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Transcripción:

Naciones Unidas Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad CRPD/C/GTM/Q/1 Distr. general 12 de mayo de 2016 Original: español Español, francés e inglés únicamente Comité sobre los Derechos de las personas con Discapacidad Lista de cuestiones relativa al informe inicial de Guatemala* A. Propósito y obligaciones generales (arts. 1 a 4) Obligaciones generales (art. 4) 1. Sírvanse ofrecer mayor información sobre cómo se determina la discapacidad y el procedimiento utilizado para certificarla. 2. Sírvanse proporcionar información sobre qué medidas específicas está tomando el Estado Parte para revisar y armonizar su ordenamiento jurídico (Constitución, Código Civil y Código Penal, entre otros) y sus políticas públicas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4, párrafo 1 de la Convención. 3. Tengan a bien facilitar información actualizada sobre los avances de la Política Nacional en Discapacidad, así como los recursos económicos, materiales y humanos asignados para su implementación. Indiquen además las medidas tomadas por el Estado parte para la evaluación de su cumplimiento e impacto en las personas con discapacidad. 4. Sírvanse informar sobre los mecanismos utilizados por el Estado Parte para consultar a las organizaciones de personas con discapacidad en la elaboración y adopción de leyes y políticas para hacer efectiva la Convención, así como en otros procesos de toma de decisiones sobre cuestiones que les afecten. B. Derechos específicos Igualdad y no discriminación (art. 5) 5. Sírvanse facilitar información sobre las medidas que está tomando el Estado parte para proteger de la discriminación interseccional a todas las personas con discapacidad, incluyendo las personas indígenas, mujeres, niños y personas mayores con discapacidad. Por favor, amplíen información sobre las denuncias recibidas por discriminación, así como los mecanismos establecidos para su seguimiento y los remedios disponibles en casos de discriminación. 6. Sírvanse indicar de qué manera la legislación del Estado parte contempla explícitamente la denegación de un ajuste razonable como una forma específica de GE.16-07735 (S) * Aprobada por el Comité en su 15 período de sesiones (29 de marzo a 21 de abril de 2016).

discriminación. Indiquen también de qué manera se aplica el concepto de ajuste razonable como mecanismo de igualdad y no discriminación de las personas con discapacidad. Mujeres con discapacidad (art. 6) 7. Sírvanse informar acerca de las medidas que el Estado parte está desarrollando para incluir a las mujeres con discapacidad en las políticas y acciones dirigidas a las mujeres en general, como son las derivadas de la Ley contra el Femicidio y Otras formas de Violencia contra la Mujer (Decreto 22-2008), la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar (Decreto 97-96) o la Ley de Dignificación y Promoción Integral de la Mujer (Decreto 7-99). 8. Sírvanse por favor informar sobre las medidas que se están llevando a cabo para la inclusión de mujeres con discapacidad en los Organismos generales de mujeres, tales como, la Secretaría Presidencial de la Mujer, la Oficina Nacional de la Mujer, la Dirección de Equidad Étnica y de Género, la Unidad de la Mujer y Análisis de Género o la Defensoría de la Mujer Indígena. Niños y niñas con discapacidad (art. 7) 9. Sírvanse explicar en relación a la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia las medidas concretas que se están desarrollando, así como el presupuesto asignado para proporcionar servicios y programas inclusivos para la mejora de la calidad de vida de la infancia y adolescencia con discapacidad. 10. Tengan a bien explicar qué medidas se están tomando para enmendar el artículo 13 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia y el artículo 253 del Código Civil, tal y como recomendó el Comité de los Derechos del Niño (CRC/C/GTM/CO/3-4, párr. 54). Por favor, informen también sobre qué medidas se están poniendo en marcha para crear un sistema eficaz de detección de malos tratos en los niños y niñas con discapacidad, tanto en el ámbito de la familia como en el entorno educativo, sanitario y en las instituciones. Informen también sobre las medidas que ha tomado la Procuraduría de la Niñez y Adolescencia para atender a la niñez con discapacidad violentada y abusada. Toma de conciencia (art. 8) 11. Sírvanse ampliar información sobre el alcance e impacto de las acciones y programas de concienciación sobre los derechos humanos de las personas con discapacidad desarrolladas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. Accesibilidad (art. 9) 12. Sírvanse informar sobre las medidas tomadas para garantizar el derecho de acceso de las personas con discapacidad al transporte público y el entorno construido en relación a la Ley de Atención a las Personas con Discapacidad y su reglamento, indicando los mecanismos de vigilancia, cumplimiento y sanción previstos a este respecto. Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12) 13. Tengan a bien indicar cuándo tiene previsto el Estado parte realizar la modificación y armonización de la legislación vigente sobre la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, incluyendo los artículos referidos a su interdicción y tutoría del Código Civil. Informen sobre qué medidas tiene previstas el Estado parte para proporcionar los apoyos necesarios en la toma de decisiones asistida y para proporcionar salvaguardias adecuadas y efectivas a las personas con discapacidad, en concordancia con el artículo 12 de la Convención. 2

Acceso a la justicia (art. 13) 14. Sírvanse informar sobre qué medidas ha introducido el Estado parte para garantizar el respeto a las debidas garantías procesales de las personas con discapacidad. Por favor, indiquen además qué medidas de accesibilidad y qué ajustes razonables se ponen a disposición de las personas con discapacidad para que puedan acceder a los sistemas judicial y administrativo, incluyendo el sistema de justicia dentro del derecho de los pueblos indígenas, y de las personas con discapacidad privadas de libertad. 15. Sírvanse explicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para garantizar un enfoque de derechos humanos en la administración de justicia para las personas con discapacidad por parte de quienes trabajan en este ámbito. Libertad y seguridad de la persona (art. 14) 16. Sírvanse explicar qué medidas legislativas, administrativas y judiciales está tomando el Estado parte para garantizar que ninguna persona sea internada por razón de su deficiencia y contra su voluntad. Asimismo, por favor, expliquen qué mecanismos se están poniendo en marcha para regular y supervisar las condiciones físicas, materiales y de higiene de los centros, así como para prevenir la violencia y el abuso de las personas con discapacidad detenidas. Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (art. 15) 17. Sírvanse explicar qué acciones se están llevando a cabo para implementar las observaciones finales del Comité contra la Tortura (CAT/C/GTM/CO/5-6) en relación a los hospitales psiquiátricos, instituciones de internamiento de personas con discapacidad y centros penitenciarios para evitar el internamiento de personas condenadas por delitos y personas con discapacidad. Tengan a bien explicar si se han aplicado las medidas cautelares que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos determinó con respecto al Hospital Nacional de Salud Mental Federico Mora en relación a las personas con discapacidad. Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16) 18. Sírvanse explicar de qué forma la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas toma en consideración la atención a las personas con discapacidad, especialmente a la infancia, a las mujeres y a las personas indígenas. Protección de la integridad personal (art. 17) 19. Sírvanse informar sobre las medidas específicas adoptadas por el Estado parte para impedir que las personas con discapacidad, en especial las que han sido declaradas jurídicamente incapacitadas, sean sometidas a tratamientos sin su consentimiento informado, como ensayos clínicos, terapia electroconvulsiva, intervenciones psicoquirúrgicas, procesos de interrupción del embarazo o esterilizaciones, entre otros. Libertad de desplazamiento y nacionalidad (art. 18) 20. Sírvanse indicar qué medidas se están tomando para asegurar el registro universal de nacimiento de todos los niños y niñas con discapacidad sin excepción; Asimismo, informen sobre las medidas tomadas por el Estado parte para que todas las personas con discapacidad dispongan del Documento Único de Identificación de Personas. 3

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad (art. 19) 21. Tengan a bien informar sobre qué políticas públicas existen para promover la vida en la comunidad y si éstas contemplan subsidios, ayudas técnicas y asistencia personal para la vida independiente. Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información (art. 21) 22. Sírvanse informar sobre los servicios que se están prestando para que las personas con discapacidad puedan acceder a la información y a la comunicación en lengua de señas, formatos accesibles y sistemas alternativos de comunicación, incluido el Braille y formatos de lectura fácil. Asimismo, indiquen cuándo el Estado parte tiene previsto el reconocimiento oficial de la lengua de señas y la certificación de los intérpretes. Respeto del hogar y de la familia (art. 23) 23. Tengan a bien facilitar información sobre qué medidas se están llevando a cabo para agilizar la adopción de niños y niñas con discapacidad, de forma que se simplifiquen los trámites burocráticos del sistema de adopciones. Educación (art. 24) 24. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas legislativas, políticas y programas que el Estado parte está desarrollando para garantizar el sistema nacional de educación inclusiva. Asimismo, sírvanse informar sobre las acciones que se estén poniendo en práctica para incrementar el número de niñas que asisten a centros educativos. Por favor indiquen si el Estado parte incluye la formación obligatoria, antes de entrar a trabajar y durante el desempeño de su trabajo, para todo el personal docente, administrativo y de otras categorías profesionales en el ejercicio de sus funciones sobre el sistema de educación inclusiva. Salud (art. 25) 25. Tengan a bien explicar qué acciones concretas se están poniendo en marcha para garantizar el acceso a la salud, a los medicamentos y servicios de salud sexual y reproductiva a las personas con discapacidad así como el acceso a sus derechos, incluidos la accesibilidad física y de comunicación y el acceso a los medicamentos y a las campañas de prevención del VIH, así como los presupuestos asignados para tal fin, tanto en las zonas urbanas como rurales. Trabajo y empleo (art. 27) 26. Sírvanse proporcionar información sobre los avances que se han producido en relación con la iniciativa de ley de regulación de la inclusión laboral para las personas con discapacidad del 30 de enero de 2014 con perspectiva de género. Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28) 27. Sírvanse facilitar información sobre qué garantías sociales están disponibles para las personas con discapacidad y qué medidas y presupuesto tiene previsto poner en marcha el Estado parte para su mejora y ampliación. Por favor, informen también sobre la inclusión de las personas con discapacidad como beneficiarias de las estrategias de reducción de la pobreza del Estado parte. 4

Participación en la vida política y pública (art. 29) 28. Sírvanse facilitar información actualizada sobre las medidas específicas que está tomando el Estado parte para revisar y armonizar la legislación en vigor para garantizar el derecho al voto y presentarse como candidatos en elecciones de todas las personas con discapacidad. Por favor, informen además sobre qué medidas se están llevando a cabo para garantizar la accesibilidad del voto. Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte (art. 30) 29. Sírvanse indicar las medidas tomadas por el Estado Parte para ratificar el Tratado de Marrakech para Facilitar el Acceso a las Obras Publicadas a las Personas Ciegas, con Discapacidad Visual o con Otras Dificultades para Acceder al Texto Impreso, así como las medidas previstas para garantizar la aplicación efectiva de dicho tratado. C. Obligaciones específicas Recopilación de datos y estadísticas (art. 31) 30. Sírvanse facilitar información sobre las medidas previstas por el Estado parte para la actualización de estadísticas nacionales sobre personas con discapacidad, los estudios que se están llevando a cabo para conocer su situación y si prevé la realización de un censo. Por favor indiquen de qué manera se incorpora la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y sus indicadores en la recopilación de datos y estadísticas del Estado parte. Cooperación internacional (art. 32) 31. Sírvanse indicar cómo ha repercutido la financiación procedente de la cooperación internacional en las personas con discapacidad. 32. Sírvanse indicar qué medidas se han tomado para asegurar que los derechos en relación con las personas con discapacidad, tal y como se reconocen en la Convención, han sido transversalizados en los planes nacionales relativos a la implementación y monitorización de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Asimismo, por favor informen sobre qué medidas se han adoptado para asegurar que las organizaciones de personas con discapacidad estén siendo involucradas, de manera significativa, en estos procesos. Aplicación y seguimiento nacionales (art. 33) 33. Sírvanse indicar qué medidas tiene previstas desarrollar el Estado parte para fortalecer el mecanismo de coordinación del Consejo Nacional de Atención de las Personas con Discapacidad. Asimismo, tengan a bien informar sobre la estructura de los mecanismos independientes previstos en el artículo 33, párrafo 2 de la Convención y el apoyo que se ofrece por el Estado para asegurar la participación de las personas con discapacidad a través de sus organizaciones representativas. 5