ESTADOS UNIDOS MEXICANOS H. VIII Ayuntamiento Constitucional Bahía de Banderas, Nayarit. ACUERDO DE URGENTE Y OBVIA RESOLUCIÓN QUE TIENE POR OBJETO AUTORIZAR AL PRESIDENTE MUNICIPAL C. RAFAEL CERVANTES PADILLA, AL PROF. ARMANDO CAMPOS SALGADO, SINDICO MUNICIPAL Y AL C. PROF. JUAN FRANCISCO O CONNOR AGUIRRE SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, PARA SUSCRIBIR CONVENIO DE COORDINACIÓN CON EL OBJETO DE CONJUNTAR Y PROMOVER ACCIONES Y RECURSOS PARA INCIDIR EN LA GESTIÓN INTEGRADA DE LOS RECURSOS HÍDRICOS EN EL ÁMBITO DEL COMITÉ LOCAL DE PLAYAS LIMPIAS DE JALISCO-NAYARIT, ÓRGANO AUXILIAR DEL CONSEJO DE CUENCA COSTA PACIFICO CENTRO, MEDIANTE EL FORTALECIMIENTO DE SU GERENCIA OPERATIVA. Valle de Banderas, Nayarit; a 31 de Agosto del 2013. CIUDADANOS REGIDORES Y SINDICO INTEGRANTES DEL HONORABLE VIII AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE BAHIA DE BANDERAS, NAYARIT. P R E S E N T E S. RAFAEL CERVANTES PADILLA, presidente municipal del H. VIII Ayuntamiento Constitucional de Bahía de Banderas, Nayarit; en uso de las facultades que de manera expresa me confieren los artículos 63 y 64 de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit; en observancia de las atribuciones que el artículo 61 fracción III incisos d), le confieren al Ayuntamiento el mismo ordenamiento legal; y artículos 115 fracciones I y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 108, 111 y 115 de la Constitución Política del Estado de Nayarit, me permito
presentar a la digna consideración de este Honorable Cabildo acuerdo de urgente y obvia resolución con dispensa de trámite, que tiene por objeto autorizar al C. Rafael Cervantes Padilla, Presidente Municipal, para suscribir convenio con el Gobierno Federal, los Gobiernos de los Estados de Jalisco y Nayarit, así como con el Gobierno Municipal de Puerto Vallarta; Jalisco, en materia conjuntar y promover acciones y recursos para incidir en la gestión integrada de los recursos hídricos en el ámbito del comité local de playas limpias de Jalisco- Nayarit, órgano auxiliar del consejo de cuenca costa pacifico centro, mediante el fortalecimiento de su gerencia operativa; al tenor de los términos siguientes: A N T E C E D E N T E S 1.- El Municipio de Bahía de Banderas, funda su funcionalidad financiera, en los ingresos que percibe por el desarrollo de actividades del sector Turístico, recursos que permiten favorecer a la vez el desarrollo de las diversas regiones que conforman la geografía de nuestra municipalidad. 2.- Derivado de lo anterior, existe una gran expansión poblacional, que requiere la maximización de la oferta de servicios públicos; además de acciones que permitan atenuar el impacto ambiental, que el desarrollo de las zonas urbanas general, toda vez que no se trata únicamente de la dotación de agua potable, sino adicionalmente lo relativo al drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales. 3.- Es importante señalar, que la problemática enunciada en el punto anterior, es compartida con el Vecino Municipio de Puerto Vallarta, perteneciente al Estado de Jalisco; lo que impone por necesidad, el acceder a las formas de organización, que de conformidad con lo ordenado por el artículo 115 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, permite, dentro de los cánones del federalismo, permiten la asociación de los diversos órdenes de Gobierno, a efecto de atender en forma conjunta, las exigencias de la sociedad, así como los problemas, que de naturaleza compartida, inciden en la atención integral por las instituciones del Poder Publico. EXPOSICION DE MOTIVOS I.- Hablar de los recursos hídricos, incide en un servicio público, cuya prestación impone mayores retos por parte de las instituciones públicas, y cuya atención infiere a responsabilidades compartidas por los diferentes ordenes de gobierno, prevalecientes en el Estado Mexicano. II.- Si bien es cierto, que de conformidad a lo que establece el artículo 115 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, lo relativo al agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales, es competencia de Municipio, también lo es, que dentro del orden jurídico vigente, se otorga igualmente competencia, a la Federación y al Gobierno de las Entidades Federativas, particularmente en materia de tratamiento y disposición de las aguas residuales. III.- Así, ante la prevalencia de la problemática antes referida, compartida por los Municipios de Bahía de Banderas, Nayarit, y Puerto Vallarta; Jalisco; merece atención, conjunta, y que mejor con las Participación de los Gobiernos Estatales y de la Federación.
IV. Pero a efecto de materializar lo antes expuesto, es necesario suscribir el correspondiente convenio, que en forma clara y contundentes, refiere a lo que se obliga cada parte y en condiciones, y como todo incide en inversiones, que al ser compartidas inciden en la disposición de recursos, con que cuenta cada orden de Gobierno, que para el presente caso, serian por el orden de los cincuenta mil pesos, para la operación de la oficina regional del Comité Local de Playas Limpias de Jalisco Nayarit, Órgano auxiliar del Consejo de Cuenca Costa Pacifico Centro. V. Es oportuno establecer, los objetivos que se persiguen con las acciones antes enunciadas, e efecto de trasparentar las obligaciones que este H. Ayuntamiento adquiere, con la suscripción del convenio de mérito, siendo estos a saber, conjuntar y promover acciones y recursos para incidir en la gestión integrada de los recursos hídricos en el ámbito del Comité Local de Playas Limpias de Jalisco Nayarit, Órgano auxiliar del Consejo de Cuenca Costa Pacifico Centro, mediante el fortalecimiento de su Gerencia Operativa, representa un accionar integral en la materia, además de la conjunción de recursos por un monto, que en forma alguna podría ser erogado de manera unilateral por uno de los suscribientes del convenio de mérito, ello sin un menoscabo significativo de su capacidad financiera. VI. Ya en el Ámbito de las obligaciones que se adquirirían, esta son: a) Aportar los recursos correspondientes, en el monto y términos establecidos en este Convenio y sus Anexos. b) Aplicar los lineamientos y mecanismos que emita La Comisión para el correcto ejercicio de los recursos federales, y otorgar a la Gerencia Operativa del Comité Local de Playas Limpias Jalisco Nayarit, la asistencia
técnica y administrativa que le solicite para la eficiente ejecución de las acciones objeto del presente Convenio. c) Promover la participación de los integrantes del Comité Local de Playas Limpias Jalisco Nayarit, Órgano Auxiliar del Consejo de Cuenca Costa Pacífico Centro, en la realización de las acciones acordadas. d) Participar en el Comité Técnico de Seguimiento y Evaluación que se establecerá con base en lo dispuesto en la Cláusula Octava, de este Convenio. Observan que las mismas, no resultan gravosas para la funcionalidad del Ayuntamiento, y aportan beneficios que sin duda redundaran en la preservación del entorno ecológico de nuestro municipio. VII. En oportuno precisar, que lo anterior se materializara, mediante el fortalecimiento de la gerencia local del Comité Local de Playas Limpias de Jalisco- Nayarit, Órgano Auxiliar del Consejo de Cuenca Costa Pacifico Centro, instancia especializada en materia de conservación de los recursos naturales, relacionados con el sector turístico. Por las anteriores consideraciones propongo a este H. Cabido el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.- Se autoriza al C. Rafael Cervantes Padilla, Presidente Municipal, a ejercer los recursos y a suscribir convenio con el Gobierno Federal, los Estatales de Nayarit y Jalisco, así como con el Municipio de Puerto Vallarta Jalisco, con el objeto y fines precisados en la parte expositiva. SEGUNDO.- El Presente acuerdo deberá publicarse en el Periódico Oficial del Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit y en la Gaceta Municipal. A T E N T A M E N T E SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN C. RAFAEL CERVANTES PADILLA Presidente Municipal