Clases de procesos declarativos y determinación del proceso adecuado. Las diligencias preliminares Jaime Vegas Torres Catedrático de Derecho Procesal
Clases de procesos declarativos Procesos declarativos ordinarios y especiales Procesos declarativos ordinarios: cauce procesal para cualquier pretensión para la que se prevea cauce procesal especial Juicio ordinario y juicio verbal Procesos declarativos especiales: cauce procesal establecido para pretensiones relativas a ciertas materias (estado civil, familia, matrimonio, reclamación de cierto tipo de deudas..., entre otras). Procesos sobre estado civil, persona y familia División de patrimonios Monitorio y cambiario Procesos declarativos ordinarios con especialidades Para determinadas materias se siguen los trámites del juicio ordinario o del juicio verbal, pero con algunas reglas especiales Impugnación de acuerdos sociales, propiedad horizontal, desahucio por falta de pago, tutela de la posesión, recuperación de bienes en leasing, etc.
Proceso adecuado por razón de la materia Juicio ordinario (249.1) Derechos honoríficos de la persona. Tutela del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, o cualquier otro derecho fundamental, salvo derecho de rectificación. Impugnación de acuerdos sociales. Competencia desleal, defensa de la competencia, propiedad industrial, propiedad intelectual y publicidad. Excepciones: 1) reclamaciones de cantidad (procedimiento que corresponda por la cuantía) y 2) acciones de cesación en defensa de los consumidores y usuarios (siempre juicio verbal). Condiciones generales de contratación (excepto acciones de cesación). Arrendamientos urbanos o rústicos de inmuebles (salvo reclamaciones de rentas o cantidades debidas y desahucio por falta de pago o por extinción del plazo). Retracto de cualquier tipo. Acciones previstas en la Ley de Propiedad Horizontal (salvo reclamaciones de cantidad)
Proceso adecuado por razón de la materia Juicio verbal (250.1) Arrendamientos: reclamación rentas y cantidades debidas y desahucio por falta de pago o por expiración del plazo Desahucio por precario. Posesión de bienes adquiridos por herencia Tutela sumaria de la tenencia o de la posesión por quien haya sido despojado o perturbado en su disfrute Suspensión de una obra nueva (sumario) Demolición o derribo de una obra ruinosa (sumario) Efectividad de derechos reales inscritos en el Registro de la Propiedad Alimentos debidos por disposición legal o por otro título. Rectificación de hechos inexactos y perjudiciales. Compraventa a plazos: incumplimiento por el comprador de contratos inscritos en el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles a fin de obtener una sentencia que permita dirigir la ejecución exclusivamente sobre el bien adquirido o financiado a plazos (sumario). Arrendamiento financiero o compraventa a plazos con reserva de dominio: incumplimiento de contrato inscrito en Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles a fin de obtener la inmediata entrega del bien al arrendador financiero o al vendedor o financiador. Acción de cesación en defensa de los intereses colectivos y difusos de los consumidores y usuarios Efectividad de los derechos reconocidos en el artículo 160 del Código Civil (relaciones de los hijos con sus progenitores que no ejerzan la patria potestad, y con sus abuelos y otros parientes o allegados).
Proceso adecuado por razón de la cuantía Juicio ordinario Más de 6.000 euros y Cuantía indeterminada Juicio verbal Menos de 6.000 euros Hasta 2.000 euros no es preceptivo Abogado ni Procurador
Expresión de la cuantía en la demanda La demanda debe expresar Clase de juicio (399.4 LEC) Cuantía, si la clase de juicio depende de ella (253.1 LEC) Indicación del importe preciso Indicación en forma relativa Cuantía indeterminada: sólo cuando sea imposible aplicar las reglas de valoración Interés económico de la demanda (251 LEC) Cantidad reclamada Valor del bien que se reclame Importe de la deuda, etc. Pluralidad de pretensiones (252 LEC) Mayor valor, cuando no provengan de un mismo título Suma, si las pretensiones se basan en un mismo título
Control de la adecuación del procedimiento Inadecuación de procedimiento por razón de la materia Control de oficio: trámite de admisión de la demanda (254.1 LEC) A instancia del demandado Juicio ordinario: contestación y audiencia previa (423 LEC) Juicio verbal: contestación y vista, antes de la proposición de prueba (443.2 LEC) Inadecuación de procedimiento por razón de la cuantía Control de oficio: trámite de admisión de la demanda (254 LEC) El Secretario judicial determina la cuantía, si tiene datos suficientes Si no es posible, no se da curso hasta que se subsane el defecto (254.4 LEC). A instancia del demandado (sólo cuando implique cambio de procedimiento: 255.1 LEC) Juicio ordinario: contestación y audiencia previa (255.2 y 422 LEC) Juicio verbal: contestación y vista (255.3 LEC) Efectos de la inadecuación del procedimiento Conversión del procedimiento a aquel que deba seguirse No plantea problemas la conversión de juicio ordinario en verbal (254.1, 422 y 423 LEC) Sí puede plantearlos la conversión de verbal en ordinario, ya que la demanda sucinta no es adecuada para el juicio ordinario.
Cuantía a efectos de acceso a casación Acceso a casación de las sentencias de segunda instancia Por razón de la cuantía: cuantía mayor de 600.000 euros Acreditando interés casacional, cuando no se alcance la cuantía o el procedimiento se haya determinado por razón de la materia Determinación de la cuantía para acceso a casación Se atiende al valor económico de la controversia que accede a segunda instancia, que puede ser menor a la cuantía inicialmente determinada por el valor de lo reclamado en la demanda Ejemplo: En la demanda se reclaman 600.000 La sentencia de primera instancia condena a pagar 300.000 Únicamente apela el demandado La cuantía inicial del proceso era de 600.000, pero en la segunda instancia el valor de la controversia ha quedado reducido a los 300.000 discutidos por el demandado A efectos de acceso a casación la cuantía sería de 300.000
Preparación del proceso Actividades preparatorias sin intervención del juez Comprobación de la necesidad del litigio Reclamaciones extrajudiciales Negociación para evitar el pleito (con o sin mediador) Preparación de alegaciones y pruebas Estudio del caso para determinar las pretensiones de la demanda y los argumentos de hecho y de derecho en que se van a fundamentar Preparación de las pruebas, especialmente de los documentos e instrumentos probatorios que deben presentarse con la demanda Actividades preparatorias con intervención del juez Diligencias preliminares Prueba anticipada Aseguramiento de la prueba Medidas cautelares
Diligencias preliminares. Características generales Actos de preparación del proceso No se admiten para otras finalidades: anticipación o aseguramiento de pruebas, aseguramiento de la futura ejecución Que requieren la intervención del juez Colaboración de otra persona que no se presta voluntariamente; en general, acto preparatorio que no se puede llevar a cabo sin intervención del juez No procede si lo que se pide como diligencia preliminar lo puede conseguir el litigante sin necesidad de acudir al Juez Expresa previsión legal Numerus clausus: diligencias previstas en el art. 256.1 LEC Interpretación flexible Solicitud de grabaciones de cámaras de seguridad de una gasolinera para averiguar la matrícula de un coche que golpeó a otro y se dio a la fuga (256.1.1º ó 2º) Exhibición de documentos que realmente sean imprescindibles para preparar la demanda, al amparo del art. 256.1.2 (exhibición de cosa por quien la tenga en su poder)
Diligencias preliminares previstas en la Ley Declaración o exhibición de documentos sobre hechos relativos a capacidad, representación o legitimación del futuro demandado (256.1.1º) Quien prepara la demanda pide al juez que requiera al futuro demandado para que declare o exhiba documentos Útil cuando se duda sobre el sujeto frente a quien hay que dirigir la demanda Daños causados en la actividad de una empresa o negocio: no se sabe si el titular es persona física, comunidad de bienes, sociedad mercantil, etc. Daños causados por el mal estado de un inmueble: se conocen los ocupantes del inmueble, pero no se sabe si son los propietarios o son inquilinos Demanda frente a herederos: no se sabe con seguridad si una determinada persona llamada a la herencia la aceptó o no la aceptó
Diligencias preliminares previstas en la Ley Exhibición de la cosa que se pretenda reclamar en el juicio, por la persona que la tenga en su poder (256.1.2º) Quien prepara el proceso pide al juez que requiera a la persona que tenga la cosa en su poder para que la exhiba Utilidad de esta diligencia preliminar Para confirmar la existencia de la cosa y comprobar su estado Para determinar la legitimación pasiva (frente a quién hay que dirigir la pretensión de entrega) Con frecuencia se utiliza para pedir la exhibición de documentos con fines probatorios: los tribunales suelen rechazar estas peticiones, pero en algunos casos se admite en concepto de interpretación flexible
Diligencias preliminares previstas en la Ley Exhibición de acto de última voluntad, por quien lo tenga en su poder (256.1.3º) Quien prepara el proceso pide al juez que requiera a quien tenga en su poder el testamento para que lo exhiba Utilidad de esta diligencia preliminar Quien la solicita puede confirmar que tiene la condición de heredero o legatario a efectos de ejercitar acciones basadas en la misma (legitimación activa) No es adecuada si se quiere simplemente averiguar si una persona tiene la condición de heredero (debe utilizarse la diligencia anterior) Tampoco para conocer la composición del patrimonio del causante (debería pedirse la diligencia de exhibición de documentos entre socios o comuneros)
Diligencias preliminares previstas en la Ley Exhibición de documentos y cuentas de sociedad o comunidad, por el socio o comunero que los tenga en su poder (256.1.4º) El socio o comunero que prepara el proceso pide al juez que requiera la exhibición al socio o comunero que tenga en su poder los documentos o cuentas Para el ejercicio de acciones basadas en la condición de socio o comunero (también ex-socio, siempre que pretenda preparar el ejercicio de acciones basadas en sus derechos como socio) No proceden si la información que se pretende obtener se puede lograr a través de los mecanismos de información de los socios previstos en la legislación mercantil Se ha admitido A un cónyuge frente al otro, para preparar procesos de liquidación de la sociedad de gananciales Al copropietario en una comunidad de propiedad horizontal, frente al presidente o al administrador
Diligencias preliminares previstas en la Ley Exhibición de contrato de seguro de responsabilidad civil, por quien lo tenga en su poder (256.1.5º) Preparación del ejercicio de acciones de responsabilidad extracontractual Se puede solicitar por la persona que haya sufrido el daño, tanto al causante del daño como a la compañía aseguradora (si se tiene algún dato que justifique que se pida a esa compañía) En principio no se admite cuando se solicita por el propio asegurado Tampoco se admite cuando se pide exhibición de póliza cuyo objeto no sea el aseguramiento de la responsabilidad civil
Diligencias preliminares previstas en la Ley Petición de la historia clínica al centro sanitario o profesional que la custodie (256.1.5º bis) Preparación de acciones frente a profesionales sanitarios por negligencia o mala praxis Pueden solicitarla El propio paciente Personas vinculadas en caso de fallecimiento Sólo procede previo agotamiento de las vías que la legislación sobre derechos del paciente concede a éste o a sus allegados para obtener su historia clínica
Diligencias preliminares previstas en la Ley Petición de medidas de averiguación de los integrantes del grupo de afectados, para el ejercicio de acciones en defensa de consumidores y usuarios (256.1.6º) La determinación de los integrantes del grupo es necesaria: Para determinar si el grupo demandante cumple la exigencia de estar integrado por la mayoría de los afectados (6.1.7º) Para cumplir la exigencia de comunicación previa de la demanda a todos los afectados por el hecho dañoso (15.2) Necesidad de cumplir los requisitos de especial motivación y ponderación de la proporcionalidad, cuando los datos solicitados afecten a derechos fundamentales (intimidad, protección de datos personales) Situaciones en que ha sido utilizada Identificación de los adquirentes de determinados productos financieros, con el fin de demandar a la entidad bancaria Los tribunales han sido restrictivos Identificación de los adquirentes de viviendas de una determinada promoción para el ejercicio de acciones frente al promotor u otros intervinientes en el proceso constructivo
Diligencias preliminares previstas en la Ley Diligencias preliminares para la preparación de procesos en defensa de la propiedad industrial o intelectual frente a actos desarrollados a escala comercial (256.1.7º y 8º) Dos tipos de medidas: Interrogatorio del presunto autor de la violación o de otras personas relacionadas con los hechos, que puede versar sobre las personas intervinientes en las operaciones comerciales y el contenido de éstas (mercancías producidas o vendidas, precios, etc.) (256.1.7º) Exhibición de los documentos bancarios, financieros, comerciales o aduaneros, que se presuman en poder de quien sería demandado como responsable. Se requiere aportación de un principio de prueba de la realidad de la infracción (256.1.8º) Amplitud: van más allá de la estricta preparación del juicio y entran en el terreno de la obtención anticipada de pruebas No procede para la identificación de usuarios de redes de intercambio de archivos, pues no se da el requisito de actuación a escala comercial No cabe pedir a operadoras identificación del usuario de una IP, pues la Ley 25/2007 solamente lo prevé en causas penales por delitos graves
Diligencias preliminares previstas en la Ley Otras diligencias preliminares previstas en leyes especiales (256.1.9º) Ha de existir una expresa previsión en otras Leyes (las diligencias preliminares son numerus clausus) Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes Diligencias de comprobación de hechos (129-132 LP) Regulación detallada Se aplica la regulación de la LEC supletoriamente (263 LEC) Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal Caben diligencias de comprobación de hechos, sujetas al régimen de la Ley de Patentes (36 LCD) Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia Derecho del agente a exigir la exhibición de la contabilidad del empresario a fin de verificar las comisiones que le correspondan (15.2 LCA)
Procedimiento de las diligencias preliminares Competencia (257) Juzgado de primera instancia o de lo mercantil (en función del juicio que se pretenda preparar) Lugar del domicilio de la persona que deba intervenir Determinación de grupos de afectados, propiedad industrial o intelectual y diligencias previstas en leyes especiales: tribunal competente para el proceso de cuya preparación se trate Solicitud (256.2) Por escrito, mediante Abogado y Procurador Actuaciones que se piden y frente a quién Fundamentos Referencia circunstanciada al objeto del juicio que se quiera preparar Adecuación de la diligencia a la finalidad de preparar el juicio de que se trate Interés legítimo: relación del solicitante con lo que pretende reclamar en el juicio que prepara Justa causa: necesidad de la intervención del juez para que se lleve a cabo la actuación preparatoria; proporcionalidad de dicha actuación Ofrecimiento de caución (256.3)
Procedimiento de las diligencias preliminares Decisión sin previa audiencia del sujeto pasivo de la diligencia Resolución por medio de auto Plazo de 5 días desde la presentación de la solicitud Resolución desestimatoria Diligencias no adecuadas a la finalidad que se persigue Ausencia de justa causa Ausencia de interés legítimo Cabe recurso de apelación Resolución estimatoria Cita y requiere a los interesados para llevar a cabo la diligencia Fija la caución, que el solicitante deberá prestar en tres días desde la notificación del auto; en otro caso se archivan las actuaciones No cabe recurso pero el interesado podrá formular oposición en los cinco días siguientes a la citación
Procedimiento de las diligencias preliminares Oposición a la diligencia preliminar (260) Plazo: 5 días desde la citación Escrito Traslado al requirente para alegaciones por escrito Posible celebración de la vista (si lo piden las partes) Decisión por medio de auto Desestimación de la oposición, si se considera injustificada Se lleva a cabo la diligencia preliminar Condena en costas al requerido No cabe recurso Estimación de la oposición Declaración de que la oposición es justificada No se lleva a cabo la diligencia preliminar Cabe recurso de apelación
Procedimiento de las diligencias preliminares Práctica de la diligencia preliminar (259) En los 10 días siguientes a la citación En la sede de la oficina judicial, o en el lugar y modo que se consideren oportunos Reglas especiales para determinadas diligencias Examen de documentos y títulos» El solicitante podrá acudir asesorado por un experto, a su costa Diligencias preparatorias de demanda por infracción de propiedad intelectual o industrial» Celebración del interrogatorio (256.1.7º) a puerta cerrada a solicitud de cualquiera que acredite interés legítimo» Prohibición de divulgación de la información obtenida» El tribunal puede atribuir carácter reservado a las actuaciones para proteger datos de carácter confidencial
Procedimiento de las diligencias preliminares Negativa del requerido a llevar a cabo la diligencia (261) El tribunal puede acordar las siguientes medidas Que se consideren ciertos los hechos a que se refiera la diligencia: en caso de negativa a interrogatorio sobre hechos relativos a personalidad y en caso de negativa a exhibir documentos contables Entrada y registro del lugar en que se encuentren los documentos o cosas: en caso de negativa a exhibición de títulos y documentos o cosas Responsabilidad penal por desobediencia: en caso de negativa a diligencias de determinación del grupo de afectados, historia clínica y preparación de procesos sobre propiedad intelectual o industrial. Cuando el Auto afecte a derechos fundamentales deberá cumplir las exigencias de especial motivación y proporcionalidad que impone la jurisprudencia constitucional
Procedimiento de las diligencias preliminares Gastos que suponga la práctica de las diligencias preliminares (262) Ha de soportarlos el solicitante (256.3) Cuando se practique la diligencia Cuando prospere la oposición del requerido El requerido presentará solicitud de indemnización, acompañando la justificación de los gastos Audiencia al solicitante Decisión por medio de auto Aplicación de la caución, en todo o en parte, al pago de la indemnización que proceda Si queda remanente, no se entrega al solicitante hasta que pase el mes de plazo para presentar la demanda. Si pasado el mes no se ha interpuesto la demanda, sin justificación suficiente, la caución se pierde en favor del solicitante (256.3)
Clases de procesos declarativos y determinación del proceso adecuado. Las diligencias preliminares Jaime Vegas Torres Catedrático de Derecho Procesal