Podrán ser beneficiarias de este régimen de ayudas las empresas dedicadas a las siguientes actividades:



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Transcripción:

ORDEN FORAL 155/2007, de 17 de mayo, del Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, por la que se establece el régimen de ayudas regionales a la inversión industrial. Podrán ser beneficiarias de este régimen de ayudas las empresas dedicadas a las siguientes actividades: a) Industrias extractivas y manufactureras encuadradas en los sectores C y D de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 93), con excepción de las industrias agroalimentarias. b) Aprovechamiento de aquellas fuentes de energía renovable que así se determinen por el Departamento competente en materia de industria. c) Actividades de logística para empresas industriales realizadas por empresas dedicadas a la organización del transporte, incluidas en el epígrafe 63400 de la CNAE. d) Edición de programas informáticos y actividades de consultoría y suministro de programas informáticos comprendidos en los epígrafes de la CNAE: 72210 y 72220. e) Ingeniería, cartografía y topografía, comprendidos en los epígrafes de la CNAE: 74202 y 74203. f) Realización de pruebas de resistencia de materiales incluidos en el epígrafe 74302 de la CNAE. g) Actividades referentes al diseño gráfico, incluidas en el epígrafe 74841 de la CNAE. Serán objeto de estas ayudas los proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales relativos a: a) La implantación de una nueva empresa. b) La ampliación de un establecimiento existente. c) La diversificación de la producción de un establecimiento para atender a mercados de productos nuevos y adicionales. d) Una transformación fundamental en el proceso global de producción de un establecimiento existente.

e) La adquisición de los activos directamente vinculados a un establecimiento, siempre y cuando éste haya sido clausurado, o lo hubiera sido de no haber sido adquirido, y el comprador sea un inversor independiente. Los límites máximos de intensidad de ayuda, medida en un porcentaje sobre los gastos subvencionables, serán los que se indican a continuación para las zonas de Navarra incluidas en el mapa de ayudas regionales y durante el período que se especifica: a) Del 10% de subvención bruta durante todo el periodo 2007-2013, en las zonas de Navarra incluidas en el mapa de ayudas regionales b) Del 10% de subvención bruta para el periodo 2007-2008, Estos límites máximos podrán incrementarse en un 20% de subvención bruta para las ayudas concedidas a pequeñas empresas, y en un 10% para las ayudas concedidas a medianas empresas. Municipios de Navarra que pueden optar a la ayuda durante todo el periodo 2007-2013. Abáigar, Abárzuza, Abaurregaina/Abaurrea Alta, Abaurrepea/Abaurrea Baja, Aberin, Aguilar de Codés, Aibar/Oibar, Allín, Allo, Améscoa Baja, Ancín, Anue, Aoiz/Agoitz, Araitz, Aranarache, Arce/Artzi, Arcos (Los), Arellano, Aria, Aribe, Armañanzas, Arróniz, Atez, Azuelo, Barásoain, Barbarin, Bargota, Basaburua, Baztan, Beire, Betelu, Auritz/Burguete, Burgui/Burgi, Busto (El), Cabredo, Cáseda, Castillonuevo, Cirauqui, Desojo, Dicastillo, Erro, Ezcároz/Ezkaroze, Eslava, Esparza, de Salazar, Espronceda, Esteribar, Etayo, Eulate, Ezcabarte, Ezprogui, Gallipienzo, Gallués/Galoze, Garaioa, Garde, Garínoain, Garralda, Genevilla, Goñi, Güesa/Gorza, Guesálaz, Ibargoiti, Igúzquiza, Imotz, Isaba/Izaba, Iza, Izagaondoa, Izalzu/Itzaltzu, Jaurrieta, Juslapeña, Lana, Lantz, Lapoblación, Larraona, Leache, Legaria, Leoz, Lerga, Lezáun, Lizoáin, Lónguida/Longida, Lumbier, Luquin, Mañeru, Marañón, Mendaza, Metauten, Mirafuentes, Monreal, Morentin, Mues, Murieta, Navascués, Nazar, Oco, Ochagavía, Odieta, Olaibar, Olejua, Olóriz, Ollo, Orbaitzeta, Orbara, Orísoain, Oronz, Oroz-Betelu, Oteiza, Piedramillera, Pitillas, Pueyo, Romanzado, Roncal/Erronkari, Orreaga/Roncesvalles, Sada, Salinas de Oro, San Martín de Unx, Sansol, Sarriés/Sartze, Sorlada, Torralba del Río, Torres del Río, Ujué, Ultzama, Unciti, Unzué, Urdazubi/Urdax, Urraul Alto, Urraul Bajo, Urroz, Urzainqui, Uztárroz/Uztarroze, Luzaide/Valcarlos, Vidángoz/Bidankoze, Villamayor de Monjardín, Hiriberri/Villanueva de Aezkoa, Yerri, Zugarramurdi, Zúñiga, Larraun, Lekunberri. Municipios de Navarra que pueden optar a la ayuda durante el periodo 2007-2008.

Ablitas, Adiós, Altsasu/Alsasua, Añorbe, Arantza, Arano, Aras, Arbizu, Areso, Arguedas, Arruazu, Artajona, Artazu, Ayegui, Bakaiku, Barillas, Belascoáin, Berbinzana, Bertizarana, Biurrun-Olcoz, Buñuel, Cabanillas, Cadreita, Caparroso, Carcastillo, Cascante, Castejón, Cintruénigo, Ziordia, Ciriza, Corella, Cortes, Donamaria, Etxalar, Etxarri-Aranatz, Etxauri, Elgorriaga, Enériz, Eratsun, Ergoiena, Estella/Lizarra, Escurra, Falces, Fitero, Fontellas, Funes, Fustiñana, Goizueta, Guirguillano, Uharte-Arakil, Irañeta, Ituren, Iturmendi, Javier, Beintza-Labaien, Lakuntza, Larraga, Lazagurría, Legarda, Leitza, Lesaka, Liédena, Lodosa, Marcilla, Mélida, Mendavia, Mendigorría, Milagro, Miranda de Arga, Monteagudo, Murchante, Murillo el Cuende, Murillo el Fruto, Muruzábal, Obanos, Oitz, Olazti/Olazagutía, Olite, Peralta, Petilla de Aragón, Puente la Reina/Gares, Ribaforada, Saldías, Sangüesa/Zangoza, Santacara, Doneztebe/Santesteban, Sartaguda, Sesma, Sunbilla, Tafalla, Tiebas-Muruarte de Reta, Tirapu, Tudela, Tulebras, Ucar, Urdiain, Urrotz, Uterga, Valtierra, Bera/Vera de Bidasoa, Viana, Bidaurreta, Villafranca, Villatuerta, Igantzi, Yesa, Zubieta, Arakil, Irurtzun. ORDEN FORAL 121/2007, de 22 de mayo, de la Consejera de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones, para el año 2007, a entidades locales que desarrollen actuaciones encaminadas a la acogida e integración de personas inmigrantes, en el marco de cooperación establecido en la materia entre las Administraciones del Estado y de la Comunidad Foral. La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen aplicable a la concesión de subvenciones, para el ejercicio 2007, a entidades locales que desarrollen actuaciones encaminadas a la acogida e integración de personas inmigrantes, en el marco de cooperación establecido en la materia entre las Administraciones del Estado y de la Comunidad Foral. Las actuaciones objeto de subvención se desarrollarán en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra y tendrán como finalidad la acogida y la integración de la población inmigrante. Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta convocatoria las entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra. Las actuaciones para las que se solicite la subvención deberán ser adecuadas a los ejes, medidas y actuaciones establecidas por la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

I._ Eje acogida. IA. Acogida. a) Programas de Acogida Integral, que incluyan proyectos de introducción a la sociedad de acogida, acciones de derivación a servicios públicos de carácter general y, en su caso, clases de idiomas e itinerarios de inserción. b) Acogida Especializada de personas inmigrantes en situación de vulnerabilidad, incluyendo alojamiento y manutención además de las actuaciones contempladas en los programas de acogida integral u otras requeridas por su especial situación. III._Eje Empleo. a) Apoyo a programas de acceso, mantenimiento y promoción en el empleo. b) Refuerzo de la participación de inmigrantes en las políticas activas de empleo; itinerarios integrados de inserción socio laboral; y colaboración con entidades de intermediación laboral. c) Fomento entre la población inmigrante de la iniciativa empresarial y el trabajo por cuenta propio trabajo asociado (autoempleo, microcréditos y economía social). d) Información y Formación sobre prevención de riesgos laborales y promoción de la seguridad y salud en el trabajo. e) Apoyo a programas de conciliación de la vida familiar y laboral. f) Formación en interculturalidad de los profesionales de los servicios públicos de empleo y agentes de desarrollo local. g) Transferencias de conocimientos y buenas prácticas. IV._Eje Vivienda. a) Información y orientación sobre recursos de alojamiento en la fase de asentamiento inicial y refuerzo de programas de intermediación en el mercado de vivienda. b) Apoyo a programas de integración en el entorno urbano en barrios con alta presencia de inmigrantes. c) Apoyo a programas de inserción de familias inmigrantes en entorno con escasa población, en el marco de proyectos de desarrollo local.

d) Formación en interculturalidad de profesionales de la intermediación en el mercado inmobiliario. e) Transferencia de conocimientos y buenas prácticas. V._Eje Servicios Sociales. a) Refuerzo de los recursos organizativos y humanos de los servicios sociales de atención primaria, con objeto de atender los factores socioculturales de la población inmigrante b) Programas de gestión de la convivencia intercultural: mediación social y vecinal; gestión y prevención de conflictos. c) Apoyo a programas de atención integral a menores extranjeros no acompañados. d) Formación de profesionales en la atención a población de distintos orígenes y culturas y en mediación intercultural. e) Transferencias de conocimientos y buenas prácticas. VI._Eje Salud. a) Apoyo a Programas de promoción de la salud y asistencia a las necesidades específicas de la población inmigrante. b) Formación del personal sanitario en la atención a la población de distintos orígenes y culturas, y en mediación intercultural. c) Transferencias de conocimientos y buenas prácticas. VII._Eje Infancia y Juventud. a) Fomentar la participación social de niños y niñas y jóvenes inmigrantes en el tejido asociativo infantil y juvenil, así como en programas de voluntariado e impulsar la creación de espacios y proyectos a nivel local que faciliten la convivencia intercultural. b) Formación de profesionales del ámbito de la educación no formal (educadores de calle, monitores de tiempo libre, animadores y mediadores de juventud). c) Transferencias de conocimientos y buenas prácticas. VIII._Eje Igualdad de trato.

a) Apoyo a programas de lucha contra la discriminación por motivos de origen racial o étnico, en especial en el acceso al empleo y en el empleo, educación, vivienda y salud, para garantizar la igualdad de oportunidades. b) Fomento de programas de atención a las víctimas de discriminación. c) Formación en igualdad de trato y no-discriminación para empleados públicos y responsables de organizaciones. d) Transferencias de conocimientos y buenas prácticas. IX._Eje Mujer. a) Apoyo al acceso normalizado, participación e implicación de las mujeres inmigrantes a programas de carácter general y programas específicos dirigidos a mujeres en general. b) Actuaciones dirigidas a facilitar la integración social de las mujeres inmigrantes que se encuentren en una situación de especial vulnerabilidad, en especial víctimas de violencia de género, mujeres prostitutas y víctimas de la trata de de personas con fines de explotación sexual. c) Formación de profesionales de servicios de atención a inmigrantes incorporando la perspectiva de género. d) Transferencia de conocimientos y buenas prácticas. X._Eje participación. a) Apoyo a las asociaciones de inmigrantes destinadas a la promoción de la integración y fomento de su interacción con la población autóctona. b) Fomento de la incorporación de inmigrantes a organizaciones vecinales, escolares, deportivas y de ocio, políticas, sindicales, empresariales y profesionales. c) Apoyo a las iniciativas que fomenten el diálogo intercultural, la convivencia y la participación ciudadanas. d) Transferencias de conocimientos y buenas prácticas. XI._Eje sensibilización. XI.a) Acciones que promuevan una mejor comprensión de los procesos y fenómenos migratorios, destaquen sus aportaciones y combatan prejuicios y esterotipos.

XI.b) Actuaciones dirigidas a establecer espacios de encuentro entre la población inmigrante y la autóctona, así como actividades de sensibilización dirigidas a ambas poblaciones. XI.c) Apoyo a proyectos que tengan por objeto la mejora del tratamiento de la inmigración por los medios de comunicación, en particular en el ámbito local y regional. XI.d) Transferencias de conocimientos y buenas prácticas. XII._Codesarrollo. a) Apoyo a actuaciones y proyectos de codesarrollo que incluyan participación activa de las personas inmigrante; orientación e información sobre codesarrollo; capacitación para elaboración de proyectos; y acompañamiento para su desarrollo. b) Apoyo a programas de retorno voluntario de personas inmigrantes asociado a proyectos de reinserción social en origen. c) Formación de profesionales en materia de codesarrollo, en particular entre los colectivos de inmigrantes. d) Transferencias de conocimientos y buenas prácticas. Plazo de presentación de solicitudes del 9 de junio al 23 de junio ORDEN FORAL 123/2007, de 22 de mayo, de la Consejera de Bienestar Social Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a empresas y otras entidades de naturaleza pública o privada de Navarra para la contratación de servicios de consultoría que presten asistencia técnica especializada para la realización de diagnósticos en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en su organización y Planes de Igualdad, en el año 2007. La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones por el Instituto Navarro para la Igualdad a empresas y otras entidades de naturaleza pública o privada, domiciliadas en Navarra, para la contratación a lo largo de 2007 de servicios de consultoría que presten asistencia técnica especializada para la realización de un diagnóstico sobre la igualdad de mujeres y hombres en su organización y un Plan de igualdad para la entidad solicitante, tanto por lo que respecta a su organización interna como a la prestación de sus servicios o productos. Beneficiarios: empresas y entidades de naturaleza jurídica publica o privada

Las ayudas estarán destinadas exclusivamente a financiar la contratación de servicios de consultoría especializados y debidamente cualificados que presten la asistencia técnica a la entidad solicitante, para la realización de al menos las siguientes actuaciones: a) Diagnóstico sobre la igualdad referida tanto a su organización interna como a los productos o servicios que presta. b) Sensibilización y/o formación sobre la desigualdad de género en el mundo laboral y su reflejo en los principales resultados del diagnóstico para facilitar su comprensión y servir de punto de partida para la elaboración del Plan de Igualdad. Será de una duración de al menos 15 horas y participará en ella una muestra representativa de la plantilla. c) Diseño de un plan de igualdad de oportunidades para mujeres y hombres dirigido a la propia organización interna y para la prestación de servicios o productos. Concepto de gasto subvencionable el contrato de la consultora especializada y debidamente cualificada que preste la asistencia técnica a la empresa o entidad para la realización de las actuaciones subvencionables, admitiéndose la contratación del servicio de consultoría en un porcentaje de hasta el 100 por 100 de la totalidad del proyecto. Plazo de presentación de solicitudes del 9 de junio al 9 de julio ORDEN FORAL 156/2007, de 17 de mayo, del Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, por la que se establece el régimen de ayudas a la inversión industrial de las pyme en la zona no incluida en el mapa de ayudas regionales. Es objeto de esta Orden Foral regular las ayudas a la inversión industrial de las pyme en la zona no incluida en el mapa de ayudas regionales 2007-2013 las cuales son: Andosilla, Ansoáin, Aranguren, Azagra, Barañáin, Beriáin, Berrioplano Berriozar, Burlada, Cárcar, Cizur, Echarri, Egüés, Noain (Valle de Elorz), Galar, Huarte, Lerín, Olza, Orkoien, Pamplona, San Adrián, Villava, Zabalza, Zizur Mayor. Podrán ser beneficiarias de este régimen de ayudas las pyme dedicadas a las siguientes actividades:

a) Industrias extractivas y manufactureras encuadradas en los sectores C y D de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 93), con excepción de las industrias agroalimentarias. b) Aprovechamiento de aquellas fuentes de energía renovable que así se determinen por el Departamento competente en materia de industria. c) Actividades de logística para empresas industriales realizadas por empresas dedicadas a la organización del transporte, incluidas en el epígrafe 63400 de la CNAE. d) Edición de programas informáticos y actividades de consultoría y suministro de programas informáticos comprendidos en los epígrafes de la CNAE: 72210 y 72220. e) Ingeniería, cartografía y topografía, comprendidos en los epígrafes de la CNAE: 74202 y 74203. f) Realización de pruebas de resistencia de materiales incluidos en el epígrafe 74302 de la CNAE. g) Actividades referentes al diseño gráfico, incluidas en el epígrafe 74841 de la CNAE. Serán objeto de estas ayudas los proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales relativos a: a) La implantación de una nueva empresa. b) La ampliación de un establecimiento existente. c) La diversificación de la producción de un establecimiento para atender a mercados de productos nuevos y adicionales. d) Una transformación fundamental en el proceso global de producción de un establecimiento existente. e) La adquisición de los activos directamente vinculados a un establecimiento, siempre y cuando éste haya sido clausurado, o lo hubiera sido de no haber sido adquirido, y el comprador sea un inversor independiente. Por «activos materiales» se entienden los relativos a terrenos, edificios afectos a la actividad productiva, instalaciones y maquinaria, vehículos de transporte interior y otras inversiones necesarias.

Por «activos inmateriales» se entienden los relativos a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, know-how o conocimientos técnicos no patentados. Los límites máximos de intensidad de ayuda, medida en un porcentaje sobre los gastos subvencionables, serán los que se indican a continuación en función del tamaño de las empresas: a) Del 15% de subvención bruta para las microempresas y pequeñas empresas. b) Del 7,5% de subvención bruta para las medianas empresas. Las ayudas a la inversión, podrán consistir en: a) Subvención directa sobre la inversión b) Ayudas en forma de bonificación de intereses de préstamos o de arrendamiento financiero ASUNA (Ayudas y Subvenciones de Navarra) Edificio Bidekoa, oficina P 4 (C/ Echesacan 5) 31180 Cizur Mayor Teléfono: 948 180 181 Fax: 948 186 227 E-mail: gnagore_navarra@dge.es gnagore@nagoreabogados.com