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DECLARAN Y AUTORIZAN. La difusión de las citadas Condiciones Finales a través de la página de Internet de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

HECHO RELEVANTE. Los Términos y Condiciones principales de la Emisión son los siguientes:

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AUTORIZAN. Y que para así conste y surta los efectos oportunos se expide la presente certificación en Granada a 16 de Abril de 2013.

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MANIFIESTA. Que se autoriza a la Comisión Nacional del Mercado de Valores a la difusión del citado documento en su web.

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ANEXO I DEFINICIONES

PROPUESTA SEXTA ACUERDO SEXTO

Epígrafe 19. VALORES MOBILIARIOS

Transcripción:

D. Alex Valencia Baeza, actuando en nombre y representación de CaixaBank, S.A., domiciliada en Barcelona, Avenida Diagonal 621, provista de N.I.F. número A- 08663619 e inscrita en el Registro Administrativo Especial del Banco de España con el número 2100 y en el Registro Mercantil de Barcelona, tomo 42.657, folio 33, hoja B- 41232, inscripción 109ª, en relación con la denominada 3ª EMISION DE CEDULAS HIPOTECARIAS DE CAIXABANK, S.A. (en adelante, la Emisión ), ante la COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES, CERTIFICA Que el contenido en soporte informático de las Condiciones Finales de la emisión de referencia registrado en fecha 21 de febrero de 2012 y remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, para ponerlo a disposición del mercado coincide exactamente con el registrado en CNMV y, en consecuencia, AUTORIZA La difusión del texto citado a través de la página Web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Y, para que conste a los efectos oportunos, se expide la presente a 23 de febrero de 2012 D. Alex Valencia Baeza

CONDICIONES FINALES 3ª Emisión de Cédulas Hipotecarias de CAIXABANK, S.A. 1.000.000.000 Euros Emitida bajo el Folleto de Base de Valores no Participativos, registrado en la Comisión Nacional de Mercado de Valores el 14 de julio de 2011. Las siguientes Condiciones Finales incluyen las características de los valores descritos en ellas (los Valores, Cédulas Hipotecarias o Cédulas ). Las presentes Condiciones Finales se complementan con el Folleto de Base registrado en la Comisión Nacional del Mercado de valores con fecha 14 de julio de 2011, así como con el Documento de Registro inscrito en fecha 5 de mayo de 2011 y deben leerse en conjunto con los mismos. 1. PERSONAS RESPONSABLES DE LA INFORMACIÓN Los valores descritos en estas Condiciones Finales se emiten por CAIXABANK, S.A., con domicilio social en Barcelona, Avda. Diagonal 621-629 y C.I.F. número A- 08663619 (en adelante, el "Emisor" o la "Entidad Emisora"). D. Àlex Valencia Baeza, Director de Área de Asset Liability Management y Liquidez, en virtud del acuerdo del Consejo de Administración de fecha 17 de junio de 2011 y en nombre y representación de CAIXABANK, S.A., acuerda realizar la presente emisión y asume la responsabilidad de las informaciones contenidas en estas Condiciones Finales. D. Àlex Valencia Baeza declara, tras comportarse con una diligencia razonable, que la información contenida en las Condiciones Finales es, según su conocimiento, conforme a los hechos y no incurre en ninguna omisión que pudiera afectar a su contenido. 2. DESCRIPCIÓN, CLASE Y CARACTERÍSTICAS DE LOS VALORES EMITIDOS - CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES 1. Emisor: CAIXABANK, S.A. ( CaixaBank o el Emisor ). 2. Garante y naturaleza de la garantía: El capital y los intereses de la presente emisión están especialmente garantizados, sin necesidad de inscripción registral, por hipoteca sobre todas las que en cualquier tiempo consten inscritas a favor del Emisor y no estén afectas a emisión de Bonos Hipotecarios o Participaciones Hipotecarias, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial universal de la entidad emisora, de conformidad con lo previsto en la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario (tal y como ha sido modificada y sea modificada en el futuro y la norma que, en su caso, la sustituya, la Ley del Mercado Hipotecario ), y en el Real Decreto 716/2009, de 24 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley del Mercado Hipotecario (tal y como sea modificado en el futuro y la norma que, en su caso, lo sustituya, el Reglamento del Mercado Hipotecario ). No existen activos de sustitución afectos a

esta emisión ni derivados. El Emisor llevará el registro contable especial al que se refiere el artículo 12 de la Ley del Mercado Hipotecario, donde se identificarán los préstamos y créditos que sirven de garantía a la presente Emisión de las Cédulas Hipotecarias. Dicho registro contable deberá asimismo identificar, a efectos del cálculo del límite establecido en el artículo 16 de la Ley del Mercado Hipotecario, de entre todos los préstamos y créditos registrados, aquellos que cumplen las condiciones exigidas en la Sección II de la Ley del Mercado Hipotecario. 3. Naturaleza y denominación de los Valores: Naturaleza de los Valores: Cédulas hipotecarias (artículo 12 de la Ley del Mercado Hipotecario). Denominación de los Valores: 3ª Emisión de Cédulas Hipotecarias de CAIXABANK, S.A.. Código ISIN: ES0440609040 De conformidad con lo previsto en el Folleto de Base de Valores No Participativos al amparo del cual se realiza la presente emisión, los valores integrantes de la misma podrán tener la consideración de fungibles con otros de igual naturaleza que, con posterioridad, pudieran ser objeto de emisión.. 4. Divisa de la Emisión: Euros. 5. Importe nominal y efectivo de la Emisión: Nominal: 1.000.000.000. Efectivo: 995.300.000. 6. Importe nominal y efectivo de los Valores: Nominal unitario: 100.000. Efectivo unitario: 99.530 Precio de emisión: 99.53%. 7. Número de Valores: 10.000 8. Fecha de emisión: 16 de febrero de 2012. 9. Tipo de interés: Fijo. 10. Fecha de amortización final y sistema de amortización: 16 de febrero de 2017 (la Fecha de Vencimiento ). A la par en la Fecha de Vencimiento. 11. Opciones de amortización anticipada: Para el Emisor: Las Cédulas Hipotecarias deberán ser amortizadas por el Emisor de forma total y definitiva en la Fecha de Vencimiento. De acuerdo con lo establecido en la Ley del Mercado Hipotecario, en su versión actual, el Emisor no puede emitir cédulas hipotecarias por importe superior al ochenta por ciento (80%) de los capitales no amortizados de los préstamos y créditos hipotecarios de su cartera que reúnan los requisitos establecidos en la propia ley, deducido el importe íntegro de los afectos a

bonos o participaciones hipotecarias. El Emisor está obligado a no superar en ningún momento los porcentajes límite de emisión establecidos en la Ley del Mercado Hipotecario. No obstante si el límite se traspasara por incrementos en las amortizaciones de los préstamos y créditos afectos o por cualquier otra causa sobrevenida, la entidad emisora deberá restablecer el equilibrio mediante las actuaciones previstas en el apartado 2 del artículo 25 del Real Decreto 716/2009. De optarse por la amortización anticipada de las Cédulas Hipotecarias, ésta se realizará por reducción del valor nominal y en la proporción que se determine para cada uno de los títulos, abonándose el importe correspondiente a los tenedores de las Cédulas así como el cupón corrido, o bien, mediante la amortización de los valores de la presente emisión que el Emisor tenga en autocartera. En el supuesto de producirse amortizaciones anticipadas de las Cédulas Hipotecarias éstas se anunciarán a la CNMV, a la sociedad rectora del mercado AIAF Mercado de Renta Fija, a la entidad encargada del registro contable de los Valores y a los titulares de los mismos, a estos últimos, exclusivamente a criterio del Emisor y de acuerdo con la legislación vigente, mediante la publicación del correspondiente anuncio en los Boletines Oficiales de Cotización de los mercados secundarios donde coticen los valores, o en un periódico de difusión nacional o en los tablones de anuncios de la red de oficinas del Emisor. Vid. apartado 17. Para los tenedores de los Valores: No existen opciones de amortización anticipada por parte de los tenedores de los Valores. 12. Admisión a cotización de los Valores: AIAF Mercado de Renta Fija. 13. Representación de los Valores: Anotaciones en cuenta cuyo registro contable es gestionado por Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (IBERCLEAR), con domicilio social en la plaza de la Lealtad, n.º 1, Madrid, junto con sus Entidades participantes. - TIPO DE INTERÉS Y AMORTIZACIÓN Tipo de interés fijo: 4% anual, pagadero anualmente. Fecha de inicio de devengo de los intereses: Desde el 16 de febrero de 2012 Base de cálculo: Act/Act, (ICMA), Following Business Day, Unadjusted. Fechas de pago de los derechos económicos: Los intereses se devengarán día a día desde el 16 de febrero de 2012 y se pagarán por anualidades vencidas el 16 de febrero de cada año y durante toda la vida de la Emisión. El primer cupón se pagará el 16 de febrero de 2013 por el periodo comprendido entre el 16 de febrero de 2012 incluido y dicha fecha excluida. El último cupón se abonará coincidiendo con el vencimiento final de la Emisión, el 16 de febrero de 2017. Si algún vencimiento coincidiera con un día que no fuera día hábil, el abono se efectuará el día hábil

inmediatamente siguiente, sin que ello devengue ningún tipo de interés por dicho motivo. Se entenderá por día hábil el que se fije en cada momento por el Banco Central Europeo para el funcionamiento del sistema TARGET2 (Trans-European Automated Real-Time Gross-Settlement Express Transfer System). 14. Tipo de interés variable: N.A 15. Tipo de interés referenciado a un índice: N.A. 16. Cupón Cero: N/A. 17. Amortización de los Valores: Fecha de amortización final: 16 de febrero de 2017 (la Fecha de Vencimiento ). Precio: 100 % Amortización anticipada por el Emisor: Existe la opción de amortización anticipada por parte del Emisor indicada en el apartado 11, así como en aquellos supuestos legalmente establecidos en la legislación vigente. Amortización anticipada por el tenedor de las Cédulas Hipotecarias: N/A - RATING 18. Rating provisional de la Emisión: Moody s Investor Service España, S.A., Aaa Standar&Poor s Credit Market Services Europe Limited Sucursal en España AAA El rating definitivo se obtendrá una vez emitidas las Cédulas y antes de ser admitidas a negociación. Las agencias de calificación crediticia han sido registradas en la European Securities and Markets Authority (ESMA) de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009 sobre agencias de calificación crediticia. - DISTRIBUCIÓN Y COLOCACIÓN 19. Colectivo de suscriptores: Inversores Cualificados. 20. Periodo de solicitudes de suscripción: Entre las 9.00h y las 14.00h del día 8 de febrero de 2012.Tramitación de la suscripción: Directamente a través de las Entidades Colocadoras. 21. Procedimiento de adjudicación y colocación de los Valores: Discrecional. 22. Fecha de suscripción y desembolso: 16 de febrero de 2012 23. Entidades directoras: Caixabank, S.A., 24. Entidades colocadoras: Caixabank, S.A., Barclays Bank PLC, Crédit Agricole Corporate and Investment Bank, J.P. Morgan Securities Ltd., UBS Limited 25. Entidad coordinadora: N/A

26. Entidades de contrapartida y obligaciones de liquidez: N/A 27. Restricciones a la libre circulación de los Valores: No existen restricciones particulares. Sin perjuicio de las restricciones a la venta que puedan existir en las jurisdicciones donde se coloquen las cédulas. 28. Representación de los tenedores de los Valores: N/A 29. Interés efectivo previsto para el Emisor y TIR para el tomador de los Valores: TIR para el tomador de los Valores: 4.106 % TIR efectivo para el Emisor: 4.161 % 30. Comisiones de colocación: 0,25 % sobre el nominal de la emisión. Gastos CNMV, AIAF, IBERCLEAR, y otros: 30.000. Total gastos de la Emisión anualizados: 0.055 % - INFORMACIÓN OPERATIVA DE LOS VALORES 31. Agente de pagos: CaixaBank, S.A. 32. Calendario relevante para el pago de los flujos establecidos en la Emisión: Se entenderá por Día Hábil a los efectos de estas Condiciones Finales el que se fije en cada momento por el Banco Central Europeo para el funcionamiento del sistema TARGET2 (Trans-European Automated Real-Time Gross-Settlement Express Transfer System). 3. ACUERDOS DE EMISIÓN DE LOS VALORES Y CONSTITUCIÓN DEL SINDICATO DE TENEDORES DE CEDULAS La presente Emisión se realiza en virtud de los siguientes acuerdos: Junta General de Accionistas de fecha 12 de mayo de 2011. Consejo de Administración de fecha 17 de junio de 2011 aprobando el Folleto de Base de Valores no Participativos hasta 25.000.000.000 Euros. Consejo de Administración de fecha 17 de junio de 2011 relativo a la autorización para emitir Cédulas Hipotecarias. - Sindicato: No se constituye. 4. ACUERDOS DE ADMISIÓN A NEGOCIACIÓN El Emisor ha solicitado la admisión a negociación de los Valores descritos en las presentes Condiciones Finales en AIAF Mercado de Renta Fija y, asimismo, el Emisor hará todo lo posible para que los Valores coticen en dicho mercado en el plazo máximo de un (1) mes a contar desde la Fecha de Desembolso.

Las presentes Condiciones Finales incluyen la información necesaria para la admisión a cotización de los Valores en el mercado mencionado anteriormente. La liquidación se realizará a través de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A., (IBERCLEAR). Firmado en representación del Emisor: En Barcelona, a 13 de febrero de 2012 D. Àlex Valencia Baeza Por poder