Reglamento para el uso del Sector deportivo Se define sector deportivo al área comprendida por las canchas de tenis, cancha de usos múltiples, vestuarios, pileta, cancha de fútbol, buffet, anexo. Horarios: BUFFET Lunes a viernes: 10 a 15 hs Sábados y domingos: 10 a 20 hs SALON ANEXO BUFFET Todos los propietarios del barrio de San Matías, que se encuentren al día con el pago de las expensas, podrán solicitar el uso del Anexo-buffet en los términos y bajo las condiciones que establece el presente reglamento. Se habilita desde el 1 de marzo hasta el 15 de diciembre, para festejos de cumpleaños o reuniones siendo su capacidad máxima 20 personas RESERVAS DIAS y HORARIOS: el Anexo podrá ser utilizado, los días de la semana exclusivamente de LUNES a JUEVES el horario será consensuado por la concesión del buffet. El usuario responsable está obligado a respetar y cumplir con puntualidad el horario establecido, debiendo en caso contrario asumir las responsabilidades económicas y disciplinarias que su inconducta traiga aparejadas.
LAS SOLICITUDES: las reservas se realizan en buffet.sanmatiasbp@gmail.com donde recibirá la confirmación de estar disponible en la fecha indicada. Confirmada la reserva se le entregará al propietario un formulario que deberá completar expresamente cual es la finalidad de la reserva, la nómina de los concurrentes, día, horario y duración. USO: el usuario responsable deberá presentar un listado con los datos de las personas invitadas, proveedores, etc. (detallando, nombre y apellido completos y Nro. de DNI de cada uno de ellos) 48 hs. antes del desarrollo del evento. CAPACIDAD MAXIMA 20 INVITADOS: el ingreso, permanencia y circulación de personas estará sujeta al control del personal de Seguridad contratado que con ese fin podrá: a) Prohibir el ingreso al barrio de toda persona que no haya sido autorizada previamente por el Propietario. b) Prohibir la entrada o hacer retirar del salón a cualquier persona que por su comportamiento perjudique los intereses o perturben el normal funcionamiento y desenvolvimiento de las actividades debidamente autorizadas. c) Impedir la práctica de actos o reuniones que perturben o restrinjan la tranquilidad o desvíen la finalidad para la cual fue autorizado el uso. La utilización de fuentes sonoras no debe exceder los límites internos del salón. d) Utilizar todos los medios puestos a su alcance para hacer cumplir las disposiciones del presente reglamento. e) Está permitida la concurrencia y/o participación de profesores/as, animadoras, magos, ayudantes, no así el montaje de escenarios, toldos, telones o cualquier tipo de decoración dentro o fuera del salón que dañe o perjudique el mismo. En caso de planificar la utilización de inflables se deberá acordar previamente con la intendencia del Barrio el lugar a utilizar.
En todos los sectores se deberán utilizar en forma adecuada todos los bienes y muebles provistos por el barrio, no pudiendo agregar o introducir otro mobiliario sin la expresa autorización de la administración. El usuario del Salón Anexo no podrá realizar actos o hechos capaces de dañar el mismo, ni el resto del edificio o las instalaciones y demás elementos que conforman el patrimonio del BARRIO SAN MATIAS. Está terminantemente prohibido el uso de elementos que puedan provocar, olores o ruidos molestos. El usuario que instale en el espacio concedido equipos de sonido los utilizará de manera tal que no provoque contaminación sonora. El usuario también deberá velar para que los concurrentes observen con fidelidad las normas detalladas en el presente reglamento. El usuario no podrá instalar en el salón anexo, sin previa y expresa autorización escrita, cualquier maquinaria, equipo, artículo o mercadería que debido a su forma, peso, tamaño, consumo eléctrico, operación o peligrosidad pudiere causar daño al mismo o al resto del edificio. Las actividades autorizadas deberán desarrollarse dentro del Salón, no pudiendo invadir las restantes áreas o instalaciones del Barrio. En caso de hacerlo sin autorización, la administración estará facultada para solicitar el retiro de lugares no autorizados y/o revocar la autorización, en cuyo caso el usuario deberá hacer inmediata devolución de las instalaciones del lugar. La resolución de autorización será notificada al solicitante quien deberá aceptar íntegramente el presente reglamento y asumir todas las responsabilidades civiles y disciplinarias que acarree su incumplimiento. OBLIGACIONES DEL USUARIO: a) El usuario deberá mantener el lugar en perfecto estado de conservación. Esta obligación alcanza asimismo a los elementos, muebles y demás instalaciones que se encuentran en el mismo.
b) El usuario no podrá trasladar los muebles y demás elementos a otras áreas no autorizadas. c) Deberá destinar las instalaciones al uso y los horarios expresamente autorizados. d) Finalizado el evento, el usuario deberá restituir las instalaciones en perfecto estado de conservación, obligación que alcanza también a los artefactos, muebles y utensilios que se encontraban en el salón al momento de iniciarse el evento. El estado en que se reintegra el salón será constatado por el Concesionario del Buffet en el momento de entrega de las instalaciones. ARANCELES: La tarifa correspondiente por el uso del salón será de ½ expensas, cuyo importe se descontara del servicio gastronómico brindado por el concesionario del bufet, la cancelación del evento deberá ser informada dentro de las 72 hs, de no cumplir se le imputara el costo informado. La contratación del Salón implica el conocimiento y aceptación del presente Reglamento. CANCHAS DE TENIS Podrán usar las canchas todos los socios y residentes de Barrio San Matias y sus invitados, que cumplan con la reglamentación vigente en todos sus aspectos. El uso de las canchas será autorizado exclusivamente por el encargado de las mismas el cual en función del estado de cada cancha, decidirá si están o no en condiciones de utilizarse. Se prevén interrupciones programadas en el período de uso atendiendo a razones de mantenimiento riego, reparaciones, imprevistos meteorológicos u otros eventos, los que serán debidamente informados.
Vestimenta y Calzado: deberá usarse la vestimenta adecuada para la práctica de este deporte. No se permitirá bajo ningún concepto la práctica del deporte con el torso desnudo. Es obligatorio el uso de zapatillas aptas para la superficie como así también los demás elementos que se utilizan para la práctica de este deporte.- No se podrá ingresar a las canchas con alimentos, aparatos de música, radios u otros elementos que perturben el desarrollo del juego. HORARIO - RESERVA Sábados-Domingos y feriados: de 10 a 19hs. (Oficina de Staff) Los horarios y reservas de juego habilitados para el uso serán publicados en cartelera por el encargado de las mismas. Horario nocturno: deben solicitar las fichas de iluminación en la oficina de staff, las canchas disponibles son las Nª 1 Y 2. FUTBOL HORARIO: sábados y domingos: 08 a 11hs. Es de uso exclusivo de propietarios, de formarse algún partido se debe realizar la reserva a la administración: atencionalpropietario@sanmatiasbp.com.ar atendido por Daniela, adjuntando lista de invitados considerando que es un invitado por cada propietario de lunes a viernes de 09 a 17hs. La administración fijara la fecha y horario así mismo las pautas y reglas para el uso de las canchas
HORARIO: 9 A 21 hs. CANCHA DE USOS MULTIPLES El calzado apropiado para ser utilizado en el sector son calzados de tenis. ESTA PROHIBIDO: El uso de Rollers, patines, patinetas y bicicletas. Utilizar el sector para otros usos que los establecidos. Permanecer personas dentro sin estar practicando alguna actividad. ESTACIONAMIENTO Respetar los lugares e indicaciones del sector Dejar visiblemente cartel de visita sobre el torpedo del auto Los autos mal estacionados serán identificados por la vigilancia, y se aplicarán las sanciones previstas en el reglamento. En caso de detectarse incumplimientos por parte de invitados, y detectarse que los vehículos no están identificados con el cartel de visita, las sanciones serán el doble de las establecidas en el reglamento al propietario. EN TODOS LOS SECTORES NO ESTA PERMITIDO El ingreso al área del buffet con bebidas o comida de ningún tipo, prestando este servicio el concesionario actual. Residuos: no arrojar papeles u otros objetos desechables al suelo, utilizar los cestos o tachas contenedores. No se permite dejar ropa u objetos personales dentro de los salones del buffet, el barrio no es responsable por pérdida o hurto de elementos.
Está prohibido el ingreso con mascotas en todas las áreas comunes del barrio, especialmente en el área deportiva y sus alrededores. SUSPENSION O RESTRICCION DE USO Por causas fundamentadas, la Administracion podrá prohibir temporalmente el uso de las instalaciones deportivas por mantenimiento o aquellos que cometan infracciones en el uso indebido de las mismas el servicio de vigilancia y el personal del barrio tiene facultades para controlar el adecuado cumplimiento de las presentes condiciones de uso y los demás reglamentos internos vigentes podrá labrar actas de infracción y elevar informes, los que se reputarán veraces salvo prueba en contrario. La conservación del Área deportiva depende del uso apropiado que los Propietarios hagan de él evitando futuras multas económicas. CUALQUIER SUGERENCIA O QUEJA LA PUEDE REALIZAR EN LA ADMINISTRACIÓN DE Lunes a Viernes EN EL HORARIO DE 08,00 HS A 17,00 HS. a atencionalpropietario@sanmatiasbp.com.ar -------------------------------------------------------------------------
CONSTANCIA DE RESPONSABILIDAD SOBRE USO SALON ANEXO BUFFET. Por la presente deslindo de cualquier tipo de responsabilidad a los integrantes del Consorcio San Matías, sobre cualquier daño que pudieran acontecer dentro del barrio a mis invitados y familia, como así también a los proveedores de servicios por mi contratados, con motivo de la reunión que efectuaré en el Salón Anexo Buffet Barrio San Matías con fecha. / / en el horario de En tal sentido me obligo a mantener indemne al Consorcio San Matías como Consecuencia de la reunión que realizaré a mi riesgo y cargo en el Salón Anexo Buffet DEBITO POR EXPENSAS DEL USO DEL SALON ANEXO BUFFET Y DEL EVENTUAL DETERIORO O SUSTRACCION DE ESTRUCTURAS Y/O ELEMENTOS. Acepto por la presente me sea debitado por expensas el costo por el uso del Salón anexo buffet y el costo evaluado del eventual deterioro de estructuras o sustracción de acuerdo al Reglamento de su uso, para la actividad que realizaré. San Matías, -----/-----/----- Firma: ------------------------
SOLICITUD PARA EL USO DEL SALON ANEXO BUFFET SAN MATIAS PROPIETARIO: LOTE Nº TELÉFONO: MAIL: MOTIVO: DIA: CANTIDAD DE INVITADOS: DECLARO CONOCER Y ACEPTAR EL REGLAMENTO DE USO DEL SALON ANEXO BUFFET (Cuya copia se adjunta) Y ME COMPROMETO A CUMPLIR CON LO ESTABLECIDO EN EL MISMO Y ENTREGAR EL LISTADO DE INVITADOS 48 HORAS ANTES DEL EVENTO. San Matías, -----/-----/----- Firma ------------------------------