyecto de investigación, o un año después de terminado el proyecto. Patentes, modelos de utilidad y/o registros de software obtenidos: 20% por cada patente, modelo de utilidad y/o registro de software obtenido durante el(los) año(s) en los cuales se desarrolle el proyecto de investigación, o un año después de terminado el proyecto. Producción artística y musical: Su porcentaje será hasta de un 10% con base en la evaluación por parte de pares externos y se pondrá a consideración de la comisión prevista por el Comité de Investigaciones. Nota: Mientras no exista un índice aceptado socialmente para evaluar la calidad de la producción propia de las bellas artes, la producción intelectual de los profesores del Departamento Música será reconocida con base en los resultados de la evaluación realizada por pares académicos externos y/o por la comisión designada por parte del Comité de Investigaciones.

V. PAGO Los estudiantes beneficiarios de la beca para el pago de matrícula y la ayuda económica, deberán reintegrar la totalidad de las sumas recibidas más las sanciones establecidas en el numeral 1, capítulo IV, en los siguientes casos: a. Cuando el estudiante se retire del programa de Maestría o de Doctorado que este cursando, por cualquier motivo, excepto en caso de fuerza mayor (muerte o incapacidad para desarrollar las actividades propuestas). b. Cuando no opere la condonación en los términos previstos en el numeral IV. c. Cuando el estudiante beneficiario sea sancionado disciplinariamente. d. Cuando el estudiante no cumpla las condiciones para la renovación del auxilio económico para el pago de la matrícula del programa que cursa. e. Cuando el estudiante no obtenga el título del programa que cursa en el tiempo establecido para ello. f. Cuando el estudiante no preste sus servicios a la Universidad, luego de su graduación del programa de Maestría o Doctorado, habiendo sido requerido por esta, o se dejen de prestar sus servicios a la Universidad antes del tiempo establecido para ello. El plazo para el pago de los dineros por parte del estudiante, en los casos previstos en este capítulo, será de un tiempo igual al que el beneficiario disfrutó de la beca y/o ayuda económica. VI. PROPIEDAD INTELECTUAL La producción intelectual que se derive de la participación del beneficiario en su proceso de formación debe ser publicada o presentada con afiliación a un grupo de investigación de la Universidad, y se rige para efectos patrimoniales por la normatividad vigente para estudiantes de posgrado y por el reglamento de propiedad intelectual de la Universidad. VII. SOLUCIÓN DE SITUACIONES NO PREVISTAS Cualquier situación no prevista en el presente documento, será resuelta por el comité de investigaciones o quien haga sus veces.