COOPECAJA R.L., presenta la mecánica que define las reglas generales para los sorteos de la promoción Actualización de datos. La promoción denominada Actualización de datos se regirá por las siguientes disposiciones: DEFINICIONES: Asociado activo: se entenderá como activo a toda persona asociada que se encuentre al dia con sus operaciones de ahorro y obligaciones por crédito, así como las personas de nuevo ingreso o que fueron asociados y reingresen a la cooperativa. Órganos sociales: Órganos de Dirección y Comités designados dentro de la estructura política, considérese Consejo de Administración, Comité de Vigilancia, Comité de Educación y Tribunal Electoral. Sistema manual: Método que consiste en conformar el número ganador extrayendo al azar un número de cada uno de los 5 recipientes que contienen: uno las unidades, otro las decenas, otro las centenas, otro las unidades de millar y otro las decenas de millar, de esta forma se establece el número ganador de la lista. Artículo uno: PARTICIPANTES Podrán participar en el sorteo de los premios definidos en esta mecánica y durante la vigencia de esta: Podrán participar en los sorteos de los premios definidos en esta mecánica y durante la vigencia de esta: Los asociados que envíen la información de sus datos al correo actualizacion@coopecaja.fi.cr, en el que incluyan los número de teléfonos (trabajo, celular y casa habitación), el email, la dirección de la casa de habitación y el trabajo. El asociado que no envié la información completa no participará, por tanto no se le asignará un número para el sorteo. Artículo dos: RESTRICCCIONES DE PARTICIPACION No podrán participar en los sorteos: a. Los asociados que presenten morosidad por falta de pago en cuotas de capital social, créditos y/o fianzas con COOPECAJA. b. Las personas que presenten la renuncia a COOPECAJA antes y durante la vigencia de la promoción, en los sorteos posteriores a esta. c. Los integrantes de los órganos sociales de COOPECAJA d. Los Trabajadores de COOPECAJA e. Los Asociados jurídicos. f. Las personas menores de edad.
g. Los asociados que no cumplan los requisitos del articulo uno. Artículo tres: DE LOS SORTEOS Se efectuará un único sorteo el 28 de agosto del 2017 El ganador en se obtiene mediante el sistema manual con números aleatorios definido en esta mecánica. Artículo cuatro: DE LOS PREMIOS La promoción tendrá de 2 tiquetes aéreos (ida y vuelta) con la empresa Aerolínea Volaris a elegir el destino entre: El Salvador, Nicaragua y Guatemala El premio no incluye costos y tramites que establezcan o requieran las autoridades pertinentes de Costa Rica y del país de destino o escala. Lo mismo se aplicará respecto de los permisos notariales y cualquiera otra documentación pública o privada. El costo y trámite de la obtención la documentación de viaje necesario es de cargo y costo del asociado. Artículo cinco: Del premio, La responsabilidad de COOPECAJA R.L. se circunscribirá al boleto aéreo correspondiente, no incluye, impuestos (excepto los de salida que ya se incluye en el costo del tiquete), gastos de transporte, seguros de ningún tipo, alimentación, hospedaje, ni de gastos por imprevistos o emergencias, perdida de maletas, problemas por demoras o suspensión de vuelos por riesgos propios de la aerolínea (ceniza, etc); asimismo no incluye recargos adicionales, por lo tanto, estos deberán ser asumidos por el ganador. Además, COOPECAJA se reserva el derecho de compra de los tiquetes en la aerolínea de su elección. Sin que esto pueda representar un reclamo por parte del ganador. Los premios expiran el 28 de febrero 2018. Artículo seis: Responsabilidad de COOPECAJA y caso fortuito COOPECAJA R.L. se exime de toda responsabilidad del uso, contenido, alcances y limitaciones que contenga el premio; así como otros elementos del viaje como cualquier otra situación, evento o circunstancia de caso fortuito, fuerza mayor o de cualquier otra naturaleza, como por ejemplo huelgas,cierres de aeropuerto, decisión técnica de no despegue, etc COOPECAJA R.L. no se hace responsable por cualquier accidente, lesiones, daños, robos y otras que puedan darse consecuencia del uso del premio, que pueda sufrir el ganador de la promoción durante el trayecto hacia el retiro del premio y posterior a la entrega de este, ni de los gastos que incurra en el disfrute.
Los tiquetes aéreos son de exclusiva responsabilidad de la línea área designada, en ningún caso COOPECAJA tiene intervención ni responsabilidad alguna de estos. En caso fortuito o de fuerza mayor COOPECAJA podrá cambiar las características o especificaciones de la promoción sin que asuma ninguna responsabilidad de su parte bastando para ello el comunicado en el momento oportuno antes de celebrar los sorteos respectivos. Artículo siete: VIGENCIA. La vigencia de la promoción se establece a partir de las 8:00 horas del 10 de junio del 2017 hasta las 18:00 horas al 10 de agosto del 2017. Las actualizaciones después de esas fechas según el inciso a) y b) del artículo uno realizados antes y posterior a dicha vigencia quedan fuera y no serán tomados en cuenta para los sorteos. Artículo ocho: EJECUCION Y SUPERVISION DEL SORTEO El sorteo será realizado por el Area Legal La supervisión estará a cargo del Auditor Interno (podrá asignar un representante de su Área) y/o de un Asesor Legal, quienes serán los encargados de dar fe de la legalidad y el correcto manejo de este. Artículo nueve: FECHA DE LOS SORTEOS El sorteo se llevará a cabo el 28 de agosto del 2017 en las Oficinas de COOPECAJA R.L. Excepcionalmente se podrá prorrogar esa fecha por motivos justificados por COOPECAJA. Artículo diez: PUBLICACION Y NOTIFICACION DE GANADORES Se comunicarán los ganadores por medio de la página WEB www.coopecaja.com y/o por medio del perfil oficial en Facebook a nombre de COOPECAJA. Esta notificación será definida como oficial para el conteo de la vigencia del retiro del premio. El asociado favorecido también podrá ser notificado a los números telefónicos y/o correos electrónicos registrados en el sistema de COOPECAJA R.L. Artículo once: RETIRO y VIGENCIA DEL PREMIO Para el retiro y posterior límite de la vigencia del premio se definen las siguientes reglas: a. El ganador contará con un mes calendario contado a partir de la comunicación en la página Web de COOPECAJA R.L. para retirar el premio; si no lo hiciere. pasará a ser propiedad de COOPECAJA R.L.
b. Si el ganador no tiene los datos actualizados y no se localiza según se define en el artículo anterior, se dejará bitácora de la gestión de comunicación realizada y se aplicará a partir de la fecha de esta el plazo del inciso a). c. El ganador firmará los documentos que corresponda para acreditar el recibo del premio y la efectiva entrega por COOPECAJA, aceptando las condiciones establecidas en esta mecánica y liberando a COOPECAJA de cualquier responsabilidad pasada, presente o futura. d. El premio no se podrá ceder, transferir ni solicitar canje en dinero, debe de ser reclamado por el ganador con su correspondiente cedula de identidad en buen estado y podrá ser transferible solo al momento de realizar la compra de los tiquetes, para lo cual no podrían aplicarse cambios. Para la emisión de los tiquetes debe presentar la información requerida por la aerolínea, la cual se indicará al momento de ser notificado como ganador. e. El premio solo con autorización de COOPECAJA podrá cambiarse por uno menor precio, no reembolsándose la diferencia por COOPECAJA ni por la Aerolínea. f. El dinero del premio estará disponible en las oficinas de COOPECAJA ya sea principales o sucursales y podrá ser depositado en la cuenta bancaria suministrada por el asociado en el sistema de COOPECAJA. g. El retiro del premio lo debe realizar únicamente en las Oficinas Centrales de COOPECAJA, en el Área de Cobro h. El Asociado ganador podrá renunciar al premio por medio en forma escrita en la oficina central de COOPECAJA en el Área de Cobro, inmediatamente COOPECAJA dispondrá de este. Artículo doce: USO DE IMAGEN Las reglas del uso de imagen serán: a. El ganador con la aceptación o recibo del premio otorga a COOPECAJA la facultad de utilizar su imagen y datos personales con el fin de dar a conocer al público la promoción en cualquier medio ya sea en el proceso, retiro o en otro acto que se requiera como constancia, su eficacia y para asuntos publicitarios de esta. b. Al aceptar el premio, el ganador también acepta ser fotografiado según los requerimientos de COOPECAJA R.L. para efectos de publicidad y mercadeo, renunciando de esta forma a cualquier cobro o regalía por derechos del uso de su imagen en forma pública para tales efectos. c. El ganador podrá ser anunciado a través del sitio Facebook oficial de COOPECAJA R.L. (Facebook.com/COOPECAJA), correo electrónico a nuestra base de datos y el sitio web oficial de COOPECAJA R.L. www.coopecaja.com; boletines u otros que se estimen convenientes.
Artículo trece. DISPONIBILIDAD DE DOCUMENTO. La presente mecánica estará disponible en la página Web de COOPECAJA R.L., y será de acatamiento obligatorio para quienes participen en la promoción y para el retiro de los premios. El hecho de ser participante según las condiciones establecidas en el artículo uno, se entenderá que la presente mecánica que incluye las reglas del sorteo son conocidas y aceptadas por el asociado. El asociado podrá renunciar si así lo dispone a su participación, ya sea en forma persona escrita mediante nota o por correo electrónico. Artículo catorce: CANCELACION O SUSPENSION DE LA PROMOCION COOPECAJA R.L. tiene total potestad para cancelar, suspender o detener la promoción sin asumir responsabilidad alguna, si se llegara a detectar fraude o irregularidades durante la vigencia de la misma, o si se presentara alguna otra circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de COOPECAJA R.L.; asimismo en caso de que los participantes no cumplan con los lineamientos establecidos, esta promoción se declarará desierta, por lo que COOPECAJA R.L. no entregará premio alguno. En caso de presentarse las circunstancias anteriores, la única responsabilidad y obligación de COOPECAJA R.L. será la de comunicar en su página web y sitio Facebook oficial la cancelación, suspensión o dar por desierto el sorteo, no pudiendo los participantes reclamar indemnización por cualquier tipo de daño ni perjuicio. Artículo quince: ACEPTACION DE LAS REGLAS DE LA PROMOCION Por la sola circunstancia de participar en La Promoción se entenderá que el asociado conoce, comprende y acepta completamente los artículos de esta promoción y todas y cada una de las normas, reglas, términos y condiciones relativas a este, sin que por motivo alguno le esté permitido reclamar posteriormente su desconocimiento.