INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE NYESA VALORES CORPORACIÓN, S.A

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INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE NYESA VALORES CORPORACIÓN, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE ACUERDO SOBRE LA REDUCCIÓN DE CAPITAL PARA COMPENSAR PÉRDIDAS 1. Objeto del Informe El Consejo de Administración de Nyesa Valores Corporación, S.A. (en adelante, la Sociedad ) formula el presente informe a los efectos de la aprobación en la próxima Junta General de la compensación de pérdidas con cargo a reservas y posterior reducción del capital social, mediante la disminución del valor nominal de las acciones de la Sociedad, para compensar pérdidas, de conformidad con lo dispuesto en el en el artículo 317 del Real Decreto Legislativo de 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (la LSC ), y la consiguiente modificación estatutaria. De acuerdo con lo previsto en los artículos 286 y 318.1 de la LSC y concordantes del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil (el RRM ), la referida propuesta de acuerdo a la Junta General requiere la formulación por el Consejo de Administración del siguiente informe justificativo. 2. Justificación de la propuesta La reducción de capital objeto de este informe que se propone a la presente Junta General para su aprobación, trae causa y se justifica en los Convenios de Acreedores presentados por la Sociedad y por sus sociedades filiales, Nyesa Gestión, S.L. y Nyesa Servicios Generales, S.L., que fueron aprobados por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza en sus Sentencias 00165/2014, 00167/2014 y 00166/2014, respectivamente. Los mencionados Convenios contemplaban en su apartado 6.2. esta medida como parte de la operación corporativa que se considera imprescindible para la ejecución del Plan de Negocio. A la vista del balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2013, el cual refleja pérdidas que dejan reducido el patrimonio neto de la Sociedad a una cantidad inferior a la mitad de su capital social, el consejo de administración, en cumplimiento de sus obligaciones legales, ha decidido proponer a la junta general de accionistas una reducción de capital con la finalidad de compensar parcialmente dichas pérdidas. A estos efectos, se hace constar que el balance que servirá de base para la reducción de capital que se propone en el presente informe, es el balance individual de la Sociedad cerrado a 31 de mayo de 2014, cuya aprobación se somete a la presente Junta General que se convoca, bajo el punto Primero del orden del día. El referido balance fue formulado por el consejo de administración de la Sociedad en su reunión celebrada el 21 de julio de 2014 y verificado por el auditor de cuentas de la Sociedad en fecha 22 de julio de 2014, adjuntándose al presente informe como Anexo- Balance. De conformidad con lo indicado en el citado balance, la Sociedad arroja unos resultados negativos de 804.159,71 euros, contabilizados en la partida "Resultado del ejercicio". Asimismo, de dicho balance de situación se desprende que en la cuenta de

Resultados negativos de ejercicios anteriores están contabilizadas unas pérdidas acumuladas por importe de 789.060.617,85 euros. Por tanto, el total de pérdidas acumuladas asciende a 789.864.777,56 euros, siendo el capital social y el patrimonio neto de la Sociedad de 194.795.466 euros y -75.054.262,55 euros, respectivamente. A la vista de lo anterior, con el objetivo de sanear y robustecer el balance de la Sociedad, y de permitir que el patrimonio neto supere la mitad del capital social, el consejo de administración considera necesario que la Sociedad lleve a cabo (i) una compensación de las pérdidas indicadas anteriormente con cargo a reservas; y (ii) una reducción de capital para compensar parcialmente las pérdidas restantes; y (iii) las ampliaciones de capital que se proponen en los puntos Tercero, Cuarto y Quinto del orden del día. Con carácter previo a la reducción de capital para compensar pérdidas aquí propuesta y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 322.2 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace necesario aplicar las reservas en base individual (reserva por prima de emisión, reserva legal y estatutaria, y otras reservas) por importe de 499.518.300,43 euros, 4.908.398,23 euros y 15.588.350,35 euros, respectivamente, a la compensación de pérdidas. Igualmente, aunque de conformidad con el artículo 322.2 de la Ley de Sociedades de Capital, tras la reducción para compensar pérdidas, la reserva legal podría mantenerse por un importe inferior o equivalente al 10% de la cifra del capital social resultante, el consejo de administración cree conveniente que, con la finalidad de llevar a cabo un saneamiento completo del balance de la Sociedad, se aplique la totalidad de la reserva legal. Una vez aplicadas las citadas reservas a la compensación de pérdidas, las pérdidas por resultados negativos de ejercicios anteriores de la Sociedad quedarán reducidas a 269.045.568,84 euros. A los efectos de compensar parcialmente dichas pérdidas, y con base en el balance auditado antes referido, el consejo de administración propone a la junta general reducir el capital social en 192.360.522,675 euros, que se efectuaría mediante la disminución del valor nominal de la totalidad de las acciones en la suma de 1,185 euros por acción, quedando fijado el nuevo valor nominal de cada acción en la suma de 0,015 euros. Tras la reducción de capital social propuesta, las pérdidas de la Sociedad quedarán reducidas a 76.685.046,165 euros, registradas en la cuenta Resultados negativos de ejercicios anteriores. Se hace constar que, de conformidad con el artículo 335 a) de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la Sociedad no podrán oponerse a la reducción de capital social propuesta en el presente informe. Asimismo, se propone la modificación del artículo 5 de los vigentes estatutos sociales, a efectos de reflejar la nueva cifra del capital social y el nuevo valor nominal de las acciones en que se divide el mismo. El Consejo de Administración propondrá a la Junta General la delegación en el propio Consejo, con expresa facultad de sustitución, para que, en nombre y representación de la Sociedad, pueda formalizar cualquier documento público o privado y lleve a cabo cualquier trámite o actuación que resulte conveniente o necesaria para la plena ejecución de los anteriores acuerdos.

3. Propuesta de acuerdo El texto íntegro de la propuesta de acuerdo de compensación de pérdidas con cargo a reservas y posterior reducción de capital social, mediante la disminución del valor nominal de las acciones de la Sociedad, para compensar pérdidas, que se somete a la aprobación de la Junta General de Accionistas, es el siguiente: SEGUNDO.- Compensación de pérdidas con cargo a reservas por importe de 520.015.049,01 euros y posterior reducción de capital social en 192.360.522,675 euros, mediante la disminución del valor nominal de la totalidad de las acciones en la suma de 1,185 euros por acción, para compensar pérdidas. 1. Balance de la operación de reducción de capital El balance de la Sociedad que servirá de base para la operación de reducción de capital será el balance cerrado a 31 de mayo de 2014, formulado por el consejo de administración de la Sociedad el 21 de julio de 2014 y aprobado por la Junta General en el día de hoy bajo el punto primero del orden del día. 2. Aplicación de reservas En cumplimiento de lo establecido en el artículo 322.2 de la Ley de Sociedades de Capital, y con carácter previo a la reducción de capital social que se detalla en el apartado siguiente, se acuerda aplicar las reservas en base individual (reserva por prima de emisión, reserva legal y estatutaria, y otras reservas) por importe de 499.518.300,43 euros, 4.908.398,23 euros y 15.588.350,35 euros, respectivamente, a la compensación de pérdidas. Tras la referida compensación, las pérdidas por resultados negativos de ejercicios anteriores de la Sociedad quedarán reducidas a 269.045.568,84 euros. A efectos aclaratorios, se hace constar que, tras la aplicación referida en el párrafo anterior, la Sociedad no cuenta en su balance con ninguna reserva voluntaria positiva ni su reserva legal excede del 10% del capital social. 3. Reducción de capital Se acuerda reducir el capital social en un importe de 192.360.522,675 euros con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y patrimonio de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas, y se efectúa mediante la disminución del valor nominal de la totalidad de las acciones en la suma de 1,185 euros por acción, quedando fijado el nuevo valor nominal de cada acción en la suma de 0,015 euros. 4. Modificación de los Estatutos Sociales Como consecuencia de la reducción de capital acordada y, una vez ejecutada la misma, el artículo 5º de los Estatutos Sociales quedará redactado en los siguientes términos: Artículo 5.- Capital social 1. El capital social es de 2.434.943,325 euros y está íntegramente suscrito y desembolsado. 2. El capital social se halla representado por 162.329.555 acciones, de 0,015 euros de valor nominal cada una, todas ellas pertenecientes a la misma clase y serie."

5. Delegación de Facultades Se acuerda facultar al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, para que, en nombre y representación de la Sociedad, pueda formalizar cualquier documento público o privado y lleve a cabo cualquier trámite o actuación que resulte conveniente o necesaria para la plena ejecución de los anteriores acuerdos, pudiendo en particular, con carácter indicativo y no limitativo: (i) Comparecer ante notario y otorgar la correspondiente escritura de reducción de capital social y realizar todos los trámites oportunos hasta que la misma quede inscrita en el Registro Mercantil, incluyendo las necesarias subsanaciones y rectificaciones. (ii) Redactar, suscribir, otorgar y, en su caso, certificar, cualquier tipo de documentos en relación con la ejecución de la reducción de capital, a fin de garantizar el buen fin de la misma. (iii) Redactar y publicar cuantos anuncios resulten necesarios o convenientes en relación con la presente reducción de capital social. (iv) Realizar ante la CNMV, las Bolsa de Valores de Madrid y Barcelona e Iberclear, y cualquier otro organismo, entidad o registro, ya sea público o privado, cualquier solicitud, actuación, declaración o gestión necesarios, así como redactar y tramitar los documentos correspondientes, para que quede, en su caso, debidamente registrada la reducción del valor nominal de las acciones a los efectos de las referidas entidades. El presente informe ha sido formulado y aprobado por unanimidad de los concurrentes a la votación, en Zaragoza, a 12 de septiembre de 2014. * * *

ANEXO-BALANCE