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Transcripción:

ARIAS VEGA, Alberto Bladimir (Dossier 4 Pág.- 1 artículos) NOMBRE COMPLETO: Alberto Bladimir Arias EDAD al momento de la detención o muerte: 28-09-54, 19 años a la fecha de su detención PROFESION U OCUPACION: Mecánico en radiadores FECHA de la detención o muerte: 22 de agosto de 1974 LUGAR de la detención o muerte: Detenido en su domicilio ubicado en Casa 97, Villa Quilicura, Santiago ORGANISMO RESPONSABLE de la detención o muerte: Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) TIPO CASO de violación de derechos humanos: Detenido Desaparecido (Caso de los 119) HISTORIA PERSONAL Y POLITICA: Casado, un hijo, Militante del Partido Comunista SITUACION REPRESIVA Alberto Bladimir Arias Vega, 19 años de edad, casado, un hijo, mecánico, militante del Partido Comunista, -que en junio de 1974 había sufrido, producto de un accidente del trabajo, la amputación parcial del pulgar derecho, presentando después un serio cuadro infeccioso- fue detenido en su domicilio el 22 de agosto de 1974, alrededor de las 02:30 de la madrugada, en presencia de su cónyuge, Cecilia Riquelme Sandoval, por cinco agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), fuertemente armados, movilizados en una camioneta Chevrolet color rojo, y que lo condujeron al recinto secreto de detención y tortura de Londres 38, donde fue visto por testigos y desde donde desapareció. A la hora señalada, en plena vigencia del toque de queda, los agentes llegaron hasta el hogar de Alberto Bladimir identificándose como "policías". Apenas la víctima les abrió la puerta de su casa, le pidieron la cédula de identidad e iniciaron el allanamiento del inmueble, sin mostrar orden que los facultara para tal efecto y sin hacer comentarios de ninguna especie. Procedieron a sacar una plancha de aislapol para revisar el entretecho. En un momento determinado, dijeron que buscaban unas armas que el afectado tenía escondidas. Al cabo de 10 minutos se fueron llevándose consigo sólo a la víctima. María Cristina Silva, quien había sido detenida por la DINA el 21 de agosto de 1974 y trasladada a Londres 38, se encontró con el afectado en una pieza de ese recinto. Ambos se conocían y eran amigos, se acercaron, se tomaron de la mano y CEME Centro de Estudios Miguel Enríquez Archivo Chile Sida 1

conversaron. Era la madrugada del 22 de agosto. Por su parte, Ana Cristina Olivos -esposa de Víctor Daniel Arévalo, detenido por la DINA el 21 de agosto, llevado a Londres 38, vinculado políticamente con el afectado y actualmente detenido-desaparecido- fue detenida por la DINA el 23 de agosto de 1974 y trasladada a dicho recinto. Al llegar a Londres 38, Ana Cristina fue ingresada a una pieza no muy grande, en la que había unas 30 personas detenidas, todas sentadas en el suelo, hacinadas y en malas condiciones físicas. Lo que más la sorprendió fue la presencia de niños pequeños, incluso sintió llorar a uno, que no tendría más de un año, durante toda la noche. Las personas eran llevadas a interrogatorios a otras piezas y todos podían escuchar los continuos gritos y quejidos de dolor, sin que pudieran identificar las voces. Cuando fue ingresada a la sala donde estaban todos los detenidos, Ana Cristina Olivos ubicó a su vecino y amigo porque éste se encontraba resfríado y tosía mucho. Para cerciorarse de su presencia, la testigo se levantó el scotch de los ojos y pudo verlo claramente con su mano derecha enyesada. Alberto Bladimir Arias se quejaba permanentemente de dolor y, no obstante sus malas condiciones físicas, no recibía atención de ningún tipo, más bien, era interrogado y golpeado por sus captores. Al cabo de unas tres horas de haber llegado, la testigo, Víctor Daniel Arévalo y el afectado, fueron sacados juntos para ser interrogados. Los llevaron por un pasillo, subieron una escalera y los introdujeron en una pieza en donde había unos cuatro hombres que actuaban como interrogadores. Tres de ellos tenían entre 45 y 50 años de edad. Uno era de estatura mediana, macizo; el otro, pelo entrecano; y el tercero, era el que pegaba, era de contextura gruesa, alto y preguntaba insistentemente sobre las presuntas armas. A Alberto Arias, a pesar de su estado de salud, lo maltrataban violentamente. El 24 de agosto de 1974, alrededor de las 19:30 horas, los guardias llamaron a Ana Cristina Olivos y Alberto Arias por sus respectivos nombres. Estando en un pasillo -ella se iba en esos momentos en libertad- alcanzó a intercambiar unas palabras con el afectado. Alberto Arias alcanzó a decirle que lo trasladaban a otro recinto de reclusión. Esa fue la última vez que vio a la víctima. La detención del afectado se produjo luego de que una vecina de nombre Hilda Salgado denunciara a Víctor Daniel Arévalo, María Cristina Silva y María Angélica Loyola de ser comunistas y de haber ocultado armas. Los tres fueron detenidos el 21 de agosto. En la madrugada del 22 de agosto, fue detenido Alberto Bladimir Arias -también vecino y amigo de los anteriormente nombrados- el que fue acusado por sus captores de tener armas ocultas en su casa. Todo el grupo permaneció en Londres 38, desapareciendo desde ese recinto la víctima y Víctor Daniel Arévalo. También estuvo detenida allí (desde el 23 al 24 de agosto) la cónyuge de éste último. En julio de 1975, el nombre del afectado apareció en la lista de 119 chilenos que presuntivamente habían muerto en enfrentamiento en el extranjero. Su nombre fue incluido en la nómina del diario "O'Dia" de Curitiba, Brasil, publicado en esa única oportunidad, sin director responsable ni pie de imprenta. La veracidad de éste, jamás pudo ser comprobada, más aún, ningún Gobierno lo ratificó oficialmente. Al respecto, cuando el Ministro en Visita Servando Jordán, consultó al respecto al Ministro de Relaciones Exteriores Subrogante, Enrique Valdés Puga, este le informó que esa Secretaría de Estado carecía de antecedentes relativos a la víctima (marzo de 1980). GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS CEME Centro de Estudios Miguel Enríquez Archivo Chile Sida 2

El 26 de agosto de 1974, ante la Corte de Apelaciones de Santiago, se interpuso un recurso de amparo por el afectado. Casi tres meses después, el 11 de noviembre del mismo año, el Tribunal rechazó la presentación en virtud de los informes negativos de las autoridades. El 20 de noviembre de 1974, ante el 9º Juzgado del Crimen de Santiago, se interpuso denuncia de presunta desgracia del afectado, la que fue rolada con el Nº 13.162-8. Se adjuntó a la presentación el certificado médico expedido por el Hospital del Trabajador, en el que se dejaba constancia de la amputación parcial del pulgar derecho sufrida por la víctima el 8 de junio de 1974 y de la nueva intervención a la que se le tuvo que someter el 31 de julio del mismo año, por habérsele presentado una infección. Ante una orden judicial de investigar, el Servicio de Investigaciones procedió a entrevistar a los familiares del afectado y a realizar "numerosas averiguaciones" en la Villa Quilicura y poblaciones vecinas". Se informaba de diligencias hechas en Colina, Lampa, Batuco, etc, todo sin resultados. También se consultó en la Secretaría Ejecutiva Nacional de Detenidos (SENDET), en donde se informó que Alberto Arias no aparecía registrado en sus archivos y que carecían de antecedentes suyos, (8 de enero de 1975). El Tribunal ofició también a la DINA para que informara de la desaparición del afectado. El 20 de mayo de 1975, dicho organismo de seguridad respondió que las consultas debían ser dirigidas al SENDET. A su vez, el Coronel Jorge Espinoza Ulloa, Secretario Ejecutivo del SENDET, informó al Tribunal, el 26 de mayo de 1975, que el afectado no se encontraba registrado entre los detenidos controlados por ese Organismo. Por su parte, Cecilia Arias -hermana del afectado- decía al Tribunal, el 29 de mayo de 1975, "hemos viajado a Chacabuco, Puchuncaví, Tres Alamos, las cárceles, Morgue, Ministerio de Justicia, Defensa e Interior, y en ninguna parte nos dan información y en otras nos dicen que no hay orden de detención en su contra". Sin más diligencias para ubicar el paradero de la víctima, el 22 de julio de 1975 se cerró el sumario y se sobreseyó temporalmente la causa por no encontrarse acreditada la existencia del delito. El 25 de noviembre del mismo año, la Corte de Apelaciones aprobó la resolución consultada. Posteriormente, el 3 de enero de 1980, la familia solicitó al Tribunal al reapertura del proceso y adjuntó las declaraciones juradas de las dos testigos de la permanencia del afectado en Londres 38: Ana Cristina Olivos y María Cristina Silva. En la presentación se hacía notar las condiciones de salud en que se encontraba Alberto Bladimir Arias al momento de su detención y el aparecimiento de su nombre en la lista de los 119 chilenos muertos en el extranjero. Se agregaba, "a pesar de las innumerables gestiones, algunas simplemente administrativas de consulta, otras acciones judiciales que los familiares hemos realizado, no nos ha sido posible conocer la verdad de lo ocurrido". Entre las diligencias que se pedían estaba la nómina del personal de los Servicios de Inteligencia de Carabineros y del Ejército que, en agosto de 1974, cumplían funciones de interrogatorio a los presos políticos; y que se oficiara al Ministerio de Relaciones Exteriores para que informara sobre los antecedentes obtenidos en relación al fallecimiento de chilenos en el extranjero. El 5 de marzo de 1980, la causa comenzó a ser conocida por el Ministro en Visita Servando Jordán López, designado en calidad de tal para investigar los casos de detenidos-desaparecidos denunciados en la jurisdicción de Santiago (marzo de 1979). El Ministro reabrió el sumario y decretó Oficios al Ministerio del Interior y a la CNI, la CEME Centro de Estudios Miguel Enríquez Archivo Chile Sida 3

citación a declarar de los testigos y tener a la vista el proceso por el desaparecimiento de Víctor Daniel Arévalo. El 25 de marzo de 1980, el General de División y Director de Investigaciones, Ernesto Baeza Michaelsen, informó a la Visita que el afectado no registraba antecedentes políticos ni tampoco anotaciones de viaje. El 11 de abril del mismo año, el Ministro del Interior informó que, consultada la CNI, Arias Vega no registraba detención. A su vez, el Ministro de Relaciones Exteriores Subrogante, General de Brigada Enrique Valdés Puga, señaló que esa Secretaría carecía de antecedentes relativos a la víctima (28 de marzo de 1980). El 5 de mayo de 1980, el Ministro Jordán acumuló al proceso del afectado, la causa seguida por el desaparecimiento de Víctor Daniel Arévalo. Sin otras diligencias, el 23 de mayo del mismo año, Servando Jordán López se declaró incompetente y remitió los antecedentes a la Justicia Militar, la que los radicó en la Tercera Fiscalía Militar de Santiago bajo el rol Nº 392-80. Ante este Tribunal, las partes querellantes solicitaron la individualización de Hilda Salgado, vecina del afectado que lo denunció de tener armas y su posterior citación a declarar. Después de las averiguaciones correspondientes, se estableció, el 5 de febrero de 1981, que una persona con igual nombre había viajado a Argentina. Sin embargo, no quedó claro que se tratara de la persona en cuestión. Se adjuntó también al proceso una declaración jurada de Ana Cristina Olivos, testigo de la reclusión del afectado. Sin que se avanzara en la investigación, el 29 de julio de 1981, se cerró el sumario por "encontrarse agotada la investigación". El 11 de agosto del mismo año, se sobreseyó temporalmente la causa por no resultar "completamente justificada la perpetración de los hechos denunciados". Se apeló de la resolución ante la Corte Marcial, la que, el 5 de noviembre de 1981, confirmó el fallo. En octubre de 1989, el Teniente Coronel Enrique Ibarra Chamorro, Fiscal General Militar Interino, solicitó que se dictara sobreseimiento total y definitivo porque procedía "aplicar la Amnistía contemplada en el D.L. 2.191 de 1978". El 30 de octubre del mismo, el 2º Juzgado Militar de Santiago acogió la solicitud y sobreseyó total y definitivamente la causa, lo que fue confirmado por la Corte Marcial. Ello significó la interposición de un recurso de queja ante la Corte Suprema, el que a diciembre de 1992 no había sido fallado. Además la familia realizó una serie de gestiones administrativas tendientes a dar con el paradero de Alberto Bladimir Arias. Entre ellas, se escribió, el 21 de octubre de 1974, al Jefe de la Zona en Estado de Sitio de la Provincia de Santiago. El 24 de octubre de ese año, el Coronel Orlando Ibáñez Alvarez, por orden del Jefe de la Jefatura de Zona en Estado de Sitio, respondió a Elsa Vega -madre del afectado- que la responsabilidad de informar sobre las personas detenidas corrrespondía al SENDET, no obstante se había consultado a distintos Organismos de Inteligencia sin obtener resultados positivos. Fuente: Vicaria de la Solidaridad CEME Centro de Estudios Miguel Enríquez Archivo Chile Sida 4

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