HERRI ADMINISTRAZIO ETA JUSTIZIA SAILA DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL CONTRATO ADMINISTRATIVO QUE TIENE POR OBJETO REALIZACIÓN DE RECONOCIMIENTOS MÉDICOS Y ANÁLISIS CLÍNICOS PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS. Donostia - San Sebastián, 1 01010 VITORIA-GASTEIZ tef. 945 01 86 04 Fax 945 01 86 48
HERRI ADMINISTRAZIO ETA JUSTIZIA SAILA DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y JUSTICIA ANTECEDENTES La salud laboral tiene por objeto conseguir un alto grado de bienestar físico, psíquico y social de las personas empleadas en una organización en relación con las características y riesgos derivados del lugar de trabajo, el ambiente laboral y la influencia de éste en su entorno, promoviendo aspectos preventivos, de diagnóstico, de tratamiento, de adaptación y rehabilitación de la patología producida o relacionada con el trabajo. La actuación sanitaria en el ámbito de la salud laboral ha de comprender, entre otros aspectos, la vigilancia de la salud de los empleados y empleadas, tanto individual como colectivamente. En cumplimiento del deber de protección, la Administración garantizará la seguridad y salud del personal a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. Este derecho a la seguridad y salud en el trabajo se ha incardinado con el derecho constitucional (Art. 15) a la integridad física (TCo 62/2007) y moral (TCo 160/2007). Además, hay que tener en cuenta respecto a la vigilancia de la salud, las condiciones que se hayan establecido en los convenios colectivos de aplicación. Por otro lado, se ha de recordar que se considera una infracción grave la no realización de los reconocimientos médicos y pruebas de vigilancia periódica del estado de salud de la plantilla (RDleg. 5/2000, art. 12.2), pudiendo derivarse responsabilidades laborales de recargo de prestaciones (TS unif doctrina 16-1-12, Rec 4142/10), indemnizatorias (TS 6-3-12, Rec2015/11), civiles e incluso penales. Conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, las empresas y admones. con más de 500 personas empleadas están obligadas a realizar la prevención de los riesgos laborales de esas personas a través de un servicio de prevención propio (Art. 14 y Anexo I del RD 39/1997, de 17 de enero). Por lo que corresponde a esta Admón. se creó un Servicio de Prevención propio, a través del Decreto 78/2000, de 16 de mayo (BOPV de 19-06- 2000). Entre las funciones del Servicio de Prevención Propio está la vigilancia de la salud de la plantilla, de acuerdo al Art. 22.1 de la Ley 31/1995 y 37.3 b) del RD 39/1997, de 17 de enero, que establece el Reglamento de los Servicios de Prevención. Asimismo, el Art. 71 del Acuerdo de Condiciones de Trabajo (Decreto 83/2010, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo para el personal funcionario al servicio de la Admón. de la CAE y sus OOAA, BOPV nº 56 de 24 de marzo de 2010) y Art. 81 del Convenio Colectivo del Personal Laboral (Resolución de 26-03-2010), reconocen a estos colectivos el derecho a revisiones médicas periódicas. Donostia - San Sebastián, 1 01010 VITORIA-GASTEIZ tef. 945 01 86 04 Fax 945 01 86 48
Con este marco, el Servicio de Prevención, dependiente de esta Dirección de Relaciones Laborales, entiende que para realizar adecuadamente la vigilancia de la salud que prevé la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevención precisa que se realice la contratación de: 1.- Análisis clínicos, puesto que no dispone de laboratorio propio para la realización de los mismos. 2.- Reconocimientos médicos: no se puede olvidar que el art. 71 del Acuerdo de Condiciones de trabajo para el personal funcionario y el artículo 81 del Convenio para personal laboral establece el compromiso de esta Administración de realizar: - Revisiones médicas anuales a los colectivos con especial riesgo - Revisiones médicas trianuales al resto del colectivo Por lo tanto, si el colectivo está formado aproximadamente por 6.971 personas 1, anualmente se deben realizar los siguientes reconocimientos: - Reconocimiento anual a colectivos con especial riesgo laboral (ayudantes de laboratorio, mozos de autopsia, etc.). Estimamos que un 8% de la plantilla puede realizar actividades con especial riesgo, esto significa que se deben practicar unos 557 reconocimientos médicos anuales a esos colectivos. - Reconocimientos trianuales al resto del personal, esto supone unos 2.138 reconocimientos anuales a colectivos que no tienen especial riesgo. - Además, existe el compromiso de dar respuesta a las demandas de reconocimientos médicos que haga el personal, fuera de la previsión trianual, siempre que exista una razón de salud para ello. Lo que puede suponer que se aumenten los reconocimientos médicos en un 4%, esto supone unos 278 reconocimientos más. En consecuencia, en el año se deben procurar aproximadamente unos 2.973 reconocimientos médicos al personal del ámbito de la Admón. General y sus OOAA. Pues bien, el Área Médica del Servicio de Prevención cuenta con 4 médicos de empresa, uno de los cuales ejerce además como responsable del servicio, por lo que esa estructura no puede asumir realizar la totalidad de los reconocimientos. Ha de tenerse en cuenta, además, que el tiempo medio de realización de un reconocimiento que exige: anamnesis; medidas antropométricas; exploraciones (pulmonar, abdominal, etc.)- y pruebas complementarias (control visión, electrocardiograma etc.) precisa de 40 minutos de dedicación, especialmente si se considera que el 50,38% del personal se encuentra en una banda de edad de 50 a 59 años y el 28,28% en la banda de edad de 40 a 49 años. 1 Datos facilitados por la Dirección de Función Pública correspondientes a 31/12/2014. 3
OBJETO Es objeto del presente pliego regular la realización de reconocimientos médicos y analíticas con el fin de diagnosticar patologías laborales que sufran los trabajadores y trabajadoras del ámbito de la Administración General y sus Organismos Autónomos. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS QUE HAN DE REUNIR LAS PRESTACIONES QUE CONSTITUYEN OBJETO DEL CONTRATO Las prestaciones objeto del presente contrato, esto es, los reconocimientos médicos y análisis clínicos deben presentar las siguientes características técnicas: 1. Los reconocimientos médicos deben ser realizados por una entidad que tenga la condición de Servicio de Prevención Ajeno, autorizada por el Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, con el fin de que se garantice lo establecido en el Artículo 37 del Real Decreto 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención. Esos reconocimientos deben comprender: A) Historia clínica; anamnesis; exploración general; control visión, tensión arterial y electrocardiograma básico. B) Análisis: - Hemograma completo y fórmula y recuento leucocitario. - Glucosa. - Creatinina. - HDL Colesterol. - Colesterol Total. - Triglicéridos. - Ácido úrico. - GOT - GPT - Gamma GGT - Orina (anormales y sedimento). 4
2. La empresa adjudicataria dispondrá de los materiales y equipamientos necesarios para realizar los reconocimientos médicos. 3. Cuando los reconocimientos médicos se realicen a personal que desempeña su actividad en un centro de trabajo de Vitoria-Gasteiz, la empresa contratista deberá realizarlos en las instalaciones que al efecto se ponen a su disposición en la sede del Gobierno Vasco en Vitoria-Gasteiz (Lakua), por lo que deberá estar en condiciones de trasladar a esa sede una persona médico o médica especialista en medicina del trabajo, así como los materiales y equipamientos necesarios para realizar esos reconocimientos. 4. Por lo que se refiere a los análisis clínicos se tendrán en cuenta los parámetros bioquímicos establecidos, así como las normas necesarias para la correcta conservación de las muestras biológicas. 5. En todo caso debe cumplirse una correcta praxis profesional por personal debidamente titulado o habilitado para ello. 6. Se deberá mantener las condiciones y requisitos técnicos que establezcan las normas vigentes para cada tipo de actividad contratada. 7. La empresa contratista deberá nombrar a una persona que será encargada de realizar la coordinación entre el Área Médica del Servicio de Prevención de la Administración General y sus OO.AA y ella misma. 8. Ha de tenerse en cuenta que en el listado que aparece como Anexo en el presente documento se han nombrado las analíticas y pruebas más comunes. No obstante, no se descarta la posibilidad de que haya que realizar alguna otra prueba que no aparezcan en dicho listado. En ese caso, el precio máximo facturado por esas pruebas será el determinado por los correspondientes acuerdos del Consejo de Admón. del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, de aprobación de las tarifas por prestación de servicios sanitarios y docentes a terceros obligados al pago. Estos acuerdos se publican anualmente en el BOPV. 5
ANEXO Nº PRUEBAS DE LOS ANALISIS CLÍNICOS 1 Analítica Básica (hemograma completo + formula y recuento leucocitario +glucosa+ creatinina+ colesterol total + Hdl colesterol+ triglicéridos+ ácido úrico+ GOT +GPT + Gamma GGT) + orina (anormales y sedimentos) Cantidad Estimada unitario máximo Total 500 22,60 11.300 6 Plazo entrega en días 2 Ac. Fólico 2 7,00 14,00 3 días 3 Ac. Úrico 1 1,46 1,46 3 días 4 Albúmina 4 0,81 3,24 3 días 5 Alfa feto Proteína 2 7,00 14,00 3 días 6 ALT/GPT 2 3,95 7,90 3 días 7 Amilasa 3 1,47 4,41 3 días 8 Anticuerpos anti tiroideos 1 8,70 8,70 3 días 9 Anticuerpos anti toxoplasma 1 5,46 5,46 3 días 10 Antígeno carcioembrionario (CEA) 1 15,00 15,00 3 días 11 ASLO 1 5,05 5,05 3 días 12 AST/GOT 2 2,99 5,98 3 días 13 Audiometría 10 6,85 68,50 3 días 14 Audiometría. Impedanciometría 47 56,00 2.632,00 3 días 15 Bilirrubina Directa (BD) 2 1,72 3,44 3 días 16 Bilirrubina Total (BT) 2 1,72 3,44 3 días 17 Calcio 8 1,20 9,60 3 días 18 Cloro 2 4,37 8,74 3 días 19 Colesterol 3 1,74 5,22 3 días 20 Creatinina 2 1,17 2,34 3 días 21 Creatinkinasa (CK) 1 3,96 3,96 3 días 22 Espirometría 16 14,00 224 3 días Estudio de coagulación: 1 23 (APTT INR Fibrinógeno- T. Protombina) 5,00 5,00 3 días 24 F. Reumatoide 2 2,20 4,40 3 días 25 Fe+ Ferritina 1 7,86 7,86 3 días 26 Ferritina 260 7,60 1.976 3 días 27 Fos. Alcalina 3 1,75 5,25 3 días 28 Fosfatas ácidas 2 2,68 5,36 3 días 29 Fósforo 5 4,02 20,10 3 días 30 GGT 12 3,95 47,40 3 días 31 Glucosa 1 1,15 1,15 3 días 32 Grupo y RH 1 4,87 4,87 3 días 33 HDL Colesterol 12 3,90 46,80 3 días 34 Hemoglobina Glicosilada 6 8,58 51,48 3 días 35 Hepatitis A IgM 1 10,95 10,95 3 días 36 Hepatitis B 1 9,10 9,10 3 días 37 Hepatitis B HBs AG 1 6,88 6,88 3 días 38 Hepatitis C 1 9,09 9,09 3 días 39 Hierro 250 3,84 960 3 días 40 HLA-B27 1 13,87 13,87 3 días Hormonas ginecológicas: FSH LH Estradiol 17 beta 41 estradiol prolactinas. 1 10,20 10,20 3 días 42 IgA 1 7,65 7,65 3 días 43 IgE Total 1 6,10 6,10 3 días 2 días
Nº PRUEBAS DE LOS ANALISIS CLÍNICOS Cantidad Estimada unitario máximo Total Plazo entrega en días 44 IgG 1 7,65 7,65 3 días 45 IgM 1 7,65 7,65 3 días 46 Internacional Normalized Ratio (INR) 5 1,00 5,00 3 días 47 LDH 2 5,10 10,20 3 días 48 LDL Colesterol 12 0,98 11,76 3 días 49 Lipasa 3 7,68 23,04 3 días 50 Marcador tumoral B2 micro globulina 1 18,00 18,00 3 días 51 Marcador tumoral CA 125 1 11,00 11,00 3 días 52 Marcador tumoral CA 15-3 1 12,00 12,00 3 días 53 Marcador tumoral CA 19-9 1 12,00 12,00 3 días 54 Micro albuminuria 1 10,22 10,22 3 días 55 Orina: cociente albumina/creatinina 3 21,32 63,96 3 días 56 Orina: sedimentos y anormales 70 2,30 161,00 3 días 57 Perfil Férrico Completo 1 14,06 14,06 3 días 58 Potasio 14 1,50 21,00 3 días 59 Proteína C reactiva 1 9,79 9,79 3 días 60 Proteínas 3 1,12 3,36 3 días 61 Proteinograma 1 5,05 5,05 3 días 62 Prueba embarazo 1 5,00 5,00 3 días 63 PSA Libre 1 11,69 11,69 3 días 64 PSA Total 130 11,69 1519,70 3 días 65 Reticulocitos 1 2,16 2,16 3 días 66 Rubeola Anticuerpos IgG 1 12,30 12,30 3 días 67 Rubeola Anticuerpos IgM 1 12,15 12,15 3 días 68 Sodio 17 1,79 30,43 3 días 69 T. Protombina 4 1,00 4,00 3 días 70 T3 Libre 2 9,78 19,56 3 días 71 T4 Libre 125 6,77 846,25 3 días 72 Tonometría 85 6,85 582,25 3 días 73 Transferrina deficiente en carbohidratos 2 40,00 80,00 3 días 74 Triglicéridos 1 1,95 1,95 3 días 75 TSH 120 4,37 524,40 3 días 76 Urea 1 1,60 1,60 3 días 77 Uro cultivo 1 12,00 12,00 3 días 78 V.S.G. 1 0,97 0,97 3 días 79 VDRL 1 3,66 3,66 3 días 80 VIH-Ag-Ac 1 17,61 17,61 3 días 81 Vitamina B12 6 12,05 72,30 3 días 82 Vitamina D 1 18,33 18,33 3 días 83 Vitamina D-25-H 1 14,00 14,00 3 días 84 Vitamina D 1,25 -H 80 14,00 1.120 3 días RECONOCIMIENTOS Reconocimiento (historia clínica; anamnesis; exploración general; control visión; tensión arterial y electrocardiograma básico) + analítica básica (hemograma completo + formula y recuento leucocitario +glucosa+ creatinina+ colesterol total + HDL colesterol+ triglicéridos+ ácido úrico+ GOT +GPT + Gamma GGT) + orina (anormales y sedimentos) Cantidad Estimada unitario máximo Total Plazo entrega en días 500 64,25 32.125 3 días 7