de Nutrición Suplementaria folleto

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Transcripción:

Programa de Asistencia de Nutrición Suplementaria folleto SNAP-PB-S (Rev. 8/2016) 09-170-0816-05

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Usted y su familia necesitan y se merecen comidas sanas y bien equilibradas. Si sus ingresos no van a cubrir los costos de una gran variedad de alimentos, el Programa de asistencia de nutrición suplementaria (SNAP) puede ayudarle. Este folleto es una extensión del folleto Su derecho a saber y le explicará requisitos específicos de SNAP. Este folleto, junto con el folleto Su derecho a saber, le proporcionará sus derechos y responsabilidades, al igual que aquellos del Departamento. Si no entiende algo de la información en este folleto, llame a la Línea de asistencia del DTA al 1-877-382-2363. Guarde ese folleto porque se lo menciona en muchos de los avisos que reciba del Departamento. Usted podría recibir materiales escritos adicionales más adelante. Asegúrese de leerlos atentamente. Sus derechos: Usted podría recibir beneficios de SNAP acelerados dentro de los siete días calendario después de la fecha de la solicitud si su hogar pareciera ser elegible para los beneficios de SNAP y cumpliera con una de las siguientes condiciones: su hogar tiene un ingreso bruto mensual de $150 o menos y activos líquidos de $100 o menos; su hogar tiene un ingreso bruto mensual combinado y activos líquidos que suman menos que la suma de su alquiler (o hipoteca) y servicios públicos; o su hogar incluye un miembro del hogar que es un trabajador migrante o trabajador agrícola estacional con activos líquidos de $100 o menos. También tiene el derecho de: hablar con un supervisor si se determina que usted no es elegible para recibir beneficios de SNAP acelerados y usted no está de acuerdo, o si usted es elegible para recibir beneficios de SNAP acelerados, pero no los recibiera al séptimo día calendario después de la fecha de su solicitud; que se tome una decisión sobre su solicitud dentro de los 30 días. Reglas generales de SNAP Usted debe dar información completa y correcta al Departamento. Usted debe darle los comprobantes de la solicitud de SNAP a su administrador de casos dentro de los 30 días de la fecha de la solicitud. Un administrador de casos le dirá qué documentos, tales como talonarios de pago y recibos de alquiler, necesite proporcionar. Usted debe informarle al Departamento dentro del período de tiempo requerido sobre determinados cambios que puedan afectar su elegibilidad y/o la cantidad del beneficio. Usted perderá cualquier beneficio de SNAP que no use en un año. Activos Si es un solicitante o recibe beneficios de SNAP, no se consideran los vehículos. Generalmente no se cuentan los activos del hogar a menos que usted o alguien de su hogar sea descalificado para recibir beneficios de SNAP debido a una Violación intencional del programa (IPV, por sus siglas en inglés), recibo de beneficios de SNAP múltiples al mismo tiempo, comercio de beneficios de SNAP, no cumplimiento del programa de Empleo y Capacitación de SNAP, o debido a que un miembro de su hogar es un convicto fugado. 2

Reglas sobre dar información Es opcional informar sobre gastos de vivienda y/o de servicios públicos, sobre gastos de cuidado de niños o dependientes y sobre gastos médicos. Sin embargo, si los reclama y los comprueba, estos gastos podrían aumentar la cantidad de sus beneficios de SNAP. Si usted es un solicitante o beneficiario de los beneficios de SNAP que está sujeto a Información Simplificada, o la Alternativa de Beneficios Transicionales (TBA), le corresponden las reglas especiales para reportar información. Pídale a un administrador de casos que le explique los requisitos para reportar información de su tipo de hogar de SNAP. Si usted no estuviera seguro si debe informar sobre un cambio, llame a la Línea de asistencia del DTA al 1-877-382-2363. Si usted tiene que informar sobre cambios y no lo hiciera dentro del período de tiempo requerido, sus beneficios podrían reducirse o interrumpirse. Es posible que usted tenga que devolver los beneficios que se le hayan pagado de más. Es posible que lo refieran por fraude, lo que causará que usted deba pagar una multa, ir a la cárcel, o ambos. Dependiendo del tipo de hogar de SNAP, es posible que deba informar sobre cambios, incluyendo, pero no limitados, entre otros: el número de niños o adultos que vive con usted; la cantidad de efectivo que tiene, ya sea disponible o en una cuenta corriente, de ahorro u otro tipo de cuenta bancaria; la cantidad de sus ingresos, pagos del Seguro Social o pensión alimenticia que reciba; dónde vive; ingreso por pago único, como un pago retroactivo del Seguro Social, o ganancias de la lotería; otros ingresos y/o gastos que puedan afectar su subvención o elegibilidad para beneficios de SNAP; y cualquier costo de cuidado infantil/de dependientes. Reglas de composición del hogar Se define un hogar SNAP como: una persona que vive sola; un grupo de personas que viven juntas y que compran alimentos y preparan comidas juntos; o una persona, que vive con otras, que compra alimentos y prepara comidas por separado.* * Si las siguientes personas o grupos de individuos viven juntos, se los considera un hogar SNAP, aunque ellos no compren alimentos ni preparen comidas juntos. Cónyuges: Los cónyuges que viven juntos deben estar en el mismo hogar de SNAP. Padres/hijos: Un hijo menor de 22 años que vive con sus padres naturales, adoptivos o padrastro/madrastra debe estar en el mismo hogar de SNAP que su padre/madre. Esta regla corresponde aun cuando el hijo esté casado o tenga un hijo propio. 3

Control paterno: Un niño menor de 18 años, exceptuando un niño de crianza temporal que vive con un miembro adulto del hogar (no el padre del niño) que está bajo el control paterno del adulto del hogar, debe estar en el mismo hogar de SNAP que el adulto. Nota: Control paterno significa proporcionar pensión alimenticia o supervisión, o ambas, a un niño menor de 18 años. Las siguientes personas o grupos de personas que vivan juntas podrían tener su propio hogar SNAP aunque ellos no compren alimentos ni preparen comida por separado: (1) Una persona, con o sin sus hijos, en un centro de tratamiento contra drogas o alcohol; (2) Un residente ciego o discapacitado en un arreglo grupal de vivienda; (3) Una mujer o una mujer con hijos en un albergue para mujeres maltratadas; (4) Una persona que sea tanto anciana (de 60 años o mayor) como discapacitada podría estar en un hogar SNAP separado cuando vive con otros** que compran alimentos y preparan comidas para él o ella, si ambas condiciones siguientes son verdaderas: a. La persona no puede comprar alimentos y preparar comidas para sí misma debido a una discapacidad considerada permanente. b. El ingreso bruto de las personas del hogar, excluyendo a dicha persona y su cónyuge, su hijo/a menor de 22 años, y un niño menor de 18 años que viva bajo control paterno, no excede el 165 por ciento de la norma de elegibilidad para ingresos netos para un hogar de ese tamaño. ** Sin embargo, una persona anciana y discapacitada que viva con su cónyuge, hijo biológico, adoptado o hijastro menor de 22 años, o un niño menor de 18 años que viva bajo control paterno debe estar incluido en el mismo hogar que la persona nombrada anteriormente. Estudiantes: Los estudiantes (al menos medio tiempo) que trabajen 20 horas por semana en promedio mensual, que participen en un programa de estudio-trabajo con fondos federal o estatal o que tengan un hijo dependiente pueden ser elegibles para los beneficios de SNAP si cumplen con las reglas especiales de elegibilidad para estudiantes. Un administrador de casos puede explicarle estas reglas. Reglas del programa Adultos Sanos sin Personas a Cargo (ABAWD) Todos los ABAWD que no están exentos entre los 18 y los 50 años de edad deben: cumplir con los Requisitos Generales de Trabajo de SNAP, y trabajar durante 20 horas por semana en promedio mensual, o participar en un componente calificador de Empleo y Capacitación (E&T) 20 horas por semana, o ser voluntario en un centro de servicio comunitario durante un número específico de horas por mes Sin importar el tipo de certificación, las personas que deban cumplir el requisito del Programa de Trabajo (WP) de ABAWD deben informar: cuando las horas de trabajo sean menores de 20 horas por semana o de 80 horas por mes cuando la participación en un programa de capacitación o educación aprobado por el DTA sea menor de 20 horas por semana o de 80 horas por mes, y el número de horas que dichas personas participen en un servicio comunitario cada mes. 4

Exenciones de SNAP/E&T El DTA dirige un programa de SNAP/ E&T voluntario. SNAP E&T es un programa de empleo y capacitación para clientes que reciben SNAP pero no reciben asistencia en efectivo. Solamente todos los participantes de SNAP deben recibir la oportunidad de ser voluntarios para participar en el programa de SNAP E&T. Usted está exento de SNAP/ET si: es menor de 16 años o mayor de 59; está embarazada (segundo o tercer trimestre); tiene 16 o 17 años de edad y: no es cabeza del hogar; o asiste a la escuela al menos la mitad del tiempo; o está inscrito/a en un programa de empleo y capacitación al menos la mitad del tiempo. no está física o mentalmente apto para empleo ya sea permanente o temporalmente (menos de 30 días); es un cliente que recibe TAFDC o EAEDC y cumple con el requisito laboral del programa de asistencia con efectivo; es un/a solicitante de Compensación por desempleo o un beneficiario sujeto a un programa laboral comparable y que participa en él; está inscrito/a al menos la mitad del tiempo en cualquier escuela reconocida (incluyendo la escuela secundaria), un programa de capacitación o una institución de educación superior; es un/a participante, residente o no residente, en un programa de tratamiento y rehabilitación por drogadicción o alcohol; es un empleado o empleado por cuenta propia que trabaja al menos 30 horas por semana o que gana por semana tanto o más que el salario mínimo federal multiplicado por 30 horas, o es responsable del cuidado de un niño dependiente menor de seis años o de una persona discapacitada, aun cuando el niño o la persona discapacitada no viva en el mismo hogar. Reglas para no ciudadanos Dependiendo de su estado, ciertos no ciudadanos son elegibles para beneficios de SNAP. Estados elegibles del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) Asilados Participantes Cubano-Haitiano (permiso de ingreso) Amerasiáticos Refugiados No ciudadanos cuya deportación o expulsión ha sido suspendida Víctimas de formas graves de tráfico Residentes Legales Permanentes (LPR) (también deben cumplir con condiciones adicionales) Permisos de ingreso condicionales (también deben cumplir con condiciones adicionales) Personas con permiso condicional de viaje (también deben cumplir con condiciones adicionales) No ciudadanos maltratados (también deben cumplir con condiciones adicionales) Elegibilidad para TAFDC por la Ley de Violencia contra las Mujeres (VAWA) 5

Condiciones adicionales para los LPR (Residentes Legales Permanentes), personas con permisos de ingreso condicional, personas con permiso condicional de viaje y no ciudadanos maltratados tener 65 años o más al 8/22/96 y residir legalmente en los EE. UU.; o estar discapacitado actualmente como se define por las reglas de SNAP; o ser menor de 18 años de edad; o haber residido en los EE. UU. como no ciudadano calificado durante cinco años; o ser veteranos o personal en servicio activo (incluye cónyuge, viuda o hijo(s) dependiente(s) soltero(s)). Otros criterios de elegibilidad para los LPR solamente Tener un estado de LPR concedido de un estado anterior de Refugiado (incluyendo víctimas de formas graves de tráfico), asilados, cubanos/haitianos, o amerasiáticos; o Poder reclamar 40 trimestres calificadores de trabajo por una combinación de: trimestres de trabajo del no ciudadano; trimestres de trabajo de sus padres (trabajados antes de que el no ciudadano cumpliera 18 años); y trimestres de trabajo de su cónyuge (trabajados durante el matrimonio); o Un no ciudadano cuya deportación ha sido suspendida. Si usted es un residente legal no ciudadano y tiene preguntas sobre su elegibilidad para los beneficios de SNAP, puede llamar a la Línea de asistencia del DTA al 1-877-382-2363. Sanciones para descalificación Si usted o cualquiera de los miembros de su hogar intencionalmente rompe cualquiera de las reglas a continuación, esa persona será descalificada de SNAP por un año luego de la primera violación, dos años luego de la segunda violación y permanentemente luego de la tercera violación. El individuo también podría enfrentar persecución criminal bajo las leyes estatales y federales correspondientes. No dé información falsa u oculte información para continuar obteniendo beneficios de SNAP. No comercie o venda beneficios o tarjetas de autorización de SNAP. No altere tarjetas de autorización para obtener beneficios de SNAP que no tiene derecho a recibir. No use beneficios de SNAP para comprar artículos no alimenticios, como alcohol o tabaco. No use los beneficios de SNAP o las tarjetas de autorización de otra persona para su hogar. Usted o cualquier miembro de su hogar que haga una declaración o representación fraudulenta con respecto a su identidad o lugar de residencia para recibir beneficios múltiples simultáneamente bajo SNAP no será elegible para SNAP por diez años. Usted o cualquier miembro de su hogar que comercie (compre o venda) beneficios de SNAP para obtener drogas ilegales/sustancias controladas no será elegible para SNAP por un período de dos años por el primer hallazgo, y permanentemente por el segundo hallazgo. Usted o cualquier miembro de su hogar que comercie (compre o venda) beneficios de SNAP para obtener armas de fuego, municiones o explosivos no será elegible para SNAP permanentemente. Usted o cualquier miembro de su hogar que comercie (compre o venda) beneficios de SNAP por valor de $500 o más no será elegible para SNAP permanentemente. Usted o cualquier miembro de su hogar que huya para evitar la persecución, detención o reclusión luego de la condena por un delito o la violación del estado de libertad condicional o provisional no será elegible para SNAP mientras huya o se encuentre en violación. 6

Otras leyes federales DTA está autorizado para recabar información de la solicitud, incluyendo números de Seguro Social de cada miembro del hogar, bajo la Ley de Alimentos y Nutrición del 2008 (anteriormente la Ley de Cupones de Alimentos). Se usará información para decidir si su hogar es elegible o continúa siendo elegible para SNAP. DTA verificará esta información por medio de programas comparativos de computación, y la información se usará para asegurar que los hogares sigan las reglas del programa y para el manejo del mismo. DTA procesa solicitudes para SNAP de acuerdo con procedimientos federales de SNAP, incluyendo requisitos de oportunidad, aviso y audiencias justas, aun cuando la solicitud sea para SNAP y otro programa. No se le pueden negar beneficios de SNAP solamente porque se le hayan negado beneficios de otro programa. La información puede ser compartida con agencias federales y estatales para hacer la revisión oficial, y con los agentes del orden con el fin de capturar a personas que escapan para evitar la ley. Si DTA le paga de más y presenta un reclamo para que le devuelva los beneficios, la información en esta solicitud, incluyendo todos los números de Seguro Social, puede ser enviada a agencias estatales y federales, al igual que agencias privadas de recolección de reclamos, para actuar en la recolección de los mismos. Si usted solicita SNAP y Seguro Social al mismo tiempo y está viviendo en una institución, la fecha de solicitud es la fecha de alta de la institución. Cómo comprar alimentos con sus beneficios de SNAP: (1) Antes de comprar, revise su último recibo para saber cuánto dinero hay en su cuenta de SNAP, o llame al 1-800-997-2555 para ver su saldo. (2) Busque la marca Quest en la puerta o ventana de la tienda. (3) Pase su tarjeta EBT por la caja. (4) Ingrese su PIN secreto en el teclado numérico, luego oprima Enter. (5) Dígale al cajero cuánto dinero debe ingresar o ingrese la cantidad usted mismo. Recuerde, usted puede comprar solamente artículos alimenticios elegibles con sus beneficios de SNAP. Siempre revise su recibo para confirmar que la cantidad en el recibo sea igual a la cantidad de su compra. Para obtener más información sobre EBT, consulte el folleto de la Transferencia Electrónica de Beneficios (EBT). 7