ORDEN FORAL /2016, de, del Consejero de Salud, por la que se crea la Comisión Central de Farmacia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Documentos relacionados
NAVARRA Distribución por Temas

LOS SERVICIOS DE FARMACIA DE LOS CENTROS SOCIOSANITARIOS EN NAVARRA

Procedimiento de Adquisición de Insumos Clínicos y Médicos en el Hospital Dr. Rafael Avaria Valenzuela de Curanilahue

Boletín Oficial de Aragón

Es la asistencia prestada por médicos generales, pediatras y personales de enfermería en los Centros de Salud y Consultorios.

ORDEN FORAL /2015, de, del Consejero de Salud, por la que se modifica el Calendario Oficial de Vacunaciones Infantiles de Navarra.

I.- DISPOSICIONES GENERALES

Así, el artículo 40 se titula: Modalidades y principios generales del ejercicio privado, regula el libre ejercicio de la profesión:

Responsabilidad creación CNP para médicos ajenos al SAS que estén autorizados para su utilización.

III. Otras Resoluciones

PROGRAMA 912M PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

I. COMUNIDAD DE MADRID

Creación y Funcionamiento del Foro Municipal de Comercio Justo

Decreto 4/1990, de 23 de enero, Atribución de competencias en materia de personal. (DOE 30 de Enero, Nº 9)

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ CIENTÍFICO

Política de Responsabilidad Social Corporativa

UNIDAD DIDACTICA 1. LA ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA. LECCION 4. ESPAÑA.

Sistema de Garantía Interna de Calidad de los programas de doctorado de la UAM

ANEXO I FICHA DEL RESUMEN EJECUTIVO

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales

PERFIL PROFESIONAL DE ENFERMERÍA EN LA UNIDAD DE HOSPITALIZACIÓN

Comisión Nacional contra las Adicciones

REGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado

Cartera de servicios y catálogo de productos del Servicio de Farmacia Hospitalaria

3. Ot r a s disposiciones

Ley núm. 8/2005, de 10 de octubre. Ley núm. 8/2005, de 10 de octubre. Ley 8/2005, de 10 octubre LARG 2005\273

MANUAL DE PROCESOS DEL SGIC. Directriz 3: Garantía y mejora de la calidad del personal académico y de apoyo a la docencia

Cuerpos de Justicia. Volumen I. LEY DE ORDENACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO.

confiere a la Escuela su más específica identidad, no sólo porque ayuda a mantener determinadas señas culturales, sino porque se encuentra también

TEXTO ACTUALIZADO

CATÁLOGO DE ACCIONES FORMATIVAS DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN DIRECTIVA Y ALTA FUNCIÓN PÚBLICA

c) Poner de manifiesto los movimientos y situación del Tesoro Público.

PROGRAMA 131P DERECHO DE ASILO Y APÁTRIDAS

Misión. Visión. Organización. Antecedentes. Funciones

Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Artículo 1: Artículo 2:

COMISIÓN DE CUIDADOS DE ENFERMERÍA

CONSEJERIA DE SALUD DISPONGO

!Plaza de la Convivencia, 2! Zaragoza!

ORDEN ESS/41/2015, de 12 de enero

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 5 de febrero de 2014

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Reglamento de régimen interno del Centro de Formación y Desarrollo Profesional de la Universidad de Murcia

REGLAMENTO REGULADOR DE LA IMAGEN GRÁFICA INSTITUCIONAL DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Informes Previos a la introducción de nuevas tecnologías en el SNS-O

EXPERIENCIA DE ACREDITACIÓN EN EL HOSPITAL CIVIL DE IPIALES E.S.E. II NIVEL DE ATENCIÓN

INTERVENCIÓN SANITARIA EN SITUACIONES DE RIESGO PARA LA SALUD PÚBLICA

(PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA Y ) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL

1. Disposiciones generales

PROGRAMA 2627 FORMACION DE PERSONAL SANITARIO

DOCUMENTO NORMATIVO DE LA COMISIÓN DE EDUCACION MÉDICA CONTINUA

Carrera N º 2186/97. SOLICITUD DE ACREDITACION Y LOS ANEXOS que presentó la carrera de

Equivalentes terapéuticos

Resumen de encuesta de necesidades de formación Centro de Estudios en Educación Médica Sexo Edad Categoría profesional

ESPECIALIDADES DE ENFERMERÍA en el MARCO DEL EEES

MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE LA OFICINA DE PLANIFICACIÓN UNIVERSITARIA

Ainhoa Quintana Servicio de Farmacia. Hospital Universitario de Álava Txagorritxu. Vitoria Gasteiz

ACUERDO 03 DE (Julio 14)

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE SOLIDARIDAD DEL MUNICIPIO DE VILLAR DEL ARZOBISPO.

La prestación farmacéutica en Cantabria

Boletín Oficial de Canarias núm. 83, viernes 30 de abril de

PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE CASTILLA Y LEÓN (Ed.

DEFINICIÓN DE REGENTE O DIRECTOR TÉCNICO:

UNIDAD DOCENTE MULTIPROFESIONAL DE SALUD LABORAL DE LA REGIÓN DE MURCIA

USM Infanto-Juvenil Servicio de Psiquiatría CHUAC Unidad específica para la atención de la patología y problemas de salud mental infanto-juvenil, de 0

Producto 2: Validación del Mapa de Procesos, Ficha Misional y Organigrama del Hospital Santa Rosa

LEY DERECHOS Y DEBERES DE LOS PACIENTES EN SU ATENCIÓN EN SALUD

ORDEN POR LA QUE SE CONSTITUYE EL ÁREA DE GESTIÓN SANITARIA SERRANÍA DE MÁLAGA Orden de 5 de octubre de 2006 (BOJA núm. 202, de 18 de octubre de 2006)

Regulación de la Ética de la Investigación en Chile. Dr. Marcelo O. Muñoz C. Jefe Oficina Ministerial de Bioética Santiago, 21 noviembre 2012.

REVISIÓN DE DUPLICIDADES DE NUEVOS ANTICOAGULANTES ORALES MEDIANTE UN PROGRAMA INFORMÁTICO DE DETECCIÓN DE PROBLEMAS RELACIONADOS CON LOS MEDICAMENTOS

ACUERDO GUBERNATIVO No

1. La potestad de organización y prestación de los servicios de ámbito insular correspondientes a las áreas de personas mayores y minusválidos.

En Pamplona, a 25 de junio de 2001, siendo Ponente don Joaquín Salcedo Izu, emite por unanimidad el siguiente dictamen:

Primeras Jornadas Técnicas sobre la Gestión Clínica en Asturias (primera difusión, 28 de Marzo del 2012)

ynegociadas con los pacientes Laura Tuneu Valls

Cuerpos de Justicia. LEY DEL GOBIERNO.

Modelo Hospital Universitario Gregorio Marañón

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE MEDICINA INTERNA

En la tramitación de esta disposición emitió dictamen el Consello Agrario Galego, conforme con lo previsto en la Ley 1/2006, de 5 de junio.

CARTA DE SERVICIOS DEL CENTRO SAGRADO CORAZÓN DATOS DE CARÁCTER GENERAL: IDENTIFICACIÓN Y UBICACIÓN DENOMINACIÓN: RESIDENCIA SAGRADO CORAZÓN

I. Principado de Asturias

Internación Domiciliaria y la Farmacia Hospitalaria. Servicios Farmacéuticos relacionados con la Farmacia Hospitalaria

Organización y Funcionamiento de Áreas de Esterilización de Establecimientos Asistenciales

Receta oficial de estupefacientes para uso humano

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

INTEROPERABILIDAD Un gran proyecto

PROYECTO DE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS CENTRALES DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA

BIENALES DE ARQUITECTURA Y URBANISMO

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 24 de diciembre de 2015

Documentos Resolución, 3 nov 98, del Director de la Academia Canaria de Seguridad de la Presidencia del Gobierno, por la que se convoca el curso de

Organigrama FEDDI ASAMBLEA GENERAL COMISION DELEGADA PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA VICEPRESIDENTE ORGANIZACION VICEPRESIDENTE ECONOMICO

CONVENIO GENERAL DE COLABORACION ENTRE ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNION INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Plan Nacional Sobre Drogas

Plan Anual de Actuaciones 2014/2015 Consejo Social Universidad de Málaga

Posgrado de Evaluaciones Económicas. Programación, análisis e interpretación de modelos.

Transcripción:

ORDEN FORAL /2016, de, del Consejero de Salud, por la que se crea la Comisión Central de Farmacia del Servicio Navarro de Salud- Mediante la Orden Foral 1/2010, de 4 de enero, de la Consejera de Salud, se creó la Comisión Asesora Técnica para el Uso Racional de los Medicamentos, con funciones de asesoramiento a la Dirección General de Salud y al Servicio Navarro de Salud- Osasunbidea en materia de prestación farmacéutica y de uso racional del medicamento. De esta forma, aquellas decisiones en materia de medicamentos que por su importancia terapéutica, impacto económico o seguridad, tenían una especial trascendencia, eran asesoradas por dicha Comisión,. El Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea modifica notablemente la estructura de este organismo, creando una Subdirección de Farmacia con funciones de coordinación de los comités y comisiones de farmacia de los diferentes centros, así como de asesoramiento en la calificación y evaluación terapéutica de los nuevos medicamentos que se utilicen y prescriban en los centros propios y concertados del Servicio Navarro de Salud- Así pues, la existencia de esta Subdirección de Farmacia, con funciones de coordinación, e incardinada en la Dirección de Asistencia Sanitaria al Paciente, hace necesario crear una nueva Comisión, que sustituya a la Comisión Asesora Técnica para el Uso Racional de los Medicamentos, que con la denominación de Comisión Central de Farmacia dé respuesta a la nueva estructura y necesidades del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea en esta materia. La complejidad de los nuevos medicamentos y su alto impacto presupuestario hacen más que nunca necesarias decisiones basadas en la seguridad y eficiencia de dichos medicamentos. En consecuencia, de conformidad con lo señalado en el artículo 6 de la Orden Foral de 12 de enero de 1990, del Consejero de Salud, sobre estructuración de la asesoría científico-técnica en materia de salud, y en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, ORDENO:

Artículo 1. Creación de la Comisión Central de Farmacia. Se crea la Comisión Central de Farmacia, adscrita a la Subdirección de Farmacia de la Dirección de Asistencia Sanitaria al Paciente del Servicio Navarro de Salud- Artículo 2. Funciones. La Comisión Central de Farmacia ejercerá las siguientes funciones: a) Proponer pautas de colaboración para lograr una prescripción efectiva, segura y eficiente de los medicamentos y productos sanitarios farmacéuticos por parte de los profesionales sanitarios de todos los ámbitos asistenciales del Servicio Navarro de Salud b) Evaluar el impacto presupuestario de las propuestas de inclusión de los nuevos medicamentos de uso o diagnóstico hospitalario incluidos dentro de las categorías contempladas en el Anexo I realizadas por las Comisiones de Farmacia y Terapéutica de los diferentes Hospitales. c) Proponer a la Dirección Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea la incorporación de nuevos medicamentos de uso o diagnóstico hospitalario incluidos en el Anexo a esta Orden Foral, así como su forma de uso terapéutico corporativo y los criterios de seguimiento clínico y de respuesta terapéutica. d) Proponer a la Dirección Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea la autorización individualizada de uso de medicamentos por circunstancias clínicas particulares que los hagan aconsejables. e) Proponer pautas de colaboración en materia de uso y conciliación de los medicamentos entre los diferentes ámbitos asistenciales del Servicio Navarro de Salud- f) Asesorar técnicamente para el establecimiento de criterios dirigidos a la optimización de adquisiciones conjuntas de medicamentos y productos sanitarios farmacéuticos a propuesta de los diferentes centros del Servicio Navarro de Salud- g) Asesorar en los programas y actividades de formación continuada de los profesionales sanitarios relacionados con la utilización racional de los medicamentos. h) Proponer medidas y actividades de educación sanitaria dirigidas a la población en relación al buen uso de los medicamentos. i) Cualquier otra función relacionada con el uso racional de los medicamentos en la que por su importancia o trascendencia fuera necesaria la participación de dicha Comisión.

Artículo 3. Composición. 1. Ostentará la Presidencia de la Comisión la persona titular de la Subdirección de Farmacia del Servicio Navarro de Salud- 2. Serán vocales de la Comisión: a) La persona titular del Servicio de Gestión de la Prestación Farmacéutica. b) La persona titular de la Sección de Información, Asesoría e Investigación del Medicamento, que ejercerá además las funciones de Secretaría de la Comisión. c) La persona titular del Servicio de Farmacia del Complejo Hospitalario de Navarra. d) La persona titular del Servicio de Farmacia del Hospital Reina Sofía de Tudela. e) La persona titular del Servicio de Farmacia del Hospital García Orcoyen de Estella. f) La persona titular de la Sección de Farmacia dependiente de la Gerencia de Salud Mental. g) La persona titular de la Dirección de Gestión Económica y Servicios Generales del Servicio Navarro de Salud- h) Cinco facultativos especialistas de Área, representantes de servicios clínicos hospitalarios: tres del Complejo Hospitalario de Navarra, uno del Área de Estella y uno del Área de Tudela. i) Un facultativo de uno de los Equipos de Atención Primaria. j) Un facultativo de la Red de Salud Mental. 3. Las personas señaladas en las letras h), i) y j) serán nombradas por la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, a propuesta de los diferentes Centros o ámbitos. Artículo 4. Asesoramiento. La Comisión podrá ser asistida por especialistas que le asesoren en las materias y momentos que se considere oportuno. Artículo 5. Normas de funcionamiento. En su funcionamiento, la Comisión se regirá por esta Orden Foral, por sus normas de funcionamiento interno, y por las directrices para los órganos colegiados contenidas en la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad de Navarra.

Disposición derogatoria única. Derogaciones. Queda derogada la Orden Foral 1/2010, de 4 de enero, de la Consejera de Salud, por la que se crea una Comisión Asesora Técnica para el Uso Racional de los Medicamentos y cualquier otra norma de igual o inferior rango que se oponga a lo previsto en esta Orden Foral. Disposición final única. Entrada en vigor. Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. Pamplona, EL CONSEJERO DE SALUD Fernando Domínguez Cunchillos

Anexo - Medicamentos aprobados por la Agencia Europea del Medicamento en la modalidad de aprobación condicional. - Medicamentos huérfanos. - Medicamentos aprobados con un programa de Gestión de Riesgos en los que haya que hacer un especial seguimiento por su seguridad. - Medicamentos de alto impacto presupuestario, principalmente productos de origen biotecnológico.