INFORMACIÓN DE LA UFP SOBRE LA GUÍA INTERPRETATIVA DE VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS, CON CUADRANTES DE VACACIONES PARA LOS DIVERSOS SERVICIOS

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Transcripción:

INFORMACIÓN DE LA UFP SOBRE LA GUÍA INTERPRETATIVA DE VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS, CON CUADRANTES DE VACACIONES PARA LOS DIVERSOS SERVICIOS La semana pasada la División de Personal ha difundido mediante escrito a las plantillas de la Policía Nacional los cambios realizados por la Subdirección General de Recursos Humanos en la Guía Interpretativa de la Circular de la Dirección General de la Policía, de 3 de mayo de 2016, sobre vacaciones, permisos, licencias y otras medidas de conciliación de los funcionarios de la Policía Nacional. Las modificaciones se han producido en el punto 1.2. Modo de disfrute y término temporal de vacaciones, en concreto en sus páginas 5 y 6, afectando: Al disfrute de vacaciones por funcionarios que prestan servicios en turnos rotatorios completos. Al disfrute de vacaciones por funcionarios que prestan su servicio en horario de noche fija. Como quiera que se estaba informando oficialmente erróneamente del comienzo de las vacaciones cuando coincidía con un día inhábil (sábado, domingo o festivo) y de la aplicación en la forma de disfrutar el periodo fraccionado, desde la UFP se han realizado las gestiones correspondientes con la SGRH, logrando cambiar las tesis que hasta la fecha se estaba utilizando. Por este motivo, desde la UFP aclaramos lo siguiente: 1. El inicio de las vacaciones tiene lugar el día que lo solicitas, si bien no computan los días inhábiles, ni hay que pedir el día anterior para que no compute por ejemplo el sábado. 2. Una vez solicitadas dos fracciones de 5 ó 6 días, no hay ningún problema para solicitar fracciones de 7 días de vacaciones, en función de los días que te restan por disfrutar. 3. Se adjunta un dossier que contiene: Las reglas generales para pedir las vacaciones. Cuadrantes a modo de ejemplo de vacaciones de los turnos rotatorios completos que se inician de Mañana, Tarde o Noche. Cuadrantes de vacaciones en horario de noche fija, con una noche y dos días libres y con dos noches y cuatro días libres. Cuadrantes de vacaciones del turno complementario de Mañana y Tarde. Madrid, 31 de MAYO de 2016 EL COMITÉ EJECUTIVO FEDERAL

Cuadrantes petición VACACIONES Guía Interpretativa 2016 REGLAS GENERALES: 1. Se tiene derecho a 22 días hábiles de vacaciones anuales (o los días proporcionales que corresponda si el tiempo de servicio efectivo prestado fuera menor durante el año). 2. Son inhábiles los sábados, domingos o festivos que estén entre los días solicitados como vacaciones (desde el día que inicias las vacaciones hasta el último día hábil que solicitas). 3. Debes solicitar el número de días a disfrutar y a partir de qué fecha desea comenzarlas. 4. A los 22 días de vacaciones anuales, se le añaden hasta 4 días más por antigüedad, al cumplir: - 15 años...23 días hábiles - - 20 años...24 días hábiles - 25 años...25 días hábiles - 30 años...26 días hábiles 5. Las vacaciones se disfrutaran preferentemente entre los meses de julio, agosto y septiembre. 6. El número máximo del personal que pueden disfrutarlas simultáneamente será de 1/3. 7. Podrán disfrutarse en otra época del año, salvo en los periodos de Navidad y Semana Santa y hasta el 31 de enero del año siguiente. 8. Los periodos mínimos de solicitud serán de 5 días hábiles consecutivos. 9. Se podrá solicitar el disfrute independiente de hasta 5 días hábiles por año natural (esta opción es independiente de las fracciones mínimas de 5 días que pueden pedirse). 10. La preferencia para la elección de los periodos de vacaciones será rotatoria, en razón de los periodos disfrutados en los años precedentes, aunque hayas cambiado de plantilla. 11. Cuando se disfruten vacaciones anuales fraccionadas, la preferencia sólo podrá hacerse valer en uno de los periodos de disfrute de las mismas. 12. El funcionario podrá solicitar el disfrute de sus vacaciones hasta con 2 meses de antelación del inicio del periodo vacacional. 13. Para la denegación o modificación de las fechas solicitadas por un funcionario, deberá acreditarse los motivos en los que se basa dicha denegación o modificación y deberá comunicarse al funcionario antes del transcurso de 10 días desde la solicitud. 14. A los funcionarios que NO prestan servicio en turnos rotatorios o noche fija, una vez solicitadas las vacaciones, los responsables policiales procurarán no asignar servicio al funcionario el fin de semana inmediatamente anterior o posterior a los días de vacaciones solicitados.

1. TURNOS ROTATORIOS COMPLETOS Se rigen por las reglas generales, considerándose como inhábiles los sábados, domingos o festivos que se encuentren dentro de los días solicitados por el funcionario (desde el día que inicias las vacaciones hasta el último día hábil que solicitas). El funcionario debe solicitar el número de días que pretenda consumir (5 días, 6 días, 8 días, 22 días, etc.) y a partir de qué fecha desea comenzarlas. Llegado ese día el cómputo se llevará a cabo de manera correlativa, si bien en el mismo sólo se tendrán en cuenta los días considerados hábiles. Una vez disfrutados los días solicitados, se incorporará al servicio en el turno en el que se halle encuadrado el funcionario y en la cadencia en la que dicho turno se encuentre. Cuando se disfruten las vacaciones anuales de forma fraccionada, la preferencia para la elección de los periodos de vacaciones sólo podrá hacerse valer en uno de los periodos de disfrute de las mismas. Los 5 días hábiles que se pueden disfrutar de forma independiente, seguirán idéntico régimen que los días de asuntos particulares, con la salvedad de que el número máximo de días que se pueden disfrutar de manera consecutiva será de 4 (en esta modalidad de petición los días solicitados cuentan todos, independientemente de que sean hábiles o no). En esta modalidad de prestación de servicio, sólo se podrá hacer uso dos veces del disfrute fraccionado en el supuesto de que los días solicitados sean 6 ó 5. SEGÚN LO DISPUESTO EN LA GUÍA INTERPRETATIVA, con 22, 23, 24, 25 y 26 días de vacaciones, se puede solicitar: Hasta dos fracciones de 5 ó 6 días. Además de lo anterior, con los días que te quedan puedes solicitar fracciones mínimas de 7 días. Todos los días consecutivos según la regla general. Cinco días hábiles de forma independiente, con un número máximo de 4 días consecutivos.

Turno rotatorio con inicio servicio de mañana o tarde En esta modalidad de servicio puedes solicitar 5 días con un fin de semana o festivo entre los días solicitados, ya que los días a disfrutar de vacaciones (11) son los mismos que solicitando 6 días. Si comienzas el ciclo de servicio en lunes, necesitas 6 días de vacaciones para disfrutar el ciclo completo de los 11 días de vacaciones (excepto que entre semana haya un día festivo, entonces solo necesitas 5 días). Ejemplos: L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D L - M M T T N N - - - - - M M T T N N - - - 1 2 3 4 5 Días de vacaciones Solicitud 5 días con inicio de las vacaciones en Martes de M ó T, te incorporas el sábado de Mañana L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D L M M T T N N - - - - - M M T T N N - - - - - 1 2 3 4 5 6 Días de vacaciones Solicitud 6 días con inicio de las vacaciones en Lunes de M ó T, te incorporas el viernes de Mañana S D L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D L M M T T N N - - - - - M M T T N N - - - - - M M 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 Días de vacaciones Solicitud de 11 días con inicio de Mañana o Tarde en SÁBADO, te incorporas el domingo de Mañana S D L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D L M M T T N N - - - - - M M T T N N - - - - - M 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 Días de vacaciones Solicitud de 12 días con inicio de Mañana o Tarde en DOMINGO, te incorporas el LUNES de Mañana 1 M 2 M 3 T 4 T 5 N 6 N 7-8 - 9-10 - 11-12 M 13 M 14 T 15 T 16 N 17 N 18-19 - 20-21 - 22-23 M 24 M 25 T 26 T 27 N 28 N 29-30 - 31-1 - 2-3 M 4 M Solicitando 22 días de vacaciones con inicio el lunes día 1 de Agosto de 2016, te incorporas el Vienes día 3 de Septiembre en tu turno de Mañana.

Turno rotatorio con inicio servicio de noche L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D L M X N N - T T M M - - - - N N - T T M M - - - - N N 1 2 3 4 5 6 Días de vacaciones Solicitud de 6 días con inicio el Lunes NOCHE, te incorporas el Viernes de Noche S D L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D L N N - T T M M - - - - N N - T T M M - - - - N N 1 2 3 4 5 Días de vacaciones Solicitud de 5 días de vacaciones con inicio la Noche del sábado, te incorporas el miércoles Noche S D L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D L N N - T T M M - - - - N N - T T M M - - - - N N 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 Días de vacaciones Solicitud de 12 días de vacaciones con inicio la Noche del sábado, te incorporas el domingo Noche S D L M X J V S D L M X J V S D L M X J V S D L N N - T T M M - - - - N N - T T M M - - - - N 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 Días de vacaciones Solicitud de 12 con inicio el domingo Noche, te incorporas el Miércoles de Mañana al servicio, para coger los dos turnos completos e incorporarte el Lunes Noche, en este caso necesitas 13 días.

2. VACACIONES EN HORARIO DE NOCHE FIJA Se regirán por las reglas generales, considerándose como inhábiles los sábados, domingos o festivos que se encuentren dentro de los días que haya pedido el funcionario (desde el día que inicias las vacaciones hasta el último día hábil que solicitas). Se inicia el disfrute a partir del día que el interesado fije, computándose solamente las fechas hábiles. Se incorpora al servicio una vez consumidos los días solicitados, en la cadencia en la que se encuentre el turno al que se halle adscrito. Los 5 días hábiles por año natural que se pueden solicitar de forma independiente seguirán idéntico régimen que el establecido para asuntos particulares, de tal modo que se deberán emplear dos días de vacaciones por cada jornada nocturna que se pretenda disfrutar, salvo el día restante, que podrá ser empleado para el disfrute de una jornada nocturna completa (con estos 5 días a utilizar de forma independiente, se pueden disfrutar un máximo de 3 noches). UNA NOCHE CON DOS DÍAS LIBRES (al mes de junio 2016) Supuesto 1: Se solicitan 5 días de vacaciones, con inicio el miércoles día 1. NO computa el día 4 y 5 por ser inhábiles, NO computa el día 8 y 9 para respetar la secuencia de su turno (se disfrutan con 5 días 3 noches efectivas de servicio). Los 5 días considerados computables de trabajo son el 1, 2, 3, 6 y 7. Se INCORPORA EL DÍA 10 al servicio. 1 N 2-3 - 4 N 5-6 - 7 N 8-9 - 10 N 11-12 - 13 N 14-15 - 16 N 17-18 - 19 N 20-21 - 22 N 23-24 - 25 N 26-27 - 28 N 29-30 - Supuesto 2: Se solicitan 5 días de vacaciones, con inicio el sábado día 4. NO computan el día 4 y 5 por ser inhábiles, NO computa el día 11 y 12 para respetar la secuencia de su turno (se disfrutan con 5 días 3 noches efectivas de servicio). Los 5 días considerados computables de trabajo son el 6, 7, 8, 9 y 10, se INCORPORA EL DÍA 13 al servicio de noche. 1 N 2-3 - 4 N 5-6 - 7 N 8-9 - 10 N 11-12 - 13 N 14-15 - 16 N 17-18 - 19 N 20-21 - 22 N 23-24 - 25 N 26 27-28 N 29-30 -

Supuesto 3: Se solicitan 6 días de vacaciones, con inicio el sábado día 4. NO computan los días 4, 5, 11 y 12 por ser inhábiles, NO computan los días 14 y 15 para respetar la secuencia de su turno (con 6 días en esta secuencia, se disfrutan 4 noches efectivas de servicio). Los 6 días considerados computables de trabajo son: el 6, 7, 8, 9, 10 y 13. Se INCORPORA EL DÍA 16 al servicio. 1 N 2-3 - 4 N 5-6 - 7 N 8-9 - 10 N 11-12 - 13 N 14-15 - 16 N 17-18 - 19 N 20-21 - 22 N 23-24 - 25 N 26 27-28 N 29-30 - Supuesto 4: Se solicitan 13 días de vacaciones, con inicio el sábado día 4. NO computan los días 4, 5, 11, 12, 18 y 19 por ser inhábiles, NO computan los días 23 y 24 para respetar la secuencia de su turno (con 13 días se disfrutan 7 noches). Los 13 días considerados computables de trabajo son: el 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21 y 22. Se INCORPORA EL DÍA 25 al servicio. 1 N 2-3 - 4 N 5-6 - 7 N 8-9 - 10 N 11-12 - 13 N 14-15 - 16 N 17-18 - 19 N 20-21 - 22 N 23-24 - 25 N 26-27 - 28 N 29-30 - Supuesto 5: Se solicitan 17 días de vacaciones, con inicio el sábado día 4. En este supuesto, NO computan los días 4, 5, 11, 12, 18, 19, 25 y 26 por ser inhábiles, NO computan los días 29 y 30 para respetar la secuencia de su turno. Los 17 días considerados computables de trabajo son: el 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 27 y 28. Se INCORPORA EL DÍA 1 de julio al servicio. 1 N 2-3 - 4 N 5-6 - 7 N 8-9 - 10 N 11-12 - 13 N 14-15 - 16 N 17-18 - 19 N 20-21 - 22 N 23-24 - 25 N 26-27 - 28 N 29-30 - 01 N

DOS NOCHES CONSECUTIVAS TRABAJADAS Y 4 DÍAS LIBRES (Junio 2016) Supuesto 1: Se solicitan 5 días de vacaciones, con inicio el miércoles día 1. NO computan el día 4 y 5 por ser inhábiles. Los 5 días considerados computables de trabajo son el 1, 2, 3, 6 y 7. Se INCORPORA EL DÍA 8 al servicio. 27-28 - 29-30 - Supuesto 2: Se solicitan 6 días de vacaciones, con inicio el miércoles día 1. NO computan los días 4 y 5 por ser inhábiles, NO computan los días 9, 10, 11 y 12 para respetar la secuencia de su turno. Los 6 días considerados computables de trabajo son: el 1, 2, 3, 6, 7 y 8. Se INCORPORA EL DÍA 13 al servicio. 27-28 - 29-30 - Supuesto 3: Se solicitan 5 días de vacaciones, con inicio el lunes día 13. NO computa el día 18 para respetar su turno. Los 5 días considerados computables de trabajo son: el 13, 14 15, 16 y 17. Se INCORPORA EL DÍA 19 al servicio. 27-28 - 29-30 - Supuesto 4: Se solicitan 6 días de vacaciones, con inicio el lunes día 13. NO computa los días 18 y 19 por ser inhábiles, NO computa el 21, 22, 23 y 24 para respetar la cadencia de su turno. Los 6 días considerados computables de trabajo son el 13, 14 15, 16, 17 y 20. Se INCORPORA EL DÍA 25 al servicio.

27-28 - 29-30 - Supuesto 5: Se solicitan 6 días de vacaciones, con inicio el sábado día 25 de junio. En este supuesto, NO computan los días 25, 26 de junio y el 2 y 3 de julio por ser inhábiles, NO computan los días 5 y 6 para respetar la cadencia de su turno. Los 6 días considerados computables de trabajo son: el 27, 28, 29, 30 de junio, el 1 y 4 de julio. Se INCORPORA EL DÍA 7 de julio al servicio. 27-28 - 29-30 - 01 N 02 N 03-04 - 05-06 - 07 N 08 N 09-10 - Supuesto 6: Se solicitan 19 días de vacaciones, con inicio el miércoles día 1. En este supuesto, NO computan los días 4, 5, 11, 12, 18, 19, 25 y 26 por ser inhábiles, NO computan el día 28, 29 y 30 para respetar la cadencia de su turno. Los 19 días considerados computables de trabajo son el 1, 2, 3, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24 y 27 de junio. Se INCORPORA EL DÍA 1 de julio al servicio. 27-28 - 29-30 - 01 N 02 N 03 -

3. VACACIONES TURNO COMPLEMENTARIO Mañana - Tarde (Junio de 2016) Supuesto 1: Se solicitan 22 días, con inicio el viernes día 3 de junio. En este supuesto, NO se computan los días 4, 5, 11, 12, 18, 19, 25, 26 de junio y 2 y 3 de julio por ser inhábiles (con esta opción disfrutas 32 días de vacaciones). Los 22 días considerados computables de trabajo son: el día 3, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29, 30 de junio y 1 y 4 de julio. SE INCORPORA AL SERVICIO EL DÍA 5 de julio. 1 M 2 M 3 M 4-5 - 6 M 7 M 8 M 9 M 10 M 11-12 - 13 M 14 M 15 M 16 M 17 M 18-19 - 20 M 21 M 22 M 23 M 24 M 25-26 - 27 M 28 M 29 M 30 M 01 M 02-03 - 04 M 05 M Supuesto 2: Se solicitan 5 días fraccionados, con inicio el lunes día 6 de Junio. Los 5 días considerados computables de trabajo son: el día 6, 7, 8, 9 y 10. SE INCORPORA AL SERVICIO EL DÍA 13. 1 M 2 M 3 M 4-5 - 6 M 7 M 8 M 9 M 10 M 11-12 - 13 M 14 M 15 M 16 M 17 M 18-19 - 20 M 21 M 22 M 23 M 24 M 25-26 - 27 M 28 M 29 M 30 M 01 M