PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2014 ESTRATEGIA PROGRAMÁTICA. RAMO: 23 Provisiones Salariales y Económicas Página 1 de 7

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RAMO: 23 Provisiones Salariales y Económicas Página 1 de 7 El Ramo General 23 es un instrumento de política presupuestaria que permite atender las obligaciones del Gobierno Federal cuyas asignaciones de recursos no corresponden al gasto directo de las dependencias ni de las entidades; específicamente este ramo se encarga de las provisiones salariales y económicas para: i) el cumplimiento del balance presupuestario, ii) el control de las ampliaciones y reducciones al presupuesto aprobado, con cargo a modificaciones en ingresos, y iii) la operación de mecanismos de control y cierre presupuestario. Esquema Programático Presupuestario A continuación se detallan las acciones más relevantes que comprende el esquema programático presupuestario del Ramo: a) Programas inherentes al Ramo General 23 Programa Salarial Considera las aportaciones que el Gobierno Federal realiza a favor de los servidores públicos al servicio del Estado sindicalizados y de confianza inscritos en el Fondo de Ahorro Capitalizable (FONAC) para apoyar a los servidores públicos en sus percepciones y fomentar en ellos el hábito del ahorro. Incorpora también recursos para prestaciones de seguridad social, con relación al esquema de seguros a cargo del Gobierno Federal a favor de los servidores públicos de las dependencias y entidades. En complemento al cuadro de seguridad social, se prevén recursos para que el Gobierno Federal cumpla con las obligaciones pactadas en las pólizas de los seguros originadas por causas supervenientes.

RAMO: 23 Provisiones Salariales y Económicas Página 2 de 7 Tratándose del seguro de responsabilidad civil y de asistencia legal, se asignan recursos para que los servidores públicos de nivel de enlace y los mandos medios y superiores, cuenten con un esquema de seguridad jurídica en los actos que realizan en el desempeño de sus funciones. Previsión de plazas En el marco de la racionalidad y austeridad presupuestarias, el Ejecutivo Federal continuará llevando a cabo acciones para identificar y concentrar en el Ramo General 23 las plazas vacantes y los recursos asociados a las mismas, incluyendo las plazas derivadas de la aplicación de programas análogos de retiro, una vez cumplidos los objetivos y metas de los programas de las dependencias. Provisiones económicas El artículo 37, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), establece que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos se deben incluir previsiones para llevar a cabo acciones preventivas y atender los daños ocasionados por fenómenos naturales, en los que se incluyen el Fondo para la Prevención de Desastres Naturales (FOPREDEN) y el Fondo de Desastres Naturales (FONDEN). Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) El Fondo de Desastres Naturales, es un instrumento de coordinación intergubernamental e interinstitucional que tiene por objeto ejecutar acciones, autorizar y aplicar recursos para mitigar los efectos que produzca un fenómeno natural perturbador, que permitan apoyar a las entidades federativas y dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cuando los daños ocasionados superen su capacidad financiera y operativa de respuesta en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil, integrado por los siguientes instrumentos financieros:

RAMO: 23 Provisiones Salariales y Económicas Página 3 de 7 a) El Programa Fondo de Desastres Naturales a cargo del Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas, tiene como objetivo ayudar en la etapa de reconstrucción derivada de desastres naturales y, b) El Fideicomiso FONDEN que se integra con los recursos remanentes del Programa FONDEN al término de cada ejercicio fiscal; con las economías registradas por las dependencias y entidades federales a las que se autorizaron recursos para este tipo de acciones, y con los que se establecen en cumplimiento del artículo 37 de la LFPRH, para atender la etapa de reconstrucción. Fondo para la Prevención de Desastres Naturales (FOPREDEN) Este Fondo proporciona recursos tanto a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, como a las entidades federativas, para realizar acciones tendientes a reducir riesgos, así como evitar o disminuir los efectos del impacto destructivo originados por fenómenos naturales sobre la vida y bienes de la población, los servicios públicos y el medio ambiente. Servicios bancarios y financieros de la Tesorería de la Federación El Artículo 51 de la LFPRH establece el Sistema de la Cuenta Única de Tesorería, el cual constituye un instrumento que permite consolidar y maximizar la eficiencia y eficacia en la administración de los recursos públicos, buscando centralizar los recursos que deba percibir el Gobierno Federal en la Tesorería y realizar directamente los pagos a los beneficiarios finales a fin de coadyuvar a evitar la existencia de recursos ociosos, a reducir las cuentas bancarias de las dependencias y los costos por los servicios financieros de las mismas, contribuir al mejor control y fiscalización del registro de los movimientos de fondos de la Administración Pública Federal y brindar mayor transparencia a la gestión pública, en 2014 se establece una provisión económica en el Ramo General 23 para el pago de los servicios bancarios y financieros de la Tesorería de la Federación.

RAMO: 23 Provisiones Salariales y Económicas Página 4 de 7 b) Otras provisiones económicas Programas para Apoyar el Desarrollo Regional La política de desarrollo regional tiene como propósito impulsar el desarrollo integral y equilibrado de las regiones del país, con el fin de que los tres órdenes de gobierno contribuyan al crecimiento de la actividad económica y la creación de empleos, se fortalecerán los mecanismos de coordinación intergubernamental. Las provisiones económicas para apoyar el desarrollo regional se concentran, principalmente, en los rubros de Programas Regionales, para la ejecución de programas y proyectos que tienen como objetivo el incremento del capital físico y/o la capacidad productiva de las entidades federativas y municipios; Fondos Metropolitanos, para impulsar la competitividad económica y las capacidades productivas de las zonas metropolitanas; Fondo Regional, a fin de apoyar a las 10 entidades federativas con los menores índices de desarrollo humano, El Fondo para la Accesibilidad en el Transporte Público para Personas con Discapacidad tiene por objeto dotar de recursos a las Entidades Federativas para promover la integración de las personas con discapacidad a través de un trasporte público adaptado; Fondo de Apoyo a Migrantes dirigido a apoyar a los trabajadores migrantes en retorno y a las familias que reciben remesas, para que puedan encontrar una ocupación en el mercado formal; Fondo de pavimentación, espacios deportivos, alumbrado público y rehabilitación de infraestructura educativa para municipios y demarcaciones territoriales, para el fomento de proyectos para la modernización de sistemas de agua potable, drenaje, alcantarillado, saneamiento y obras de electrificación en los municipios con bajo nivel de desarrollo que cuenten con la experiencia, la maquinaria y la capacidad de aportar materiales y participación comunitaria para apoyar la ejecución de los proyectos; Fondo de Apoyo para el Desarrollo Rural Sustentable enfocado a elevar el nivel de desarrollo humano y patrimonial de los mexicanos que viven en las zonas rurales y costeras, abastecer el mercado interno con alimentos de calidad provenientes de nuestros campos y mares, mejorar los ingresos de los productores e incrementar nuestra presencia en los mercados globales; Fondo de Apoyo en Infraestructura y Productividad participa en el otorgamiento de subsidios en el marco de los programas regionales y, en su caso, a

RAMO: 23 Provisiones Salariales y Económicas Página 5 de 7 los sectores social y privado, Proyectos para el Desarrollo Regional de la Zona Henequenera del Sureste (Yucatán) para impulsar la productividad en la Zona Henequenera del Estado de Yucatán, Fondo para la Administración de la Nómina Educativa a efecto de que el Fondo cuente con recursos para la consecución y cumplimiento de los objetivos que establece la Ley de Coordinación Fiscal en lo general y la Ley General de Educación en sus artículos 13 y 16, en lo particular y el Derecho especial sobre Minería. Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado Este programa tiene por objeto fortalecer el alcance, profundidad, calidad y seguimiento de las revisiones realizadas por la Auditoría Superior de la Federación al ejercicio de los recursos federales que se transfieren a las entidades federativas, a los municipios y a los órganos político - administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, con excepción de las participaciones, en los términos del artículo 38 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Otras Erogaciones Se canalizarán, en su caso, recursos para fortalecer la implantación del presupuesto basado en resultados y el sistema de evaluación del desempeño, así como para apoyar las tareas que los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios deberán realizar en dichos temas con base en lo dispuesto en los artículos 134 Constitucional; 85, fracción I, de la LFPRH; y 49, fracción V, de la Ley de Coordinación Fiscal; y las demás disposiciones aplicables. Del mismo modo, se provisionaran recursos con la finalidad de apoyar el proceso de Armonización Contable, para proporcionar apoyo en dicha materia a las entidades federativas y los municipios.

RAMO: 23 Provisiones Salariales y Económicas Página 6 de 7 Gastos asociados a los Ingresos Petroleros Los gastos asociados a los ingresos petroleros se relacionan con la entrega de los recursos correspondientes al Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros con cargo al derecho sobre hidrocarburos de acuerdo con lo establecido en el artículo 256 de la Ley Federal de Derechos, al Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas con cargo al derecho extraordinario sobre la exportación de petróleo crudo de conformidad con lo señalado en el artículo 257 de la Ley citada, así como lo correspondiente a los derechos para el Fondo de investigación en materia de energía y para la fiscalización petrolera. c) Acciones por motivos de control presupuestario En el marco de las acciones que se realizan por motivos de control presupuestario, a este Ramo le corresponde la administración y control de las ampliaciones y reducciones líquidas al Presupuesto de Egresos, derivado de la obtención de ingresos excedentes, así como de otras adecuaciones presupuestarias inherentes al ámbito del control presupuestario, incluyendo las operaciones para reasignación de ingresos excedentes para las dependencias y entidades que hayan generado dichos ingresos excedentes o bien, hacia otros ramos para el cumplimiento de los programas presupuestarios en términos de las disposiciones aplicables. Cabe señalar que mediante el mecanismo de ingresos excedentes se contemplan entre otros, los recursos que les corresponderán a las entidades federativas previstos en las disposiciones aplicables, los cuales se destinarán a proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento. Estos recursos se transferirán mediante el Fideicomiso para la Infraestructura en los Estados (FIES). Asimismo, se deberán entregar los recursos correspondientes a los fondos de estabilización y para la reestructura de pensiones, en los términos de las disposiciones aplicables.

RAMO: 23 Provisiones Salariales y Económicas Página 7 de 7 Aportaciones a los Fondos de Estabilización A través del Ramo General 23 se prevé el mecanismo de distribución de ingresos excedentes, una vez efectuadas las compensaciones a que se refiere el artículo 19 y 21, fracción I, de la LFPRH, a fin de efectuar los depósitos a que se refiere la fracción IV y V del artículo 19 de dicha Ley.