TEMA 7 EL SIGLO XVIII: EL REFORMISMO BORBÓNICO Y LA ILUSTRACIÓN

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TEMA 7 EL SIGLO XVIII: EL REFORMISMO BORBÓNICO Y LA ILUSTRACIÓN

INTRODUCCIÓN El S. XVIII se caracteriza por: ser un siglo pacífico, en comparación con los dos siglos anteriores, es un siglo relativamente próspero, con un crecimiento demográfico y económico muy lento pero continuado, y desde el punto de vista de las ideas se va a poner en cuestión las realidad del Antiguo Régimen y se van a poner los cimientos ideológicos del mundo Contemporáneo con las ideas ilustradas.

EL SIGLO XVIII EL ANTIGUO RÉGIMEN El término Antiguo Régimen fue empleado por primera vez, en la Asamblea Constituyente por los revolucionario franceses para referirse al conjunto de instituciones (económicas, sociales y político-ideológicas) prerrevolucionarias que era necesario suprimir. Por extensión designa los elementos característicos de las sociedades europeas anteriores a la Revolución Francesa (1789-1799) y cuya transformación se operó en el transcurso del siglo XIX. CARACTERÍSTICAS: POLÍTICA: MONARQUÍA ABSOLUTA ECONOMÍA RURAL Y SEÑORIAL SOCIEDAD: PRIVILEGIADOS - NO PRIVILEGIADOS

EL SIGLO XVIII. EL ANTIGUO RÉGIMEN POLÍTICA El Absolutismo es la forma de poder. El rey es fuente de todo poder y su poder solo está limitado por las tradiciones como eran las leyes y privilegios de los reinos y grupos sociales, o la necesidad de contar con la aceptación de sus súbditos para crear impuestos. En el S.XVIII se desarrolla el despotismo ilustrado, que se caracteriza por la utilización del poder real para promover la realización de reformas sociales y económicas sin cambiar el sistema político. Este absolutismo se basa en unos principios muy definidos: La soberanía, corresponde exclusivamente al rey, Algunos teóricos del absolutismo afirmarán que se trata de una soberanía de origen divino. El Estado es patrimonial y propiedad de la Corona. El poder del rey es absoluto. Concentra en su persona los tres poderes: el ejecutivo, el legislativo y el judicial La administración territorial depende del régimen señorial. (algunas parcelas del poder público, como el cobro de impuestos, el reclutamiento, la aplicación de la justicia local, etc., quedan en manos del clero o la nobleza) En España, la monarquía evolucionará hacia el absolutismo durante el Antiguo Régimen. Los Austrias habían construido una monarquía autoritaria fuerte, pero el advenimiento de los Borbones traerá consigo la instauración del absolutismo.

EL SIGLO XVIII. EL ANTIGUO RÉGIMEN ECONOMÍA Es una economía agraria, dirigida por la corona y preindustrial, donde la tierra es el bien esencial y se confunden la propiedad civil y la jurisdicción señorial. Hay una escasa aplicación de la tecnología a la producción, gran lentitud en la aplicación de las innovaciones técnicas y predominio del trabajo manual. De ello se deriva un crecimiento de la producción muy lento, y crisis de subsistencia y hambrunas Se trataba de un sistema económico adaptado a las necesidades de una economía predominantemente agraria, que resulta inadecuado para el incipiente desarrollo industrial, comercial y financiero. Es se refleja en los siguientes aspectos: Propiedad vinculada o amortizada no puede cambiar de manos. Pervivencia de monopolios, así como de aduanas señoriales, peajes... Pervivencia de los gremios. (Junto al pequeño taller artesano en el XVIII se desarrollan las manufacturas reales, de escasa rentabilidad) El comercio estaba regulado, se ponían tasas a las mercancías, Inexistecia de un mercado nacional articulado (aduanas, impuestos diferentes)

EL SIGLO XVIII. EL ANTIGUO RÉGIMEN SOCIEDAD Es una sociedad estamental, jurídicamente desigual (esta desigualdad tiene su origen en el nacimiento), divida en tres estamentos: nobleza, clero y tercer estado o estado llano. Dentro de esta sociedad estamental había un mecanismo económico que producía una reorganización social dentro de cada estamento. Impera la inmovilidad social. La diferencia social queda marcada por los privilegios, reservados a nobleza y clero: privilegios sociales muy variados como la reserva legal o tradicional de determinados oficios o cargos públicos; leyes particulares que les otorgaban una serie de ventajas procesales; y privilegios económicos: exención del pago de impuestos y el cobro de tributos y percibir servicios feudales en beneficio propio. Gracias a este sistema, nobleza y clero se habían convertido casi en exclusiva en los detentadores de la tenencia de la tierra. Existían figuras legales para asegurar la propiedad de la tierra como el mayorazgo.los bienes están amortizados, un régimen de manos muertas. Además, la representación del país en las Cortes se hace en función de estos tres estamentos. A cada uno de ellos le corresponde un voto, de modo que los estamentos privilegiados siempre imponen sus intereses

EL SIGLO XVIII. LA GUERRA DE SUCESIÓN Testamento de Carlos II Reconociendo, conforme a diversas consultas de ministro de Estado y Justicia, que la razón en que se funda la renuncia de las señoras doña Ana y doña María Teresa, reinas de Francia, mi tía y mi hermana, a la sucesión de estos reinos, fue evitar el perjuicio de unirse a la Corona de Francia; y reconociendo que, viniendo a cesar este motivo fundamental, subsiste el derecho de la sucesión en el pariente más inmediato, conforme a las leyes de estos Reinos, y que hoy se verifica este caso en el hijo segundo del Delfín de Francia: por tanto, arreglándome a dichas leyes, declaro ser mi sucesor, en caso de que Dios me lleve sin dejar hijos, al Duque de Anjou, hijo segundo del Delfín, y como tal le llamo a la sucesión de todos mis Reinos y dominios, sin excepción de ninguna parte de ellos. Y mando y ordeno a todos mis súbditos y vasallos de todos mis Reinos y señoríos que en el caso referido de que Dios me lleve sin sucesión legítima le tengan y reconozcan por su rey y señor natural, y se le dé luego, y sin la menor dilación, la posesión actual, precediendo el juramento que debe hacer de observar las leyes, fueros y costumbres de dichos mis Reinos y señoríos.

EL SIGLO XVIII. LA GUERRA DE SUCESIÓN

EL SIGLO XVIII. LA GUERRA DE SUCESIÓN LA ENTRONIZACIÓN DE LOS BORBONES Y LA GUERRA DE SUCESIÓN Muere sin descendencia Carlos II, último monarca español de la casa de Austria (1700) La situación en aquel momento es de crisis generalizada Carlos II deja como heredero de todas sus posesiones a Felipe de Anjou Economía en decadencia Estancamiento demográfico Falta de eficacia de las instituciones políticas Las grandes potencias europeas se niegan a reconocerle como rey de España, al igual que la Corona de Aragón Inicio de la Guerra de Sucesión (1701) que enfrenta a Francia y la Corona de Castilla La Gran Alianza de La Haya y la Corona de Aragón Consecuencias Paz de Utrecht (1713) Felipe V es reconocido como rey de España España pierde todas sus posesiones en Europa y tiene que hacer importantes concesiones comerciales a Gran Bretaña Decretos de Nueva Planta Supresión de las leyes y libertades de la Corona de Aragón 10

En la guerra de sucesión se enfrentaban dos modelos: el de los Austrias, tradicionalmente pactista, que respetaba las instituciones forales de los reinos y su diversa legislación y fiscalidad; y el de los Borbones, que importaba el modelo francés absolutista, unificador y centralizador. Con matices, se puede afirmar que Castilla apoyó al rey Felipe de Borbón, frente al apoyo de la Corona de Aragón al bando de los Austrias El ascenso al trono español de Felipe V representaba la hegemonía francesa y la temida unión de España y Francia bajo un mismo monarca. Este peligro llevó a Inglaterra y Holanda a apoyar al candidato austriaco, que, por supuesto, era sustentado por los Habsburgo de Viena. Las diversas potencias europeas se posicionaron ante el conflicto sucesorio español ( Portugal ) La guerra se desarrolló íntegramente en España y a partir de 1711, holandeses e ingleses cambiaron de opinión porque Carlos de Habsburgo heredó el trono de Austria y manifestaron su interés en reconocer como rey a Felipe V. En 1714 se firmaba el tratado de paz en Utrecht. La última ciudad que cayó en manos de Felipe V fue Barcelona el 11 de septiembre de 1714.

EL ABSOLUTISMO BORBÓNICO Tras el triunfo de lo dinastía de los Borbones los nuevos reyes establecieron un sistema político, una forma de gobierno y una política exterior muy diferente a la de los Austrias. Se impone la monarquía absoluta como modelo de gobierno y se cambió la estructura de este por un sistema de secretarías. La centralización se reflejó en la administración y organización de los territorios, generalizándose el sistema provincial. Un paso muy importante para uniformizar el territorio fue la aplicación de los Decretos de Nueva Planta. Estos decretos suprimieron los fueros y las instituciones propias de los reinos de la Corona de Aragón, que pasaron a ser gobernados por las leyes castellanas. Con la Nueva Planta se integraron los consejos territoriales en el de Castilla, que pasó a ser el centro de gobierno interior de España. De esta manera todo el territorio pasaba a tener un sistema de gobierno uniforme, con la sola excepción de Navarra y la Provincias Vascas que por su apoyo a Felipe V pudieron conservar sus fueros.

LOS DECRETOS DE NUEVA PLANTA Conjunto de leyes destinadas a recortar y suprimir los antiguos fueros y libertades de la Corona de Aragón Valencia (1707) Aragón (1707) Cataluña (1716) Mallorca (1715) Objetivos Continuar con el proceso de centralización de los territorios peninsulares Castigar a los territorios de la Corona de Aragón por haber apoyado al candidato austríaco durante la guerra de Sucesión Desaparición de las Cortes de la Corona de Aragón Desaparición del Consejo de Aragón Principales medidas El idioma castellano se hace obligatorio en los actos oficiales Se introduce el modelo municipal castellano Se aplica un impuesto único que grava a todos los habitantes en proporción a su riqueza (Catastro) Se suprime el derecho civil del reino de Valencia Se mantienen algunas particularidades Derecho civil de Aragón y Cataluña Subsisten las antiguas monedas regionales Las provincias vascas y Navarra quedaron fuera del régimen de la Nueva Planta conservando sus fueros e instituciones

CENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA El gobierno quedó en manos de cinco Secretarios de Despacho (antecedente de los actuales ministros), que dirigieron la vida política del país durante todo el siglo. Asuntos Extranjeros (Secretaría de Estado) Guerra Gracia y Justicia (se encarga de asuntos eclesiásticos, tribunales y universidades) Marina e Indias Hacienda A fines de siglo, los secretarios se reunieron en la Junta Suprema de Estado, reunión formal y regular, antecedente del actual Consejo de Ministros. El Secretario de Estado asumió el papel principal, actuando como verdadero primer ministro. Los Consejos territoriales habían sido eliminados, menos el de Castilla, que quedó como órgano consultivo para todo el país. La administración territorial se reformó completamente: se dividió el reino en provincias (según el modelo francés), con tres órganos de poder, controlados por el gobierno central: Las Audiencias: máxima autoridad judicial Capitanías Generales: máxima autoridad militar Los Intendentes: máxima autoridad civil y económica.

EL SIGLO XVIII. EL REFORMISMO BORBÓNICO CENTRALIZACIÓN ECONÓMICA Fin de las exenciones fiscales de los reinos aragoneses y de la relativa situación ventajosa en la que se encontraban. Se introdujo un nuevo sistema impositivo, como el catastro en Cataluña o la talla en Mallorca, que gravaban las propiedades. En Castilla se mantuvieron los impuestos tradicionales, alcabalas y millones, pero se redacta el Catastro de Ensenada (1749) para registrar todas las propiedades agrarias y la riqueza de cada contribuyente. La oposición de nobleza y clero impidió la aplicación de la reforma fiscal. Creación de un banco nacional, el Banco de San Carlos en 1782, antecedente del Banco de España. Creación de Reales Fábricas y Compañías de Comercio en un intento de revivir el comercio americano. Se tratan de eliminar las trabas ancestrales que impedían el desarrollo. El Informe sobre la Ley Agraria del ministro Jovellanos, apuntaba la necesidad de eliminar el mayorazgo, las tierras amortizadas o el poder de la Mesta.

EL SIGLO XVIII. EL REFORMISMO BORBÓNICO FELIPE V FERNANDO VI CARLOS III

EL SIGLO XVIII. EL REFORMISMO BORBÓNICO FELIPE V: EL REFORMISMO BORBÓNICO Política interior Política exterior Reforma del Estado Aspectos económicos Ambiente intelectual Relaciones Iglesia - Estado Revisionismo de Utrecht Consejo de Castilla Organismos principales Secretarías del Despacho Introducción de las Intendencias Supresión de Consejos (Aragón, Flandes, Italia) Creación de manufacturas reales Desarrollo de la industria privada Estabilidad monetaria Apertura al público de la Biblioteca Real Real Academia Española Creación de Academias Academia de la Historia Se acentúa la política regalista Concordatos de 1717 y 1737 Derrota frente a la Cuádrupe Alianza (1720) Pactos de Familia con Francia (1733, 1743)

EL SIGLO XVIII. EL REFORMISMO BORBÓNICO EL REINADO DE FERNANDO VI Política exterior Neutralidad española en las relaciones internacionales Rivalidad con Portugal por los territorios americanos Relaciones Iglesia - Estado Concordato de 1753 Continúa la política regalista Política interior Programa reformista de Ensenada Economía Cultura Creación de un catastro para Castilla Fundación del Real Giro Potenciación de la ciencia y la enseñanza Creación de Academias Museo de Ciencias Naturales de Madrid Observatorio astronómico de Cádiz Academia de Bellas Artes de San Fernando Academia de Buenas Letras de Sevilla

EL SIGLO XVIII. EL REFORMISMO BORBÓNICO CARLOS III: LAS REFORMAS INTERIORES Liberalización del comercio de granos Motín de Esquilache (1765) Potenciación de la economía y reformismo social Recorte de privilegios de los gremios Repoblación de regiones deprimidas Reglamento de Libre Comercio (1778) Final del sistema de flotas de Indias Termina el monopolio de Cádiz y Sevilla sobre el comercio americano Reforma de la administración pública Ampliación de las competencias del Consejo de Castilla y de las secretarías Reforma municipal de Campomanes (1766) Creación de la Junta Suprema de Estado (1787) Relaciones Iglesia - Estado Continúa la política regalista Intento de controlar la Inquisición Expulsión de los jesuítas (1767) Cultura Fundación de Sociedades Económicas de Amigos del País Creación de centros de estudio y experimentación

EL SIGLO XVIII. EL REFORMISMO BORBÓNICO LA POLÍTICA EXTERIOR DE CARLOS III España mantiene la política de alianzas con Francia Tercer Pacto de Familia (1761) y participación en la guerra de los Siete Años Intervención de España y Francia en la guerra de Independencia de Estados Unidos Paz de París (1763) Paz de Versalles (1783) Pérdida de Florida España recupera Menorca y Florida Incorporación de la Lousiana francesa Recuperación de La Habana y Manila, ocupados por los británicos durante la guerra 23

EL SIGLO XVIII. LA ILUSTRACIÓN Y EL DESPOTISMO ILUSTRADO LA ILUSTRACIÓN Y EL DESPOTISMO ILUSTRADO El siglo XVIII es el de la Ilustración o Siglo de las Luces. La Ilustración, cuyo sentido etimológico significa iluminación, hace referencia a la luz de la razón humana, es decir, a la confianza en la razón, como única vía para comprender y dominar totalmente el universo. Los ilustrados se llamaban también a sí mismos filósofos o enciclopedistas. Eran críticos con las bases sociales, políticas y culturales del Antiguo Régimen.

LA ILUSTRACIÓN Y EL DESPOTISMO ILUSTRADO En el aspecto político, las ideas de los ilustrados podían derivar hacia: un reformismo del Estado, en donde encaja el despotismo ilustrado, o bien hacia una ruptura con el Antiguo Régimen, a partir de un proceso revolucionario Con el despotismo ilustrado, los monarcas aplicaban propuestas de los ilustrados, realizando reformas destinadas a obtener la felicidad del pueblo, considerado incapaz para regirse a sí mismo; de aquí la conocida frase: todo para el pueblo, pero sin el pueblo, y sobre todo, garantizar la estabilidad interna y externa de la monarquía incrementando los ingresos fiscales. Pero el despotismo ilustrado no tocaba lo esencial del sistema del Antiguo Régimen, el poder absoluto de los monarcas y la división estamental de la sociedad. Para ello era necesario aplicar los principios defendidos por Montesquieu y Rousseau, que, respectivamente, defendían la división de los poderes (legislativo, ejecutivo y judicial) y el principio de la soberanía nacional.

EL SIGLO XVIII. LA ILUSTRACIÓN Y EL DESPOTISMO ILUSTRADO FEIJOO CAMPOMANES CADALSO FLORIDABLANCA

REFORMAS ECONÓMICAS Carlos III se rodeó siempre de un equipo de ilustrados: Campomanes, Aranda, Olavide, Cabarrús, Floridablanca Sus reformas estaban destinadas a resolver la crisis de la agricultura, el sector primordial de la economía española. Los problemas que debía solucionar eran: La escasez y el continuo aumento de los precios del pan (estancamiento producción y aumento demográfico) El número excesivo de campesinos no propietarios (arrendatarios y jornaleros) La baja productividad de los suelos, la ausencia de regadíos, así como la utilización de técnicas y herramientas de labranzas muy rudimentarias y atrasadas. Las revueltas populares (motines espontáneos de subsistencia). El denominado motín de Esquilache (1766) fue la más conocida de estas protestas. En este motín se juntaron varias causas: malestar popular por los altos precios, oposición de los privilegiados, odio al extranjero El inicio fue la prohibición por decreto de los sombreros de ala ancha y las capas largas para modernizar las costumbres.

'Un episodio del Motín de Esquilache' José Martí y Monsó 1864

REFORMAS ECONÓMICAS Principales Medidas adoptadas por Carlos III: El cercado y reparto entre los vecinos de las tierras municipales de "propios" La creación de Colonias de Población en zonas deshabitadas, especialmente en Andalucía, con el objetivo de colonizar tierras yerma (la labor de Pablo de Olavide en Sierra Morena) La fundación de instituciones de Crédito que concedían préstamos sin cobrar intereses a los campesinos para que pudieran comprar semillas y herramientas. La elaboración de proyectos de ley agraria. Fue encomendada a Campomanes y Floridablanca con el objetivo de incrementar la producción de cereales e impedir así la inflación y los conflictos internos. En ningún momento el gobierno se planteó tocar los privilegios y las propiedades de los más ricos nobles latifundistas, lo que hubiese supuesto una alteración en la estructura social estamental.

Otras Reformas Económicas: Se decreta la libertad del comercio de cereales en 1765. En 1778, Decreto de Libre comercio: aprueba la total liberalización del comercio colonial Se crearon nuevas compañías mercantes Se crea el Banco de San Carlos en 1782, primer banco nacional de España, para regular la política económica y dar un impulso a las obras públicas favoreciendo la constitución de un mercado único. REFORMAS RELIGIOSAS Expulsión de los Jesuitas (1767). Acusados de haber promovido los motines de la primavera de 1766, la auténtica causa de esta decisión fue el deseo Regalista de imponer la autoridad del rey en materia eclesiástica, pues la Compañía de Jesús defendía el poder del Papado sobre la autoridad monárquica. Limitación de los Poderes de la Inquisición. Los grupos privilegiados impidieron sistemáticamente que los proyectos ilustrados se hicieran realidad. Cuando estalla la Revolución Francesa se rompió la unidad del movimiento Ilustrado en dos grupos: los partidarios de la revolución y sus detractores.