AEROPUERTO INTERNACIONAL DE TOCUMEN, S.A., Equipamiento de un Incinerador de Desperdicios Orgánicos.. Diseño, Suministro e Instalación de un Incinerador de Desperdicios Orgánicos en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, Eliécer Elías González E.: Gerencia de Operaciones (Asesor),Tel. (507) 238-2984, fax. (507) 238-4038, e-mail: egonzalez@tocumenpanama.aero 02/04/2012 Incinerador de desperdicios orgánicos
PERFIL DEL PROYECTO. 1. Resumen Ejecutivo: El nuevo Aeropuerto Internacional de Tocumen, inicia operaciones en el mes de septiembre del año 1978. En junio de 2003 luego de 25 años de estar operando se inician los trabajos de ampliación y modernización de sus infraestructuras sistemas y equipos para adecuarlas a los requerimientos de las normas y recomendaciones para la seguridad operacional en los aeropuertos contemplados por la Organización de Aviación Internacional (OACI), específicamente en el ANEXO 14 Aeródromos, el Decreto Ejecutivo No 116 de 18 de mayo de 2001 y el decreto ejecutivo No. 293 de 23 de agosto de 2004, los cuales dictan las normas para el manejo de todos los desperdicios internacionales de aeropuertos. Para cumplir con estos requerimientos, se hace obligatorio el manejo de la basura internacional por el método de incineración. 2
2. Identificación del proyecto - Información General: 2.1. Código SINIP: 014154.000 2.2. Nombre del Proyecto: Equipamiento de un Incinerador de desperdicios orgánicos. 2.3. Entidades Responsables: Aeropuerto Internacional de Tocumen, S.A,. 2.4. Periodo de Duración: Mayo de 2012 a Diciembre de 2012. 2.5. Localización: Terminal de Carga. 2.6. Monto Total del Proyecto:B/. 2,800,000.00 3. Perfil del Proyecto: 3.1. Antecedentes: 3.1.1. El manejo de los desperdicios internacionales en los puertos y aeropuertos, están reguladas por los convenios internacionales que obligan a los estados a establecer su reglamentación mediante sus legislaciones. 3.1.1.1. En Panamá esto lo regula el Ministerio de Salud, mediante el Decreto Ejecutivo No 116 de 18 de mayo de 2001 y el decreto ejecutivo No. 293 de 23 de agosto de 2004. 3.1.1.2. El Decreto Ejecutivo No 116 en su título dice." QUE APRUEBA EL MANUAL NACIONAL PARA EL MANEJO DE LOS OESECHOS INTERNACIONALES NO PELIGROSOS EN LOS PUERT0S AÉREOS, MARÍTIMOS Y TERRESTRES DE LA REPÚBLICA. PRODUCTO DE LA COORDINACIÓN ÍNTERINSTITUCIONAL DE LAS ENTIDADES AFINES E INTERESADAS". 3.1.1.3. La definición que el decreto da en el capítulo 1 Glosario, es el siguiente. Desecho Internacional; material generado en los procesos de consumo, que no 3
es utilizable, por lo que se procede a su eliminación. En el presente documento se entenderán como "desechos todos los desechos internacionales no peligrosos. 3.1.1.4. El acápite 1 del artículo 13 dice:.. La recolección de los desechos, para su respectiva destrucción, debe realizarse en recipientes bien cerrados y libres de fugas, bajo la supervisión del Inspector de cuarentena agropecuaria, hasta que los desechos sean transportados y debidamente Incinerados, para evitar las plagas y enfermedades... 3.1.1.5. El acápite 2 del artículo 13 dice:.. En los transportes aéreos, deben retirarse todas las bandejas de comida al terminar el vuelo, en carretillas apropiadas para su transporte, para luego ser depositadas en bolsas de doble calibre o con espesor policular entre 0.08 y 0.10 mm., con peso máximo de 40 libras. Los desechos deberán ser transportados directamente al sitio de tratamiento, dentro del aeropuerto. 3.1.1.6. El decreto ejecutivo No. 293 dice.. Artículo 1. El presente Decreto Ejecutivo regula las normas sanitarias para la aprobación previa de proyectos, construcción, operación y vigilancia de las instalaciones para incineradores y coincineradores, con el propósito de impedir, cuando sea viable, o mitigar, los efectos negativos producidos por los contaminantes que puedan ser emitidos a la atmósfera, y así disminuir los riesgos a la salud humana, derivados de la incineración y coincineración de los desechos peligrosos y no peligrosos. 3.2. Definición del problema y sus causas: Con el propósito de cumplir con estas regulaciones en el año 2000, Aeronáutica Civil compra e instala un incinerador y se lo traspasa al 4
departamento de Cuarentena Agropecuaria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA) para que lo opere y administre. El incinerador sufre daños irreparables y sale de operación en el año 2008. Ver anexo adjunto de fotos que muestran las condiciones en que se encontraba el incinerador que ya fue declarado chatarra y retirado del área. Es por lo anterior y porque el tratamiento que se realiza actualmente a los desperdicios internacionales no cumple con la normativa y también representan un peligro para la aviación, porque por ser desperdicios orgánicos al descomponerse sus olores atraen aves de rapiña que pueden ocasionar accidentes con los aviones. 3.3. Descripción: Diseño, Suministro, Instalación, Puesta en Servicio y Operación de un Incinerador de 2,000 libras por hora de capacidad, en el Aeropuerto Internacional de Tocumen.. 3.4. Objetivos Generales:. Cumplir con lo estipulado en el ANEXO 14 de OACI, el Decreto Ejecutivo No 116 de 18 de mayo de 2001 y el decreto ejecutivo No. 293 de 23 de agosto de 2004. 3.5. Objetivos Específicos: 3.5.1. Preparar los planos y especificaciones técnicas para desarrollar el proyecto de puesta en operación del incinerador para tratar los desperdicios internacionales. 3.5.2. Realizar la selección del contratista y terminar el proyecto en el año 2012. 3.6. Justificación:. El aeropuerto no cuenta con un incinerador para procesar los desperdicios internacionales y por tanto se hace urgente y necesario su adquisición. 5
3.7. Beneficiarios: Con este proyecto se benefician los cinco (5) millones de pasajeros que se espera utilizarán el aeropuerto y el pueblo de Panamá porque minimizaría los riesgos de propagarse una epidemia que se propague desde el Aeropuerto. 3.8. Impacto Esperado: En la seguridad operacional de aeropuertos como el de Tocumen la modernización de sus equipos con las especificaciones mas actualizadas para aeropuertos modernos causan un impacto positivo en los pasajeros, usuarios y población en general al tener un aeropuerto con todas las normas de seguridad. 3.9. Cronograma de ejecución del proyecto: 3.9.1. Confección de especificaciones técnicas: Mayo de 2012. 3.9.2. Confección del Pliego de Cargos Julio de 2012. 3.9.3. Licitación: Septiembre de 2012. 3.9.4. Entrega del proyecto: Diciembre de 2013 3.10. Bibliografía: 3.10.1. Anexo 10 volumen 1 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional Telecomunicaciones Aeronáuticas de OACI. 3.10.2. Decreto Ejecutivo No 116 de 18 de mayo de 2001 y el decreto ejecutivo No. 293 de 23 de agosto de 2004. 6
4. Anexos: VISTA DEL INCINERADOR ELIMINADO Y DESCARTADO 7
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