Hoja No. 1 de 7 Del Plan de Elecciones de la Junta Electoral 2017 JUNTA ELECTORAL DE LA COOPERATIVA 29 DE OCTUBRE PLAN DE ELECCIONES ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS SOCIOS A LA ASAMBLEA GENERAL La Junta Electoral de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 29 de Octubre, elegida como lo establece el Art. 31 del Reglamento de Elecciones y posesionada ante el Consejo de Administración, en Sesión Ordinaria, el día jueves 24 de agosto de 2017, en cumplimiento a lo establecido en el Art. 27 y 29 del Reglamento de Elecciones, dicta el presente Instructivo Electoral. INDICE DE CONTENIDOS: 1. BASE LEGAL 2. PERIODO DE LOS REPRESENTANTES A SER ELEGIDOS 3. NÚMERO DE REPRESENTANTES A ELEGIRSE 4. CRONOGRAMA DE LECCIONES 5. REQUISITOS Y PROHIBICIONES 6. INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS 7. DOCUMENTOS PARA INSCRIPCIÓN 8. FECHA, HORA Y LUGAR DE ELECCIONES 9. NOTIFICACIONES 1. BASE LEGAL 1.1. El Artículo 33 de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria del Sistema Financiero establece Asamblea General de Socios.- La Asamblea General es el máximo Órgano de Gobierno de la Cooperativa y estará integrada por todos los socios, quienes tendrán derecho a un solo voto sin considerar el monto de sus aportaciones y que podrá ser ejercido en forma directa o delegación a otro socio. Sus decisiones y resoluciones obligan a todos los socios y a los órganos de la Cooperativa 1.2. El Artículo 34 de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria del Sistema Financiero establece Asamblea General de Representantes. - Las Cooperativas que tengan más de 200 socios, realizarán la Asamblea General a través de representantes elegidos en un número no menor a treinta (30) ni mayor a cien (100). 1.3. El Artículo 35 de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria del Sistema Financiero en cuanto a la elección de representantes, establece Los representantes a la Asamblea General serán elegidos por votación personal, directa y secreta de cada uno de los socios, mediante un sistema de elecciones universales, que puede ser mediante Asambleas Sectoriales definidas en función de criterios territoriales, sociales, productivos, entre otros, diseñado por la Cooperativa y que constará en el Reglamento de Elecciones de la Entidad; debiendo observar que, tanto la matriz, como sus Hoja No. 2 de 7 Del Plan de Elecciones de la Junta Electoral 2017 agencias, oficinas o sucursales, estén representadas en función del número de socios con el que cuenten. 1.4. El Artículo 23 Del Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria del Sistema Financiero establece El número de vocales y el período de duración de los Órganos
Directivos y de Control, así como sus atribuciones y deberes al igual que las funciones del administrador constarán en el Estatuto Social de la Asociación. 1.5. El Artículo 23 de La Regulación N.- 363-217F de la Junta de la Regulación del Sector Financiero Popular y Solidario establece Órgano electoral; El Consejo de Administración elaborará el Reglamento de Elecciones que deberá ser aprobado por la Asamblea General o la Junta General que contemplara la designación de un Órgano Electoral conformado por socios de las Cooperativas de Ahorro y Crédito y Asociaciones, Mutualistas de Ahorro y Crédito para la Vivienda, encargado de planificar, organizar y dirigir el proceso electoral que comprende desde la emisión del Padrón, hasta la Posesión de los Representantes elegidos. 1.6. El Artículo 14 del Estatuto Social establece ASAMBLEA GENERAL.- La Asamblea General es el máximo Órgano de Gobierno de la Cooperativa y sus decisiones obliga a todos los socios y demás órganos de la Cooperativa, siempre que no sean contrarias a las normas jurídicas que rigen la organización, funcionamiento y actividades de la Cooperativa. Para participar en la Asamblea General, los socios deben encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones económicas de cualquier naturaleza, adquiridas frente a la Cooperativa o, dentro de los límites de mora permitidos por el Reglamento Interno. Cuando la Cooperativa supere los 200 socios la Asamblea General se efectuará con representantes elegidos en un número no menor de treinta (30), ni mayor de cien (100), por votación personal, directa y secreta de cada uno de los socios, de conformidad con el Reglamento de Elecciones aprobado por la Asamblea General de socios, que contendrá los requisitos y previsiones para ser elegido representante y el procedimiento de elección, acorde con lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y su Reglamento General. Considerando que la Cooperativa supera los 200 socios, la Asamblea General se efectuará con 50 representantes. Considerando que la Cooperativa no supera los 200 socios, la Asamblea General se efectuará sin representantes. 1.7. El Artículo 15 del Estatuto Social establece ELECCION DE REPRESENTANTES. - Los Representantes durarán cuatro años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos en forma inmediata, por una sola vez. Se elegirán dos representantes suplentes por cada principal. Si un representante a la Asamblea General es elegido como Vocal del Consejo de Administración o Vigilancia, perderá su condición de representante y se principalizará al respectivo suplente. Los vocales de los Consejos de Administración y de Vigilancia son miembros natos de la Asamblea General y tendrán derecho a voz y voto, sin que puedan ejercer este último, en aquellos asuntos relacionados con su gestión. 1.8. El Artículo 72 del Reglamento Interno de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 29 de Octubre establece que, La Asamblea General estará conformada por 50 representantes en goce de sus derechos, conforme lo establece la Ley que lo rige y el Estatuto. 1.9. El Artículo 75 del Reglamento Interno de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 29 de Octubre establece que, el procedimiento que se adopte para la elección de representantes será normado por la Asamblea General en el Reglamento de Elecciones. 1.10. El Artículo 1 del Reglamento de Elecciones de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 29 de Octubre establece que este Reglamento rige los procesos de elección de cincuenta (50) representantes principales y cien (100) representantes suplentes de los socios de la Cooperativa para la Asamblea General.
Hoja No. 3 de 7 Del Plan de Elecciones de la Junta Electoral 2017 2. PERIODO DE LOS REPRESENTANTES A ELEGIRSE 2.1. Los representantes a elegirse durarán 4 años en sus funciones de acuerdo a lo que establece el Art. 3 del Reglamento de Elecciones. 3. NÚMERO DE REPRESENTANTES A ELEGIRSE 3.1. Se elegirán cincuenta (50) representantes principales y cien (100) representantes suplentes, de los socios de la Cooperativa, para la integración de la Asamblea General. Art. 1 del Reglamento de Elecciones, los representantes serán elegidos en proporción al número de socios, que tenga cada Agencia, sobre el resultado de dividir el total de socios activos, para el número de representantes a elegir de acuerdo al siguiente detalle: NÚMERO DE REPRESENTANTES A ASAMBLEÍSTAS POR AGENCIA COOPERATIVA "29 DE OCTUBRE" AGENCIA PADRÓN PRINCIPALES SUPLENTES 1 SUPLENTES 2 A ELEGIRSE OFICINA PRINCIPAL 11.785 4 4 4 12 ESMERALDAS PRINCIPAL 5.112 2 2 2 6 SANTO DOMINGO 4.689 1 1 1 3 MACHALA-CENTRO 5.633 2 2 2 6 CUENCA 5.171 2 2 2 6 LOJA 3.911 1 1 1 3 LATACUNGA (BRIGADA) 2.116 1 1 1 3 LATACUNGA (CENTRO) 3.640 1 1 1 3 AGENCIA PADRÓN PRINCIPALES SUPLENTES 1 SUPLENTES 2 A ELEGIRSE ALBAN BORJA 4.446 1 1 1 3 CENTENARIO 5.571 2 2 2 6 CENTRO 3.743 1 1 1 3 LA LIBERTAD 4.982 2 2 2 6 MANTA 5.080 2 2 2 6 PORTOVIEJO 4.999 2 2 2 6 QUEVEDO CENTRO 5.124 2 2 2 6 AGENCIA PADRÓN PRINCIPALES SUPLENTES 1 SUPLENTES 2 A ELEGIRSE RECOLETA 3.702 1 1 1 3 COMISARIATO - LA PRENSA 5.305 2 2 2 6 SAN RAFAEL 4.111 1 1 1 3 COLON 7.621 3 3 3 9 CARAPUNGO 2.882 1 1 1 3 RECREO 1.557 1 1 1 3 TUMBACO 1.606 1 1 1 3 QUICENTRO SUR 2.424 1 1 1 3
Hoja No. 4 de 7 Del Plan de Elecciones de la Junta Electoral 2017 AGENCIA PADRÓN PRINCIPALES SUPLENTES SUPLENTES 2 A ELEGIRSE RIOBAMBA-CENTRO 5.884 2 2 2 6 PUYO 3.459 1 1 1 3 TENA 3.470 1 1 1 3 AMBATO 2.873 1 1 1 3 SHELL MERA 1.750 1 1 1 3 MACAS 2.628 1 1 1 3 AGENCIA PADRÓN PRINCIPALES SUPLENTES SUPLENTES 2 A ELEGIRSE IBARRA 4.829 2 2 2 6 TULCÁN 4.089 1 1 1 3 EL ÁNGEL 1.625 1 1 1 3 LAGO AGRIO 3.849 1 1 1 3 COCA 2.222 1 1 1 3 141888 50 50 50 150 4. CRONOGRAMA DE ELECCIONES 4.1. El cronograma de elecciones se llevará a cabo de acuerdo al siguiente cronograma: ACTIVIDAD FECHA Convocatoria a elecciones por parte del Presidente de la Cooperativa y entrega del Padrón electoral. (01 DÍA) Difusión de la convocatoria y de los requisitos para la inscripción de candidatos ( 08 DÍAS) Jueves 05 de octubre de 2017 Jueves 05 de Octubre al jueves 12 de octubre de 2017 Inscripción de candidatos (29 DÍAS) Jueves 12 de octubre al jueves 09 de noviembre de 2017 Calificación de candidatos (6 DÍAS) Viernes 10 de noviembre al miércoles 15 de noviembre 2017 Publicación de candidatos idóneos Jueves 16 de noviembre de 2017 Impugnación de candidatos (4 DÍAS) Viernes 17 de noviembre al lunes 20 de noviembre de 2017 Resolver impugnaciones (8 DÍAS) Lunes 20 de noviembre 27 de Noviembre de 2017 Publicación de la lista definitiva de candidatos (01 Martes 28 de Noviembre de 2017 DÍA) Campaña electoral (60 DÍAS) Jueves 12 de octubre al domingo 10 de diciembre de 2017 Coordinación e Implementación de las Juntas receptoras del voto en las Agencias (23 DÍAS) Sábado 11 de noviembre al domingo 03 de diciembre de 2017 Silencio electoral (01 DÍA) Martes 12 de diciembre de 2017 Fecha de elecciones (01 DÍA) Miércoles 13 de diciembre de 2017 Publicación de los resultados electorales iniciales (01 DÍA) Viernes 15 de diciembre de 2017
Hoja No. 5 de 7 Del Plan de Elecciones de la Junta Electoral 2017 Presentación de impugnaciones a los resultados 2(DÍAS) Resolución de impugnaciones a los resultados 2(DÍAS) Publicación de resultados finales de las elecciones (01 DÍA) Lunes 18 de diciembre de 2017 a martes 19 diciembre de 2017 Miércoles 20 de diciembre de 2017 a jueves 21 de diciembre de 2017 Viernes 22 de diciembre de 2017 5. REQUISITOS Y PROHIBICIONES 5.1. Los requisitos para postularse a la elección de representantes de los socios de la Cooperativa para la integración de la Asamblea General son: 5.1.1. Acreditar la calidad de socio activo, para ser considerado socio activo, deberá haber pagado la totalidad del valor de los certificados de aportación y cumplir sus deberes y obligaciones de socio establecidos en el Estatuto y este Reglamento, condición necesaria para ser beneficiario de todos los derechos que otorga la Cooperativa. (Art. 18 del Reglamento Interno) 5.1.2. Tener al menos dos años de antigüedad como socio activo al 5 de octubre de 2017, fecha en la que se convoca a elecciones; 5.1.3. No haber incurrido en morosidad por obligaciones directas por más de 90 días a la fecha de la convocatoria a elecciones; 5.1.4. Ser ecuatoriano de nacimiento o naturalización; 5.1.5. No tener litigios judiciales con la Cooperativa; 5.1.6. No haber sido destituidos o separados de los cargos que ostentaban en la Cooperativa y otras cooperativas de la misma clase (como: representantes, vocales de los Consejos de Administración, Consejo de Vigilancia, Gerente General, Auditor Interno), por infracciones legales, reglamentarias y estatutarias, dentro de los cuatro años siguientes a tal destitución o separación; 5.1.7. Estar domiciliado en la sede de la oficina en la que se hubiese afiliado como socio; exceptuase los militares y miembros de la Policía que estén sujetos a pases y traslados. 5.2. No podrán intervenir como candidatos (Art. 13 del Reglamento de Elecciones): 5.2.1. Quienes hayan incurrido en morosidad por obligaciones con el Sistema Financiero y el Sistema de Economía Popular y Solidaria por más de 90 días a la fecha de la convocatoria a elecciones; 5.2.2. Los empleados de la Cooperativa; 5.2.3. Quienes mantengan con la Cooperativa contrato de servicios profesionales; 5.2.4. Los cónyuges, convivientes, en unión de hecho o parientes hasta dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, con vocales del Consejo de Administración, vocales del Consejo de Vigilancia, Gerente General, y empleados de la Cooperativa; 5.2.5. Los socios que no sean legalmente capaces.- La capacidad legal de una persona consiste en poder obligar por sí misma, sin el ministerio o la autorización de otra Art. 1461 del Código Civil Ecuatoriano; 5.2.6. Los miembros de los Organismos Electorales; 5.2.7. Los socios que hubieren sido sancionados por la Cooperativa de acuerdo al Estatuto y más Leyes aplicables; 5.2.8. Los Directivos y Funcionarios de los Organismos de Control y Supervisión de las instituciones financieras; 5.2.9. Los que hubieren sido sentenciados por actos dolosos como administradores o como socios de cualquier Cooperativa;
Hoja No. 6 de 7 Del Plan de Elecciones de la Junta Electoral 2017 5.2.10. Los parientes hasta dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los miembros de la Junta Electoral, de las Juntas Receptoras del voto de su distrito; 5.2.11. Los Representantes Legales de las personas jurídicas, socias de la Cooperativa; 5.2.12. Quienes hubieren rendido declaraciones o llevado a cabo campañas en desmedro de la imagen e intereses de la Institución, y que sea comprobado con sentencia ejecutoriada; 5.2.13. Los ex colaboradores quienes hubieran sido sujetos de despido intempestivo, visto bueno, mantenido o mantengan reclamaciones o litigios debido a discrepancias laborales de la Cooperativa. 6. INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS 6.1. Las inscripciones de candidatos se realizarán en las Agencias respectivas a la que corresponda el candidato desde el jueves 12 de octubre de 2017 hasta el lunes 23 de octubre de 2017 en el horario de funcionamiento de las mismas, como lo establece el Art. 17 del Reglamento de Elecciones. 7. DOCUMENTOS PARA INSCRIPCIÓN 7.1. Para la inscripción de las candidaturas los postulantes deberán presentar los siguientes documentos: 7.1.1. Formulario de Inscripción; 7.1.2. Declaración Juramentada escrita (formato emitido por la Cooperativa). De no encontrarse incurso en las prohibiciones o impedimentos legales y estatutarios para ser elegido representante; 7.1.3. Foto a color actualizada del candidato en medio magnético, tamaño pasaporte, fondo blanco y sin accesorios que cubran al rostro. 7.1.4. Copia a color de la cédula de ciudadanía y papeleta de votación en una sola hoja, se exceptúan de la papeleta de votación los mayores de 65 años de edad, las personas con capacidades especiales (presentarán el certificado del CONADIS) y los militares y policías en servicio activo (presentarán copias de la Tarjeta de identificación); 7.1.5. Los documentos serán colocados en una carpeta con el logo de la cooperativa, que será proporcionada al momento de la inscripción. 7.1.6. El formulario de inscripción y formato para la declaración juramentada estarán publicados en la página Web de la Cooperativa desde la fecha de convocatoria a elecciones. 8. FECHA HORA Y LUGAR DE LAS ELECCIONES 8.1. El proceso del sufragio se realizará en cada una de las Agencias a nivel nacional, se iniciará a las 08:30 horas y terminará a las 17:00 horas de miércoles 13 de diciembre de 2017. (Art. 54 del Reglamento de Elecciones). 9. NOTIFICACIONES 9.1. La confirmación de recepción de candidaturas, calificaciones, impugnaciones y sus resoluciones, resultados de votaciones y cualquier notificación referente al proceso electoral se realizarán a través de los correos electrónicos que los candidatos hayan presentado en su inscripción desde el correo electrónico juntaelectoral2017@29deoctubre.fin.ec 9.2. Para cualquier tipo de inquietud o informe de cualquier anomalía dentro de todo el proceso electoral, ingrese a la página web de la Cooperativa 29 de octubre en el ícono de CONTÁCTENOS.
Hoja No. 7 de 7 Del Plan de Elecciones de la Junta Electoral 2017 10. El presente Plan de Elecciones fue aprobado por el Pleno de la Junta Electoral en sesión llevada a cabo el día 01 de septiembre de 2017. Este documento, es fiel copia del original que reposa en Archivo de la Junta Electoral de Elecciones 2017 de la Cooperativa 29 de Octubre. Lo certifico, Crnl. S.P. Dr. Freddy W. Torres F. Msc. SECRETARIO DE JUNTA ELECTORAL 2017 COOP. 29 DE OCTUBRE