REGLAMENTO DE BECA DE COLABORACIÓN ACADÉMICA DE POSTGRADO FACULTAD DE FILOSOFÍA Y HUMANIDADES TÍTULO I: DE LOS OBJETIVOS

Documentos relacionados
Alumnos chilenos de programas de Doctorados Alumnos chilenos y extranjeros de programas de Magíster Acreditados.

CONVOCATORIA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO, SANTANDER UNIVERSIDADES

PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS

CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS A. REGLAMENTO TITULO I

OBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES

BASES BECAS MAGÍSTER NACIONAL Núcleo Milenio Modelos de Crisis. El Caso de Chile. NS Año Académico 2015

CONVOCATORIA NO CONDUCENTE A GRADO BECAS VPI 2 SEMESTRE 2015

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA ENTREGA DE BECA DE RESIDENCIA MUNICIPAL PARA ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

UNIVERSIDAD DE SONORA DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESTUDIANTILES LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN DE BECAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES GENERALES

PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES

REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES

A LOS ALUMNOS DE LA UNAM. PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017

CONVOCATORIA POSTULACIÓN AL FONDO DE BECA DE PASANTÍA EN EL EXTRANJERO PARA PROGRAMAS DE MAGÍSTER SEGUNDO SEMESTRE AÑO 2016

PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA: ASISTENCIA A EVENTOS CIENTÍFICOS Y PASANTÍAS

REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS GUILLERMO SUBERCASEAUX Decreto de 31 de julio 2013

CONVOCATORIA 2016 PASANTÍAS DE INVESTIGACIÓN EN EL EXTRANJERO

REGLAMENTO BECA FALLECIMIENTO DE SOSTENEDOR ECONÓMICO

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR.

CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS

REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CAPÍTULO I. De la creación y naturaleza

BECAS Bases y formularios de solicitud en

Reglamento Interno del Programa de Becas de la DGTIC

SEDE CENTRAL BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO PARA DOCENTES CONTRATADOS

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACIÓN DE BECAS DE FINANCIAMIENTO COMPARTIDO GRUPO EDUCACIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y COMERCIO CURICÓ

Convocatoria interna a becas en la Universidad Católica Boliviana San Pablo. Unidad Académica Regional Cochabamba. Gestión 1/2017

Convocatoria Becas Santander de Movilidad Nacional Santander Universidades CONVOCA

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARQUITECTURA SUSTENTABLE Y ENERGIA TITULO III. De las Normas Generales

BASES PAES 2010 CHILE

REGLAMENTO BECAS SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE SCOTIABANK SUD AMERICANO

Bases CONCURSO PÚBLICO MEMORISTAS UNIVERSITARIOS EN MATERIAS DE DESCENTRALIZACIÓN, GOBIERNOS LOCALES Y GESTIÓN MUNICIPAL.

1. Ser alumno regular de tiempo completo de licenciatura, maestría o doctorado con promedio mínimo de 8.5

REGLAMENTO DE MATRICULA

BECAS 2016 de INTERCAMBIO para estudiantes a: MÉXICO, CHILE, BRASIL, BOLIVIA, PARAGUAY y ESPAÑA

INVITACIÓN A POSTULAR Programa de Intercambio Estudiantil Universidad Católica de Chile - PUC Año 2015

CONVOCATORIA A CONCURSO DE MÉRITOS PARA COORDINADOR INTERINO DE LA CARRERA DE INGENIERÍA EN MEDIO AMBIENTE CONVOCATORIA N /2016

CONVOCATORIA DE UNA BECA DE FORMACIÓN DEL VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN INSTITUTO DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y BIODIVERSIDAD

BECAS DE EXCELENCIA ACADÉMICA EN POSGRADOS IBERO

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS

GUÍA PARA SOLICITAR LA BECA DE LA PLATAFORMA DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO 2016 B

DOCTORADO EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN

Bases de la convocatoria. Los concursos se regirán por la normativa vigente y, en particular, por las siguientes normas:

CONVOCATORIA 2016 BECA IBEROAMÉRICA ESTUDIANTES DE PREGRADO SANTANDER UNIVERSIDADES

CONVOCATORIA PARA PEQUEÑOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN PRESENTADOS POR ESTUDIANTES DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA

GERENCIA NACIONAL DE BECAS

ESCUELA DE TRABAJO SOCIAL FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES REGLAMENTO DE ALUMNOS AYUDANTES

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES

CONSEJO ACADÉMICO REGLAMENTO INTERNO DE MONITORÍAS

REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES

GUÍA DE POSTULACIÓN PROGRAMA DE INTERCAMBIO ESTUDIANTES UAH INFORMACIÓN GENERAL

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012

BASES DEL CONCURSO PARA JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA DEL HOSPITAL GENERAL SANTA ROSA AÑO 2014

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN PARA GRADOS DE DOCTOR Y MAGÍSTER. Aprobado por Consejo Académico de fecha 15 de Noviembre de 2010.

Reglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO DE NOMBRAMIENTO DE PLAZAS VACANTES EN LA CATEGORÍA DE DOCENTE PRINCIPAL, ASOCIADO Y AUXILIAR DE LAS FACULTADES

PAUTA DE CALIFICACIÓN ACADÉMICA D.U. Nº 1136 de , Arts. 35, 27 a) y 17 b)

Programa de Apoyo para Estudios de Posgrado (PAEP) - UNAM

VISTOS: 1.º. La Necesidad de adecuar la normativa interna a los nuevos apoyos e incentivos a los alumnos destacados.

SOLICITUD DE SUBSIDIO 2014 AYUDA para Viajes/Estadías Julio 2014 Junio 2015

Beca de Reconocimiento a la Investigación Estudiantes Pregrado Convocatoria Semestre

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES (SRE) DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS CULTURALES DIRECCIÓN DE INTERCAMBIO ACADÉMICO SOLICITUD A

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES TITULO III

Descripción del programa Qué hace un Joven Embajador? Requisitos para ser Joven Embajador del DAAD Chile Cómo postular?...

UNA. Sistema de Becas Estudiantiles. Instructivo Presentación solicitudes de beca estudiantil Universidad Nacional. Versión 1.0

C O N T E N I D O. 1. Propósito. 2. Alcance. 3. Responsabilidad y autoridad. 4. Normatividad aplicable. 5. Políticas

COLEGIO JAVIERA CARRERA REGLAMENTO DE BECAS 2016

Cochabamba, 29 de noviembre de 2010

Fecha. Edición. Beta Pag. Código.

ORDENANZA Nº020.- ORDENANZA BECA DE EDUCACIÓN SUPERIOR CONCEJO MUNICIPAL DE CASTRO I. DEL OBJETIVO:

Convocatoria de Becas de Formación de Personal Investigador BECAS FPI 2017

REGLAMENTO MAGISTER EN ANTROPOLOGIA SOCIOCULTURAL A. REGLAMENTO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Toda copia en PAPEL es un Documento No Controlado a excepción del original.

INFORMACIÓN SOBRE LA CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACIÓN PUBLICACIÓN CONVOCATORIA EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA

Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento.

INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE

REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD BOLIVIANA

ASIGNACIÓN DOCENTE DE BECAS DE MAESTRÍA Y DOCTORADO EN LA I.U.CESMAG INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA CESMAG.

MANUAL DE FORMULACIÓN DE PROYECTOS FONDO DE DESARROLLO INSTITUCIONAL (FDI) Dirección de Estudios y Proyectos DAPEI

REGLAMENTO PARA TRASLADO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ. Capítulo I

REGLAMENTOS DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES INTERNACIONALES, CONVENIOS Y BECAS.

ORDENANZA Nº020.- ORDENANZA BECA DE EDUCACIÓN SUPERIOR CONCEJO MUNICIPAL DE CASTRO I. DEL OBJETIVO:

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ

CONVOCATORIA GENERAL. Becas de Movilidad Estudiantil

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales

UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO SISTEMA ESPECIAL DE INGRESO 2014

VISTO el Expediente N /13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y

LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA.

Becas del Gobierno de Argentina Programa de becas de posgrado para ciudadanos m exicanos 2017/2018

Reglamento de Concurso de Merecimientos y Oposición para el Acceso a la Docencia de la PUCE

PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE TRABAJOS DE GRADO DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO

CONVOCATORIA CIENCIA NUEVA Y HUMANISMO QUE TRANSFORMA UAEM, 2013

Código. Revisado por: Comité Educación y Gerencia COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL. Tabla de contenido

Programa de Becas Reglamento

REGLAMENTO DE BECAS DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DE SONORA

Reglamento de Admisión para Postulantes a Ingresos Especiales en a Universidad Católica del Norte

Reglamento Becas Colegio

Transcripción:

REGLAMENTO DE BECA DE COLABORACIÓN ACADÉMICA DE POSTGRADO FACULTAD DE FILOSOFÍA Y HUMANIDADES El presente reglamento es interno a la Facultad de Filosofía y Humanidades y está en concordancia con el espíritu y las disposiciones establecidas en el Reglamento General de Becas para los Estudiantes de la Universidad de Chile, Decreto Exento N 002.033 de 07.07.1987 y sus modificaciones posteriores. TÍTULO I: DE LOS OBJETIVOS Artículo 1 Este reglamento establece las normas por las cuales se rige la Beca de Colaboración Académica para los estudiantes de postgrado de la Facultad de Filosofía y Humanidades. Artículo 2 La beca tiene por objetivo cumplir con los siguientes propósitos: a) Apoyar la formación académica del estudiante de postgrado a través de su colaboración en las actividades de investigación y/o extensión y, en forma acotada, gestión académica, propias de los diferentes programas de magíster y doctorado.. b) Reconocer e incentivar a los alumnos que han mostrado un rendimiento académico sobresaliente en sus respectivos programas. TÍTULO II: DEL BENEFICIO Artículo 3 a) La beca consiste en un monto de dinero que se aportará mensualmente al estudiante por el período que dure el beneficio. El financiamiento provendrá de recursos propios de la Facultad. b) De acuerdo con el Título VII, artículos 18 y 19 del Reglamento General de Becas, el monto de cada beca se especificará en Unidades de Beca (UB), cada una de las cuales será equivalente al 20% de la Unidad Tributaria mensual del mes de enero del correspondiente año calendario. Las unidades de beca no se fraccionarán. c) La cantidad de Unidades de Beca disponibles para cada uno de los programas de magíster y doctorado, será determinada anualmente por las autoridades de la Facultad y será comunicado en la convocatoria. d) Las becas serán otorgadas por resolución de la Sra. Decana de la Facultad.

TÍTULO III: De la descripción, funciones y obligaciones Artículo 4: descripción a) El otorgamiento de esta beca no implica, en ningún caso, el ingreso a cualquiera de las tres carreras académicas de la Universidad de Chile. Para todos los efectos administrativos, el beneficiario será considerado como alumno becario de la Facultad de Filosofía y Humanidades. b) Esta beca es compatible con otras becas o estímulos que pudiera obtener el alumno, con excepción de las Becas de Colaboración Académica de Docencia para el Pregrado y las becas que impliquen ausencias del becario por un lapso mayor que un mes. c) La beca tendrá duración anual, por un período que va desde abril a diciembre de cada año. d) El estudiante becario desarrollará sus actividades correspondientes a la beca bajo la tuición del Comité Académico del Programa, el que planificará el trabajo a desarrollar con el becario y podrá delegar la responsabilidad directa del cumplimiento de las tareas asignadas y los correspondientes informes a la Dirección Académica en uno de sus miembros o del Claustro Académico del Programa. Artículo 5: funciones La presente beca posee un carácter eminentemente formativo para el estudiante, por lo que solamente podrá desarrollar actividades académicas relacionadas con investigación y/o extensión. 1. Colaboración en trabajos de investigación que se estén llevando a cabo por algún profesor o grupo de profesores del Claustro del Programa. 2. Colaboración en la elaboración de textos y traducciones, que sean de apoyo a la docencia u otras actividades académicas que se desarrollan en el programa. 3. Colaboración en actividades relacionadas con organización de encuentros, seminarios u otros en los que participe el Programa. 4. Atención a los Profesores Visitantes y sus necesidades académicoadministrativas (verificación de bibliografías, fotocopias, actas, etc.).

5. En casos excepcionales los programas pueden solicitar al becario la colaboración en actividades de gestión académica, la que no podrá exceder el 10 % del total de las actividades a desarrollar. En tal caso, los programas deberán cautelar, que el ayudante becario no tenga acceso a los datos personales de los estudiantes, incluyendo sus notas u otras situaciones académicas. Artículo 6: obligaciones a) Durante el período de vigencia de la beca el estudiante deberá cumplir efectivamente con las labores encomendadas por el Comité Académico del Programa o por quien asuma su representación. b) Son causales de pérdida de la beca las señaladas en el Título VIII, artículo 27 del Reglamento de Becas para los Estudiantes de la Universidad de Chile. Además, también será causal de la pérdida de la beca la suspensión del semestre por parte del becario. En caso de darse esta última causal, el alumno becario deberá establecer su situación por escrito. El El Comité Académico del Programa informará de ello al Director de la Escuela de Postgrado quien lo pondrá en conocimiento de la Dirección Académica de la Facultad. c) Al finalizar el período de la beca, en el mes de diciembre de cada año, el Comité Académico del Programa o el profesor responsable del becario deberá emitir un informe dirigido a la Dirección Académica de la Facultad en el que se dará cuenta del desempeño del becario en las tareas propias de éste. Dicho informe contendrá al menos los siguientes aspectos: 1. Enumeración y descripción de las actividades llevadas a cabo por el becario en el marco del Programa. De existir alguna publicación como resultado de dichas actividades, debe acompañarse al informe. 2. Evaluación de las actividades desarrolladas considerando los siguientes aspectos: responsabilidad, cumplimiento, y calidad académica de las tareas de colaboración académica desarrolladas. Se utilizará la escala: muy bueno-bueno-regular-deficiente. Acompañar un breve comentario explicativo de la evaluación.

TÍTULO IV: De la postulación Artículo 7 La convocatoria a la Beca de Colaboración Académica será realizada por la Escuela de Postgrado. Dicha convocatoria se hará durante el mes de enero de cada año. Será responsabilidad de la escuela de Postgrado publicitar el concurso, preparar y facilitar a los postulantes las bases del concurso, recibir las postulaciones y enviar a la comisión de becas la documentación con la propuesta de de las postulaciones que se ajusten a las bases. Los fallos se harán en sesión de la Comisión de Becas de la Facultad. Los resultados se darán a conocer por escrito a cada postulante. La comunicación la hará la Dirección de la Escuela de Postgrado. Artículo 8 Serán requisitos de postulación los siguientes: a) Ser alumno regular en alguno de los programas de postgrado de la Facultad de Filosofía y Humanidades. Esta situación debe ser respaldada mediante certificado de alumno regular extendido por la Secretaría de Estudios. b) Haber aprobado a lo menos 4 cursos del plan del programa al cual pertenece el estudiante. También podrán postular los alumnos que estén desarrollando su tesis de grado, la que deberá estar debidamente inscrita en el momento de la postulación. c) Tener una permanencia en el respectivo programa no superior a 4 semestres para el caso de magíster y 6 semestres para el caso del doctorado. d) Tener un promedio de calificaciones igual o superior a 6.0. El postulante deberá presentar certificado de concentración de notas emitido por la Secretaría de Estudios. e) Presentar un currículum vitae actualizado f) Presentar una carta de referencia de un profesor del Postgrado de la Facultad. Artículo 9 La evaluación de los antecedentes se hará según las siguientes ponderaciones: a) Promedio de notas : 50% b) Otros antecedentes académicos (publicaciones, docencia, congresos u otros): 50%.

TÍTULO V Artículo 10 La comisión de Becas de la Facultad de Filosofía y Humanidades estará conformado por el Vicedecano, el Director Académico, el Director de la Escuela de Postgrado, el Director de la Escuela de Pregrado, el Secretario de Estudios y la Asistente Social Estudiantil. El quórum necesario para que la Comisión de Becas pueda sesionar debe ser en número igual o superior a la mitad de sus miembros. Enero de 2018