Obligaciones de responsables y encargados. Rafael García Gozalo Jefe del Departamento Internacional

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Transcripción:

Obligaciones de responsables y encargados Rafael García Gozalo Jefe del Departamento Internacional

Responsabilidad activa y demostrable El Reglamento prevé que los responsables aplicarán las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar y estar en condiciones de demostrar que el tratamiento de datos personales se lleva a cabo de conformidad con el Reglamento En otros términos el Reglamento Considera insuficiente no incumplir Incluye obligaciones dirigidas a prevenir incumplimientos La no aplicación de estas medidas es sancionable 2

Responsabilidad activa y demostrable Tipos de medidas: Registro de actividades de tratamiento Medidas de Protección de Datos desde el Diseño Medidas de Protección de Datos por Defecto Medidas de seguridad adecuadas Evaluaciones de Impacto Autorización previa o consultas previas con APD Delegado Protección de Datos (DPD) Notificación de Quiebras de Seguridad Códigos de conducta y esquemas de certificación 3

Enfoque de riesgo Medidas aplicables en función del riesgo para los derechos y libertades de los interesados Alto riesgo vs. riesgo estándar El riesgo como criterio de ponderación Necesidad de determinar el nivel de riesgo 4

PDdD Medidas técnicas y organizativas adecuadas (p.ej. seudonimización, minimización) para aplicar principios de PD de forma eficaz y proteger los derechos Integrar las necesarias garantías en el momento de determinar los medios para el tratamiento y en el momento del tratamiento Teniendo en cuenta Naturaleza, ámbito, contexto y fines del tratamiento Riesgos de diversa probabilidad y gravedad (no sólo alto riesgo) Estado de la técnica y coste 5

PDpd Medidas técnicas y organizativas apropiadas Tratamiento por defecto sólo de datos personales necesarios para cada fin específico Cantidad de datos recopilados Extensión del tratamiento Periodo de almacenamiento Accesibilidad En particular, evitar la accesibilidad a un número indeterminado sin intervención de alguien 6

Registro de tratamientos Obligación para responsable y encargado. Contenido (responsable) Identificación y datos de contacto de responsable, corresponsable, representante y DPD Fines Descripción de categorías de interesados y datos. Categorías de destinatarios existentes o previstos (inclusive en terceros países u organizaciones internacionales) TID y documentación de garantías para TID exceptuadas sobre base de intereses legítimos imperiosos Cuando sea posible plazos previstos para supresión de datos descripción general de medidas de seguridad 7

Medidas de seguridad Responsables y encargados deben aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, teniendo en cuenta Estado de la técnica y costes de aplicación Naturaleza, alcance, contexto y fines del tratamiento. Riesgos para los derechos y libertades de las personas Reglamento no establece listado estructurado de medidas ni prevé desarrollo o especificación La adhesión a un código de conducta o a un mecanismo de certificación podrá servir de elemento para demostrar cumplimiento 8

Notificación de violaciones de seguridad Notificación a APD Sin demora y a más tardar en 72 horas desde que se haya tenido constancia. Más tarde, justificación motivada No obligación cuando sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas Reglamento prevé contenido mínimo de notificación Documentación de todas las violaciones de seguridad Obligación del encargado de notificar sin dilación indebida violaciones de seguridad al responsable 9

Notificación de violaciones de seguridad Notificación a interesados: Cuando es probable que la quiebra entrañe alto riesgo para los derechos y libertades de interesados Sin dilación indebida Contenido mínimo, que no incluye posibles medidas paliativas Excepciones Implementación de medidas de protección tecnológica que haga ininteligibles los datos a terceros no autorizados (p.ej.: datos encriptados) medidas ulteriores que garanticen que ya no exista la probabilidad de que se concretice el alto riesgo para derechos y libertades APD puede obligar a notificar a interesados 10

Evaluación de impacto PD Deberá realizarse cuando sea probable que el tratamiento previsto presente un alto riesgo específico para los derechos y libertades de los interesados, entre otros casos, cuando elaboración de perfiles sobre cuya base se tomen decisiones que produzcan efectos jurídicos para las personas físicas. tratamiento a gran escala de datos sensibles observación sistemática a gran escala de una zona de acceso público Las APD deberán establecer listas adicionales de tratamientos de alto riesgo y podrán establecer listas que no requieren EIPD El RGPD prevé un contenido mínimo de la evaluación Como novedad, se prevé que habrá de recabarse asesoramiento de DPD y cuando proceda la opinión de los interesados 11

Consulta y autorización previas Consulta a APD cuando una EIPD muestre que el tratamiento entrañaría un alto riesgo si el responsable no toma medidas para mitigarlo y el responsable del tratamiento considera que el riesgo no puede mitigarse por medios razonables en cuanto a tecnología disponible y costes de aplicación APD podrá Asesorar por escrito al responsable, y en su caso al encargado Utilizar cualquiera de sus poderes, incluido prohibir el tratamiento El derecho nacional podrá establecer consulta y petición de autorización en tratamientos derivados del ejercicio de una misión realizada en interés público por parte del responsable 12

DPD Deberá existir en responsables y encargados cuando tratamiento se realice por autoridad u organismo público actividades principales consistan en operaciones de tratamiento que requieran una observación habitual y sistemática de interesados a gran escala principales consistan en el tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos personales y de datos relativos a condenas e infracciones penales También habrán de designarlo cuando así lo establezca el derecho de la Unión o de los Estados Miembro 13

DPD Grupo de empresas Posibilidad de un solo DPD fácilmente accesible desde cada establecimiento Administraciones Públicas Un solo DPD para varias entidades En otros casos, los responsables, encargados o las asociaciones u organismos que agrupen a categorías de responsables o encargados pueden designar un DPD, que podrá actuar por cuenta de estas asociaciones y otros organismos que representen a responsables o encargados 14

DPD Nombramiento basado en Cualidades profesionales Conocimientos especializados del Derecho y la práctica en materia de protección de datos atendiendo, en particular a tipo de tratamientos y nivel de protección de cada organización Capacidad para desempeñar sus funciones Relación laboral o mediante contrato de servicios Compatible con otras funciones, si no hay conflicto de intereses No podrá recibir ninguna instrucción en lo que respecta al desempeño de sus funciones No podrá ser destituido ni sancionado por desempeñar sus funciones Rendirá cuentas directamente al más alto nivel jerárquico Podrá ser contactado por interesados y APD 15

DPD Funciones Informar y asesorar sobre obligaciones impuestas por normativa de protección de datos Supervisar el cumplimiento de la normativa de protección de datos, incluidas asignación de responsabilidades concienciación y formación del personal las auditorías correspondientes Ofrecer asesoramiento sobre EIPD Cooperar con la APD y actuar como punto de contacto para cuestiones relativas al tratamiento 16

Relaciones Responsable Encargado Obligación general de diligencia en selección de encargado. Contenido mínimo Objeto, duración, naturaleza y finalidad del tratamiento, tipo de datos personales, categorías de interesados afectados, obligaciones y derechos del responsable del tratamiento Obligación de tratar los datos únicamente siguiendo instrucciones documentadas del responsable Confidencialidad de personas que manejen datos Medidas conforme al artículo 32 Contratación de subencargados con autorización previa, general o específica, del responsable, y posibilidad de rechazar subencargados Asistencia al responsable en ejercicio de derechos y en cumplimiento de obligaciones de arts. 32 a 36 Posibilidad de que Comisión o APD nacionales desarrollen contratos modelo 17

Gracias por su atención! 18

www.agpd.es