GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL CRÉDITO DE FORMACIÓN BONIFICADA POR AGRUPACIÓN DE EMPRESAS EJERCICIO 2009/2010. www.solucionesformativas.



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Transcripción:

GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL CRÉDITO DE FORMACIÓN BONIFICADA POR AGRUPACIÓN DE EMPRESAS EJERCICIO 2009/2010 www.solucionesformativas.com

Soluciones Formativas Encontrar el proveedor que le garantice unos servicios de formación de calidad, adaptados a sus necesidades y con la flexibilidad que su empresa requiere no siempre resulta fácil. Soluciones Formativas dispone de más de 13 años de experiencia tanto en la impartición de formación al más alto nivel como en la gestión de subvenciones y bonificaciones que mejoren la rentabilidad de nuestros servicios. Nos preocupamos por la calidad en todos sus aspectos, por ello seleccionamos los programas, docentes y materiales que garanticen los mejores resultados en cada acción de formación y la mayor satisfacción de nuestros alumnos y clientes. Somos probablemente el grupo de empresas de formación que le ofrece el servicio más completo: Cursos en su empresa o en nuestras instalaciones, Cursos individuales o en grupo, Cursos presénciales, on line y también a distancia. Una amplia oferta formativa impartida por especialistas en cada área, Con flexibilidad absoluta de horarios ajustándonos a los más adecuados para cada empresa, Getión de bonificaciones ante la Fundación Tripartita ( F.T.F.E.) Respecto a nuestra Oferta formativa, tanto si tiene interés en alguno de nuestros cursos como si desea que le diseñemos un plan de formación a medida contacte con nosotros, nuestros expertos en consultoría y formación estarán encantados de asesorarle e informarle al respecto sin ningún compromiso.

Gestión Administrativa del Crédito de Formación Bonificada La presente propuesta tiene por objeto la Gestión Administrativa de las 3 Acciones Formativas que se inician en el ejercicio 2009 y que continúan y finalizan en 2010: 1) Programa Superior De Innovación En La Gestión Empresarial, 2) Acreditación En Ingeniería Logística: Dirección De Operaciones, Bloque Gestión De Compras y Aprovisionamiento y 3) Programa Especializado en Ingeniería en Instalaciones Ferroviarias: BLOQUE ESPECIALISTA EN CATENARIA, dentro de la Formación Continua Bonificada, regulada en la ORDEN TAS/2307/2007, de 27 de Julio, referente a las acciones de formación continua en las empresas, por parte de GRUPO IFEDES, S.A. para las empresas clientes de la FUNDACIÓN INVATE. Podrán ser beneficiarias de las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social, todas las empresas que tengan centro o centros de trabajo en el territorio estatal, cualquiera que sea su tamaño y ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores y coticen por la contingencia de formación profesional. Podrán participar los trabajadores asalariados que prestan sus servicios en empresas o en entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones Públicas; Los participantes en las Acciones Formativas que se llevarán a cabo en 2009 y que continúan y finalizan en 2010, y cuyas empresas puedan beneficiarse de las bonificaciones en la Seguridad Social deberán pertenecer a los siguientes colectivos: 1) Trabajadores asalariados que prestan sus servicios en empresas privadas o entidades públicas empresariales y cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesional y 2) Los trabajadores que se encuentran en alguna de las siguientes situaciones: Trabajadores fijos discontinuos en los períodos de no ocupación, Trabajadores que accedan a situación de desempleo cuando se encuentren en período formativo y Trabajadores acogidos a regulación de empleo en sus períodos de suspensión de empleo por expediente autorizado. FUNDACIÓN INVATE enviará a GRUPO IFEDES, S.A.: I) El Anexo de Adhesión al Convenio de Agrupación de Empresas firmado y cuñado por cada empresa participante que se vaya a bonificar dicha formación, dónde se autoriza a GRUPO IFEDES, S.A. a acceder a los datos que afectan a la gestión y tramitación del crédito de formación de la empresa participante, además de una Ficha de Empresa con sus datos para la introducción de éstos en la aplicación de la Fundación Tripartita (las plantillas las facilitará Grupo Ifedes).

II) Con 10 días hábiles de antelación a la fecha de inicio, los datos: II.1.) DE LA ACCIÓN FORMATIVA: Ficha de Descripción: Modalidad, nº de hs de la acción, tipo de acción (genérica.- ofrece cualificaciones transferibles a otras empresas u otros ámbitos laborales o específica.- ofrece cualificaciones que no son transferibles o sólo de forma muy restringida a otras empresas u ámbitos laborales), Nivel de Formación (básico.- formación en materias transversales o genéricas que capacitan para desarrollar competencias y cualificaciones básicas o Medio-superior.- cuando la formación incorpora materias que implican especialización y/o capaciten para desarrollar competencias de programación y/o dirección), Módulo de Alfabetización informática. II.2.) Grupo Formativo: Datos Formativos: Indicar si el Grupo es notificado a efectos de bonificación o de cumplimiento de aportación privada. Con medios propios de la empresa bonificada: cuando los contenidos formativos y la responsabilidad de su impartición sean propios de la empresa bonificada; Con medios de la entidad organizadora: cuando los contenidos formativos y la responsabilidad de su impartición sean propios de la empresa organizadora. Con medios del centro de formación o entidad formadora externa: cuando el centro o entidad sea el proveedor de los contenidos formativos y el responsable de su impartición. A este respecto, no se considerará que la formación ha sido impartida por un proveedor externo cuando se contraten únicamente elementos accesorios, tales como aulas o equipos y material didáctico de apoyo a los procesos formativos. Datos Identificativos.- Fechas de inicio y finalización del grupo, nombre y apellidos del Responsable de Formación, CIF del Centro de Formación, Centro de Formación, Dirección, código Postal y localidad de la celebración de las sesiones presenciales, el horario de mañana o tarde y los días de impartición. Cuando el horario de mañana y tarde indicado en el calendario no se corresponde a todos los días señalados en el mismo, se deberá especificar el horario correspondiente a cada uno de los días. (GRUPO IFEDES facilita una plantilla).

III) Con 10 días hábiles de antelación sobre la fecha de inicio, cualquier incidencia que dé lugar a la modificación de los datos comunicados o a la cancelación de un Grupo. III) 7 días hábiles de antelación sobre la fecha de inicio del Grupo, datos relativos a: Participantes.- NIF, Nombre y Apellidos, nº Seg. Social (12 dígitos), si pertenece a colectivo prioritario, grupo de cotización, fecha de nacimiento, estudios, área funcional, categoría profesional, discapacitado, CIF de la empresa a la que pertenece, centro de trabajo en el que presta sus servicios el participante, cuenta de cotización a la que pertenece, asociada al centro de trabajo, nº de horas del curso dentro del horario laboral y coste hora trabajador para la aportación privada. (GRUPO IFEDES, S.A. facilitará una plantilla de datos de participantes). IV) A la finalización del Grupo, los datos relativos a los costes de impartición y los costes salariales de los trabajadores formados durante el horario laboral, para poder obtener la aportación privada realizada por la empresa agrupada, además del envío por fax o por correo ordinario, de las copias de las listas de asistencia firmadas por los docentes responsables de la impartición y por los alumnos asistentes a GRUPO IFEDES, S.A. para proceder a la finalización de los participantes y por tanto, del grupo, y así poder generar el documento de Finalización de Grupos y Participantes/Costes. GRUPO IFEDES, S.A. como Entidad Organizadora, cumplirá con todas aquellas obligaciones establecidas en el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo y en la Orden Ministerial de desarrollo, comprometiéndose a: 1.- Tramitar ante la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, las Comunicaciones de Inicio y de finalización de la formación en las empresas agrupadas. 2.- Tramitar lo que pueda ser requerido por las Administraciones u órganos de control competentes y por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo referente a la Gestión Administrativa de la Bonificación, además de gestionar con criterios de máxima calidad, eficacia, flexibilidad y economía quedando exenta de responsabilidad si la empresa no pudiera obtener las bonificaciones debido a causas que la empresa no le había notificado al solicitar este servicio. 3.- Proporcionar a las empresas participantes, toda la información y documentación que necesite y a hacerlo en un plazo adecuado, con el fin de que las empresas puedan obtener la bonificación a la que tengan derecho, según aparece en la hoja de Finalización de Grupos y Participantes/Costes que GRUPO IFEDES, S.A. le hará llegar.

Condiciones Generales y Presupuesto Para la estimación del Presupuesto se ha tenido en cuenta: La Gestión administrativa de la documentación para la obtención de las bonificaciones, consistente en: Alta de la Empresa Agrupada interviniente en la formación, alta de las Acciones Formativas que conforman el Plan (máx. 25 alumnos en la formación presencial), alta de los Grupos Formativos y Comunicación de Finalización de Grupos, participantes y costes. Envío por correo del cuestionario de evaluación con los datos relativos a la acción formativa. Envío por correo de los controles de asistencia (1 control por sesión y por curso con todos los alumnos a bonificar). Envío por correo de los diplomas y del Recibí de Diplomas de los alumnos Aptos. Envío por correo de la factura original por Gestión de GRUPO IFEDES, S.A. a la FUNDACIÓN INVATE. Envío por mail a cada empresa del documento de finalización de grupos/participantes y costes dónde aparece la cantidad a bonificar, el mes de la bonificación y el % de la aportación privada. Envío a la Finalización de la Formación durante el ejercicio 2009 y ejercicio 2010, del Informe de la formación bonificada que aparece en la aplicación informática de la Fundación Tripartita. Asesoramiento y seguimiento de las posibles inspecciones y requerimientos respecto a las acciones formativas gestionadas por GRUPO IFEDES. Custodia de la documentación administrativa generada en cada curso durante 5 años. El precio cierto y cerrado de nuestros servicios, atendiendo al nivel de desarrollo que se detalla anteriormente - Gestión administrativa de la formación continua a través de las bonificaciones de la Seguridad Social de 1 curso, es del 12% (IVA no Incluido), del precio de la matrícula y por alumno que se bonifique. FUNDACIÓN INVATE abonará mediante transferencia bancaria el coste total del servicio prestado por GRUPO IFEDES en dos pagos del 50%, uno antes del inicio del curso y otro a la finalización de dicha acción formativa. El coste de cada acción formativa, es un % bonificable para cada empresa participante, dependiendo del nº de plantilla media del año anterior y de si la empresa dispone de crédito (Anexo Excel enviado a la Fundación Invate). La empresa participante empezará a aplicarse las bonificaciones una vez esté comunicada la finalización de la acción en la aplicación de la Fundación Tripartita y GRUPO IFEDES le haya remitido a la empresa participante la documentación pertinente.

Obligaciones de las Empresas Beneficiarias Si se desarrolla esta acción formativa mediante el modelo de formación continua en las empresas, estas bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social no podrán, superar el crédito de formación continua de que disponen las empresas, en los términos regulados en la ORDEN TAS/2307/2007, de 27 de Julio. Por lo tanto, las OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS SE DETALLAN A CONTINUACIÓN: Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad todos los gastos de ejecución de las acciones formativas y permisos individuales de formación, así como las bonificaciones que se apliquen, bajo la denominación o epígrafe de formación profesional para el empleo. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control que realicen las Administraciones públicas competentes y los demás órganos de control, según lo establecido en el artículo 38 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo. Custodiar la documentación acreditativa de la asistencia diaria de los participantes a las acciones formativas, de los cuestionarios de evaluación y del recibí de diplomas. Modelos de documentación de la Fundación Tripartita. Garantizar la gratuidad de las iniciativas de formación a los participantes en las mismas. Hallarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en el momento de aplicarse las bonificaciones. Durante un período mínimo de 4 años, las empresas deberán mantener a disposición de los órganos de control competentes la documentación justificativa de la formación por la que hayan disfrutado de bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. Las empresas que, sin haber transcurrido el período establecido para mantener la documentación justificativa de las bonificaciones aplicadas, suspendan su actividad económica, deberán remitir copia de la citada documentación a la Administración pública competente.

Cuando se produzcan transformaciones, fusiones o escisiones, las empresas resultantes de las mismas deberán comunicar tales circunstancias a través del sistema telemático previsto Las grandes empresas (aquellas cuya plantilla media anual excede de 250 trabajadores y que está participada en un 25% o más de su capital o de sus derechos de voto por otras empresas que reúnen el requisito anterior de dicha plantilla) garantizarán que el % de trabajadores formados que se ajustan a la calificación de colectivos prioritarios sea igual o mayor al % que representan en la plantilla de la empresa. Se considera colectivo prioritario: trabajadores de PYMES, mujeres, personas con discapacidad, afectados y víctimas del terrorismo y de la violencia de género, mayores de 45 años y trabajadores con baja cualificación, es decir, los pertenecientes a los Grupos de Cotización 6, 7, 9 y 10. Las empresas deben Informar a la RLT. Pondrán a disposición de la RLT la siguiente información: Denominación, objetivos, y descripción de las acciones, los colectivos destinatarios y nº de participantes, el calendario previsto, los medios pedagógicos, los criterios de selección de los participantes, el lugar previsto de impartición y el balance de las acciones formativas desarrolladas en el ejercicio precedente. El incumplimiento por parte de la empresa de la OBLIGACIÓN de informar a la RLT, impedirá la adquisición y el mantenimiento del derecho a la bonificación. Cuando la empresa no tenga RLT será necesaria la conformidad de los trabajadores afectados por las acciones formativas. Las empresas serán directamente responsables de los incumplimientos de las obligaciones mencionadas anteriormente. LAS EMPRESAS PARTICIPANTES aplicarán la bonificación en el seguro social del mes que finalice la acción formativa (una vez finalizada la acción formativa en la aplicación telemática de la Fundación Tripartita), por la cantidad que aparece en la casilla bonificación, del documento de Finalización de grupos y Participantes que GRUPO IFEDES le hará llegar junto con un documento informativo de cómo llevar a cabo dicha bonificación. Los costes de dicha formación, tanto por impartición como por gestión, deben ser pagados con fecha anterior a la bonificación, siempre dentro de los plazos establecidos por la Fundación Tripartita, según aparece en la hoja de Finalización de Grupos y Participantes/Costes, donde dice que los pagos de todos los gastos deberán haber sido efectuados antes de aplicarse la bonificación.

Forma de Bonificarse y Pago de los Gastos de Formación El PLAZO para poder aplicarse dichas bonificaciones CONCLUYE el último día hábil para poder presentar el boletín de cotización correspondiente al mes de DICIEMBRE de cada ejercicio económico, es decir, en 2009 y en 2010. La Empresa Participante se compromete a abonar el importe de la factura responsabilizándose de la asistencia al curso de sus trabajadores inscritos. Este mismo compromiso lo asumirá en caso de baja de alguno de ellos antes de transcurrido el 75% de su duración. El porcentaje que establece la ley sobre la aportación privada por parte de las empresas (10 % para empresas de 10 a 49 trabajadores, 20 % para empresas de 50 a 249 trabajadores y 40 % para empresas de 250 trabajadores o más), se justificará con los costes salariales de los trabajadores que reciben dicha formación dentro del horario laboral o con la diferencia entre el coste de la acción formativa y la cantidad a bonificar. Las empresas de 1 a 9 trabajadores no estarán limitadas por los módulos económicos máximos. Asimismo, las empresas de 10 a 49 trabajadores y las de 50 a 249 podrán superar los citados módulos en un 10 por ciento y un 5 por ciento, respectivamente. La Empresa Participante deberá conservar el justificante de pago correspondiente a los costes incurridos y declarados ante la Fundación en la realización de la actividad formativa bonificada con objeto de facilitar su comprobación. La acreditación del pago podrá realizarse mediante los extractos bancarios correspondientes a los grupos bonificados y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico mercantil para aquellos casos en los que los pagos se hubiesen realizado por caja. En el caso, de que el pago se haya realizado de forma fraccionada o mediante remesas bancarias, deberá conservarse un desglose en el que se identifique la actividad formativa bonificada.

Propuesta Económica Gestión Administrativa Formación Bonificada Las facturas se emitirán antes del inicio y fin de cada acción formativa. La FUNDACIÓN INVATE, abonará mediante transferencia bancaria, el 50 % del coste total del servicio prestado antes del inicio de cada curso y el otro 50% a la finalización. El precio cierto y cerrado de nuestros servicios, es del 12 % (IVA no Incluido), del precio de la matrícula y por alumno que se bonifique para la acción formativa mencionada anteriormente iniciada en 2009 y que finaliza en 2010. Grupo IFEDES se compromete a guardar la debida confidencialidad que atañe tanto a información generada dentro de la empresa (proyectos y procedimientos) como a información sobre clientes o datos proporcionados por los mismos y no se extingue con la relación mercantil sino que perdura tras su extinción y goza de protección penal (art. 199.1 del Código Penal). En conformidad con lo expuesto anteriormente, se firma y acepta la presente propuesta, (a efectos de la certificación UNE EN - ISO 9001:2000 de GRUPO IFEDES, se codifica como INVFOR002), por duplicado ejemplar en Valencia, a 13 de Octubre de 2009. Grupo Ifedes Fundación INVATE Firmar y Sellar para su aceptación Presupuesto valido hasta 23 de Octubre de 2009