Gloria Ochoa Parra Coordinadora IBFAN Colombia



Documentos relacionados
La Carta Humanitaria

En esta investigación, se llegó a ciertos principios que fueron dándose a lo largo de mi investigación:

ANTECEDENTES. Cada año en América, más de niños y niñas mueren antes de los 5 años por enfermedades que podrían prevenirse fácilmente.

Declaración de los Derechos del Niño

LAS RUTAS PARA LA PREVENCIÓN DEL RECLUTAMIENTO Y UTILIZACIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES POR GRUPOS ORGANIZADOS AL MARGEN DE LA LEY Y GRUPOS

Médicos del Mundo España.

La Ayuda Humanitaria de la Confederación. Salvar vidas, aliviar los sufrimientos

Introducción: Normas mínimas para la educación en situaciones de emergencia

I JORNADAS UNIDAD DE ATENCIÓN N A VÍCTIMAS V CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL

Declaración de los Derechos del Niño, 1959

CODIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

El Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. de un vistazo

1. Derecho a la igualdad, sin distinción de raza, religión o nacionalidad. Declaración Universal de los Derechos del Niño

2. ANTECEDENTES DE LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ

Asunto: Exposición de Organización por parte del Programa Mundial de Alimentos (PMA)

HOSPITALES SEGUROS - Una Responsabilidad Colectiva - Dra. María del Rocío Sáenz Madrigal Ministra de Salud de Costa Rica

Igualdad de Oportunidades

Objetivos de La Iniciativa Hospital Amigo del Niño

EL ENFOQUE ESTRATÉGICO DE LA OIT EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Instrumentos Normativos Nacionales y Discriminación.

Declaración de Derechos Humanos. PACIFIC RUBIALES ENERGY CORP. Y SUS SUBSIDIARIAS (Colectivamente, la Corporación )

El enfoque de derechos en el marco de la Alianza (La indivisibilidad de los derechos. Más allá del derecho a la alimentación

Tarjetas 2 Agrupación de Derechos del Niño

EL DERECHO A SER IGUALES Y A QUE SE RESPETEN NUESTRAS DIFERENCIAS

Convención sobre los Derechos del Niño (Aprobada mediante Resolución No del 23 de junio de 1991, Gaceta Oficial No. 9805)

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO

CAPITULO III. DERECHOS DE LOS HIJOS NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO Y LAS CONVENCIONES INTERNACIONALES.

Cumbres de las Américas Sobre Desarrollo Sostenible Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, 7 al 8 de diciembre de 1996

ES CD/11/11.3 Original: inglés Para información

Resolución aprobada por la Asamblea General. [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/60/L.48)] 60/251. Consejo de Derechos Humanos

DECLARACIÓN SOBRE EL DERECHO AL DESARROLLO*

y la alimentacíon del lactante Introducción

LOS DERECHOS DEL PACIENTE DE CÁNCER

MARCO JURÍDICO VINCULADO A LA PERSONA POR NACER RESPETO AL DERECHO A LA VIDA Y A LA DIGNIDAD HUMANA

Proyecto de Ley Marco El Derecho a la Alimentación y Soberanía Alimentaria

Área de Proyectos. III Plan Estratégico [ ]

Dra. Marina Castellanos Dirección General de Recursos Humanos Salud y Seguridad Laboral

INFORME DE SITUACIÓN Nº 4 CRISIS ALIMENTARIA CUERNO DE ÁFRICA 1. PAIS CUERNO DE ÁFRICA 2. TIPO DE DESASTRE CRISIS ALIMENTARIA

ESTIMULACIÓN TEMPRANA Y EDUCACIÓN INICIAL

DECLARATORIA POR EL ACCESO AL ALGUA

LA CARTA DE LA TIERRA

2. MARCO JURÍDICO. Ámbito Internacional

EL ENFOQUE DE DERECHOS EN LAS ESTRATEGIAS LOCALES DIRIGIDAS A LA INFANCIA LA INICIATIVA CIUDADES AMIGAS DE LA INFANCIA

Seguridad Alimentaria y Nutricional

DECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE INTOLERANCIA Y DISCRIMINACIÓN FUNDADAS EN LA RELIGIÓN O LAS CONVICCIONES

Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 41/85, de 3 de diciembre de 1986

Norma ISO 14001: 2015

POLITICAS CONTRA LA PREVENCIÓN Y EXPLOTACIÓN SEXUAL DE MENORES

DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS EL 20 DE NOVIEMBRE 1959

La herramientas de seguimiento y evaluación del Sistema Nacional de Indicadores de Género - SNIG

Seguridad Alimentaria y Nutricional CAPITULO 13 PERFIL EPIDEMIOLÓGICO 2012

DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES PROPUESTA DEL NUEVO CÓDIGO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DESPIERTA PREOCUPACIÓN

CARTA Política de Nestlé para las Fórmulas Infantiles

Capítulo 6. Medidas Sanitarias y Fitosanitarias

PLAN DE ACCION DE WENDAKE

República de Costa Rica Ministerio de Salud Comisión Nacional de Lactancia Materna. Política Pública de Lactancia Materna

DIÁLOGO SOCIAL EUROPEO: DIRECTRICES MULTISECTORIALES PARA SOLUCIONAR LA VIOLENCIA Y EL ACOSO DE TERCEROS RELACIONADOS CON EL TRABAJO

DIRECCIÓN DE CONTROL DEL SECTOR INDUSTRIA, PRODUCCIÓN Y COMERCIO

PACTO POR LOS DERECHOS DE LA INFANCIA EN CASTILLA Y LEÓN

México D. F. a 14 de julio de 2014

DIAGNÓSTICO DE LA RESPUESTA SOCIAL ORGANIZADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL CIJ LA PAZ

Declaración de Ottawa de la Asociación Médica Mundial sobre el derecho del niño a la atención médica

Ministerio de Relaciones Exteriores. República de Colombia

República de Colombia Ministerio de Relaciones Exteriores

Mensajes Claves Globales por Tema Estratégico 25 de noviembre de 2014 y los 16 días de activismo.

Formación a Familias, un camino hacia el BUEN TRATO

INUNDACIONES EN EL SUR DE PAKISTÁN

Resolución aprobada por la Asamblea General el 11 de diciembre de [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/63/L.49 y Add.

CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO (CIDN) SÍNTESIS PARA PERIODISTAS

Equidad y cohesión social

Plan Integral de Gestión de Riesgos Municipio de Acapulco,Estado de Guerrero

MECANISMOS DE COORDINACIÓN Y TOMA DE DECISIONES EN EMERGENCIAS Y DESASTRES

TALLER: ISO Ocean. Alejandro Tonatiuh López Vergara Geog. Miriam Ruiz Velasco

Carta de los Derechos Generales de las Enfermeras y los Enfermeros. Presentación Mayo, 2005

Código de Comercialización Sucedáneos de la Leche Materna (CCSLM)

SALUD, TRABAJO Y DERECHOS HUMANOS

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (17 DE JUNIO DE 2014) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. R. de la C.

DESPACHO DEL MINISTRO/OFICINA DE ASUNTOS MULTILATERALES Y DE INTEGRACIÓN

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO

PACTO HAMBRE CERO: RETOS PARA GUATEMALA

LINEAMIENTOS BASICOS PARA EL DISEÑO Y ESTABLECIMIENTO DE SISTEMAS DE ALERTA TEMPRANA Juan Carlos Villagrán De León CIMDEN-VILLATEK, Guatemala

Política Nacional en Discapacidad (PONADIS)

Consejería de Sanidad y Políticas Sociales. AGENDA DEL CAMBIO Compromiso Nº 36: Comer poco es un problema, y comer mal otro añadido

MECI MISION, VISION, PRINCIPIOS, POLITICAS, OBJETIVOS Y VALORES

Operación. Planeación territorial Bogotá, mayo 28 de 2013

Anexo. Extractos del Plan de Implementación de Johannesburgo (JPol) de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible (A/CONF.

PRINCIPIOS CENTRALES EN MATERIA DE SST

Primera edición: abril, 2012

Personaje histórico o actual que ha hecho algo significativo por mejorar el mundo

WORLD HEALTH ORGANIZATION EB89/Conf.Paper 12. ORGANISATION MONDIALE DE LA SANTE 25 de enero de 1992

UNIDAD DE DEFENSORES Y DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS

III.Protección ante erupciones volcánicas

Acuerdo por el que se aprueba la Declaración del Gobierno con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A

INSTRUMENTOS INTERNACIONALES. La Educación Gratuita y Obligatoria

Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer

Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer

Plan de Acción - Discapacidad

FUNDAMENTOS DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA

Transcripción:

Gloria Ochoa Parra Coordinadora IBFAN Colombia

América Latina y el Caribe es una región vulnerable geográfica y geológicamente. Esta vulnerabilidad se ve agravada por la crisis económica, social y política de la región.

Colombia afronta desastres naturales y provocados por el ser humano. Avalanchas y Erupciones Volcánicas. Terremotos. Inundaciones. Sequías y Heladas. Maremotos o tsunamis. Ciclones tropicales.

Además, enfrenta una catástrofe humanitaria ocasionada por desplazamientos internos derivados del conflicto armado, la violencia generalizada y la violación permanente de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario.

Desplazamiento forzado Más de 3.500.000 personas desplazadas victimas del conflicto armado. Es el segundo país del mundo después de Sudan

Secuestro Aún quedan mas de 5.312 personas secuestradas

Avalanchas y erupciones volcánicas Omaira imagen de la tragedia de Armero

Dejó un saldo de 25.000 muertos, 20.611 damnificados y heridos, muchos de ellos mutilados y gravemente afectados psicológicamente, e incalculables pérdidas económicas 4.400 viviendas, 19 puentes, $1.400 millones del comercio. La Tragedia de Armero ocurrió el 13 de noviembre de 1985, a las 11:30 pm, una avalancha del rio Lagunilla, ocasionada por la erupción del cráter Arenas del volcán nevado del Ruiz, borró del mapa a la población de Armero.

Terremotos más fuertes en Colombia

Tumaco. El terremoto estuvo acompañado de un tsunami, ocurrió el 12 de diciembre de 1979. Intensidad de 7,9 en la escala de Richter. Dejó un saldo de 259 muertos, 798 heridos y 95 desaparecidos. Popayán. Se registró el 31 de marzo de 1983. Tuvo una intensidad de 5,5 en la escala de Richter. Causó la muerte a 197 personas. Destruyó 15.000 casas.

Municipio de Páez. P El terremoto ocurrió el 6 de junio de 1994. Hubo 556 muertos, en su mayoría indígenas del pueblo nasa. 45.000 personas quedaron damnificadas. Al menos 5.276 casas destruidas y 8.341 averiadas. La intensidad fue de 6,4. Eje Cafetero. Eje Cafetero. El terremoto ocurrió el 25 de enero de 1999. Destruyó a Armenia y otras poblaciones del Quindío. Registró una intensidad de 6,2. El saldo fue de 1.230 muertos, 5.300 heridos y 200.000 personas damnificadas. Se destruyeron 35.940 viviendas y otras 43.422 se averiaron.

Marco Normativo. Por los derechos Declaración n Universal de los Derechos Humanos. 10 de diciembre de 1948 Asamblea General de las Naciones Unidas. Artículo 2, 1, toda persona tiene los derechos y libertades sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. El artículo 25, 1, toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado, a salud, bienestar, alimentación, vestido, vivienda, asistencia medica y servicios sociales. El numeral 2 establece que la madres e infantes tienen derecho a cuidados y asistencia especiales.

Convención n sobre los Derechos del Niño. 20 de noviembre de 1989 Asamblea General de las Naciones Unidas El artículo 24, 1, los estados reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud. Los estados adoptarán medidas apropiadas para: 2. c) Combatir las enfermedades y la malnutrición en el marco de la atención primaria de salud y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable 2. d) Asegurar atención sanitaria prenatal y postnatal apropiada a las madres. 2. e) Asegurar que los sectores de la sociedad conozcan los principios básicos de la salud y la nutrición de los niños y las ventajas de la lactancia materna.

Derecho Internacional Humanitario 1859, Henry Dunant propuso un principio internacional, para disminuir los sufrimientos en los conflictos armados. 1864, El Convenio de Ginebra 1864, El Convenio de Ginebra sentó las bases del moderno Derecho Humanitario, al consagrar la obligación de respetar y dar asistencia a los heridos y enfermos en guerra, la constitución de servicios sanitarios dotados del personal y material necesarios para tal asistencia, y al garantizar su protección jurídica y material

55 Asamblea Mundial de la Salud. 2002. Estrategia Mundial para la alimentación n del lactante y niño peque queño. El numeral 5. 20, recomienda que las familias que se encuentran en situaciones difíciles requieren una atención especial para poder alimentar adecuadamente a sus hijos. Es necesario hacer hincapié en la protección, promoción y el apoyo a la lactancia natural, y en el aseguramiento de una alimentación complementaria oportuna, inocua y apropiada.

Alimentación n de Lactantes y Niños/as Pequeños/as en Emergencia. Grupo Medular IFE. 2007 (UNICEF, OMS, ACNUR, PMA, IBFAN-GIFA, CARE USA)

1 Adoptar o desarrollar Políticas ticas. Que aborde: La protección, promoción y apoyo a la lactancia materna y la alimentación complementaria adecuada y oportuna. Cumplimiento del Código Internacional y Resoluciones de la AMS. 2 Capacitar al Personal El personal de salud y nutrición debe tener capacitación en Alimentación Infantil en Emergencias y Consejería. 3 Coordinar Operaciones Con las políticas nacionales y Coordinación intersectorial. Desarrollo del plan de acción de emergencia: responsabilidades de las agencias y los mecanismos para la rendición de cuentas. Valoración del éxito de las intervenciones, al finalizar la emergencia.

4 Valorar y Realizar Monitoreos: Perfil demográfico: mujeres lactantes, gestantes y niños/as pequeños/as y niños/as solos/as. Prácticas de alimentación predominantes. 5. Proteger, Promover y Apoyar la Alimentación Óptima de Lactantes y Niños/as Pequeños/as con Intervenciones multisectoriales integradas Prestar especial atención al valor nutritivo de la ración alimentaria de los/as lactantes y niños/as pequeños/as cuyos requerimientos nutricionales individuales con frecuencia no están cubiertos. 6. Minimizar los riesgos de cualquier tipo de alimentación n artificial. La donación de SLM NO es necesaria y nunca deben incluirse en la distribución general de raciones.

Apoyo de IBFAN Colombia, en emergencias y desastres! 1. Elaboración y difusión de documentos. 2. Capacitación a agentes educativos, trabajadores de salud, familias y Comités de emergencias. 3. Inclusión del tema en las Políticas de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

Los principios rectores de la asistencia alimentaria y nutricional de niños, niñas, mujeres gestantes y madres lactantes en situaciones de emergencias y desastres. Taller internacional IBFAN América latina y el Caribe. Bogotá 2003

Primer Principio: Asistencia alimentaria en el marco de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. ratifica que la asistencia alimentaria es un derecho de los niños y niñas, mujeres gestantes y madres lactantes debe ser garantizada por los Estados. La alimentación debe ser adecuada, suficiente, segura, y debe ser entregada con dignidad y respeto. La lactancia materna es el único alimento adecuado, suficiente e inocuo.

Segundo principio: Mantenimiento de la unidad familiar. Este principio busca optimizar el rol de la madre y del padre como cuidadores inmediatos del bienestar de los niños y niñas, de conseguir y dar comida, afecto, techo y seguridad.

Tercer Principio: lactancia materna. Promoción, protección y apoyo a la avala el reconocimiento científico de los benéficos de la lactancia materna sustenta el derecho a la alimentación adecuada desde el inicio de la vida y el derecho de las mujeres a amamantar. capacitación en Consejería en lactancia materna en emergencias. rechaza las donaciones de alimentos infantiles, biberones y chupetes. - CIC. alerta sobre los riesgos de los niños-as no amamantados.

Cuarto Principio: Alivio oportuno del hambre, especialmente de la madre y los niños y niñas y recuperación temprana de los patrones habituales de alimentación, adecuada e inocua. alivio oportuno del hambre sin distingos de nacionalidad, raza, creencia religiosa o política. alerta sobre donaciones de alimentos que atenten contra principios sanitarios, culturales, religiosos, o desestimulen la lactancia materna. alerta sobre los riesgos de contaminación del agua que atenta contra la inocuidad de los alimentos y utensilios

Quinto Principio: Recuperación temprana de los mecanismos usuales de suministro y distribución de alimentos. reconoce la necesidad de recuperar el modo habitual de suministro de alimentos. llama a restaurar los mecanismos de comercialización de alimentos, el funcionamiento de las escuelas, campos deportivos y recreativos.

Sexto principio: Gestión eficaz como símbolo de transparencia al responder a donantes sobre las acciones emprendidas. disponer de un sistema de información para identificar a los grupos de población vulnerables nutricionalmente. Vigilar las enfermedades transmitidas por los alimentos, para prevenir y detectar los brotes. valorar el aspecto ético de las intervenciones, la eficiencia y transparencia en el manejo de recursos económicos y donaciones.

Séptimo Principio: Prioridad en la inclusión de niños-as, madres lactantes y mujeres gestantes en el diseño e implementación de políticas. garantizar el acceso a los programas de apoyo alimentario, a los servicios de salud preventivos y curativos y a los programas de saneamiento básico.

! Nuestro reto! Reconocer la vulnerabilidad de nuestros territorios y capacitarnos para afrontar de manera eficaz, oportuna e inmediata las emergencias y desastres

Muito Obrigada