SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA. C.P.C. Yónel Chocano Figueroa

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Transcripción:

SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA C.P.C. Yónel Chocano Figueroa 1

Ley general del SISTEMA nacional de contabilidad ley n 23708 CPC. Yónel Chocano Figueroa. Docente UNHEVAL 2

Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad LEY Nº 28708 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: 3

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD TÍTULO PRELIMINAR PRINCIPIOS REGULATORIOS Artículo I.- Uniformidad Establecer normas y procedimientos contables para el tratamiento homogéneo del registro, procesamiento y presentación de la información contable. Artículo II.- Integridad Registro sistemático de la totalidad de los hechos financieros y económicos. 4

TÍTULO PRELIMINAR Artículo III.- Oportunidad Registro, procesamiento y presentación de la información contable en el momento y circunstancias debidas. Artículo IV.- Transparencia Libre acceso a la información, participación y control ciudadano sobre la contabilidad del Estado. Artículo V.- Legalidad Primacía de la legislación respecto a las normas contables. 5

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY Artículo 1.- Objeto de la Ley Establecer el marco legal para dictar y aprobar normas y procedimientos que permitan armonizar la información contable de las entidades del sector público y del sector privado, así como, para elaborar las cuentas nacionales, la Cuenta General de la República, las cuentas fiscales y efectuar el planeamiento que corresponda. 6

Ley Nº 24680, del Sistema Nacional de Contabilidad, promulgada el 03 de Junio de 1987. Norma la contabilidad pública y privada en el país. Creada el 28 de mayo de 1968, inició funciones el 2 de junio de 1970 (Decreto Ley Nº 18302). Se rige por su Ley Orgánica, Decreto Ley Nº 26126, del 30 de diciembre de 1992. Norma la contabilidad a empresas cotizantes en bolsa, agentes de bolsa o intermediarios. Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros. Ley 27328, regula el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Dicta normas para registro de operaciones, elaboración, presentación y publicidad de estados financieros. 7

Superintendencia del Mercado de Valores Su Ley Orgánica le asigna las funciones siguientes: Estudiar, promover y reglamentar el mercado de valores, controlando a las personas naturales y jurídicas que intervienen en éste. Velar por la transparencia de los mercados de valores, la correcta formación de precios en ellos y la información necesaria para tales propósitos. Promover el adecuado manejo de las empresas y normar la contabilidad de las mismas. Reglamentar y controlar las actividades de las empresas administradoras de fondos colectivos, entre otras. Su rol principal es el de velar por que los participantes del mercado de valores cuenten con la información necesaria para la toma de decisiones de inversión. 8

Superintendencia del Mercado de Valores A QUIÉNES SUPERVISA? Emisores Bolsas de Valores Instituciones de Compensación y Liquidación de Valores Agentes de Intermediación Fondos Mutuos Fondos de Inversión Sociedades Titulizadoras Empresas Clasificadoras de Riesgo Fondos Colectivos Empresas Agrarias Azucareras Sociedades Anónimas Abiertas Bolsas de Productos Sociedades Corredoras de Productos 9

COMPRENDE ADEMAS A LAS EMPRESAS PÚBLICAS Y A LAS ENTIDADES DE TRATAMIENTO EMPRESARIAL DEL ESTADO 10

La Ley Nº 24680 (Artículo 3º) señala los siguientes objetivos al Sistema: a) Uniformizar la Contabilidad en los sectores público y privado; b) Efectuar procedimientos de estudios económico - financiero por sectores económicos del país a través de la contabilidad aplicada; y c) Desarrollar la ciencia de la contabilidad para el mejor cumplimiento de sus fines sociales Asimismo, le designa las funciones siguientes (Artículo 4º): a) Dictar las normas de contabilidad que deben regir en el sector público y privado; b) Elaborar la Cuenta General de la República; c) Evaluar la aplicación de las normas de contabilidad; d) Apoyar a los organismos del Estado en el análisis y evaluación de sus resultados; y, e) Proporcionar la información de la contabilidad y de las finanzas de los organismos del Estado, al Poder Legislativo, al poder Ejecutivo y al Poder Judicial en la oportunidad que la soliciten 11

Dispone en el Artículo 5º la siguiente estructura: a) La Contaduría Pública de la Nación; b) El Consejo Normativo de Contabilidad; c) Los organismos públicos conformantes del Sistema; y d) Los organismos representativos del Sector No Público; constituidos por personas naturales y jurídicas, dedicadas a actividades económicas y financieras. En lo funcional, compete a la Contaduría Pública de la Nación (Art. 7º): a) Definir, ejecutar y evaluar el Sistema de información de la contabilidad que requiere el sector público y privado; ( ) b) Planear, organizar y coordinar el estudio e investigación de las actividades económicas y financieras de los organismos del sector público y privado, a efecto de establecer las normas y los procedimientos de contabilidad apropiados; c) Analizar, interpretar y comunicar periódicamente la situación financiera y los resultados de la gestión de los organismos del sector público y privado;. 12

1 1 1 1 1 Dispone en el Artículo 13º, que el Consejo Normativo de Contabilidad Es el organismo de participación del Sistema Nacional de Contabilidad. Tiene a su cargo el estudio, análisis y emisión de normas, en los asuntos para los cuales son convocados por el Contador General de la Nación REPRESENTANTES EN EL CONS EJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD Comisión Nacional Supervisora de 1 Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) Empresas y valores (CONASEV) 1 Banco Central de Reserva del Perú Superintendencia de Banca y 1 Instituto Nacional de Estadística Seguros (SBS) 1 Contaduría Pública de la nación Federación de Colegios de 1 Fondo Nacional de la Actividad Empresarial Contadores Públicos del Perú del Estado (FONAFE) (*) Colegio de Contadores Públicos 1 Confederación Nacional de Instituciones y de Lima (*) Empresas del Perú (CONFIEP) Facultad de Ciencias de la Contabilidad de las Universidades El Contador General de la Nación integra y del país (Propuesta de la Asamblea preside el Consejo Normativo de Contabilidad Nacional de Rectores) 06/09/2016 CPC. Yónel Chocano Figueroa. 13

La Nueva Ley General de Sociedades, Nº 26887 (9.12.1997), en el artículo 223º señala que: Los Estados Financieros se preparan y presentan de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptados en el país La Resolución Nº 013-98-EF/93.01 (17.Jul.1998), en su artículo 1º dispone: Precisar que los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados a que se refiere el texto del Artículo 223º de la Nueva Ley General de Sociedades comprende, substancialmente, a las Normas Internacionales de Contabilidad (NICs), oficializadas mediante Resoluciones del Consejo Normativo de Contabilidad, y las normas establecidas por Organismos de Supervisión y Control para las entidades de su área siempre que se encuentren dentro del marco teórico en que se apoyan las Normas Internacionales de Contabilidad 06/09/2016 CPC. Yónel Chocano Figueroa. 14

Normas Internacionales de Contabilidad Oficializadas NIC 01 Presentación de Estados Financieros NIC 02 Inventarios NIC 07 Estado de Flujos de Efectivo NIC 08 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores NIC 10 Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa NIC 11 Contratos de construcción NIC 12 Impuesto a las Ganancias NIC 14 Información por segmentos NIC 16 Propiedades, planta y equipo NIC 17 Arrendamientos NIC 18 Ingresos de actividades ordinarias NIC 19 Beneficios a los empleados NIC 20 Contabilización de las subvenciones del gobierno e información a revelar sobre ayudas gubernamentales NIC 21 Efectos de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera NIC 23 Costos por préstamos NIC 24 Información a revelar sobre partes relacionadas 15

Normas Internacionales de Contabilidad Oficializadas NIC 26 Contabilización e información financiera sobre planes de beneficio por retiro NIC 27 Estados financieros separados NIC 28 Inversiones en asociadas y negocios conjuntos NIC 29 Información financiera en economías hiperinflacionarias NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación e información a revelar NIC 33 Ganancias por acción NIC 34 Información financiera intermedia NIC 36 Deterioro del valor de los activos NIC 37 Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes NIC 38 Activos intangibles NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y medición NIC 40 Propiedades de inversión NIC 41 Agricultura 16

Interpretación de las Normas Internacionales de Contabilidad Oficializadas (SIC) SIC 07 Introducción del euro SIC 10 Ayudas gubernamentales sin relación específica con actividades de operación SIC 12 Consolidación Entidades de cometido específico SIC 15 Arrendamientos operativos incentivos SIC 25 Impuesto a las Ganancias Cambios en la situación fiscal de la entidad o de sus accionistas SIC 27: Evaluación de la esencia de las transacciones que adoptan la forma legal de un arrendamiento SIC 29: Acuerdos de concesión de servicios: Información a revelar SIC 32: Activos intangibles Costos de sitios web 17

Normas Internacionales de Información Financiera Oficializadas NIIF 01 Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF 02 Pagos basados en acciones NIIF 03 Combinaciones de negocios NIIF 04 Contratos de seguro NIIF 05 Activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones discontinuadas NIIF 06 Exploración y evaluación de recursos minerales NIIF 07 Instrumentos financieros: Información a revelar NIIF 08 Segmentos de Operación NIIF 09 Instrumentos Financieros NIIF 10 Estados Financieros Consolidados NIIF 11 Acuerdos Conjuntos NIIF 12 Información a Revelar sobre participaciones en otras entidades NIIF 13 Medición del Valor Razonable NIIF 14 Cuentas de Diferimientos de Actividades Reguladas NIIF 15 Ingresos procedentes de contratos con clientes NIIF 16 Nueva norma sobre Arrendamientos Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 059-2015-EF/30 18

Interpretación de las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRIC) IFRIC 1 Cambios en pasivos existentes por retiro de servicio, restauración y similares IFRIC 2 Aportaciones de socios de entidades cooperativas e instrumentos similares IFRIC 4 Determinación de si un acuerdo contiene un arrendamiento IFRIC 5 Derechos por la participación en fondos para el retiro del servicio, la restauración y la rehabilitación medioambiental IFRIC 6 Obligaciones surgidas de la participación en mercados específicos Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos IFRIC 7 Aplicación del procedimiento de reexpresión según la NIC 29 Información financiera en economías hiperinflacionarias IFRIC 10 Información financiera intermedia y deterioro de valor IFRIC 12 Acuerdos de concesión de servicios IFRIC 13 Programas de fidelización de clientes IFRIC 14 NIC 19 El límite de un activo por beneficios definidos, obligación de mantener un nivel mínimo de financiación y su interacción IFRIC 15 Acuerdos para la construcción de inmuebles OFICIALIZADAS EN PERÚ 06/09/2016 CPC. Yónel Chocano Figueroa. 19

Interpretación de las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRIC) IFRIC 16 Coberturas de una inversión neta en un negocio en el extranjero IFRIC 17 Distribuciones, a los propietarios, de activos distintos al efectivo IFRIC 18 Transferencias de activos procedentes de clientes IFRIC 19 Cancelación de pasivos financieros con instrumentos de patrimonio IFRIC 20 Costos de desmonte en la fase de producción de una mina a cielo abierto IFRIC 21 Gravámenes OFICIALIZADAS EN PERÚ 20

Normas Internacionales de Información Financiera Oficializadas Véase, el párrafo 7 de la NIC 1 Presentación de Estados Financieros Resolución Nº 059--2015--EF/30 (7 de Agosto de 2015) 21

Considerando que hay NIIF y NICSP oficializadas, una entidad de auditoría podría emitir opinión respecto a que los estados financieros se hayan elaborado de acuerdo a ellas. 22

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