Sección de Sanidad Ambiental RD 742/2013

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Este resumen solo tiene carácter informativo, no tiene valor jurídico, para más información consulte el citado Real Decreto, adjunto a este texto.

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RD 742/2013 3 de marzo de 2014 Teresa Ferrer Gimeno 1

INTRODUCCION Sección de Sanidad Ambiental 2

18 NORMATIVAS VIGENTES Sección de Sanidad Ambiental 3

NORMA BASICA Sección de Sanidad Ambiental Definir marco general que deben respetar las normas autonómicas (Decreto Foral) Respetar las bases en su desarrollo No regular toda la materia para dejar a Comunidades Autónomas Unificar criterios para distintos tipos de vasos: recreativas o deportivas spas terapéuticos 4

REAL DECRETO 742/2013 BOE 244 Sustituye normativa anterior 60/61 Aprobado en Consejo de Ministros de 27 de septiembre Corregidos errores en BOE núm. 271 de 12 de noviembre Vigente desde 11 de Diciembre de 2013 Aplica a piscinas públicas y privadas Homogeneiza las legislaciones autonómicas Garantiza una mejor calidad del agua de las piscinas y salud de los bañistas Repercute en 1 millón de piscinas privadas y 800.000 publicas 5

MOTIVO Normativa nacional que: actualiza la regulación incorpora los avances se adapta a los nuevos riesgos (aire) Real Decreto 742/2013 convive con las normativas autonómicas en lo que no se opongan 6

OBJETIVO Sección de Sanidad Ambiental Proteger de riesgos: físicos químicos microbiológicos Disminuir la morbi-mortalidad general (infantil) Conocer las incidencias para prevenirlas Garantizar la calidad de: agua aire Evitar los riesgos sanitarios 7

JUSTIFICACION Sección de Sanidad Ambiental Derogar Ordenes del 1960-1961(personal medico auxiliar) Actualizar los criterios sanitarios básicos mínimos en el ámbito nacional Fijar valores paramétricos a cumplir y frecuencia mínima de muestreo Incorporar de la OMS y principio de precaución para protección de la salud de los usuarios 8

OBLIGACIONES Sección de Sanidad Ambiental Investigar los incumplimientos de calidad Regular la calidad del aire: piscinas cubiertas centros de hidromasaje piscinas terapéuticas Garantizar que el público recibe información sobre calidad del agua medidas correctoras prevención de accidentes Elaborar informe nacional anual de seguimiento por MSSSI 9

OBJETO Sección de Sanidad Ambiental Establecer los criterios básicos técnico-sanitarios de la calidad del agua y del aire de las piscinas con la finalidad de proteger la salud de los usuarios de posibles riesgos físicos, químicos o microbiológicos derivados del uso de las mismas. 10

DEFINICIONES Sección de Sanidad Ambiental Piscina: Instalación formada por uno o varios vasos y construcciones y servicios complementarios Uso: recreativo deportivo terapéutico Características: descubiertas cubiertas mixtas. 11

VASOS TERAPEUTICOS Sección de Sanidad Ambiental Exclusivos para tratamientos médicos Aplicación de hidroterapia o ejercicios en el agua a pacientes Regulación de la temperatura como parte de la terapia Combinación de la acción terapéutica de la movilización con la del baño Accesorios: chorros, flotadores, escaleras, rampas, cinturones 12

SPAS URBANOS (SALUTE PER AQUA) Establecimientos de ocio de uso colectivo con jacuzzis o vasos de hidromasaje No incluyen minero-medicinales o uso terapéutico Se utilizaron por 5M en 2006 según AEBS Ranking de usuarios por países: EE.UU., Japón, Reino Unido, Alemania, Italia, España, Francia, Austria, Canadá Uniformidad en condiciones sanitarias y de formación con las demás Guía técnica de legionelosis el agua por usuario es 30 veces menor que en una piscina convencional Se incrementa la multiplicación de bacterias por la temperatura y aireación 13

CLASIFICACION DE PISCINAS Sección de Sanidad Ambiental Piscina de uso público: abiertas al público, no únicamente a la familia con independencia del pago de un precio de entrada Piscinas de uso privado: destinadas únicamente a la familia incluyendo el uso relacionado con el alquiler de casas para uso familiar 14

TIPOS DE PISCINAS DE USO PÚBLICO Tipo 1: objetivo principal es actividad del agua: piscinas públicas piscinas de ocio parques acuáticos spas Tipo 2: servicio suplementario al objetivo principal: hoteles alojamientos turísticos camping terapéuticas en centros sanitarios 15

TIPOS DE PISCINAS DE USO PRIVADO Tipo 3: familia o invitados, incluso alquiler familiar 3A: comunidad propietarios casas rurales colegios mayores 3B: unifamiliares 16

PISCINAS NATURALES (FLUVIALES) Agua de alimentación continental Ubicación junto al medio natural Renovación del agua asociada al movimiento natural de cursos de ríos Aplica el Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, sobre la gestión de la calidad de las aguas de baño 17

PISCINA TERMAL O MINERO-MEDICINAL Clasificación de uso terapéutico: minero-medicinales: superficiales o subterráneas con cualidades. termales: subterráneas con temperatura de sugerencia superior en 4 ºC a la media anual del lugar Agua de alimentación debe declararse minero-medicinal y/o termal (Ley 22/1973 de minas) Declaración por la Consejería de Industria con informe preceptivo Publicación en Boletín Oficial Restricción en tratamientos químicos 18

TIPOS DE VASOS Sección de Sanidad Ambiental Polivalentes, enseñanza, chapoteo, recreo o natación Fosos de saltos Hidromasaje con chorros de aire o agua Terapéuticos para usos médicos o rehabilitación. 19

AMBITO DE APLICACION Sección de Sanidad Ambiental Toda piscina de uso público en territorio español Piscinas de uso privado 3A (comunidades de propietarios, casas rurales, colegios mayores) en artículos: 5 (proyecto según CTE y RITE) 6 (tratamiento) 7 (productos químicos) 10 (criterios agua y aire) 13 (incidencias) 14.d), e) y f). (informar sobre socorrista, sustancias químicas y reglamento interno) Piscinas de uso privado 3B solo artículo 13 (incidencias) 20

EXCLUSIONES Sección de Sanidad Ambiental Las piscinas naturales normativa especifica Los vasos termales o mineromedicinales recomendación de cumplimiento o lo que disponga autoridad sanitaria 21

RESPONSABILIDADES Sección de Sanidad Ambiental Titular : (Gestor) comunicar apertura a autoridad competente (informe previo) cumplir la normativa registrar el autocontrol, incidencias, incumplimientos y medidas correctoras Administración competente: establecer medidas de vigilancia facilitar a los titulares una guía para: diseño del programa de autocontrol de piscinas programa de vigilancia sanitaria de las piscinas para su ámbito territorial. 22

PERSONAL DE MANTENIMIENTO Contar con el certificado o título que le capacite para el desempeño de esta actividad Superar los contenidos formativos que establezca el MSSSI Proceso de implantación en CC. AA. variable??? 23

LABORATORIOS Sección de Sanidad Ambiental Generales: sistema de garantía de calidad (aguas de abastecimiento) Determinaciones analíticas: métodos de análisis acreditados (UNE EN ISO/IEC 17025) procedimientos validados de cada método de análisis utilizado» cuantificación de cada uno de los parámetros del anexo I» determinación de incertidumbre» límites de detección y cuantificación. 24

TITULARES Kits de control in situ: Norma UNE-ISO 17381 de métodos que utilizan kits de ensayo listos para usar en el análisis del agua Norma análoga que garantice un nivel de protección de la salud, al menos, equivalente. Procedimientos escritos (PNT) Métodos de análisis in situ utilizados para la cuantificación de los parámetros Límites de detección o de cuantificación de estos parámetros 25

CALIDAD DEL AIRE CUBIERTAS/MIXTAS Sin riesgo para los usuarios y no irritante para ojos, piel o mucosas Exposición de nadadores (hiperventilación), empleados, profesores y niños pequeños (pulmones en desarrollo) Cumplirá los requisitos del anexo II (medidas) incluidas salas técnicas?? Renovación del aire: RITE ITE 02.2.2 2,5 l/s m2. local en depresión IDA 2 (aire buena calidad) a piscinas Concentración de CO2 en los locales IDA 2: 500 ppm de C02 por encima de la concentración en el aire exterior error. 26

TIPOS DE CONTROLES Sección de Sanidad Ambiental Inicial: Rutina: agua de aporte no de red 15 días antes cierre del vaso más de 2 semanas cierres temporales con variaciones de parámetros diario para conocer la eficacia del tratamiento del agua Periódico: mensual para conocer el cumplimiento de la calidad del agua 27

PROTOCOLO DE AUTOCONTROL Obligatorio para el titular de la piscina Disponible para el personal de mantenimiento y la autoridad competente Actualizado con la frecuencia necesaria Contemplará los siguientes aspectos: tratamiento y control del agua operaciones de mantenimiento limpieza y desinfección seguridad y buenas prácticas plan de control de plagas gestión de proveedores y servicios. 28

INCUMPLIMIENTOS Y CIERRES Obligaciones del titular: investigar inmediatamente el motivo adoptar medidas correctoras comprobar corrección comunicar a usuarios y AC Cierres del vaso: riesgo inminente para la salud de los usuarios a juicio de autoridad o titular condiciones de cierre del vaso según parámetros del anexo I presencia en el agua de heces o vómitos u otros residuos orgánicos visibles socorrista...?? 29

INCIDENCIAS Sección de Sanidad Ambiental Situaciones de incidencia ahogamientos (sobrevive tras inmersión) ahogamientos con muerte (24 horas) lesiones medulares traumatismos craneoencefálicos quemaduras graves electrocución intoxicación por productos químicos otras El titular deberá investigar las causas y adoptar medidas 30

INFORMACIÓN AL PÚBLICO Sección de Sanidad Ambiental Resultados de controles por vaso (fecha y hora) Incumplimientos, medidas correctoras y recomendaciones sanitarias para los usuarios Prevención de ahogamientos, traumatismos craneoencefálicos y lesiones medulares Protección solar Sustancias químicas del tratamiento Existencia o no de socorrista Direcciones y teléfonos de centros sanitarios Normas de utilización de la piscina y derechos y deberes de usuarios 31

PREGUNTAS FRECUENTES MSSSI Cuando entre en vigor este Real Decreto 742/2013 recientemente publicado seguirán siendo de aplicación los actuales decretos autonómicos de piscinas? Una vez en vigor este Real Decreto, los decretos autonómicos de piscinas serán de aplicación en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en este Real Decreto. 32

MAS PREGUNTAS Sección de Sanidad Ambiental Qué se entiende en el Real Decreto 742/2013 por un vaso de aerosolización? Vasos de uso público o colectivo en zonas comunes (jacuzzi, spa o bañeras de hidromasaje) con dispositivos de agitación o inyección de aire o agua susceptible de liberar al aire microgotas o aerosoles de agua procedente del vaso No se considerará aerosolización a verter agua sobre la superficie de la misma durante el llenado 33

MAS PREGUNTAS Sección de Sanidad Ambiental Las instalaciones de tipo jacuzzi o spa, están dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 742/2013? Si, siempre que sean vasos de uso público o colectivo. 34

MAS PREGUNTAS Sección de Sanidad Ambiental Las bañeras de hoteles u otros alojamientos hoteleros o turísticos, están dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 742/2013? No, siempre y cuando no sean vasos de uso público o colectivo Si si son vasos de uso público o colectivo en zonas comunes (jacuzzi, spa o bañeras de hidromasaje) 35

MAS PREGUNTAS Sección de Sanidad Ambiental Cual es el valor paramétrico de la temperatura del anexo I del Real Decreto 742/2013, en relación a los vasos climatizados? El valor de la temperatura, que no debe ser excedido en las bañeras de hidromasaje, vasos climatizados o similares, es de 36 ºC. 36

MAS PREGUNTAS Sección de Sanidad Ambiental Es peligroso que el agua tenga olor a cloro, o por el contrario es garantía de desinfección? Si bien un nivel residual aceptable de cloro es garantía de desinfección, un nivel excesivo de cloro o sus derivados puede generar irritaciones en los ojos, e incluso problemas respiratorios, sobre todo en niños y en ambientes cerrados como pueden ser las piscinas climatizadas o spas 37

MAS PREGUNTAS Sección de Sanidad Ambiental Existen situaciones en las que no se recomienda el baño en piscina? tras la aplicación directa sobre el mismo de desinfectantes u otros productos de tratamiento del agua si en la misma existen restos de materias fecales, vómitos, sangre, etc, si se sobrepasan los niveles máximos para los parámetros de control sanitario de la misma. 38

MAS PREGUNTAS Sección de Sanidad Ambiental Donde ha de tomarse la muestra para el control de calidad del agua de la piscina? en la salida del tratamiento antes de la entrada al vaso en el vaso, en la zona más alejada a la entrada del agua al vaso cualquier otro punto representativo del vaso o del circuito la elección de uno u otro punto para la toma de muestra dependerá del criterio del responsable de la instalación la autoridad sanitaria competente podrá disponer otra cosa Legionella????? 39

MAS PREGUNTAS Sección de Sanidad Ambiental Cuando entre en vigor este Real Decreto recientemente publicado, Cuál será la frecuencia de análisis de Legionella? La frecuencia de análisis de Legionella, durante el periodo en el que la instalación se encuentre abierta al público, y solo en vasos con aerosolización o/y climatizados, será mensual 40

MAS PREGUNTAS Sección de Sanidad Ambiental Que se establece con respecto a la calidad del aire de las piscinas cubiertas, climatizadas o spas? El aire del recinto de las piscinas cubiertas, climatizadas o spas y de las salas técnicas anejas a las mismas no debe entrañar riesgo para la salud de los usuarios ni ser irritante para ojos, piel o mucosas por lo que se establecen los niveles de humedad relativa, temperatura ambiente y CO2 41

MAS PREGUNTAS Sección de Sanidad Ambiental Que productos químicos pueden utilizarse para el tratamiento del agua de la piscina? Las sustancias biocidas para el vaso serán las incluidas como tipo de producto 2, pasando los productos homologados para piscinas al Registro de Plaguicidas del MSSSI hasta que las sustancias activas contenidas en dichos productos se incluyan en la lista de sustancias biocidas aprobadas por el Reglamento Europeo. El resto de sustancias químicas utilizadas en el tratamiento del agua de cada vaso, estarán afectadas por los requisitos contemplados en el REACH. 42

MAS PREGUNTAS Sección de Sanidad Ambiental Cómo se han de almacenar los productos químicos de una piscina? Los productos químicos utilizados en las piscinas han de almacenarse en un lugar con las medidas de seguridad adecuadas, según lo establecido en la legislación vigente sobre almacenamiento de productos químicos o en su caso, según lo contemplado en su Ficha de Datos de Seguridad, que siempre estará a disposición del personal de mantenimiento y de la autoridad competente. 43

MAS PREGUNTAS Sección de Sanidad Ambiental Cual es el contenido formativo establecido para el personal de puesta a punto, mantenimiento y limpieza de los equipos e instalaciones de las piscinas en el Real Decreto 742/2013? plazo máximo de dos años para el contenido formativo para la obtención del certificado o título que capacite para el mantenimiento capacitar y formar el personal en la operación de los equipos e instalaciones de las piscinas y en el manejo de los productos químicos de tratamiento hasta que no se establezca este contenido formativo no será de aplicación lo recogido respecto a él en dicho artículo y por lo tanto se mantendrá a todos los efectos la situación actual 44

MAS PREGUNTAS Sección de Sanidad Ambiental Cuando estará disponible dicho contenido formativo establecido en el Real Decreto 742/2013? está en la fase de preparación, como recoge la disposición final tercera que da un plazo de dos años. se está elaborando una norma básica con los contenidos formativos y medios de obtención del certificado o título estará disponible antes de que finalice el plazo de dos años establecido en la disposición final tercera del real decreto. 45

MAS PREGUNTAS Sección de Sanidad Ambiental Que dispone el Real Decreto 742/2013 acerca de la figura del socorrista? nada por que el objeto es establecer los criterios básicos Técnico-Sanitarios de la calidad del agua y del aire de las piscinas no queda dentro de su alcance otro tipo de requisitos como puedan ser los de seguridad (como la figura del socorrista) legislación autonómica que sea de aplicación en cada caso recoge dicha figura 46

47

REAL DECRETO 742/2013 NOVEDADES DE FUNCIONAMIENTO 3 de marzo de 2014 M. Sagrario Laborda 48

Artículo 3. Ámbito de aplicación Se incluyen vasos: De hidromasaje: con chorros de aire o agua Terapéuticos: para usos médicos o rehabilitación 49

Artículo 3. Ámbito de aplicación Tipo 3 A: Comunidades propietarios Colegios Mayores de Art. 5,6,7,10,13 y 14 d),e) y f) Art. 13 Tipo 3B: Unifamiliares 50

Artículo 4. Actuaciones y responsabilidades Responsabilidad exclusiva del titular Cumplimiento del Real Decreto y demás disposiciones Registrar: Autocontrol Incidencias Incumplimientos Medidas correctoras 51

Artículo 5. Características de la piscina Incluye Tipo 3A Nuevas modificaciones: CTE y RITE y Otras normas de aplicación Prevenir riesgos para la salud Garantizar la salubridad de las instalaciones 52

Artículo 6. Tratamiento del agua Incluye Tipo 3A Adecuados Agua de recirculación y de alimentación (no de red): Filtración Desinfección Tratamientos no directamente en el vaso, salvo causa justificada 53

Artículo 7. Productos químicos utilizados en el tratamiento del agua del vaso Sustancias biocidas: Tipo de producto 2: Desinfectantes utilizados en los ámbitos de la vida privada y e la salud pública y otros biocidas (R.D. 1054/2002) Resto de sustancias: Reglamento (CE) nº 1097/2006 (REACH) 54

Artículo 7. Productos químicos utilizados en el tratamiento del agua del vaso Dosificación reactivos: de Sistemas automáticos: mediante equipo programable y con medición en continuo de un parámetro Sistemas semiautomáticos: mediante un equipo programable 55

Artículo 8. Personal Sección de Sanidad Ambiental Incluye: Puesta a punto Mantenimiento Limpieza de equipos e instalaciones Certificado o título que lo capacite 56

Artículo 8. Personal Sección de Sanidad Ambiental Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad: Contenido Condiciones Dos años (Disposición final tercera) 57

Artículo 8. Personal Sección de Sanidad Ambiental Posibles contenidos: Conceptos generales y normativa Parámetros de calidad y su control Tratamiento del agua de los vasos: físico y químico Operaciones mantenimiento piscinas de en 58

Artículo 8. Personal Sección de Sanidad Ambiental Protocolo autocontrol de piscinas de específico Instalaciones cubiertas Documentación y gestión de puntos críticos en el mantenimiento de piscinas Prácticas mantenimiento piscinas de de 59

Artículo 9. Laboratorios y métodos de análisis Laboratorios: Norma EN ISO/IEC 17025 Procedimientos validados de cada método: Incertidumbre Límites detección Límites cuantificación de de 60

Artículo 9. Laboratorios y métodos de análisis Los kits utilizados: UNE-ISO 17381, requerimientos para el fabricante y para quien lo utiliza Otra norma o estándar análoga que garantice un nivel de protección de la salud, al menos equivalente 61

Artículo 9. Laboratorios y métodos de análisis UNE-ISO 17381: Asegurarse que el elegido es el más adecuado a lo que queremos medir Quien vaya a utilizarlo debe estar entrenado en su uso Debe disponerse de documentación escrita sobre como utilizarlo que pueda ser consultada 62

Artículo 9. Laboratorios y métodos de análisis Los titulares: Procedimientos escritos de los métodos utilizados para los análisis in situ Límites de detección o de cuantificación 63

Artículo 10. Criterios de calidad del agua y aire Incluye Tipo 3 A Agua del vaso: Anexo I Aire del recinto de vasos y salas técnicas: Anexo II Requisitos del Decreto Foral 123/2003 no recogidos en los Anexos anteriores 64

Artículo 11. Control de calidad Sección de Sanidad Ambiental Responsable el titular A controlar parámetros: Anexo I y II Decreto Foral Controles: Inicial De rutina Periódico 65

Artículo 11. Control de calidad Sección de Sanidad Ambiental Puntos de toma de muestra: Representativos En el circuito de entrada del vaso o a la salida del tratamiento En el propio vaso 66

Artículo 11. Control de calidad Sección de Sanidad Ambiental Protocolo de autocontrol específico: Tratamiento del agua de cada vaso Control del agua Mantenimiento de la piscina Limpieza y desinfección Seguridad y buenas prácticas Plan de control de plagas Gestión de proveedores y servicios 67

Artículo 11. Control de calidad Sección de Sanidad Ambiental Guías para su elaboración: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (a elaborar) CCAA: Gobierno del Principado de Asturias, Gobierno Vasco 68

Artículo 12. Situaciones de incumplimiento No se cumplen las condiciones de lo dispuesto en los Anexos I, II y III. Titular: Investigar el motivo Adopción de medidas correctoras y/o preventivas Comprobar corrección del incumplimiento 69

Artículo 12. Situaciones de incumplimiento Cierre del vaso: Cuando se considere que hay un riesgo inminente para la salud de los usuarios Condiciones de cierre del Anexo I Presencia de heces, vómitos, 70

Artículo 13. Situaciones de incidencia Incluye Tipo 3A y 3B Situaciones del Anexo V: Ahogamientos con o sin resultado de muerte Lesiones medulares Traumatismos craneoencefálicos Quemaduras graves Electrocución Intoxicación productos químicos Otras por 71

Artículo 13. Situaciones de incidencia Titular: Conocer las causas Adoptar las medidas correctoras y preventivas Informar a la autoridad competente (Anexo V) Autoridad competente: Notificación al Ministerio en el plazo máximo de un mes 72

Artículo 14. Información al público Incluye Tipo 3 A A disposición de los usuarios en sitio visible y accesible: Resultado de los últimos controles realizados (vaso, fecha y hora) Información de incidencias y medidas correctoras Material sobre prevención de accidentes, 73

Artículo 14. Información al público Información sobre los productos utilizados en el tratamiento del agua Información socorristas sobre Direcciones y teléfonos de los centros sanitarios cercanos y emergencias Normas de uso de la instalación Derechos y deberes de los usuarios 74

Artículo 15. Remisión de información Autoridad sanitaria: Remisión de la información recogida en el Anexo IV Información básica por piscina: Instalación Tratamiento del agua de los vasos Muestreos vasos por Sistema de información de piscinas. SILOE 75

Control inicial Sección de Sanidad Ambiental Al menos en los vasos en que el agua de aporte no sea de la red de distribución pública Cuando: Quincena anterior a la apertura Vaso cerrado más de 2 semanas Cierres temporales Qué: Parámetros Anexo I y II y Decreto Foral en su caso 76

Control de rutina Sección de Sanidad Ambiental Cuando: Diariamente: Vasos de hidromasaje con chorros de aire o agua y vasos terapéuticos: al menos 1 vez/día Resto de vasos: 2 veces/día Qué: En el agua: ph, desinfectante residual, turbidez, transparencia, temperatura y tiempo de recirculación Volumen de agua renovada, nivel en rebosaderos (instalaciones a las que afecta el D.F. 123/2003) En el aire: humedad relativa, temperatura ambiente y CO 2 77

Control Periódico Sección de Sanidad Ambiental Cuando: Al menos 1 vez al mes Cada quince días en instalaciones incluidas en el D.F. 123/2003 Qué: Parámetros Anexo I y II y Decreto Foral en su caso 78

Instalaciones a las que afecta el D.F. 123/2003 79

Instalaciones a las que afecta el D.F. 123/2003 80

Instalaciones a las que afecta el D.F. 123/2003 81

Instalaciones a las que afecta el D.F. 123/2003 82

Instalaciones a las que afecta el D.F. 123/2003 83

Instalaciones a las que afecta el D.F. 123/2003 84

Instalaciones a las que no afecta el Decreto Foral 123/2003 85

Instalaciones a las que no afecta el Decreto Foral 123/2003 86

Instalaciones a las que no afecta el Decreto Foral 123/2003 87

Instalaciones a las que no afecta el Decreto Foral 123/2003 88

Turbidez del agua: Se debe a la presencia de partículas sólidas en suspensión: Mala filtración ph Formación de algas La desinfección puede verse comprometida Mayor posibilidad de no detectar accidentes Situación desagradable para los bañistas 89

Turbidez del agua: Diariamente En el agua de los vasos Será 5 UNF 90

CO 2 en el aire: Es un buen indicador de los contaminantes emitidos por humanos Indicador de la carga de olor debido a las personas (bioefluentes) Utilizado para el cálculo del caudal de ventilación 91

Nuevos parámetros a controlar CO 2 en el aire : Diariamente Exterior En el recinto de los vasos La concentración en el interior no superará más de 500 mg/m 3 la del exterior 92

Gracias por su atención Sección de Sanidad Ambiental Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra Sección de Sanidad Ambiental C/ Leyre, 15 31003 Pamplona 848 423562; 848 423459 848 428504 ispsanam@navarra.es www.cfnavarra.es/isp 93